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Transcripción:

FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DE LA REPÚBLICA BOLIVARINA DE VENEZUELA BOLETIN DE APLICACIÓN VEN-NIF Nº 0 (BA VEN-NIF 0) MARCO DE ADOPCIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (BA VEN NIF Nº 0) Versión 3: Directorio Nacional Ampliado NOVIEMBRE 2009

FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA BOLETIN DE APLICACIÓN VEN-NIF Nº 0 (BA VEN-NIF 0) MARCO DE ADOPCIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (BA VEN NIF Nº 0) Este Boletín fue sometido al proceso de consulta pública de acuerdo al procedimiento aprobado en el Gremio y considerado en Directorio Nacional Ampliado reunido en Versión 3: Aprobado en Directorio Nacional Ampliado Comité Permanente de Principios de Contabilidad

DIRECTORIO NACIONAL AMPLIADO, ESTADO (VIERNES Y SÁBADO DE DE 200_) El Directorio de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela, en cumplimiento con lo aprobado en la Sesión Plenaria del Directorio Nacional Ampliado reunido en, estado. CONSIDERANDO Que desde hace doce (12) años las Normas Internacionales de Contabilidad, hoy incorporadas a las Normas Internacionales de Información Financiera, son de aplicación supletoria en primer orden para la preparación y presentación de los Estados Financieros de acuerdo con Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela, según lo establecido en la Declaración de Principios de Contabilidad N 0 (DPC-0), aprobada en el Directorio Nacional Am pliado reunido en Cabimas, estado Zulia, los días 28 de febrero y 01 de marzo de 1997. CONSIDERANDO Que en el Directorio Nacional Ampliado en Acarigua-Araure, estado Portuguesa, los días 30 y 31 de enero de 2004, se decidió armonizar el modelo contable venezolano y para ello adoptar estándares internacionales, entre los que se encuentran las Normas Internacionales de Información Financiera. CONSIDERANDO Que en el Directorio Nacional Ampliado reunido en Caracas, Distrito Capital, los días 16 y 17 de julio de 2004, se aprobó el Plan de Adopción de las Normas Internacionales, en el cual se requiere la revisión de las Normas Internacionales de Información Financiera por parte del Comité Permanente de Principios de Contabilidad y aprobación por un Directorio Nacional Ampliado, como requisitos previos a su aplicación en Venezuela. CONSIDERANDO Que en el Directorio Nacional Ampliado Extraordinario reunido en la ciudad de Caracas el 17 de octubre de 2009, fue aprobada la adopción de la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. (NIIF para las PYMES)

CONSIDERANDO Que es necesario mantener certeza entre los Licenciados y Licenciadas en Contaduría Púbica y la comunidad en general, sobre las normas que conforman los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF). EMITE Tercera versión del Boletín N 0 Marco de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera, incorporando las modificaciones pertinentes.

BOLETIN DE APLICACIÓN VEN-NIF Nº 0 (BA VEN-NIF 0) (Versión N 3) 1. La Federación de Colegios de Colegios de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela (FCCPV) aprobó adoptar como Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF), las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, siglas en Inglés), previa revisión de cada una de ellas y cumplimiento del proceso de auscultación (consulta pública). 2. El IASB desarrolla y publica las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF completas) y la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES). 3. Las NIIF completas comprenden: las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC); las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); las Interpretaciones emitidas por el Comité de Interpretaciones (SIC) y el Comité de Interpretaciones de Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF). 4. Para su aplicación en Venezuela, con carácter de VEN-NIF las normas emitidas o modificadas por el IASB, deberán ser sometidas a la aprobación en un Directorio Nacional Ampliado, previo análisis técnico respecto a los impactos de aplicabilidad en el entorno venezolano desarrollado por parte del Comité Permanente de Principios de Contabilidad (CPPC) de la FCCPV y cumplido el lapso de 30 días, por lo menos, de consulta pública. 5. El CPPC de la FCCPV desarrollará, cuando sea necesario hacerlo, los Boletines de Aplicación (BA VEN-NIF), para indicar las condiciones de adopción y/o guías para la aplicación en Venezuela, de cualquiera de las NIIF emitidas por el IASB, los cuales no deberán entrar en conflicto con lo establecido en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros del IASB y con la Sección 2 Conceptos y Principios Fundamentales de la NIIF para las PYMES, a menos que por razones económicas o legales del entorno venezolano resulte inaplicable hacerlo. 6. Cuando la FCCPV en un Directorio Nacional Ampliado y cumplido el lapso de consulta pública correspondiente, apruebe algún BA VEN-NIF éstos serán de obligatorio uso para la preparación y presentación de Información Financiera de acuerdo con Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF) para los ejercicios que se inicien después de su aprobación, a menos que se indique expresamente su fecha de aplicación. 7. Los VEN-NIF serán aplicables por toda entidad que prepare sus estados financieros para usuarios externos o requeridos por cualquier disposición legal venezolana, siempre que no esté obligada a la preparación y presentación de su información financiera de acuerdo con disposiciones emitidas por su ente regulador. Las entidades no lucrativas podrán ajustar las descripciones utilizadas para partidas específicas de los estados financieros e incluso para éstos. En los casos de entidades sujetas a algún ente regulador que emita normas de contabilidad, aplicarán VEN-NIF cuando su ente regulador así lo disponga. 8. Se entiende por Entidad, cualquier unidad identificable, que realice actividades económicas, constituida por combinaciones de recursos humanos, naturales y financieros, coordinados por una autoridad que toma decisiones encaminadas a la consecución de los fines para los cuales fue creada. Incluye tanto a personas naturales, empresarios individuales, formas asociativas de hecho o de derecho, una parte o combinación de ellas.

