Comité Asesor sobre Observancia



Documentos relacionados
CONFERENCIA DIPLOMÁTICA SOBRE CIERTAS CUESTIONES DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS

Aviso Legal, Política de Privacidad y Protección de Datos, para incluir en las páginas Web.

22. Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Derecho de Autor

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA

AVISO LEGAL. Domicilio Social: Plaza del Conde del Valle de Suchil 16, Madrid

Joinup Green Intelligence S.L. facilita el siguiente dato de contacto:

El presente aviso legal tiene como objeto informar sobre las características de la página web del ILUSTRE

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD Fecha: 31/08/2015 MANUAL DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

CORPORACION FINANCIERA ALBA, S.A. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO FORO ELECTRÓNICO DEL ACCIONISTA

POLÍTICA DE PRIVACIDAD (LOPD)

Condiciones generales

SUNEDISON, INC. Septiembre 2013 POLÍTICA DE ANTICORRUPCIÓN EN EL EXTRANJERO

Acuerdo de prestación de servicios ofrecidos por la compañía vía online:

Normas de funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas

El Arreglo de Madrid relativo al Registro. Internacional de Marcas y el Protocolo. concerniente a ese Arreglo: Objetivos,

AVISO LEGAL. El presente Aviso Legal regula el uso de la presente página web, creada por IMFOR ABOGADOS Y ASESORES S.L.

AVISO LEGAL CONDICIONES DE USO. Esta web ha sido creada por BAS CARGO BARCELONA S L con carácter informativo para su uso personal y gratuito.

(B.O.E. de 7 de mayo de 2005)

ESTA NOTA SUSTITUYE A LA EMITIDA CON FECHA 8 DE MAYO DE 2012

AVISO DE PRIVACIDAD *INFORMAR SOBRE CAMBIOS O NUEVOS SERVICIOS QUE ESTÉN RELACIONADOS CON EL CONTRATADO POR EL CLIENTE.

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES

La entrada en vigor de la Ley se producirá al día siguiente de su publicación en el BOE, esto es, el 6 de junio de 2013.

ARTICULO 3. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ESTA NOTA SUSTITUYE A LA EMITIDA CON FECHA 8 DE MAYO DE 2012

AVISO LEGAL OBJETO PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en:

AVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda

Adicionalmente, se eliminan disposiciones del Código de IFAC no aplicables:

Deseando completar las disposiciones arriba mencionadas, a fin de potenciar su valor protector y carácter universal;

VistaPrompt NG. Contrato de Licencia de Usuario Final. Desarrollado por ARANOVA

Programa de soporte técnico ampliado MSA Start

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

MANUAL DE POLITICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE GERENCIA SELECTA LTDA.

Operación 8 Claves para la ISO

POLITICA DE PRIVACIDAD Y CONDICIONES DE USO DE LA PAGINA WEB.

ACUERDO GUBERNATIVO No

6. RESPONSABILIDADES DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

ENTREGA Y REGISTRO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Cuarta edición proyecto Acción Solidaria

Reglamento de ejecución de la Ley de nombres comerciales, denominaciones sociales y rótulos de establecimiento

10 APÉNDICE RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO Y A LA NORMATIVA APLICABLE AL SERVICIO DE RECLAMACIONES

N IF: B C 1.- OBJETO.

Aviso de Privacidad. Aviso de Privacidad de GRUPO EMPRESARIAL DASCLEAN DE MEXICO, S.A. DE C.V.

En la presente Directiva se utilizarán las siguientes referencias:

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 805

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones

CONVENCION SOBRE LA PREVENCION Y EL CASTIGO DE DELITOS CONTRA PERSONAS INTERNACIONALMENTE PROTEGIDAS, INCLUSIVE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS

Facturar electrónicamente a las Administraciones Públicas

Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza

NORMA GENERAL NÚM

PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS

PLAN DE INSPECCIÓN DE OFICIO AL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO (*)

directiva de la oficina IGDS Número 69 (Versión 2)

NORMATIVA SOBRE LA SOLICITUD DE AVAL Y/O APOYO A: ACTIVIDADES FORMATIVAS, REUNIONES CIENTÍFICAS, PUBLICACIONES

RECOPILACIÓN DE PROCEDIMIENTOS COMUNITARIOS SOBRE INSPECCIONES E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN

Aviso de Privacidad de Horizonte Arquitectos de México, S.C..

