Impacto del Sistema Impositivo sobre la Competencia en el Mercado de Cigarrillos



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Transcripción:

Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia Impacto del Sistema Impositivo sobre la Competencia en el Mercado de Cigarrillos Documento de Trabajo Nº 005-2000 (Documento de Trabajo Nº 005-2000, Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia del Indecopi) Está permitida la reproducción total o parcial de este documento por cualquier medio, siempre y cuando se cite la fuente. Copyright Diciembre 2000 Indecopi Preparado por la Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia Cualquier comentario o sugerencia remitirlo a mmartinez@indecopi.gob.pe. Resumen Ejecutivo El presente informe describe y analiza la estructura y evolución del mercado peruano de cigarrillos y el impacto del sistema impositivo, específicamente del régimen del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), sobre la competencia. El informe no analiza aspectos tales como: a) legalidad/constitucionalidad del régimen del ISC; b) eficiencia en la recaudación fiscal (costos de administración del sistema) del régimen del ISC; c) impacto en los niveles de recaudación fiscal del régimen del ISC; d) impacto del régimen del ISC en el logro de objetivos distintos a la competencia, tales como la reducción en el consumo de tabaco. De acuerdo con la información disponible, el mercado nacional de cigarrillos registra actualmente un alto grado de concentración por el lado de la oferta: un solo grupo empresarial concentra el 84% del mercado. Con el ingreso de dos nuevos proveedores de cigarrillos (importadores) a partir de 1995, se registra una agresiva competencia que habría beneficiado a los consumidores locales de cigarrillos (diversidad de productos y precios a los que habrían existido en ausencia de competencia) y a los proveedores de servicios conexos (p.e. incremento de la demanda por servicios publicitarios). Sin embargo, el ingreso y/o permanencia en el mercado de nuevos proveedores se habría visto limitados por la existencia de ciertas barreras legales como la aplicación de una política impositiva (ISC) con impacto diferenciado según el número de países en que se comercializa (en más o en menos de tres países) y/o el origen del producto (nacional o importado). En tal sentido, el actual sistema de aplicación del ISC (monto fijo diferenciado por tipo de cigarrillo) distorsiona la competencia entre productos importados y nacionales, otorgando una protección adicional a la arancelaria al único productor local: la incidencia del impuesto es menor en la mayoría de los productos comercializados por dicha firma. Desde un punto de vista de competencia, tanto el sistema ad valorem (porcentaje sobre un precio referencial de venta al consumidor final) como el sistema específico de monto fijo uniforme para todos los cigarrillos (aplicado hasta setiembre de 1999) tendrían un impacto neutral.

Indice I. Objeto y alcances del informe II. Mercado peruano de cigarrillos III. Análisis de Competencia y restricciones tributarias IV. Efectos de los diferentes sistemas de aplicación del ISC sobre la competencia 1. Sistema de impuesto específico 1.1 Monto fijo variable por tipo de cigarrillo 1.2 Monto fijo uniforme por cigarrillo 2. Sistema de tasa ad valorem 2.1 Tasa ad valorem sobre el valor de venta del fabricante 2.2 Tasa ad valorem sobre el precio de venta final 2.2.1 Base imponible: precio promedio simple de la muestra 2.2.2 Base imponible: precio de cada producto V. Conclusiones I II Objeto y alcances del informe 1 El presente informe describe y analiza la estructura y evolución del mercado peruano de cigarrillos y el impacto del sistema impositivo sobre la competencia, específicamente del régimen del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). 2 El informe no analiza aspectos tales como: a) legalidad/constitucionalidad del régimen del ISC; b) eficiencia en la recaudación fiscal (costos de administración del sistema) del régimen del ISC; c) impacto en los niveles de recaudación fiscal del régimen del ISC; d) impacto del régimen del ISC en el logro de objetivos distintos a los de competencia, tales como la reducción en el consumo de tabaco. Mercado peruano de cigarrillos 3 Desde 1995, las tres empresas que han participado en el mercado peruano de cigarrillos fueron: (i) Grupo Fierro (Tabacalera Nacional TANASA, Tabacalera del Sur, Distribuidora Dinámica) 1; (ii) British American Tobacco Sucursal Perú (BAT); y, (iii) Philip Morris del Perú (comercializadora de Marlboro). No obstante, en febrero del 2000 se produjeron dos cambios importantes. Por un lado, la marca Marlboro comenzó a ser comercializada en el mercado local por el Grupo Fierro, luego de que Philip Morris se retirara del mercado peruano a fines de 1999. Por otro lado, debido a modificaciones producidas en los derechos de explotación de la marca Winston, luego de 34 años de ser comercializada por TANASA, pasó a ser explotada por BAT. Actualmente, la distribución de marcas entre el Grupo Fierro y BAT es la siguiente: Gráfico 1 Distribución de marcas de cigarrillos por empresas