9. Las fechas de vigencia aprobadas para la aplicación de VEN-NIF para la preparación y presentación de estados financieros de las entidades no sujetas al control de un ente regulador quedaron establecidas en: a. Grandes Entidades: Para los ejercicios económicos que finalizan el 31 de diciembre de 2008 o fecha de cierre inmediata posterior; b. Pequeñas y Medianas Entidades: Para los ejercicios que finalizan el 31 de diciembre de 2010 o fecha de cierre inmediata posterior, A los efectos de la calificación como pequeña y mediana entidad, deberá aplicarse lo establecido en Boletín de Aplicación VEN-NIF Nº 1, Definición de Pequeñas y Medianas Entidades (BA VEN-NIF 1), aprobado por la FCCPV. 10. A partir de las fechas indicadas en el párrafo anterior, las Declaraciones de Principios de Contabilidad (DPC) y las Publicaciones Técnicas (PT) relacionadas con la preparación y presentación de estados financieros de acuerdo con Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela quedan derogadas y sustituidas por cada una de las normas aprobadas y referidas en el párrafo 12 de este pronunciamiento. 11. En Venezuela se utilizará la traducción oficial al español de las normas emitidas o modificadas por el IASB, las cuales serán publicadas en la página Web de la FCCPV una vez aprobadas. De estar disponible alguna traducción libre elaborada por cualquier país latinoamericano y siempre que ésta haya sido avalada por el IASB será utilizada para los fines de estudio, consulta pública y aprobación. La publicación de dicha traducción será sustituida al ser emitida la traducción oficial al español emitida por el IASB. 12. A la fecha de este pronunciamiento, los Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (VEN-NIF) son los siguientes: APLICABLE POR CUALQUIER TIPO DE ENTIDAD: BA VEN-NIF Nº 01 Definición de Pequeñas y Medianas Entidades, considerado en DNA Cumaná, julio de 2007 y delegada su aprobación al Directorio de la Federación (Reunión de fecha 08 de noviembre de 2007). BA VEN-NIF Nº 02 Criterios para la Aplicación en Venezuela de la NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias, considerado en DNA Extraordinario Caracas, febrero 2008 y aprobado en DNA Puerto Ordaz, abril 2008. BA VEN-NIF Nº 03 Criterios para la Aplicación del Índice General de Precios, para la reexpresión de los Estados Financieros en Venezuela, considerado y aprobado en DNA Porlamar, noviembre 2008. BA VEN-NIF Nº 04 Definición de la Fecha de Autorización de los Estados Financieros para su Publicación, en el Marco de las Regulaciones Contenidas en el Código de Comercio Venezolano, considerado y aprobado en DNA Puerto La Cruz, agosto 2009. APLICABLE SÓLO POR LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS ENTIDADES: Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades, versión 2009, aprobada en Directorio Nacional Ampliado Extraordinario, reunido en Caracas el 17 de octubre de 2009, aplicada conjuntamente con el BA VEN-NIF 2 APLICABLE SÓLO POR LAS GRANDES ENTIDADES: Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros, versión Libro 2006, aprobada en DNA Valencia, agosto 2006.

NIC 1 Presentación de Estados Financieros, versión Libro 2006, aprobada en DNA Valencia, agosto 2006. NIC 2 Inventarios, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 7 Estados de Flujo de Efectivo, versión Libro 2006, aprobada en DNA Valencia, agosto 2006. NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores, versión Libro 2006, aprobada en DNA Valencia, agosto 2006. NIC 10 Hechos Ocurridos después de la fecha del balance, versión Libro 2006, aprobada en DNA Valencia, agosto 2006. NIC 11 Contratos de Construcción, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 12 Impuestos a las Ganancias, versión Libro 2006, aprobada en DNA Valencia, agosto 2006. NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 17 Arrendamientos, versión Libro 2006, aprobada en DNA Cumaná, julio 2007. NIC 18 Ingresos Ordinarios, versión Libro 2006, aprobada en DNA Cumaná, julio 2007. NIC 19 Beneficios a los Empleados, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 23 Costos por Préstamos, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 24 Informaciones a Revelar sobre Partes Relacionadas, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 26 Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Beneficio por Retiro, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 27 Estados Financieros Consolidados y Separados, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 28 Inversiones en Asociadas, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias, versión Libro 2006, considerada en DNA Extraordinario Caracas febrero 2008 y aprobada DNA Puerto Ordaz abril 2008, aplicada conjuntamente con el BA VEN NIF Nº 2 NIC 31 Participaciones de Negocios Conjuntos, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación e Información a Revelar, versión Libro 2006, aprobada en DNA