BASES Y CONDICIONES Trivia Combate. Las siguientes son las Bases y Condiciones generales del Concurso a llevarse a cabo en Costa Rica

CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

CONDICIONES DE USO Y POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS

REGLAS PARA LA REFERENCIA DE LA CERTIFICACIÓN ECOCERT Y MARCA DE CERTIFICACIÓN PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y ALIMENTICIOS CERTIFICADOS POR ECOCERT

EL REGISTRO TERRITORIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Términos & Condiciones de Uso Goutto App

I.- ANTECEDENTES. Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión (AISGE). Gran Vía 22 duplicado Madrid

Convención de Nueva York. Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS)

Procedimiento para la modificación de los sistemas de apuestas deportivas ya homologados y autorizados. versión 1.5

POLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

INSTRUCCIONES. Primera.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS Y CENTROS DE FORMACION

PRESENTACIÓN PROTOCOLO DE MADRID. Ricardo Camacho García

Acuerdo de aprobación de la Normativa Básica de Correo Electrónico de la Universidad Miguel Hernández.

Datos de identificación de conformidad con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.

CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO TEXTO DE LAS ENMIENDAS DE 2014 DEL CONVENIO SOBRE EL TRABAJO MARÍTIMO, 2006

REGLAMENTO DEL USO DE LA CORRESPONDENCIA ELECTRÓNICA DE VALIDEZ INTERNA PARA EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO, TLAQUEPAQUE, JALISCO.

Condiciones de uso. Condiciones de uso

CIntas de correr Bicicletas fitness Elípticos Complementos gimnasio - Política de Privacidad

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones

CONDICIONES PARTICULARES DEL HOSTING WEB

Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE)

GRUPO EMPRESARIAL ENCE, SOCIEDAD ANÓNIMA CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

AVISO LEGAL. Le recomendamos leer nuestros Términos y Condiciones de uso del sitio web.

Informe de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento sobre la independencia del Auditor Externo

Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11

Qué ventajas e inconvenientes tiene el comercio electrónico con respecto al tradicional?

BASES DEL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA MOVILÍZATE POR CÁDIZ

CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE. Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos

Reglamento del Foro Electrónico de Accionistas de Gamesa Corporación Tecnológica, S.A.

POLÍTICA DE PRIVACIDAD Y CONDICIONES DE USO PÁGINA WEB CÁMARA DE REPRESENTANTES DE COLOMBIA

Cuestionario de Responsabilidad Civil General para Transporte y/o Almacenamiento de Mercancías

b) Que el tratamiento de datos de carácter personal por parte del subcontratista se ajuste a las instrucciones del responsable del fichero.

Transcripción:

S WIPO/ACE/9/23 ORIGINAL: RUSO FECHA: 20 DE DICIEMBRE DE 2013 Comité Asesor sobre Observancia Novena sesión Ginebra, 3 a 5 de marzo de 2014 LA OBSERVANCIA DE DERECHOS SOBRE OBRAS AUDIOVISUALES EN VIRTUD DE LA LEY FEDERAL Nº. 187-FZ DE 2 DE JULIO DE 2013 QUE MODIFICA DETERMINADOS ACTOS LEGISLATIVOS DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA RELATIVOS A LA OBSERVANCIA DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN LAS REDES DE INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIONES, Y OTRAS MEDIDAS ADOPTADAS EN LA FEDERACIÓN DE RUSIA PARA COMBATIR LA PIRATERÍA Y LA INFRACCIÓN DEL DERECHO DE AUTOR EN INTERNET Documento preparado por Natalia Romashova, Jefa del Departamento de Derecho, Ministerio de Cultura, Federación de Rusia * 1. La Ley Federal Nº. 187-FZ de 2 de julio de 2013 que modifica determinados actos legislativos de la Federación de Rusia relativos a la observancia de los derechos de propiedad intelectual en las redes de información y telecomunicaciones ( la Ley ) entró en vigor el 1 de agosto de 2013. 2. La aprobación de la Ley marcó el comienzo de la regulación de la gestión de la información en Internet. Se trata de una importante primera medida para acabar con la infracción de los derechos de P.I. sobre películas, incluidas películas para el cine y la televisión, que se comete en las redes de información y telecomunicaciones. Desde que la Ley entró en vigor, los titulares de derechos de películas para el cine han acogido positivamente su aplicación. 3. El artículo 144.1 del Código de Procedimiento Civil de la Federación de Rusia, que introdujo la Ley, establece que el Tribunal podrá, previa solicitud por escrito de una * Las opiniones expresadas en el presente documento son las del autor y no reflejan necesariamente las de la Secretaría o las de los Estados miembros de la OMPI.

