Tema 1. Análisis del Sistema Educativo



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1DIDÁCTICA DE LAS MATEMÁTICAS Profesor: Javier Brihuega Tema 1. Análisis del Sistema Educativo El Sistema Educativo es el marco general en el que nos desenvolvemos a la hora de desarrollar nuestra práctica docente. En el último medio siglo se han promulgado cinco grandes Leyes para regular el Sistema Educativo en España (aunque una no ha llegado a ponerse en práctica), que con sus modificaciones parciales nos han llevado al punto en el que nos encontramos; parece, por tanto, necesario hacer un pequeño repaso histórico a los diferentes Sistemas Educativos que hemos tenido en los últimos tiempos. El régimen político que se impone en España a partir de la guerra civil, en sus primeros años, no se preocupa de diseñar un nuevo sistema escolar, la educación sólo interesa al Gobierno como vehículo transmisor de ideología, pero podría caracterizarse, en la posguerra, por varios aspectos fundamentales: en primer lugar, se define una enseñanza confesional católica basada en: educación de acuerdo con la moral y dogma católicos, enseñanza obligatoria de la religión en todas las escuelas, y derecho de la Iglesia a la inspección de la enseñanza en todos los centros docentes; se observa igualmente una politización de la educación por medio de una orientación doctrinaria de todas las materias; se establece que el Estado es subsidiario en materia de educación y, por último, se rechazan todos los avances en cuanto a renovación de los métodos pedagógicos y mejora del nivel intelectual de la enseñanza que se habían comenzado a introducir en la República. La Ley sobre Ordenación de la Enseñanza Media, de 26 de febrero de 1953 es una normativa que significó un nuevo enfoque de la educación, algo menos dogmático y más atento a la calidad intelectual de la enseñanza; en ella se estructura un Bachillerato Elemental de cuatro años de duración, después de un examen de ingreso, y un Bachillerato Superior de dos años de duración y tras un revalida que habilitaba para su estudio (después de este Bachillerato era necesario pasar una nueva revalida). Es pues una enseñanza de doble vía proyectada para unas pocas élites económicas y culturales. El desarrollo económico junto con el aumento de la población y el cambio social de los últimos años de la década de los 60, que conllevó un aumento significativo del porcentaje de estudiantes que quieren cursar los Bachilleratos y acceder a la Universidad, junto con la necesidad de escolarizar al máximo de la población en una enseñanza obligatoria, hizo que fuese necesaria una reforma estructural del Sistema Educativo. La Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (LGE), regula y estructura, por primera vez en el siglo XX, todo el sistema educativo español. Fue una ley de gran alcance, que pretendió superar las contradicciones internas en las que el sistema había caído. Página 1