NIC 33 Ganancias por Acción, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 34 Información Financiera Intermedia, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos, versión Libro 2006, aprobada en DNA Valencia, agosto 2006. NIC 37 Provisiones, Activo Contingentes y Pasivos Contingentes, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 38 Activos Intangibles, versión Libro 2006, aprobada en DNA Cumaná, julio 2007 y en DNA, Puerto Ordaz, abril 2008. NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 40 Propiedades de Inversión, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIC 41 Agricultura, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIIF 2 Pagos Basados en Acciones, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIIF 3 Combinaciones de Empresas, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIIF 4 Contratos de Seguros, versión Libro 2006, aprobada en DNA Cumaná, julio 2007. NIIF 5 Activos no Corrientes, Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIIF 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar, versión Libro 2006, aprobada en DNA NIIF 8 Segmentos de Operación, versión Libro 2007, aprobada en DNA Guárico, julio 2008 CINIIF 1 Cambios en Pasivos Existentes por Retiro del Servicio, Restauración y Similares, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. CINIIF 2 Aportaciones de Socios de Entidades Cooperativas e Instrumentos Similares, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. CINIIF 4 Determinación de si un Acuerdo Contiene un Arrendamiento, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. CINIIF 5 Derechos por la Participación de Fondos para el Retiro del Servicio, la Restauración y la rehabilitación Medioambiental, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. CINIIF 6 Obligaciones surgidas de la participación en mercados específicos Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. CINIIF 7 Aplicación del Procedimiento de Reexpresión según la NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007.

CINIIF 8 Alcance de NIIF 2, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. CINIIF 9 Nueva evaluación de los derivados implícitos, versión Libro 2007, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. CINIIF 10 Información Financiera Intermedia y deterioro del Valor, versión Libro 2007, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. CINIIF 11 Transacciones con Acciones Propias y del Grupo, versión Libro 2007, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. CINIIF 12 Acuerdos de Concesión de Servicios, versión Libro 2007, aprobada en DNA Guárico, julio de 2008. CINIIF 13 Programa de Fidelización de Clientes, versión Libro 2008, aprobada en DNA Puerto La Cruz, agosto de 2009. CINIIF 14-NIC 19-El Límite de un Activo por Beneficios Definidos. Obligación de Mantener un Nivel Mínimo de Financiación y su Interacción, versión Libro 2008, aprobada en DNA Puerto La Cruz, agosto de 2009. SIC-10 Ayudas Gubernamentales Sin Relación Específica con Actividades de Operación, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. SIC-12 Consolidación - Entidades de Cometido Específico, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. SIC 13 Entidades Controladas Conjuntamente Aportaciones No Monetarias de los Participantes, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. SIC-15 Arrendamientos Operativos Incentivos, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. SIC-21 Impuesto a las Ganancias Recuperación de Activos No Depreciables Revaluados, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. SIC-25 Impuestos a las Ganancias Cambios en la Situación Fiscal de la Empresa o de sus Accionistas, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. SIC-27 Evaluación de la Esencia de las Transacciones que Adoptan la Forma Legal de un Arrendamiento, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. SIC-29 Información a Revelar Acuerdos de Concesión de Servicios, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. SIC-31 Ingresos Ordinarios Permutas de Servicios de Publicidad, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. SIC-32 Activos Intangibles Costos de Sitios Web, versión Libro 2006, aprobada en DNA Trujillo, noviembre de 2007. 13. Las grandes entidades aplicarán la NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera, cuando la Federación de Colegios de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela declare que se han adoptado, sin reservas, todas las Normas Internacionales de Información Financiera. Tal condición rige para la sección 35 de la NIIF para las PYMES a ser aplicada por las pequeñas y medianas entidades.

14. Las entidades que, conforme a las fechas indicadas en el Párrafo 9 de este pronunciamiento, utilicen por primera vez los VEN-NIF en la preparación y presentación de sus estados financieros de acuerdo con Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela, deberán aplicar los procedimientos y criterios detallados en la NIIF 1 o Sección 35 de la NIIF para las PYMES, según sea calificada como gran entidad o pequeña y mediana entidad, respectivamente. 15. A los efectos indicados en el párrafo anterior, se establece como fecha de transición, el comienzo del ejercicio económico más antiguo para el que la entidad presentará información comparativa con el ejercicio económico según las fechas y tipo de entidad que se indica en el párrafo 9 de este pronunciamiento. 16. Este Boletín sustituye en todas sus partes el Pronunciamiento sobre Adopción de Normas Internacionales de Información Financiera, aprobado en el Directorio Nacional Ampliado realizado en la ciudad de Cumaná los días 13 y 14 de julio de 2007, así como las versiones 0; 1 y 2 de este Boletín de Aplicación aprobados en los Directorios Nacionales Ampliados reunidos en abril, julio y noviembre 2008. 17. La versión 3 de este Boletín de Aplicación fue aprobada en el Directorio Nacional Ampliado, reunido en la ciudad, los días y será aplicable para los ejercicios que se inicien.