4 La diversidad de marcas y precios existentes sería producto de la segmentación de mercados (satisfacer las preferencias de consumidores con diferente poder adquisitivo). Al respecto, si bien la demanda de cigarrillos se relaciona con el sabor, calidad, suavidad y aroma del tabaco, el precio resulta un aspecto muy importante sobre todo para los consumidores de menores ingresos. Así, se observan diferencias inclusive del orden del 100% entre las marcas de menor y mayor precio (cuadro 1). Cuadro 1 Diversidad de Precios por Marcas de Cigarrillos (Nuevos Soles por cajetillas de 20 unidades)

5 Tomando en cuenta lo anterior, es posible segmentar el mercado en tres categorías dependiendo del ingreso de los consumidores: Segmento Precio Marca Alto Por encima de S/. 4.50 Camel, Kent, Lucky y Marlboro Medio Entre S/. 3.00 y S/. 4.50 Advance, Hamilton, Manhattan, Premier,Salem y Winston Bajo Por debajo de S/. 3.00 Golden Beach y Montana Elaboración: Secretaría Técnica de la Comisión de Libre Competencia INDECOPI 6 De otro lado, las participaciones de las empresas desde 1995 muestran el predominio del Grupo Fierro pero también el rápido crecimiento de BAT, en especial en el 2000 que llega a registrar el 15.97 % del mercado. Cuadro 2 Participación en el mercado de cigarrillos por empresas 1995-2000

7 Como se aprecia en el gráfico 2, el crecimiento de BAT se relaciona con el incremento de sus importaciones de cigarrillos consumidos por el segmento bajo (marca Montana). Gráfico 2 Importaciones de Cigarrillos por BAT 1994-2000* (en cajetillas de 20 unidades)

III IV Análisis de Competencia y restricciones tributarias 9 El mayor dinamismo registrado a partir de 1995 con el ingreso de las marcas de BAT y Philip Morris habría generado una mayor diversidad de productos y marcas a disposición de los consumidores. Por ejemplo, a partir de 1995, BAT y Phillip Morris introdujeron marcas nuevas en el mercado local tales como: Advance, Belmont, Kent, Lucky Strike, Marlboro y Montana mientras que Tanasa inició la comercialización de Golden Beach. Por otro lado, el sistema impositivo existente sobre las ventas de cigarrillos puede limitar la competencia existente, más aún si otorga un trato diferenciado, como sucede con el ISC que genera una diferencia 10 entre los cigarrillos según el número de países en los que se comercializan (en más o en menos de tres países), lo que en la práctica podría haber llevado a una diferenciación dependiendo del origen de los mismos (nacional o importado) 11 El sistema impositivo actual del ISC fue establecido en setiembre de 1999, fijándose montos específicos dependiendo del tipo de cigarrillos, distinguiéndolos en tres grupos: tabaco rubio premium (S/. 0.1 por cigarrillo), tabaco rubio standard (S/. 0.05) y tabaco negro (S/. 0.025). La principal diferencia para distinguir los cigarrillos entre premium y standard fue el número de países en que se comercializan (en más o en menos de tres países, respectivamente). De manera enunciativa, la norma señala como marcas de cigarrillos premium a Camel, Lucky Strike, Marlboro y Winston 2, comercializadas localmente en el Perú. 12 De acuerdo con lo señalado, el sistema impositivo vigente aplica tasas distintas dependiendo de si los cigarrillos son rubios tipo premium o tipo standard. Los criterios a partir de los cuales se ha establecido esa categorización no resultan claros ni se explican en la norma correspondiente. Esta situación genera en la práctica un trato discriminatorio en perjuicio de los cigarrillos importados, otorgando una protección adicional a los cigarrillos nacionales en tanto los importados pagan una tasa del 12% por concepto de derecho arancelario. Efectos de los diferentes sistemas de aplicación del ISC sobre la competencia 13 En la presente sección, se evaluará, exclusivamente desde un punto de vista de competencia, los posibles efectos de los diferentes sistemas de aplicación del ISC. En particular, se hace énfasis en los efectos del sistema actual de aplicación del ISC (monto fijo variable por tipo de cigarrillo) sobre la competencia en el mercado. Sin embargo, para realizar el análisis se han considerado tanto el sistema de impuesto específico como el sistema de tasa ad valorem, tomando en cuenta las diferentes formas de aplicación del ISC que han estado vigentes en el Perú en distintos periodos de tiempo de la década de los 90 3.

