INFORME DE AUDITORIA DE LAS RETENCIONES Y APORTES POR CONCEPTO DE FONDOS A TERCERO DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ARAURE ORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO, FINANCIERO 2008
Origen de la Actuación. En cumplimiento del Plan Operativo Anual de las Actuaciones Fiscales del año 2009, de la Gerencia de Control Fiscal Posterior de este Órgano de Control Fiscal Externo, se realizó la Auditoria correspondiente a las retenciones y aportes por concepto de Fondos de Terceros durante el ejercicio fiscal 2008, a la Alcaldía del Municipio Araure del Estado Portuguesa. Alcance. La Actuación se orientó a la verificación exhaustiva de las operaciones administrativas y financieras realizadas por la administración de la Alcaldía Municipal de Araure en cuanto al manejo y uso de los recursos obtenidos de las retenciones y Aportes efectuadas a los trabajadores empleados y obreros, durante el ejercicio fiscal 2008 Objetivos. Objetivo General. Evaluar la legalidad y sinceridad de las operaciones inherentes al manejo de fondos de terceros (Seguro Social Obligatorio, ley Prestacional de Empleo, Fondo Especial de Jubilaciones y Pensiones y Ley de Política Habitacional), así como el destino dado a los mismos por parte de la Administración de la Alcaldía del Municipio Araure, durante el ejercicio económico financiero 2008.
OBSERVACIONES GENERALES DERIVADAS DEL ANÁLISIS. Observaciones Relevantes: Del análisis efectuado a las nominas, depósitos, libros de Banco, Voucher de Pago de las retenciones efectuadas a empleados y Obreros de la Alcaldía Municipal de Araure correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, se determino que al personal de la Alcaldía le descuentan lo correspondiente a Seguro Social Obligatorio (S.S.O), Ley Prestacional de Empleo, Ley de Política Habitacional (LPH), Fondo Especial de Jubilación y Pensión y Sindicato de la revisión efectuada a los cálculos para los respectivos descuentos, con respecto al porcentaje a ser aplicado para la retención del SSO de 4% y Ley del Régimen Prestacional de empleo el 0.5%, Ley de Política Habitacional 1%, -Fondo especial de Jubilación y Pensión 3% y Sindicato 1%, se comprobó que aplican la fórmula establecida en las normas que lo regulan. 1. Se verifico que durante el 2008, le retiene a los trabajadores empleados y obreros, la cantidad de Bolívares Doscientos Diecisiete Mil Ochocientos Dieciséis con 06/100 (Bs. 217.816,06), correspondiente al Seguro Social Obligatorio, y se lo depositan a la cuenta de fondo a terceros, pero no lo cancelan a su legítimo Beneficiario. 2. Se constató que se retuvo un monto de Bolívares Ochenta y Un Mil Setecientos Ochenta y Uno con Noventa y Cinco Céntimos (Bs. 81.781, 95), por concepto de Fondo Especial de Jubilación el cual es descontado al trabajador y depositado al beneficiario Directamente, no es transferido a la Cuenta de Fondos a Tercero tal como lo establece la publicación 21, además no llevan registros manuales.
3. La municipalidad tiene aperturada la Cuenta No.100007984 en el Banco Federal, para depositar las retenciones por SSO, LPE, LPH, Sindicato, capecma, inavi, es de resaltar que también depositan los fondos de el 10% de Fiel Cumplimiento de las Obras, en la revisión efectuada al monto total depositado a la Cuenta antes mencionada, se verifico que durante el ejercicio 2008, se retuvo la cantidad de Bolívares Trescientos Veintiún Mil Doscientos Cuatro con Sesenta y Cuatro Céntimos (Bs. 321.204,64), correspondiente al 100% del total de todas las Retenciones efectuadas a los trabajadores Empleados y Obreros de la alcaldía municipal: de los cuales depositaron Bolívares Doscientos Diecisiete Mil Doscientos Noventa con Veinticuatro Céntimos (Bs.217.290,24) durante el transcurso del año, el cual representa el 60%, y la cantidad de Bolívares Ciento Tres Mil Novecientos Catorce con Cuarenta Céntimos (Bs. 103.914,40) que lo depositaron en el transcurso 2009, el mismo equivale al 30%, y solo un 10% cancelaron a sus legítimos beneficiarios por la Cantidad de Quince Mil Trescientos Ochenta y Seis con Sesenta y Ocho Céntimos (Bs. 15.386,68) por concepto de Sindicato hasta Noviembre 2008. 4. Se constato que retienen a los trabajadores empleados y Obreros la Cantidad de Bolívares Cincuenta y Cinco Mil Ciento Veintiocho con Dieciséis Céntimos (Bs. 55.128,16), por Ley Política Habitacional, lo depositan a la Cuenta de Fondos a tercero pero no lo cancelan a su legítimo Beneficiario. 5. Se verifico que durante el ejercicio fiscal 2008, retienen a los trabajadores empleados y Obreros por Régimen Prestacional de empleo, la cantidad de Bolívares Veintisiete Mil Doscientos Noventa con Setenta y Cinco Céntimos (Bs. 27.290,75), el cual depositan a la Cuenta de Fondos a tercero pero no lo cancelan a su legitimo Beneficiario.