El Sistema Educativo en la Ley General de Educación La LGE de 1970 estableció cuatro niveles educativos: educación preescolar, educación general básica (EGB), bachillerato unificado y polivalente (BUP) y curso de orientación universitaria (COU) y educación universitaria. La formación profesional (FP), aunque no se contemplaba como nivel educativo en sentido estricto, constituye también una pieza sustancial del sistema y forma parte junto con el BUP de lo que se ha venido denominando «enseñanzas medias». El BUP y la FP son en realidad la rama general y profesional, respectivamente, de la enseñanza secundaria superior. Además, se incluyen dentro del sistema educativo la educación permanente de adultos, las enseñanzas especializadas y la educación especial. La educación general básica (EGB), de ocho cursos de duración (para alumnos de 6 a 14 años), era la etapa de educación básica, común y obligatoria para todos los alumnos. A su término, los alumnos que superaban con éxito los objetivos previstos obtenían el título de Graduado Escolar y podían pasar tanto a FP como a BUP. Los alumnos que no superaban los objetivos obtenían el Certificado de Escolaridad, que limitaba la posibilidad de continuar estudios únicamente a la FP. La EGB estaba dividida en tres ciclos: inicial, de dos cursos de duración; medio, de tres cursos; y superior, de tres cursos. El bachillerato unificado y polivalente (BUP) constituía junto con el curso de orientación universitaria (COU), la rama académica de la educación post obligatoria. Para acceder al BUP los alumnos deben haber superado satisfactoriamente los estudios de EGB y estar en posesión del título de Graduado Escolar o de Técnico Auxiliar. El título de Bachiller se obtenía al aprobar todas las asignaturas de los tres cursos, sin ningún tipo de prueba final; habilitaba para realizar el COU, para pasar a la formación profesional de segundo grado y para desempeñar diversos trabajos de tipo medio que sólo requerían esta titulación. Los alumnos que deseaban seguir enseñanzas universitarias debían realizar el COU, concebido como un curso intermedio y de orientación entre la enseñanza secundaria y los estudios universitarios posteriores. El Sistema Educativo establecido por la LOGSE La Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) estructuraba el sistema educativo en enseñanzas de régimen general y enseñanzas de régimen especial. Se incluían dentro de las primeras la educación infantil, la educación primaria, la educación secundaria (la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional específica de grado medio), la formación profesional específica de grado superior y la educación universitaria. Como enseñanzas de régimen especial se contemplan las enseñanzas artísticas y la enseñanza de idiomas. Se regulaban también la educación de las personas adultas y la educación especial, así como las acciones educativas cuyo objetivo primordial es la compensación de las desigualdades. La educación universitaria se regulaba en la LRU. La educación secundaria obligatoria completa la enseñanza básica y abarca cuatro cursos académicos, entre los 12 y los 16 años de edad, recoge los dos años de extensión de la educación obligatoria y gratuita que fija la LOGSE, lo que la configura como una etapa educativa nueva, con características propias. Los alumnos que alcancen todos los objetivos de esta etapa reciben el título de Graduado en Educación Secundaria, que faculta para acceder al bachillerato o a la formación profesional específica de grado medio. Para aquellos alumnos que no superen dichos objetivos y, por lo tanto, no alcancen el título mencionado, se pueden organizar programas específicos de garantía social. Página 2

El bachillerato regulado por la LOGSE tiene una duración de dos años (16 18 años de edad). Los alumnos que obtienen una evaluación positiva en todas las materias de cualquiera de las modalidades reciben el título de Bachiller, con el que pueden acceder a la formación profesional específica de grado superior o a la universidad, en las condiciones que se establecen en cada caso. La formación profesional proporciona el conjunto de enseñanzas que capacitan para el desempeño cualificado de las distintas profesiones. Para cursar la formación profesional de grado superior se requiere el título de Bachiller, pudiéndose además exigir haber cursado determinadas materias del bachillerato en concordancia con los estudios profesionales a los que se quiere acceder. El Sistema Educativo derivado de la LOCE La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (LOCE), se paralizó antes de su aplicación generalizada respecto a los aspectos estructurales y curriculares. Tan sólo algunos aspectos relativos a la evaluación y promoción y otros, como la elección de Director, se pusieron en práctica y todavía están vigentes. El sistema educativo derivado de la LOCE, que no modificaba globalmente la estructura del anterior, comprendería las enseñanzas no universitarias (que recibirán la nueva denominación de Enseñanzas Escolares ) y las Enseñanzas Universitarias. En las primeras, se incluyen: Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, que comprendería las etapas de Educación Secundaria Obligatoria, la Formación Profesional de Grado Medio y el Bachillerato, Educación Post Secundaria, que incluirá la Formación Profesional de Grado Superior y Enseñanzas de Régimen Especial. La educación secundaria obligatoria (12 16 años) comprendería cuatro años académicos, que se cursarían ordinariamente entre los doce y los dieciséis años. No obstante, los alumnos tendrían derecho a permanecer escolarizados en régimen ordinario hasta el curso académico completo en que cumplan los dieciocho años de edad, siempre que el equipo de evaluación considere que, de acuerdo con sus actitudes e intereses, puedan obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Los dos primeros cursos tendrían un carácter orientador y todos los alumnos y alumnas estudiarán las mismas áreas de conocimiento. En el 3 er curso, los alumnos escogerían entre dos vías o itinerarios formativos: Itinerario General de Orientación Técnico Profesional e Itinerario General de Orientación Científico Humanística. El 4º curso tendría un carácter preparatorio para, los estudios posteriores y se denominará Curso para la Orientación Académica y Profesional Post Obligatoria (COAP), en él se establecerían tres itinerarios: Itinerario de Orientación Técnico Profesional, Itinerario de Orientación Científica e Itinerario de Orientación Humanística. La elección de itinerario realizada en un curso académico no condicionaría la del siguiente. Todos los itinerarios permitirían incorporarse tanto a los estudios post obligatorios como a la vida laboral. Para aquellos alumnos mayores de 15 años que no deseen incorporarse a ninguno de los itinerarios ofrecidos, habría programas de Iniciación Profesional, con un contenido eminentemente práctico. Los estudiantes podrían repetir tan sólo una vez cada curso, aunque tendrán derecho a permanecer en régimen ordinario cursando la enseñanza básica hasta los dieciocho años de edad Página 3