1 Sistema de impuesto específico 14 El sistema de impuesto específico consiste en cargar un monto fijo en soles por cada cigarrillo producido o importado, siendo la base imponible la cantidad producida o importada. A continuación se analiza los efectos de dos tipos de impuesto específico: variable por tipo de cigarrillo (sistema actual) y uniforme para todos los cigarrillos. 1.1 Monto fijo variable por tipo de cigarrillo 15 Como se señaló anteriormente, el sistema impositivo específico variable por tipo de cigarrillo, es decir, el sistema impositivo actual, tiene una incidencia tributaria discriminatoria según el número de países en los que se comercializan los productos (en más o en menos de tres países). 16 En efecto, la aplicación del ISC tendría efectos discriminatorios sobre los precios de las distintas marcas en cada uno de los segmentos de mercado previamente definidos (cuadro 3). 17 En el segmento bajo, el efecto discriminatorio no se hace evidente debido a que Montana en tanto no ha sido expresamente señalada en la norma como cigarrillo premium se encuentra afecta al pago de S/. 1.00 y no al pago de S/. 2.00 por cajetilla. Cuadro 3 Incidencia del ISC sobre el precio de venta final de cigarrillos Monto fijo variable 1/ 18 Sin embargo, en el segmento medio puede observarse el impacto del sistema impositivo actual, puesto que el ISC tiene mayor incidencia sobre las marcas de origen importado (Advance y Winston) que sobre las de origen nacional (Hamilton y Manhattan). En el segmento alto, la incidencia del ISC es más uniforme, pero debe tenerse en cuenta que en este segmento el precio es menos importante frente a otros factores como la calidad y posicionamiento de la marca y que ambos productos son importados. 19 De acuerdo con lo anterior, el actual sistema del ISC otorga un tratamiento diferenciado entre productos que compiten en segmentos similares (segmento medio, principalmente), favoreciendo a los productos nacionales y afectando la competencia real o potencial de productos importados. 20 Sobre el particular, debe señalarse que la posibilidad de entrada de otra marca se encontraría limitada en tanto sea comercializada en más de tres países (lo que ocurriría en la mayoría de los casos). Ello es especialmente cierto en el caso de marcas dirigidas al segmento bajo donde la incidencia es mayor y la elasticidad de demanda también. En efecto, dado el tratamiento tributario diferenciado si una empresa importadora con los mismos costos que una nacional quisiera entrar a competir en el segmento bajo con un precio competitivo tendría un margen mucho menor o incluso negativo, lo cual imposibilitaría la entrada. En tal sentido, la competencia potencial en el segmento bajo, donde el factor precio es decisivo desde el punto de vista del consumidor, se habría eliminado. 21 Finalmente, debe señalarse que la competencia potencial de cigarrillos extranjeros es un hecho, dado el frecuente intercambio comercial que existe, por ejemplo en el caso de Perú y Chile (Anexo II). 1.2 Monto fijo uniforme por cigarrillo 22 El sistema bajo análisis implica el pago de un monto fijo uniforme sin distinguir a los cigarrillos por tipo o categoría. Esta

