CARTA DE ENTENDIMIENTO TECNOLÓGICO. DECLARACIÓN Y COMPROMISO PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS Y COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD. ANTECEDENTES 1) Los Participantes quienes suscriben la presente carta de entendimiento tecnológico y los anexos que se le incorporen, cuentan con la capacidad suficiente para hacerlo en nombre propio y de su empresa, para desarrollar conjuntamente actividades, vínculos comerciales y académicos detallados en hoja identificada como anexo 1. 2) es la organización creadora del conocimiento objeto de éste acuerdo (patentes a desarrollar) y actúa representada por medio de y asesores profesionales. 3) es el centro de investigación, la receptora y desarrolladora de los proyectos derivados del presente acuerdo (patentes a desarrollar) y actúa representada por medio de y asesores profesionales. DECLARACIONES Y COMPROMISOS LOS PARTICIPANTES en forma conjunta reconocen, aceptan y se obligan a que: 1) La asociación en la que participan contará con una dirección encabezada por un líder nombrado por ambas partes y un órgano de consulta integrado por un representante de cada uno de los participantes. Las decisiones se tomarán por unanimidad de los integrantes del órgano de consulta y el líder del proyecto, este último será quien tenga su coordinación y representación; 2) Las actividades, viajes, citas, reuniones y demás acciones necesarias para desarrollar el proyecto podrán adicionarse o modificarse en los términos del inciso anterior y serán notificadas por escrito a Los Participantes por el Líder del Proyecto así como también sujetas en todo al convenio específico que se firme para la asignación y explotación de las patentes; 3) El presente acuerdo y su puesta en práctica no da lugar a dependencia entre las partes, no se crea una nueva entidad jurídica ni lazos laborales entre las partes o sus empleados;
4) Cada una de las partes acepta que es la única e individual responsable de los actos cometidos por sus representantes o empleados, así como de cualquier material, producto o activo de propiedad intelectual que hayan aportado para la realización de este proyecto; 5) El contenido de la asociación indicada como anexo 1 del presente instrumento es confidencial; la información anexa y que se genere durante la vigencia del convenio es privilegiada, útil y representa una ventaja competitiva relacionada con actividades similares; y los derechos de propiedad intelectual que se originen de trabajo conjunto entre las partes corresponderán en partes iguales a Los Participantes, salvo estipulación escrita en contrario; 6) Sólo quien acredite la legítima y previa titularidad de un activo intelectual incorporado al proyecto, terminada su participación comercial, podrá explotarlo de manera independiente, salvo que se pacte por escrito lo contrario; 7) En relación a la información proporcionada y que se integre confidencialmente en el desarrollo conjunto de las actividades, vínculos comerciales y académicos detallados en hoja identificada como anexo 1 no podrá ser total o parcialmente, transmitida, reproducida, revelada, o de alguna otra forma divulgada sin previa autorización unánime y por escrito de los demás participantes del proyecto. La pérdida de la confidencialidad en los secretos industriales e información así tutelada, se sancionará conforme al artículo 213 y 223 de la Ley de Propiedad Industrial; 8) No celebrarán ninguna clase de acuerdo o asumir obligaciones que estén en conflicto con el presente proyecto o que deriven o impliquen el incumplimiento del mismo; de lo contrario se dará lugar a su expulsión por competencia desleal. Ley de Propiedad Industrial art. 213 fracc I y 214; 9) Las partes acuerdan que las tareas y labores de desarrollo tecnológico y laboratorio se fijarán de común acuerdo haciendo una equitativa distribución del trabajo, tiempo y espacios para cumplir con los fines del presente documento, por lo que en todo momento el lugar designado por los participantes estará abierto a ambas partes para las actividades de desarrollo propias del convenio.
Bajo protesta de decir verdad, en la ciudad de a los de del ORGANIZACIÓN CENTRO DE INVESTIGACIÓN ÓRGANO DE CONSULTA POR LA ORGANIZACIÓN ÓRGANO DE CONSULTA POR EL CENTRO DE INVESTIGACIÓN LÍDER DEL PROYECTO
ANEXO I DE LA CARTA DE ENTENDIMIENTO TECNOLÓGICO. DECLARACIÓN Y COMPROMISO PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS Y COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD DETALLE DE LAS ACTIVIDADES, VÍNCULOS COMERCIALES Y ACADÉMICOS A DESARROLLAR CONJUNTAMENTE POR Y. a) SE ACUERDA DESIGNAR A COMO RESPONSABLE DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD COMO LIDER DEL PROYECTO, ACORDADO POR AMBOS PARTICIPANTES. b) SE ESTABLECEN LAS BASES DE UNA ASOCIACIÓN ESTRATÉGICA DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN DENOMINADO CON LA ORGANIZACIÓN CON EL PROPÓSITO DE DESARROLLAR Y REGISTRAR LA PATENTE DE, DERIVADA DE INVESTIGACIONES DE ; CON LA CUAL SE DARÁ INICIO. LA DESCRIPCION DE DICHO INVENTO SE PRESENTA EN EL INCISO f) DE ESTE ANEXO. c) SE ACUERDA QUE DEL BENEFICIO DERIVADO DE LA COMERCIALIZACIÓN DE LA PATENTE, RECIBA UN %, DADO SU GRADO DE DESARROLLO; PERO SE ACUERDA TAMBIÉN LA PARTICIPACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN %. PARA ELLO, LAS PARTES ACUERDAN EN QUE FINANCIARÁ EL PROYECTO CON LA CANTIDAD INICIAL DE ( 00/100 M.N.) EN EFECTIVO. d) LA FIRMA DE ESTE DOCUMENTO PERMITIRÁ EL INICIO DE LA ASOCIACIÓN, TENDRÁ EFECTO MIENTRAS SE DEFINE UN CONVENIO O CONTRATO EN EL QUE TODO LO AQUÍ ESPECIFICADO QUEDE DEBIDAMENTE ESTABLECIDO. e) TRAMITES DE SOLICITUD DE PATENTES EN TODOS LOS CASOS, DEBERÁ PAGAR LOS GASTOS DERIVADOS DEL TRÁMITE DE LA PATENTE, REGISTRO DE MODELO DE UTILIDAD O DISEÑO INDUSTRIAL, QUE QUEDARÁ A NOMBRE SIN PERJUICIO DE INDICAR EL NOMBRE DE SU(S) INVENTOR(ES). f) DESCRIPCIÓN Y NÚMERO DE EXPEDIENTE O REGISTRO DE LA INVENCIÓN O PATENTE, OBJETO DE ESTA ASOCIACIÓN: