FONDO CONCURSABLE DE DESARROLLO VECINAL



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Transcripción:

1 FONDO CONCURSABLE DE DESARROLLO VECINAL BASES DEL CONCURSO SEGUNDO LLAMADO 2015

2 I.- GENERALIDADES. La Ilustre Municipalidad de Ovalle pone a disposición de la comunidad el Fondo de Desarrollo Vecinal, de característica concursable al cual se podrá postular mediante la presentación de iniciativas. Este fondo, para el segundo llamado del año 2015 dispone un total de $25.000.000 (veinticinco millones de pesos), con los cuales se podrán financiar iniciativas de organizaciones comunitarias territoriales y funcionales de hasta $500.000 (quinientos mil pesos) cada una. II.- FONDO CONCURSABLE DE DESARROLLO VECINAL Este fondo estará destinado a financiar iniciativas relacionadas con organizaciones comunitarias territoriales y funcionales, constituidas según las leyes 19.418 y 20.500, entre las que se cuentan a modo de ejemplo, juntas de vecinos, clubes deportivos y de adultos mayores, entidades culturales y comités, cuyos requerimientos por institución no excedan la suma de $ 500.000, incluidos los impuestos legales. Las líneas específicas a financiar son las siguientes: -Fortalecimiento a la gestión de organizaciones funcionales y territoriales. Mediante esta línea de trabajo se financiarán iniciativas específicas que guarden relación con los objetivos de la institución y de la municipalidad (Aplica letra g de los artículos 5 y 65º de la ley N 18.695). A modo de ejemplo: Arriendo de equipos de amplificación e iluminación, actividades de capacitación, culturales y deportivas (cancelación de honorarios por contratación de monitores, profesores, charlistas y expositores y material propiamente tal), etc. Todos estos gastos deben tener relación con la ejecución de la iniciativa. -Infraestructura Comunitaria. Se financiarán terminaciones de infraestructura existente perteneciente a la organización (propiedad o comodato). Como por ejemplo, instalación de cierres perimetrales, cambio estructura de techumbre, pintura, etc. -Equipamiento Comunitario. Adquisición de mobiliario, equipos de amplificación y computación, instrumentos musicales, equipamiento deportivo, etc. III.- REQUISITOS DE POSTULACIÓN Para optar a la asignación de recursos, las organizaciones deberán presentar los siguientes antecedentes: 1. Formulario de Postulación debidamente llenado, timbrado y firmado por la directiva vigente (presidente, secretario y tesorero). 2. Certificado de Registros de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos (se obtiene en la página web www.registros19862.cl). 3. Certificado de vigencia de la directiva (Registro Civil o Secretaría Municipal), en original y fechado con una antigüedad no mayor a 30 días del inicio del concurso, es decir, desde el 20 de Junio de 2015. Además, la directiva ésta deberá estar vigente, a lo menos, desde el 20 de Octubre de 2015 en adelante. 4. Fotocopia simple del RUT de la organización. 5. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del representante legal, por ambos lados.

3 6. Certificado de Residencia del representante legal: a) Emitido en original por la Junta de Vecinos correspondiente al domicilio del representante legal. En caso de no existir Junta de Vecinos, deberá declarar domicilio mediante declaración jurada notarial, en original. b) Para el caso de los presidentes de juntas de vecinos, la residencia deberá acreditarse sólo mediante declaración jurada ante Notario Público en original. 7. Declaración Jurada Simple de que la iniciativa no cuenta con otras fuentes de financiamiento municipal (formato se encuentra anexo al Formulario de Postulación). 8. Una cotización actualizada de cada bien a adquirir en el ítem Gastos de Inversión. IV.- PERIODO DE POSTULACIÓN: Fecha de Inicio: Lunes 20 de Julio de 2015. Plazo para la presentación de iniciativas: Lugar de presentación de iniciativas: Impostergablemente, hasta las 14:00 horas del día Viernes 07 de Agosto de 2015. Departamento de Desarrollo Comunitario. Libertad Nº 592, fono 53 2 638897 V.- TIPOS DE GASTOS Los proyectos a presentar, independiente de su modalidad, pueden incluir los siguientes tipos de gastos: Tipo Honorarios Operación Inversión Descripción y ejemplos Aquellos gastos que impliquen la contratación de servicios personales contra la presentación de Boleta de Honorarios, como por ejemplo monitores, relatores, coordinadores, maestros. El monto a consignar incluye las retenciones correspondientes, es decir, es el monto bruto. Adquisición de insumos y materiales consumibles y que no perduran más allá de la ejecución del proyecto. Por ejemplo: alimentación, fletes, viajes y traslados, materiales de oficina, difusión radial y gráfica, pendones, pintura, etc. Queda expresamente prohibida la adquisición de bebidas alcohólicas y cóctel de inauguración o clausura. Los valores solicitados deben incluir el IVA. Adquisición de bienes que perduran más allá de la ejecución del proyecto, y que pasan a ser parte del patrimonio de la organización. Ejemplo: Artículos electrónicos en general (cámaras, proyectores, computadores, electrodomésticos); muebles, herramientas y materiales de construcción, mano de obra vendida, uniformes y vestuario, etc. Por cada bien a adquirir en este ítem, se debe adjuntar una cotización. Los valores solicitados deben incluir el IVA.