forma de aplicación ha estado vigente entre abril de 1999 y agosto de 1999, habiéndose establecido el monto fijo en S/. 0.05 por cigarrillo. 23 En general, este sistema genera una mayor carga tributaria a los cigarrillos de precios bajos ya que en términos porcentuales un impuesto de S/. 0.05 por cigarrillo es mayor para dichos cigarrillos que para los que registran un precio más alto. Sin embargo, tomando en cuenta la división del mercado por segmentos económicos, el sistema se considera de carácter neutral en términos de competencia dado que la presión tributaria es igual para todos los cigarrillos que compiten en el mismo segmento. 24 Al respecto, como se puede observar en el cuadro 4, la incidencia del ISC en el precio de venta final es menor en los cigarrillos de precios altos; pero, si se compara dentro de cada segmento se observa un impacto más o menos uniforme del ISC. Cuadro 4 Incidencia del ISC sobre el precio de venta final de cigarrillos Monto fijo uniforme 1/ 2 Sistema de tasa ad valorem 25 El sistema de tasa ad valorem consiste en aplicar un porcentaje determinado sobre el precio de venta ex fábrica (en el caso del importador al precio CIF más arancel) o sobre el precio de venta final según la base imponible que se disponga 4. 2.1 Tasa ad valorem sobre el valor de venta del fabricante 26 27 En este sistema, la base imponible toma en cuenta el precio que el fabricante vende al mayorista. En el caso de las importaciones, el precio relevante es el CIF más arancel. Este sistema impositivo presenta como inconveniente la subvaluación del producto. Al respecto, la SUNAT estimó que este método era muy difícil de fiscalizar ya que se debía conocer la estructura de costos del fabricante. De acuerdo con estudios sobre el sector, este fue el motivo principal por el cual no se podría volver a utilizar esta metodología, pues no sería eficiente para la autoridad tributaria dentro de su política de recaudación de impuestos 5. En términos de competencia, una tasa ad valorem sobre el precio del fabricante o importador no generaría distorsiones si se aplica la misma tasa independientemente del origen de los cigarrillos..2.2 Tasa ad valorem sobre el precio de venta final 2.2.1 Base imponible: precio promedio simple de la muestra 28 29 La metodología de este sistema consiste en obtener un precio de referencia sobre la base de encuestas realizadas por el INEI en autoservicios y distribuidores. Este sistema presentaría una limitación práctica relacionada con la determinación de dicho precio de referencia si es que la base imponible se determina en función a un sólo precio de referencia promedio. En tal sentido, esta metodología introduciría un elemento discrecional. Por ejemplo, una mala delimitación de la muestra podría sesgar el cálculo del precio de referencia porque, en el supuesto extremo, si la muestra incluyera sólo precios de cigarrillos destinados al segmento alto, los cigarrillos de segmento bajo serían gravados comparativamente más que los de segmento alto, lo que implicaría una mayor presión tributaria para dichos productos en términos relativos.

