CARTA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA CONTENIDO CAPITULO I GENERALIDADES

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CARTA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA CONTENIDO CAPITULO I GENERALIDADES INCISO A. Finalidad. INCISO B. Destinatarios. CAPITULO II DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARUIOS DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA INCISO A. Son derechos de los usuarios de la Justicia Administrativa. INCISO B. Son obligaciones de los usuarios de la Justicia Administrativa. CAPITULO III EFICACIA DE LA CARTA: COMPROMISO INCISO A. Compromiso del Tribunal de lo Contencioso Administrativo: Buzón del usuario. INCISO B. Eficacia. DOMICILIOS HORARIO DE ATENCION TRANSITORIO

CARTA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DE LA JUSTICIA COMPETENCIA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE PREÁMBULO Una administración de justicia de calidad, se distingue porque ésta se imparta de manera pronta, completa, imparcial y gratuita, con respecto a la dignidad de las personas que requieran acceder a ella. La meta alcanzar en una impartición de justicia de calidad, conlleva a que la prestación de ese servicio sea eficiente, previsible, eficaz y transparente, que sea capaz de dar servicio a las personas, con mayor agilidad, incorporando para ello métodos de organización procedimientos administrativos e instrumentos procesales más modernos. Por lo anterior, en atención a los lineamientos del plan permanente de la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia (AMIJ) y en cumplimiento de nuestro compromiso como órgano impartidor de justicia administrativa en la entidad, se expide la CARTA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DE LA JUSTICIA COMPETENCIA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE con el propósito de garantizar el acceso efectivo a una impartición de justicia administrativa, moderna y libre de todo obstáculo para servir a los usuarios con prontitud, calidad, eficiencia y transparencia.

CAPITULO I Generalidades Finalidad Esta Carta constituye un instrumento a través del cual el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, informa a los usuarios sobre las funciones que tiene encomendadas y el imperativo a desempeñarse con la más alta calidad, así como los derechos y obligaciones de los usuarios en relación con estos servicios y, finalmente, sobre el compromiso para hacer efectivos los derechos que en esta se consignan; para lograrlo, es necesario establecer un compromiso reciproco entre el Tribunal y sus usuarios; compromiso que se recoge en este documento. Serán destinatarios de la presente Carta: Destinatarios Los usuarios de la justicia administrativa en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, entendidos como los que requieran acceder a la impartición de justicia a fin de hacer uso de sus servicios, entre otros, los que tengan el carácter de partes en un juicio contencioso administrativo, los testigos, los peritos, quienes soliciten información relacionada con la administración de justicia, los medios de comunicación, los abogados litigantes debidamente acreditados y autorizados conforme a la legislación que rige la materia. Todos los servidores públicos adscritos a los diversos órganos jurisdiccionales del Estado, y quienes, con cualquier carácter, actúen en auxilio de la función jurisdiccional.

CAPITULO II Derechos y obligaciones de los usuarios de la justicia administrativa A) Son derechos de los usuarios de la justicia administrativa: 1. Acceder y recibir un servicio gratuito, imparcial y sin ningún tipo de discriminación por origen étnico o nacionalidad, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Se tratará por igual a todos los usuarios. 2. Que el juicio contencioso se rija por los principios de legalidad, prosecución del interés público, igualdad y proporcionalidad, imparcialidad, sencillez, celeridad, oficiosidad, eficacia, publicidad, gratuidad y buena fe; es decir que: a) Se ajuste estrictamente a las disposiciones del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de Veracruz; b) El trámite sea sencillo, evitando formulismos innecesarios resolviéndose de manera pronta y expedita; siendo las actuaciones del Tribunal de oficio sin perjuicio de la intervención de las partes interesadas; c) Se alcancen sus finalidades y efectos legales; d) Las actuaciones sean públicas, salvo que la moral o el interés general exija que sean secretas, además de ser gratuitos, sin que pueda condenarse al pago de gastos y costas; e) El Tribunal y las partes interesadas se conduzcan en las promociones y actuaciones, con honradez, transparencia y respeto. 3. Recibir información pública general y actualizada sobre el funcionamiento de la Presidencia, Subdirecciones: Administrativa; de Estadística y Sistema de Tecnología e Informática; de Comunicación y Difusión; de Coordinación y Supervisión de los Servicios de Defensoría Jurídica y de Formación Profesional, Capacitación, Especialización y Actualización; así como, de los órganos jurisdiccionales: Sala Superior y Salas Regionales (Norte, Centro y Sur) del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en los términos y procedimientos previstos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Entidad, su Reglamento y los Lineamientos de Clasificación de la Información Confidencial y Reservada generada por este Tribunal. 4. Podrán consultar los expedientes en que se cursa el juicio contencioso en los que acredite su interés jurídico o legítimo, y obtener, previo pago de los derechos correspondientes, copia certificada de los documentos y actuaciones que los integren, excepto cuando el usuario acredite que su obtención es para la tramitación del juicio de amparo, caso en el que se expedirán de manera gratuita. 5. Identificar a los Magistrados y al personal adscrito a las Salas del Tribunal bajo cuya responsabilidad se tramiten los juicios y obtener constancia de los documentos que presenten, así como a aportar las pruebas que estimen pertinentes y formular alegatos.

6. Autorizar para oír notificaciones en su nombre a licenciados en derecho con cédula profesional legalmente expedida y registrada en las Salas del Tribunal, quienes quedarán facultados para ofrecer y rendir pruebas, presentar alegatos, interponer recursos, comparecer a las audiencias, recibir documentos y formular otras promociones, pero no podrá desistirse del juicio ni delegar sus facultades en terceros. Tratándose de menores de edad, los sujetos a interdicción, las sucesiones, los concursos mercantiles y las personas morales, actuarán por conducto de sus representantes, en términos de la legislación aplicable. 7. Ofrecer toda clase de pruebas, excepto la confesional de las autoridades mediante absolución de posiciones, las que no tengan relación con el asunto, las que resulten inútiles para la decisión del caso, así como la que sean contrarias a la moral o al derecho. 8. Incluir en las pretensiones que se deduzcan en la demanda el pago de daños y perjuicios que se le hayan causado en forma dolosa o culposa por algún servidor público, con la emisión o ejecución del acto impugnado, ofreciendo las pruebas específicas que acrediten la existencia de los mismos. 9. Utilizar la lengua nacional, o la del pueblo indígena al que pertenezcan, de conformidad con la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. En estos casos se garantizará la asistencia de un intérprete traductor cuando el usuario de la justicia sea un indígena y se asegurará, además, que comprenda el significado y trascendencia jurídica de las actuaciones procesales en las que intervenga. 10. Formular excitativa de justicia ante la Sala Superior, si el Magistrado de la Sala Regional no dicta sentencia dentro del plazo legal respectivo. 11. Que se guarde absoluta reserva en lo concerniente a sus datos personales en los términos prescritos por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 12. Que en las diligencias de notificación, citaciones, emplazamientos, así como en las inspecciones, comparecencias y en general en todas las actuaciones, el Tribunal utilice un lenguaje claro que -respetando las exigencias técnicas del caso- resulte comprensible para las personas, evitando el uso de elementos intimidatorios innecesarios. En igual sentido, los usuarios tienen derecho a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de forma que -sin perder el rigor técnico- sean accesibles para los usuarios de la justicia administrativa. 13. Ser atendidos de forma respetuosa. El órgano jurisdiccional deberá procurar que las actuaciones en las que comparezcan se lleven a cabo con el máximo respeto y puntualidad posibles; de no ser así el funcionario judicial deberá informar las razones del retraso o suspensión de cualquier actuación procesal. 14. Formular respetuosamente y por escrito, las reclamaciones, quejas y sugerencias que considere procedentes, relativas al funcionamiento de todas las áreas que integran el Tribunal de lo

Contencioso Administrativo del Estado, en sus ámbitos administrativo y jurisdiccional, y recibir respuesta oportuna a sus solicitudes. 15. Conocer el tipo de conductas de los servidores públicos que puedan actualizar responsabilidad penal o administrativa y las vías posibles para presentar las quejas respectivas. 16. Recibir los servicios de la Defensoría Jurídica cuando lo solicite, observando las formalidades y requisitos previstos en el Reglamento Interior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. 17. Los edificios que alberguen órganos jurisdiccionales deben estar provistos de las medidas y servicios que faciliten tanto el acceso, como la seguridad de las personas que acudan, especialmente de las que sufran de alguna discapacidad. Las personas con discapacidad deberán comparecer ante la autoridad jurisdiccional sólo en los casos en que así lo exija la ley y tendrán el derecho a la utilización de un intérprete o de aquellos medios que permitan obtener, de manera comprensible, las actuaciones procesales y cualquier otra información pública que requieran. 18. Señalar los estrados del Tribunal para recibir notificaciones. 19. Exigir a los servidores públicos adscritos al Tribunal, el cumplimiento de los derechos reconocidos en esta Carta. B) Son obligaciones de los usuarios de la justicia administrativa: 1. Otorgar un trato respetuoso al servidor judicial que les atiende y comportarse de manera adecuada. 2. Contar con un medio adecuado de identificación, tanto para ingresar a las instalaciones que albergan los órganos jurisdiccionales como para, en su caso, exigir sus derechos. 3. Llegar con la puntualidad debida en el caso de que se tenga previsto el desahogo de una actuación judicial. 4. Cooperar con las medidas de seguridad que, en su caso, estén previstas en las oficinas de las Salas del Tribunal. 5. No dañar las instalaciones, el equipo y mobiliario al servicio del órgano jurisdiccional. 6. Abstenerse de ofrecer gratificaciones a los servidores públicos y denunciar a quien o quienes las soliciten. 7. No utilizar los medios legales previstos para retardar, injustificadamente, los procesos. 8. Utilizar, en la medida de lo posible, una redacción concisa y comprensible, procurando expresar con claridad su pretensión.