4 VI.- RESTRICCIONES 1.- Que, la institución mantenga rendiciones pendientes. Esto se extiende a aquellas instituciones que hayan rendido y los gastos se hayan rechazado total o parcialmente, dado que éstos se encuentran en condiciones de no rendidos. 2.- Que, la institución dentro de su Directorio sea parte el alcalde, concejales y los funcionarios municipales que ejerzan cargos de jefaturas administrativa en la Municipalidad de Ovalle. Aplica último inciso del artículo 19 de la ley N 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias. 3.- Que, el Representante Legal, o Presidente o Tesorero o Secretario, haya obtenido subvenciones representando a otra institución y que no haya rendido total o parcialmente los recursos. 4.- Vía subvenciones o aportes no se pueden financiar gastos operacionales y de camaradería (incluye inauguraciones, clausuras, reuniones de trabajo, etc.) e iniciativas que no se ajustan a los objetivos de la organización. 5.- Rendir con documentación sustentatoria de gasto de data anterior a la del decreto alcaldicio que aprueba la subvención. 6.- No pueden participar instituciones que fueron beneficiadas con subvenciones o aportes vía Fondo Concursable de Desarrollo Vecinal durante el presente año 2015. 7.- Por otra parte, se declarará inadmisible todo formulario de postulación que no venga debidamente timbrado y firmado por el presidente/a, secretario/a y tesorero/a de la organización. 8.- Ningún representante legal de organizaciones postulantes, cualquiera sea la naturaleza o función de aquella, podrá adjudicar más de dos iniciativas en este concurso. VII.- PROCESO DE EVALUACIÓN DE INICIATIVAS. El Comité de Subvenciones será el responsable de la evaluación técnica de las iniciativas presentadas. Dicho comité estará integrado por el Director de SECPLAN, quien lo presidirá, por el Director de Administración y Finanzas y por la Jefa del Departamento de Desarrollo Comunitario. A falta de ellos, asumirá dicha función aquellos funcionarios que les subroguen administrativamente en sus funciones. El Comité de Subvenciones se regirá por una pauta de evaluación elaborada para tales efectos. La evaluación estará centrada en las siguientes etapas: Primera Etapa: Admisibilidad. Mide el nivel de cumplimiento de formalidad, para lo cual se considerarán los siguientes factores: -Presentación de antecedentes exigidos en punto III de las presentes bases; -Presentación completa del Formulario Único de Postulación, Segundo Llamado 2015. El no cumplimiento de este punto implica que la iniciativa no pasará a evaluación en su segunda etapa. Segunda Etapa: Coherencia. En este ámbito se evaluarán los aspectos técnicos y la estructura presupuestaria de la iniciativa presentada. Para la evaluación de iniciativas presentadas al Fondo Concursable, el Comité de Subvenciones elaborará una pauta de evaluación que se presentará al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil COSOC que, en su calidad de órgano asesor, podrá sugerir dimensiones, indicadores y

