GUÍA PARA LA PREPARACIÓN DE CONTRATOS INVOLUCRADOS EN LAS RELACIONES COMERCIALES Y LABORALES DE LAS AGENCIAS DE PUBLICIDAD
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- Catalina Henríquez Ferreyra
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1 GUÍA PARA LA PREPARACIÓN DE CONTRATOS INVOLUCRADOS EN LAS RELACIONES COMERCIALES Y LABORALES DE LAS AGENCIAS DE PUBLICIDAD
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3 OBJETIVO Presentar las condiciones mínimas recomendables en la elaboración de contratos con clientes, empleados, casas productoras y talento involucrado en las producciones realizadas para los clientes. Esta guía no reemplaza a un abogado que elabore o revise los contratos, particularmente con personalidades que participen en producciones coordinadas por las agencias. CONTENIDO Contratos con clientes 2 Contratos con empleados 6 Contratos con talento involucrado en la Producción 10 Contratos con casas productoras 14
4 CONTRATOS CON CLIENTES
5 encabezado 1. Contrato de Prestación de Servicios. 2. Celebrado entre el cliente y la agencia. En caso de contratos internacionales se recomienda que se firme un contrato local donde se ratifique como antecedente el contrato internacional firmado entre las casas matrices de ambas empresas. declaraciones 1. Son empresas legalmente constituidas y que sus representantes cuenta con facultades para celebrar el contrato. 2. Es el deseo del cliente adquirir los derechos de uso y explotación de los derechos objeto del contrato. 3. La agencia cuenta con el conocimiento, personal, capacidad técnica, financiera y administrativa para contratar y reunir las condiciones técnicas y económicas para prestar los servicios. cláusulas 1. Definiciones éstas deben ser lo más amplias posibles y deben considerar palabras técnicas como brief, actividades publicitarias, marcas, objeto del contrato, proyectos, servicios, medios, producciones, etcétera Objeto del contrato se deben especificar lo más claro y amplio posible los servicios a desarrollar y los que no serán cubiertos en el contrato. Por otra parte, el cliente se compromete a pagar de manera oportuna la contraprestación que se pacta en el contrato. 3. Procedimiento para la prestación de servicios aquí debe definirse el proceso de trabajo que se desarrollará, debiéndose incluir niveles de autorización de trabajos, tiempos de respuesta, información necesaria para el desarrollo, procesos de aprobación de presupuestos, principalmente con los costos de terceros, cantidad de correcciones cubiertas y aprobación de gastos adicionales así como los correspondientes a viajes. Es importante que ésta cláusula esté validada por las diferentes áreas operativas que irán a intervenir en el proceso. Es recomendable
6 incluir en un anexo la lista de proyectos o tiempos de personas cotizados. 4. Exclusividad la agencia se compromete a no prestar servicios a terceros que compitan directamente con los productos o marcas amparados en el contrato. Es importante cuidar que sea lo más específico posible para evitar que se bloqueen las posibilidades de trabajar con otras marcas que no compitan con los productos del contrato. 5. Servicios de terceros la agencia deberá de apegarse a los procesos de compra de los clientes incluyendo cotizaciones y niveles de autorización, así como los trámites de recepción de facturas de los proveedores, su correspondiente facturación a los clientes y finalmente el pago del cliente para que de esta forma se libere el pago a los proveedores. 6. Contraprestación se debe definir el valor de los servicios especificando que es independiente a los costos de terceros requeridos para la prestación de los servicios, el plazo de pago, las fechas de emisión de las facturas y la forma de pago. También se establecerá que los servicios adicionales se cotizarán y cobrarán independiente de la contraprestación pactada. 7. Vigencia se debe establecer pudiendo quedar de forma indefinida aunque en ese caso, se debe establecer las reglas de negociación de las contraprestaciones correspondientes una vez terminados los proyectos o de forma anual. 8. Rescisión de contrato a. Se establece que en caso de que alguna de las partes quiera dar por terminado el contrato sea con un aviso de 90 días, este plazo es el recomendado para que la agencia tenga la posibilidad de colocar al personal asignado al cliente en otras cuentas o para ayudar en el pago de sus correspondientes indemnizaciones laborales. b. En los casos de contratos anuales divididos en mensualidades y cuando la carga de trabajo se realiza principalmente en los meses iniciales se