6. Se verifico que la Retención efectuada a los Trabajadores por concepto de Fondos Especial de Jubilación y pensión es depositada directamente al Beneficiario, presentan un mayor analítico que refleja un saldo del total general de Bolívares Sesenta y Cinco Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco Con Treinta y Dos Céntimos (Bs. 65.845,32), y según revisión el monto depositado fue de Bolívares Cincuenta y Un Mil Novecientos Sesenta y Dos con Cincuenta Céntimos (Bs. 51.962,50), dando una diferencia de Bolívares Trece Mil Ochocientos Ochenta Dos con Ochenta y Dos Céntimos (Bs. 13.882,82) los cuales se explican a continuación: reflejan en el analítico varias cantidades que dan un monto total de Bolívares Diez Mil Novecientos Setenta y Cuatro Con Cincuenta y Dos Céntimos (Bs.10.974,52) que quedaron pendientes por depositar al beneficiario durante el 2008, los cuales no pueden ser reflejados en ese reporte sino en el del 2009; que es cuando efectivamente son depositados al Fondo Jubilación y Pensión, de igual Forma existen unos pagos que arrojan un monto total de Bolívares Dos mil Novecientos Nueve con Treinta Céntimos (Bs. 2.909,30) que no están soportados en las carpetas. 7. Se Verifico que los depósitos que continuación se detallan: FECHA NUMERO DE DEPOSITO MONTO (Bs.) 02/09/2008 03945 4.733,84 02/09/2008 09346 6.443,40 02/09/2008 03938 238,34 02/09/2008 03939 278,85 26/11/2008 93523 238,34 correspondiente a personal empleado no están registrados en el Libro de Banco ni en el Mayor analítico.
8. Se constato que se le hizo una retensión a una obrera contratada, la cual se erogo de la Cuenta Ordinario 2006 del Banco Central y se deposito en la Cuenta de Banesco, según depósitos nos. 42569 por Bolívares Cuarenta y Ocho con Cincuenta y Nueve Céntimos (Bs. 48,59) y 42570 por Bolívares Cuarenta y Siete con 05/100 (Bs. 47.05) de fecha 10/10/2008, cabe resaltar, que las retenciones efectuadas tanto a los empleados y obreros, deben ser depositadas en la Cuenta no.100007984 en el banco Federal correspondiente a Fondos de terceros, dicha retención no esta registrada contablemente en el libro de banco. 9. Se Constato según la revisión de las nominas del personal empleado y obrero se retuvo un monto de Bolívares Trescientos Veintisiete Mil Seiscientos Treinta y Siete con Treinta y Dos Céntimos (Bs. 327.637,32), y se deposito en la cuenta 1000017984 del banco federal la Cantidad de Bolívares Trescientos Veintiún Mil Doscientos Cuatro con Sesenta y Cuatro Céntimos (Bs.321.204,64) arrojando una diferencia de Bolívares Seis Mil Cuatrocientos Treinta y Dos con Cincuenta y Nueve Céntimos (Bs.6.432,59). 10. En la revisión efectuada a las nominas del Personal de la Alcaldía Municipal de Araure, se verifico que se Cancelo a los Obreros Fijos el salario dos veces, correspondiente a la semana del 25/01/2008 al 31/01/2008, y por consiguientes se le realizaron doble retenciones la cual suma la cantidad de Bolívares Nueve Mil Novecientos Cincuenta y Uno con Setenta y Nueve Céntimos (Bs. 9.951,79). 11. Se verifico que el depósito No. 30535 de fecha 23/12/2008 por la cantidad de Bolívares Mil Quinientos Treinta y Seis Con Ochenta y Cinco Céntimos (Bs.1.536,85) correspondiente a las retenciones de obreros fijos, no esta registrado en el libro de banco.