9. Conducirse con verdad en toda diligencia practicada por los órganos jurisdiccionales. 10. Asumir, frente a las sentencias definitivas, desde que se presenta la demanda, una actitud de respeto, hacia la contraparte en juicio, ante el Tribunal, así como los juzgadores y los servidores públicos que intervinieron en el juicio. Igual comportamiento deben observar los usuarios en sus relaciones con los órganos auxiliares del Tribunal. 11. Señalar, en el escrito inicial que presenten, domicilio en el municipio donde resida la Sala del Tribunal ante la que se promueva, para que en él se hagan las notificaciones personales indicadas en este Código. CAPITULO III Eficacia de la Carta Compromiso del Tribunal de lo Contencioso Administrativo: buzón del usuario. El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado de Veracruz se compromete a respetar y a que se hagan respetar los derechos y obligaciones contenidos en esta Carta, para tal efecto y en aras de asegurar el cabal cumplimiento de los derechos consignados en ella, se establece: un buzón de quejas o sugerencias en un lugar visible de cada una de las Salas, para que el usuario manifieste su inconformidad o si lo prefiere, la haga llegar vía correo ordinario o vía electrónica (fax), a las direcciones establecidas para ello. B. Eficacia Para lograr la eficacia de los derechos que se consagran en la presente Carta, se asigna en la Presidencia, al Subdirector de Comunicación y Difusión del Tribunal, Sala Superior a la Secretaria General de Acuerdos y en las Salas Regionales a los Secretarios de Acuerdos para se impongan de las manifestaciones depositadas en el Buzón con la finalidad de dar cuenta a la Presidencia del Tribunal o en su caso, a los Magistrados de las Salas Regionales para el seguimiento y evaluación de las quejas y sugerencias del usuario, a fin de dar respuesta oportuna a las mismas.

DOMICILIOS Presidencia: Subdirección de Comunicación y Difusión: 1er. Piso del Edificio A del Palacio de Justicia sito en Av. Lázaro Cárdenas No. 373, colonia el Mirador, C.P. 91170, Xalapa, Veracruz. Teléfono.- 01 (228) 8 42 28 00, extensiones 4006, 4011 y fax 4007. Nombre del servidor público responsable: Dr. Ángel Luis Parra Ortiz. Correo electrónico: aparra@tcaveracruz.gob.mx Sala Superior: 1er. Piso del Edificio A del Palacio de Justicia sito en Av. Lázaro Cárdenas No. 373, colonia el Mirador, C.P. 91170, Xalapa, Veracruz. Teléfono.- 01 (228) 8 42 28 00, extensiones 4006 4008 y fax 4007. Nombre del servidor público responsable: Secretaria General de Acuerdos: Lic. Eunice Calderón Fernández. Correo electrónico: ecalderon@tcaveracruz.gob.mx Sala Regional Zona Norte: Av. Arteaga 50,, Zona Centro, Tuxpan de Rodríguez Cano, Veracruz. Teléfono.- 01 (783) 8 34 92 70. Nombre del servidor público responsable: Secretario de Acuerdos: Lic. Xochitl Elizabeth López Fernández Correo Electrónico: xlopez@tcaveracruz.gob.mx Sala Regional Zona Centro: 3er. Piso del Edificio B del Palacio de Justicia sito en Avenida Lázaro Cárdenas No. 331, colonia el Mirador, C.P. 91170, Xalapa, Veracruz. Teléfono.- 01 (228) 8 43 59 06. Nombre del servidor público responsable: Lic. Pablo Pardo Castañeda. Correo electrónico: ppardo@tcaveracruz.gob.mx Sala Regional Zona Sur: Av. Bellavista No. 419 entre Allende y Guerrero, Zona Centro, Coatzacoalcos, Veracruz. Teléfono.- 01 (921) 2 12 53 12. Nombre del servidor público responsable: Secretario de Acuerdos: Lic. José Manuel González Linares. Correo Electrónico: jgonzalez@tcaveracruz.gob.mx HORARIO DE ATENCION: Lunes a Viernes de 08:30 14:30 hrs. ARTÍCULO TRANSITORIO ARTÍCULO PRIMERO. La presente Carta de Derechos y Obligaciones de los usuarios de la justicia administrativa, entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por los integrantes del Pleno del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.