El Bachillerato comprendería dos cursos académicos y se desarrollaría en modalidades diferentes que permitirían a los alumnos una preparación especializada para su incorporación a estudios posteriores y para la inserción laboral. Podrían acceder a los estudios del Bachillerato los alumnos que estuviesen en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Los alumnos podrían permanecer cursando el Bachillerato en régimen ordinario durante cuatro años. Como en la LOGSE, la finalidad del Bachillerato es proporcionar a los alumnos una educación y formación integral, intelectual y humana, así como los conocimientos y habilidades que les permitan desempeñar sus funciones sociales y laborales con responsabilidad y competencia. Asimismo, los capacita para acceder a la Formación Profesional de grado superior y a los estudios universitarios. Se planteaba el establecimiento de una prueba externa al centro educativo al final del Bachillerato, denominada Prueba General de Bachillerato (PGB). Los estudiantes tendrían cuatro convocatorias para superarla. Según aparece en los proyectos de reales decretos que desarrollaban la citada Ley, en el tercer y en el cuarto curso de la ESO se diferencian dos opciones de Matemáticas (A y B), que aparentemente tienen un tratamiento similar al que tienen estas dos opciones actualmente en cuarto curso (sólo en algunas Comunidades Autónomas), pero, según indica la LOCE, de tal forma que permita que el alumnado que curse un itinerario en tercero pudiera cambiarlo en cuarto. El Sistema Educativo derivado de la LOE La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación se encuentra en proceso de desarrollo y todavía hay muchos aspectos que no están definidos y otros no están en vigor. Sin embargo la LOE es una ley que pretende recoger todos los desarrollos anteriores que han ido configurando el desarrollo normativo que tenemos en la actualidad. En cuanto a la estructura del sistema educativo, no difiere de las dos anteriores, siendo mas parecida a la LOGSE, con algunos retoques de actualización (menor número de materias en el primer ciclo de la ESO, necesidad de aprobar un número mínimo de materias para pasar de curso,...). Tal vez lo más significativo es que es una ley de bases y que las administraciones educativas de cada Comunidad deben desarrollarla. De momento no está desarrollado ni los currículos ni las dedicadas a cada materia aunque, según Real Decreto de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la LOE antes de fin del año 2006 se establecerán con carácter general. Página 4

Las Matemáticas en los diferentes Sistemas Educativos Las Matemáticas han jugado un papel importante en los Sistemas Educativos, pero, en cuanto a de clase, han ido disminuyendo debido, en parte, al incremento de materias o disciplinas que no estaban incluidas anteriormente. Plan de 1953 LGE de 1970 LOGSE de 1990 LOCE de 2002 estructura Bachiller elemental 5 ciclo superior EGB 4 ESO 1º ciclo 3 (4) ESO 1º ciclo 4 Bachiller superior 5 BUP 4 ESO 2º ciclo 3 ESO 2º ciclo PREU 5 COU 4 Bachiller 4 Bachiller 4 3 edad de 11 a 17 años de 11 a 18 años de 12 a 18 años de 12 a 18 años Página 5