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Zaragoza, 14 de marzo de 2014 EL DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA Y EDUCACIÓN PERMANENTE. Fdo.: Manuel Magdaleno Peña

Transcripción:

AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21756 II. AUTORIDADES Y PERSONAL OPOSICIONES Y CONCURSOS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Resolución de 31/07/2013, de la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa, por la que se convoca el proceso de provisión de puestos para la cobertura de necesidades de los estudios superiores de música en el Conservatorio Superior de CastillaLa Mancha. [2013/9707] La impartición de las enseñanzas correspondientes a los estudios superiores de música establecidos en los artículos 54 al 58 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, demanda la adscripción de profesorado que exige un perfil muy especializado para mantener el alto nivel de calidad de estas enseñanzas. Para atender las necesidades del Conservatorio Superior de Música de CastillaLa Mancha, creado mediante Decreto 37/2013, de 04/07/2013, la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 124/2011, de 7 de julio de 2011, por el que se establece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelve: Primero. Objeto. 1. El objeto de esta resolución es convocar un proceso para la cobertura de los puestos que figuran en el Anexo III de la presente Resolución y corresponden a las necesidades docentes para impartir las especialidades de estudios superiores de música en el Conservatorio Superior de Música de CastillaLa Mancha. 2. La provisión de estos puestos se realizará en régimen de comisión de servicios. Las comisiones de servicios se realizarán por curso escolar y estarán supeditadas a que no exista informe desfavorable del director del centro o de la Inspección, previa evaluación al final de cada curso escolar. Segundo. Requisitos de participación. Podrán participar en este proceso quienes reúnan los siguientes requisitos: a) Tener la condición de funcionario de carrera, en activo, del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, o del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas. b) Encontrarse en posesión del título de Profesor Superior de Música o de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto. Tercero. Valoración de los aspirantes. 1. El aspirante será valorado en dos fases: Fase A): Prueba de aptitud, que constará de dos partes: Parte 1. Interpretación de un programa libre cuya duración no superará los 20 minutos. En caso de necesitar acompañamiento de piano, los aspirantes aportarán su pianista acompañante. Parte 2. Impartición de una clase propia de los estudios superiores de música sobre una obra propuesta por la comisión de selección. Esta prueba tendrá una duración no superior a 40 minutos. El aspirante dispondrá de 20 minutos para el estudio y preparación de la clase. Cada parte será calificada de cero a diez puntos, siendo la calificación de la fase A) la media aritmética de las calificaciones de las partes 1 y 2, siempre que la calificación en cada una de las partes no sea inferior a 5 puntos. Los aspirantes que no alcancen la calificación de 5 puntos en la parte 1 no podrán realizar la parte 2. Fase B): Consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes, de acuerdo con el baremo que figura como Anexo II a la presente Resolución. Sólo se valorará a los aspirantes que hayan sido calificados con un mínimo de 5 puntos en

AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21757 la fase A), correspondiendo su valoración al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Programas Educativos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. 2. La puntuación total obtenida en el proceso será la suma de las puntuaciones de la fase A) y B). 3. Si se produjera algún empate, se dirimirá atendiendo a los siguientes criterios: Primero: mayor puntuación obtenida en la fase A). Segundo: mayor puntuación obtenida en el apartado 1 del baremo. Tercero: mayor puntuación obtenida en el apartado 2 del baremo. Cuarto: de persistir el empate, se dirimirá atendiendo al orden de acceso en el presente procedimiento selectivo. Cuarto. Órganos de selección. 1. La selección de los aspirantes será realizada por una Comisión de Selección, integrada por los siguientes miembros: Presidente: Un funcionario de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a propuesta de la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional. Vocales: Cuatro funcionarios del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas o del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas. 2. Corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa designar cuantas comisiones de selección sean necesarias, en función del número de solicitudes admitidas. 3. A las reuniones de la comisión de selección podrán asistir, como observadores, los representantes de las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial, sin voz ni voto. 4. Si se considera necesario, podrán incorporarse a la comisión de selección, a propuesta de su presidente, asesores especialistas, que serán nombrados por la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa. 5. Los miembros de la comisión de selección deberán abstenerse de actuar cuando concurra en ellos alguno de los motivos de abstención previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo los interesados podrán recusar a los miembros de la Comisión de Selección en quienes concurra alguno de estos motivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la propia Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Quinto. Funciones encomendadas a la comisión de selección. Corresponden a la comisión de selección las siguientes funciones: 1. Valorar la fase A) del proceso y recabar la valoración de la fase B), realizada por el Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Programas Educativos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. 2. Resolver cuantas dudas suscite el desarrollo del proceso de provisión. 3. Elevar propuesta de seleccionados a la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa. Sexto. Solicitudes. 1. Las solicitudes se formularán según el modelo que figura como Anexo I de la presente convocatoria y que estará disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha (www.jccm.es.) En él se incluyen las declaraciones responsables y el modelo de autorizaciones a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, necesarias para la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos. Dicha solicitud se presentará por vía telemática, realizando el envío de datos a través del citado portal institucional de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha, www.jccm.es. y se dirigirá a la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa.

AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21758 Al amparo de lo establecido en el Decreto 12/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha, se justifica la utilización de dichos medios por tener garantizado el colectivo beneficiario el acceso y la disponibilidad de los medios tecnológicos precisos. 2. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla La Mancha. Séptimo. Acreditación de requisitos y criterios de baremación. 1. El cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la base segunda se comprobará de oficio por la Administración en el caso de funcionarios de carrera con destino provisional o definitivo pertenecientes al ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de CastillaLa Mancha, previa autorización del interesado. Si el interesado no prestase autorización o en el caso de funcionarios de carrera pertenecientes a otras Comunidades Autónomas, deberá aportar junto a la solicitud certificado emitido por el Registro de Personal de la Administración correspondiente y copia del título que posea o, en su caso, certificado del abono de los derechos de expedición. 2. Las circunstancias determinantes de los méritos se acreditarán en la forma prevista en el Anexo II de esta resolución. 3. Si fuera necesario aportar documentación justificativa de l s requisitos o de los méritos, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. Octavo. Listas de admitidos y excluidos. 1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en los tablones de anuncios de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes las listas provisionales de admitidos y excluidos; concediendo un plazo de dos días para formular alegaciones o subsanar defectos. 2. Vistas las reclamaciones, antes del 27 de agosto de 2013, se publicarán en los tablones de anuncios de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en el Portal de Educación (http://www.educa. jccm.es) las listas definitivas de admitidos y excluidos, así como las citaciones a los aspirantes para el comienzo de las pruebas. Noveno. Citación de aspirantes. 1. Los aspirantes serán convocados para sus actuaciones ante la comisión de selección en un único llamamiento, siendo excluidos del procedimiento quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificadas y apreciadas por dicha comisión de selección. 2. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience con la letra G, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 13/12/2012, de la Dirección General de la Función Pública y Justicia de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha (DOCM nº 250, de 21 de diciembre de 2012), por la que se publica la letra por la que deberá comenzar el orden de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios de los procesos selectivos que se convoquen durante el año 2013 por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha. 3. Si no concurren aspirantes cuyo primer apellido comience por la referida letra, se iniciará el orden de actuación con la letra o letras siguientes siguiendo el orden alfabético. Décimo.Selección de aspirantes. 1. Una vez realizada la valoración, la comisión de selección ordenará a los aspirantes por especialidad de mayor a menor puntuación y elevará la propuesta de seleccionados a la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa, que resolverá sobre la asignación de las plazas. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejero de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,

AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21759 de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2. Los aspirantes que no hayan resultado seleccionados, ordenados por especialidades y puntuación total obtenida en el presente proceso, se integrarán en una lista de reserva para la cobertura de las posibles vacantes o sustituciones que puedan producirse. Estas listas se prorrogarán para cada curso escolar, decayendo de las mismas aquellos integrantes que no se presenten a los actos públicos correspondientes o habiéndose presentado renuncien al destino ofertado. Undécimo. Renuncias. Una vez formalizadas las comisiones de servicio no se admitirá renuncia a la plaza asignada, salvo en situaciones excepcionales, cuya valoración corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa, a propuesta del Coordinador Provincial, previo informe de la Inspección. Duodécimo. Recursos. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejero de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Decimotercero. Efectos. La presente resolución producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de CastillaLa Mancha. Toledo, 31 de julio de 2013 El Director General de Recursos Humanos y Programación Educativa MATÍAS JIMÉNEZ ORTIZ

AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21760 Nº Procedimiento 180112 Consejería de Educación, Código SIACI Cultura y Deportes. Dirección General de Recursos SK2S Humanos y Programación Educativa. ANEXO I SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE PROVISIÓN DE PUESTOS PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES DE LOS ESTUDIOS SUPERIORES DE MÚSICA EN EL CONSERVATORIO SUPERIOR DE CASTILLALA MANCHA. DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE NIF NIE Número de documento Fecha de Nacimiento Nombre: 1º Apellido: 2º Apellido: Domicilio: Provincia: C.P.: Población: Teléfono: Teléfono móvil: Correo electrónico: Titulación académica: DATOS DEL REPRESENTANTE NIF NIE Número de documento: Nombre: 1º Apellido: 2º Apellido: Domicilio: Provincia: C. P: Población: Teléfono: Teléfono móvil: Correo electrónico: Los datos de carácter personal que se faciliten mediante este formulario quedarán registrados en un fichero cuyo responsable es la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa, cuya finalidad es la provisión de puestos de trabajo. Por ello pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante dicho responsable, en la dirección Avda. Bulevar Río Alberche, s/n, o mediante tramitación electrónica. Para cualquier cuestión relacionada con esta materia puede dirigirse a las oficinas de información y registro o al correo electrónico protecciondatos@jccm.es

Página 2 de 4 AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21761 Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa. DATOS DE LA SOLICITUD EXPONE: 1º Que es funcionario de carrera, en activo: del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas. del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas. 2º Que se encuentra en posesión del título: de Profesor Superior de Música de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto. Por todo lo expuesto, SOLICITA participar en el proceso de provisión de puestos para la cobertura de necesidades docentes de los Estudios Superiores de Música en el Conservatorio Superior de CastillaLa Mancha, a través de la especialidad de.... Acreditación del cumplimiento de los requisitos Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representación de persona interesada, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente que: Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, cuando se le requiera para ello. Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados u ocultamiento de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanción y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un ilícito penal. Autorizaciones AUTORIZA a este órgano gestor de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, para que pueda proceder a la comprobación y verificación de los siguientes datos: SI NO: Los acreditativos de identidad.

AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21762 Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa. SI NO: Los acreditativos de ser funcionario de carrera, en activo, del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas con destino provisional o definitivo en la Comunidad Autónoma de CastillaLa Mancha. SI NO: Los acreditativos de tener la condición de funcionario de carrera, en activo, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas con destino provisional o definitivo en la Comunidad Autónoma de CastillaLa Mancha. SI NO: Los acreditativos de los servicios efectivos prestados como funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas de la Comunidad Autónoma de CastillaLa Mancha. SI NO: Los acreditativos de los servicios efectivos prestados como funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas de la Comunidad Autónoma de CastillaLa Mancha. SI NO: Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administración Regional: Todo ello en los términos establecidos en los artículos 4 y 5 del Decreto 33/2009, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de determinados documentos en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, comprometiéndose, en caso de no autorización, a aportar la documentación pertinente. Documentación que aporta: Certificado emitido por el Registro de Personal de la Administración correspondiente, en el que consten las distintas posesiones y ceses que haya tenido como Catedrático o Profesor de Música y Artes Escénicas, si el interesado no prestase autorización o en el caso de funcionarios de carrera pertenecientes a otras Comunidades Autónomas. Títulos de Profesor Superior de Música o Danza, o de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, diferente al alegado para el ingreso en el Cuerpo desde el que se presenta, cuya relación es la que sigue: Títulos de estudios de postgrado (Master o Doctorado) que posea o, en su caso, los certificados del abono de los derechos de expedición, cuya relación es la que sigue: Título de catedrático de Música y Artes Escénicas. Página 3 de 4

AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21763 Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa. Firma (DNI electrónico o certificado válido): En, a de de 2013 Organismo destinatario: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y PROGRAMACIÓN EDUCATIVA.

AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21764 ANEXO II MÉRITOS MÉRITOS VALORACIÓN FORMA DE JUSTIFICACIÓN 1. TRABAJO DESARROLLADO 1.1. ANTIGÜEDAD Por servicios efectivos prestados como funcionario de carrera: En el Cuerpo Catedráticos de Música y Artes Escénicas. En el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas. 1.2. EXPERIENCIA Por impartición docente en Conservatorios Profesionales de la Comunidad Autónoma de CastillaLa Mancha Máximo 4 puntos. Hasta 3 puntos. 0 20 puntos/año. 0 10 puntos/año. Hasta 1 punto. 0 10 puntos/año. Los servicios prestados en la Comunidad Autónoma de CastillaLa Mancha, se comprobarán de oficio por la Administración, previa autorización del interesado. Si el interesado no prestase autorización o en el caso de funcionarios de carrera pertenecientes a otras Comunidades Autónomas o de servicios prestados fuera de CastillaLa Mancha, deberá aportar junto a la solicitud certificado emitido por el Registro de Personal de la Administración correspondiente, en el que consten as distintas posesiones y ceses que haya tenido. Por impartición docente en Conservatorios Superiores de Música.. 0 20 puntos/año

AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21765 2. MÉRITOS ACADÉMICOS Máximo 3 puntos 2.1 Titulaciones: Por cada título de Profesor Superior de Música o Danza, o de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, diferente al alegado para el ingreso en el Cuerpo desde el que se presenta: Por el primero... Por los restantes... Hasta 1 punto. 0 75 puntos. 0 25 puntos Títulos que posea o, en su caso, los certificados del abono de los derechos de expedición. 2.2. Otras titulaciones: Por haber obtenido la cátedra de Música y Artes Escénicas. Por estudios de postgrado: Master o Doctorado Hasta 2 puntos. 2 puntos. 1 punto. Nota: En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la credencial de su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

AÑO XXXII Núm. 149 2 de agosto de 2013 21766 ANEXO III ESPECIALIDADES/ASIGNATURAS CONVOCADAS DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MÚSICA. ESPECIALIDAD/ASIGNATURAS Clarinete Contrabajo Fagot Flauta Travesera Oboe Percusión Saxofón Trombón Trompa Trompeta Tuba Viola Violín Violoncello Piano Guitarra Historia de la Música Educación Auditiva Formación básica Armonía Orquesta Coro Música de conjunto Música de cámara Tablatura y contínuo Acompañamiento Piano complementario Repertorio de pianista acompañante Técnicas y educación postural