página 2 organización o de un ciudadano, adoptar medidas provisionales de protección para asegurar la observancia de los derechos exclusivos sobre películas en las redes de información y telecomunicaciones, inclusión hecha de Internet, hasta que se interponga una demanda. También puede presentarse una solicitud al Tribunal utilizando el formulario disponible en su sitio web oficial, el cual deberá ir firmado mediante firma electrónica reconocida, en la manera que establece la Ley Federal. 4. Las peticiones relativas a la observancia provisional de los derechos exclusivos sobre películas se presentan al Tribunal Municipal de Moscú. Para cursar dicha petición, el demandante debe presentar al Tribunal documentos que confirmen la utilización en Internet de obras sujetas a derechos exclusivos así como sus derechos sobre los objetos de P.I. en cuestión. Si no se presentan tales documentos, el Tribunal podrá adoptar la decisión de denegar la petición de hacer valer de manera provisional los derechos exclusivos y, en ese marco, establecer el derecho a presentar otra solicitud que cumpla los requisitos del artículo 144.1 y el derecho a interponer una demanda en la forma habitual. 5. El Tribunal decidirá acerca de la observancia provisional de los derechos exclusivos sobre películas, entre ellas las películas de cine y televisión, en las redes de información y telecomunicaciones, inclusión hecha de Internet. La decisión fijará un plazo de 15 días como máximo, a partir de la fecha de su emisión, para interponer una demanda, en su caso, en cuyo marco el Tribunal adoptará medidas para asegurar los intereses financieros del demandante. La decisión se publica en el sitio web oficial del Tribunal Municipal de Moscú a más tardar al día siguiente a su pronunciamiento. 6. Si el Tribunal adopta medidas provisionales de protección, el demandante interpondrá una demanda ante el Tribunal Municipal de Moscú en relación con la observancia de derechos exclusivos sobre películas, incluidas películas de cine y televisión, en las redes de información y telecomunicaciones, inclusión hecha de Internet. Por otra parte, sobre la base de la decisión que emita el Tribunal acerca de la aplicación de medidas provisionales de protección, el titular de los derechos podrá dirigirse a la autoridad ejecutiva federal responsable del control y la supervisión en la esfera de la información de masas, las comunicaciones de masas y las tecnologías de la información y las comunicaciones ( el Roskomnadzor ) solicitando que se adopten medidas para limitar el acceso a los recursos de información utilizados para difundir películas o información. 7. En un plazo de tres días laborables, el Roskomnadzor: Identificará al proveedor de alojamiento web -o a cualquier otra entidad que esté facilitando el acceso al recurso de información en nombre del propietario- del sitio web en el que haya sido difundida información que contenga películas, incluidas películas de cine y televisión, o la información necesaria para obtenerlas sin la autorización del titular de los derechos, u otros fundamentos jurídicos, en las redes de información y telecomunicaciones. Enviará al proveedor de alojamiento web -o a cualquier otra entidad que esté facilitando el acceso al recurso de Internet en el que haya sido alojado el contenido ilegal en formato electrónico- un aviso en inglés y en ruso acerca de la infracción de derechos exclusivos sobre películas, incluidas películas de cine y televisión. En el aviso se indicará el nombre de la obra, su autor, el titular de los derechos, el nombre de dominio y la dirección de red que identifica al sitio web en el que ha sido alojada la información que contiene películas, incluidas películas de cine y televisión, o la información necesaria para obtenerlas sin la autorización del titular de derechos, u otros fundamentos jurídicos, en las redes de información y telecomunicaciones, así como los índices de las páginas del sitio web que permitan identificar tal información, y establecerá que se adopten medidas para retirar la información.