30 Sin embargo, dicho procedimiento se aplicaría indistintamente al origen de los cigarrillos (nacional o importado) o a los países en los que se comercializarían los cigarrillos, lo que eliminaría la distorsión que se presenta con el tratamiento diferenciado registrado actualmente. En efecto, tal como se evidencia en el cuadro 5, la presión tributaria es similar dentro del mismo segmento económico, por lo que la incidencia del ISC sobre el precio de venta final no generaría distorsiones en términos de competencia 6. Cuadro 5 Incidencia del ISC sobre el precio de venta final de cigarrillos Tasa ad valorem sobre precio de venta final: precio referencial promedio 1/ 2.2.2 Base imponible: precio referencial de cada producto 31 Esta metodología considera como base imponible el precio promedio de cada marca de cigarrillos, el cual se obtiene de encuestas a los autoservicios, en el caso de Lima, y a distribuidores, en el caso de las provincias; es decir, no se escogería arbitrariamente una muestra que puede sesgar el precio de referencia. Sobre la base imponible obtenida se aplicaría un porcentaje determinado, el cual es de igual magnitud para cada marca de cigarrillo.7 32 Al respecto, en el cuadro 6 se observa que, bajo este sistema, el ISC tiene el mismo impacto dentro de cada segmento, pero a la vez tiene la misma incidencia sobre el precio de venta final independientemente del segmento, tipo o categoría de cigarrillos (30% en todos los casos). Tomando en cuenta lo anterior, en términos de competencia se podría considerar que este sistema es neutral.

Cuadro 6 Incidencia del ISC sobre el precio de venta final de cigarrillos Tasa ad valorem sobre precio de venta final: precio de cada producto 1/ V Conclusiones 33 El mercado nacional de cigarrillos registra actualmente un alto grado de concentración por el lado de la oferta: un solo grupo empresarial concentra el 84 % del mercado. 34 Con el ingreso de dos nuevos proveedores de cigarrillos (importadores), a partir de 1995 se registra una agresiva competencia en el mercado la misma que habría beneficiado a los consumidores locales de cigarrillos (diversidad de productos y precios a los que habrían existido en ausencia de competencia) y a los proveedores de servicios conexos (p.e. incremento de la demanda por servicios publicitarios). 35 El ingreso y/o permanencia en el mercado de nuevos proveedores se podrían haber visto limitados por la existencia de ciertas barreras legales como la aplicación de una política impositiva (ISC) con impacto diferenciado (producto comercializado en más de tres países vs. comercializado en menos de tres países) y con cierto grado de inestabilidad (8 cambios importantes en la última década, 3 cambios durante 1999). 36 El actual sistema de aplicación del ISC (monto fijo diferenciado por tipo de cigarrillo) distorsiona la competencia entre productos importados y nacionales, otorgando una protección adicional al único productor local: la incidencia del impuesto es menor en la mayoría de los productos comercializados por dicha firma. 37 Desde un punto de vista de competencia, tanto el sistema de tasa ad valorem sobre el precio de venta final como el sistema específico de monto fijo uniforme tendrían un impacto neutral.

Anexo I Modificaciones del Impuesto Selectivo al Consumo Anexo II Flujo Comercial de cigarrillos entre Perú y Chile Importaciones de Cigarrillos por país: 1994 2000* (en Cajetillas de 20 unidades)

(en cajetillas de 20 unidades) Exportaciones de Cigarrillos por Destino: 1998-2000*

1.- El Grupo Fierro produce casi el 100% de tabaco en el Perú, a través de las empresas Hoja Peruana de Tabacos S.A. y Tabacos del Perú S.A. 2.- Además, la norma incluye en esta clasificación a Benson & Hedges, Capri, Cartier, Chesterfield, Dunhill, Kent, Kool, L&M, Merit, More, New Port, Parliamente, Pall Mall, Peter Stuyvensant, Rothmans, Salem, Sik Cut, Vogue, Viceroy, YSL, así como todas sus variedades. 3.- En el anexo I se presentan las modificaciones registradas en el ISC. 4.- Al respecto debe señalarse que tanto Argentina como Chile aplican un sistema de impuesto selectivo ad-valorem sobre el precio de venta al consumidor final. 5.- De acuerdo al documento: "Evaluación de la metodología de aplicación del impuesto selectivo al consumo a los cigarrillos" elaborado por Macroconsult en octubre de 1998. 6.- Para el cálculo se ha supuesto una tasa ad-valorem de 25% sobre el precio promedio de la encuesta de precios realizada por el INEI en agosto del 2000. 7.- El inconveniente práctico que presentaría esta metodología es la operatividad de la recaudación ya que se deberá contar con una lista de precios referenciales para cada marca y por departamento.