5 ponderaciones de dicha pauta, las que finalmente el Comité de Subvenciones tendrá la facultad de aplicar y sistematizar o rechazar parcial o totalmente. Una vez concluido el proceso de evaluación técnica, el Comité de Subvenciones presentará al Concejo, la nómina con las iniciativas elegibles ordenadas por puntajes hasta cubrir los fondos disponibles, para la aprobación del financiamiento por cada iniciativa. Se excluirán sin mayor trámite, aquellas iniciativas que contengan pasajes similares entre instituciones. Tercera Etapa: Adjudicación. Una vez que la nómina de iniciativas elegibles haya sido aprobada por el Concejo, el Comité de Subvenciones la remitirá al COSOC para su conocimiento. Sólo podrán participar de las convocatorias y modalidades antes definidas, iniciativas que favorezcan a los habitantes de la Comuna de Ovalle. VIII.- PROCESO ADMINISTRATIVO: TRANSFERENCIA DE RECURSOS Y RENDICIONES La administración de estos recursos estará a cargo de la Dirección de Administración y Finanzas. La Municipalidad de Ovalle transferirá las subvenciones a las instituciones previa emisión del certificado que conste el acuerdo del Concejo y de la emisión del decreto que aprueba la transferencia. Los recursos se transferirán mediante una cuota, toda vez que la organización seleccionada firme los correspondientes documentos asociados al concurso (egreso, recepción de rendiciones y convenios de transferencia). Los recursos deben ser rendidos con documentos originales emitidos dentro del mismo año calendario (es decir, hasta el 31 de Diciembre de 2015), o en su defecto, la organización deberá reintegrarlos. Aquellos cheques que caduquen en su cobro a esta misma fecha no se emitirán nuevamente, y el municipio los reintegrará a su patrimonio. Las organizaciones beneficiarias deberán presentar la rendición de sus iniciativas, en los plazos definidos, presentando los siguientes formularios: A. Informe Financiero. Conforme a pauta entregada por Dirección de Administración y Finanzas con los respaldos originales (boletas de compraventa y/o de honorarios, facturas, etc.), o en su defecto, en caso de extravío u otra situación considerada de fuerza mayor, se podrá rendir con documentos autorizados ante notario. B. Informe de Ejecución de Actividades. Conforme a pauta que elaborará el Comité de Subvenciones, en donde la organización describirá el proceso de ejecución de la iniciativa con sus respectivos respaldos (ejemplo: registro fotográfico, listados de asistencia, cartas, folletería, entre otros, según corresponda). El municipio se reserva el derecho a validar las compras y la ejecución de iniciativas de los recursos rendidos. Aquellos gastos que sean rechazados por el Municipio, deberán ser reintegrados en caso que no sean subsanadas dichas objeciones. En caso que exista dolo, se le solicitará a la institución el reintegro de la totalidad de los fondos, y de este hecho se efectuará el denuncio ante los Tribunales de Justicia.

6 IX.- DIFUSIÓN El llamado a concurso del Fondo Concursables de Desarrollo Vecinal se publicará en la página web institucional, como asimismo, para una mayor cobertura el municipio puede disponer de otros medios escritos, radiales y/o electrónicos para su difusión. Los resultados del proceso de selección de iniciativas concursables se publicarán en la página web de la Municipalidad de Ovalle, como también se procederá a notificar por escrito o vía telefónica a las instituciones beneficiadas. X.- ACEPTACIÓN DE BASES Por el sólo hecho de presentar una iniciativa mediante el llenado del Formulario Único de Postulación, la organización acepta y acata el contenido de las presentes Bases de Concurso, sin ulterior reclamo. En caso de divergencia en la interpretación de estas bases, prevalecerá la que emita la Ilustre Municipalidad de Ovalle en su calidad de administradora del Fondo y organizadora del presente concurso. XI.- REQUERIMIENTO DE ASESORÍA Y RESOLUCIÓN DE CONSULTAS La unidad encargada de prestar asesoría y resolver consultas en este concurso es el Departamento de Desarrollo Comunitario de la Ilustre Municipalidad de Ovalle cuyos datos son: Departamento Desarrollo Comunitario Ilustre Municipalidad de Ovalle Libertad N 592 (esquina Santiago) Fono: 053 2638897 Horario de Atención: Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas Correo electrónico: deco@municipalidaddeovalle.cl