página 3 Fijará la fecha y los plazos para enviar el aviso al proveedor de alojamiento web -o a cualquier otra entidad que esté facilitando el acceso al recurso de Internet en el que ha sido alojado el contenido ilegal- utilizando el debido sistema de información. El proveedor de alojamiento web deberá informar al propietario del sitio web acerca de la demanda del titular de derechos y de la necesidad de retirar sin demora el contenido alojado ilegalmente en su sitio web. El propietario de los recursos de Internet deberá retirar la información sin demora. En los casos en que el propietario de los recursos de Internet se niegue a hacerlo, el proveedor deberá limitar el acceso al recurso. Si el proveedor de alojamiento web no informa al propietario de los recursos de Internet de la necesidad de retirar el contenido alojado ilegalmente en el sitio web, y tampoco bloquea el acceso al mismo, el operador de telecomunicaciones del sistema de conectividad en red adoptará las medidas necesarias para limitar el acceso a dicho recurso. 8. La Ley introdujo el artículo 1253.1 en el Código Civil de la Federación de Rusia, que trata la responsabilidad particular de los intermediarios de información. Toda persona o entidad que transfiera material en una red de información y telecomunicaciones, inclusión hecha de Internet; facilite el alojamiento de material, o la información necesaria para obtenerlo, en una red de información y telecomunicaciones; o facilite el acceso a la información en dicha red esto es, todo intermediario de información- será responsable de infracción de derechos de P.I. en la red de información y telecomunicaciones por los motivos generales previstos en el Código Civil, en caso de que sea declarado culpable, habida cuenta de las condiciones particulares establecidas en el mencionado artículo. Por otra parte, todo intermediario de información que transfiera material en una red de información y telecomunicaciones no se considerará responsable de infracción de derechos de P.I. cometida como consecuencia de tal transferencia, en caso de que se cumplan las condiciones siguientes: Que no haya iniciado la transferencia ni determine el destinatario del material. Que no modifique el material al facilitar los servicios de conexión, a excepción de los cambios que se producen como parte del proceso tecnológico de transferencia del material. Que no tuviera conocimiento, ni estuviera obligado a tenerlo, de que no estaba autorizado el uso de los resultados de la actividad intelectual o de la identidad de marca por la parte que inició la transferencia del material que contenía los resultados de la actividad intelectual o la identidad de marca. 9. El intermediario de información, al facilitar la difusión de material en una red de información y telecomunicaciones, no se considerará responsable de infracción de derechos de P.I., cometida como consecuencia de la difusión de material a terceros o siguiendo las instrucciones de terceros, en caso de que se cumplan las condiciones siguientes: Que no tuviera conocimiento, ni estuviera obligado a tenerlo, de que no estaba autorizado el uso de los resultados de la actividad intelectual o de la identidad de marca contenidos en el material. Que, una vez recibida por escrito la demanda de infracción de derechos de P.I. por parte del titular de derecho, en la que se indique la página web o la dirección de red en Internet en la que ha sido alojado el material, haya tomado sin demora las medidas necesarias y apropiadas para poner fin a la infracción de derechos de P.I. Podrá

página 4 establecerse por Ley una lista de las medidas necesarias y apropiadas y el procedimiento para su aplicación. 10. El Ministerio de Cultura de la Federación de Rusia ha propuesto que tales medidas y el procedimiento para su aplicación se recojan en el proyecto de Ley federal que modifica determinados actos legislativos de la Federación de Rusia para poner fin a la infracción del derecho de autor y los derechos conexos en las redes de información y de telecomunicaciones (el proyecto de Ley ) que prevé un procedimiento prejudicial para acabar efectivamente con la piratería en Internet. 11. Cabe señalar que, durante la redacción del proyecto de Ley, el Ministerio de Cultura estableció un grupo de trabajo en el que participaron activamente representantes de las autoridades ejecutivas federales (Ministerio de Desarrollo Económico, Ministerio de Comunicaciones y Medios de Comunicación de Masas y Ministerio de Educación y Ciencia), así como titulares de derechos y representantes de la industria de Internet. Gracias a sus esfuerzos, se alcanzó un acuerdo en el que se tienen en cuenta las opiniones e intereses de todos los sectores interesados. 12. El principal objetivo del proyecto de Ley es establecer un mecanismo efectivo para acabar con la infracción del derecho de autor y los derechos conexos sobre obras que hayan sido alojadas en Internet por usuarios sin la autorización del titular de los derechos. 13. Principios en que se basa el proyecto de Ley: La difusión de información en Internet debe efectuarse conforme a las leyes de P.I., en particular: solo se permitirá el alojamiento, la descarga y otros usos en Internet de obras protegidas por derecho de autor y derechos conexos (que no hayan pasado a formar parte del dominio público) con la autorización del titular de los derechos. El principio de limitar la responsabilidad del intermediario de Internet, que no será considerado responsable ni con respecto al titular de los derechos por infracción del derecho de autor ni con respecto al usuario por los perjuicios sufridos debido al bloqueo de información previamente disponible, si cumple todos los requisitos que establece la Ley. El intermediario de Internet no estará obligado a comprobar si el demandante es el auténtico titular de los derechos; prevalecerá la presunción de autoría, que es la norma que se aplica en la legislación de derecho de autor, en cuyo marco se reconoce la validez legal de la autoría, hasta que se demuestre lo contrario, y se presume autor a la persona que figura como tal en la obra original. 14. El principal objetivo del proyecto de Ley es establecer un mecanismo efectivo para acabar con la infracción del derecho de autor y los derechos conexos sobre obras que hayan sido alojadas en Internet por usuarios sin la autorización del titular de los derechos. 15. El proyecto de Ley abarca todas las obras sujetas al derecho de autor y los derechos conexos, exceptuando los fonogramas y las grabaciones de interpretaciones o ejecuciones de obras musicales (con o sin texto). En el proyecto de Ley se recoge el siguiente procedimiento sobre las medidas para limitar el acceso adoptadas por los intermediarios de información: Conforme a la solicitud del titular de los derechos, el propietario del sitio web adoptará medidas para limitar el acceso a la información que haya sido alojada ilegalmente en dicho sitio.

página 5 La solicitud del titular de los derechos debe cumplir los requisitos establecidos en el proyecto de Ley y debe contener información suficiente para identificar al titular del derecho de autor, el objeto del derecho de autor con respecto al cual se ha cometido la infracción, la dirección del sitio web o el sitio web en Internet en el que ha sido alojado el contenido y los detalles de contacto del titular de los derechos. Si el propietario del sitio web no ha adoptado medidas para limitar el acceso en un plazo de 24 horas, el proveedor de alojamiento web deberá tomar las medidas necesarias por su cuenta en un plazo de 24 horas. 16. En el proyecto de ley se presta especial atención a la presentación de objeciones. En un plazo de 48 horas, el propietario del sitio web debe enviar información sobre las medidas adoptadas y una copia de la solicitud del titular de los derechos a la parte que haya alojado en el sitio web la información que contiene la obra sujeta a derecho de autor y derechos conexos, quien, a su vez, tiene derecho a presentar objeciones al propietario del sitio web en un plazo de 10 días. 17. Si la parte que ha alojado la información en el sitio web que contiene la obra sujeta a derecho de autor y derechos conexos presenta objeciones al propietario del sitio web que certifiquen la legalidad del alojamiento de información en dicho sitio web, el propietario del sitio web remitirá tales objeciones al demandante sin dilación, así como la debida información para identificar y contactar a la parte, e informará al demandante de que el acceso a la información objeto de controversia se restablecerá en un plazo de 14 días a partir de la fecha del aviso. 18. Si, transcurrido el plazo de 14 días desde la presentación de las objeciones al demandante, el propietario del sitio web no hubiera sido informado de que el demandante ha recurrido al Tribunal para hacer valer el derecho de autor y los derechos conexos objeto de infracción, el propietario del sitio web podrá restablecer el acceso a la información que contiene la obra sujeta a derecho de autor y derechos conexos. En tal caso, si el demandante recurre al Tribunal en el plazo establecido para hacer valer el derecho de autor y los derechos conexos objeto de infracción, el plazo durante el cual se suspende (bloquea) el acceso a la información o su difusión se ampliará hasta que el Tribunal tome medidas provisionales. 19. El proyecto de ley establece la responsabilidad administrativa de los intermediarios de información por el incumplimiento de las normas previstas en el mismo así como la responsabilidad administrativa por presentar de manera consciente información falsa al propietario de un recurso o a un proveedor de alojamiento web que reivindique los derechos sobre una obra sujeta a derecho de autor y derechos conexos alojada en redes de información y telecomunicaciones, inclusión hecha de Internet. 20. La escala de sanciones administrativas es la siguiente: Para los ciudadanos: hasta 300.000 rublos. Para los funcionarios estatales: hasta 600.000 rublos. Para las entidades jurídicas: hasta 1.000.000 de rublos. [Fin del documento]