7 deberá de especificar que se evaluará el trabajo realizado. c. Por quiebra, disolución. d. Por incumplimiento de alguna de las partes del contrato, en este caso se recomienda dar la posibilidad a la otra parte de resarcir su incumplimiento. 9. Responsabilidad Laboral, no existirá ninguna relación laboral entre las partes y los empleados de la agencia deben respetar los códigos de conducta y reglamentos para la estancia en las instalaciones de los clientes. 10. Marcas y Patentes el cliente declara que es el legítimo propietario de las marcas y patentes que se pactan en el contrato, y la agencia solo podrá utilizarlas para la prestación de los servicios correspondientes. 11. Confidencialidad de la información ambas partes serán responsables de la información confidencial obtenida de la otra parte y ser responsables de que sus empleados respeten esta confidencialidad, y en caso de incumplimiento el pagar los daños y perjuicios. Es importante considerar que los clientes normalmente piden esta cláusula por la información de sus marcas, pero las agencias comparten información que es confidencial como pueden ser metodologías, estudios utilizados para soportar los servicios prestados, etc. También deben establecerse las reglas cuando la información confidencial deja de serlo o cuando por órdenes judiciales deban de ser reveladas. 12. Cesión de derechos no se pueden ceder derechos ni obligaciones sin la autorización de la otra parte, este requisito es importante considerarlo cuando se tiene un grupo de agencias que estén prestando el servicio al cliente. 5
8 CONTRATOS CON EMPLEADOS
9 encabezado 1. Contrato individual de trabajo por tiempo determinado (duración de un proyecto), por tiempo indeterminado o por proyecto. 2. Celebrado entre la agencia y el empleado declaraciones 1. Empleado a. Nacionalidad b. Sexo c. Estado civil d. Edad e. Domicilio particular, señalándolo como el lugar para recibir las notificaciones legales a que hubiera lugar. f. Cuenta con la preparación, conocimientos y experiencia necesarios para desarrollar el trabajo objeto del contrato. g. Puede establecerse que no es empleado de otra empresa y que no se empleará mientras dure el contrato de trabajo. 2. Agencia 3. Es una empresa constituida bajo las leyes mexicanas. 4. Domicilio 5. Es su deseo contratar a el empleado para el puesto con base en la preparación, conocimientos y experiencia declarados por el mismo. cláusulas 1. El empleado se obliga a prestar sus servicios con la mayor eficiencia, esmero, honradez, etc. 2. El domicilio donde se prestarán los servicios es en la agencia o las oficinas del cliente o realizar los viajes de trabajo necesarios. 3. La descripción de las actividades, así como que podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades de la agencia sin afectar en forma adversa la naturaleza del puesto. 4. Sueldo y prestaciones que recibirá el empleado así como las fechas para recibirlo y la forma de pago. 5. Jornadas de trabajo y horarios del mismo. 6. Días de descanso y vacaciones. 7. Inventos, obras creativas y derechos autorales, el empleado acepta que el salario pactado cubre la creación de obras, campañas, etcétera, por lo 7
10 que pasarán a ser propiedad de la agencia y el empleado se obliga a firmar toda la documentación necesaria para el registro correspondiente. 8. Confidencialidad tanto de la información de la agencia como de sus clientes y en caso de violación de esta cláusula se hará acreedor a todas las acciones civiles y penales correspondientes.
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12 CONTRATOS CON MODELOS, AUTORES E INTÉRPRETES DE MÚSICA Y LOCUTORES
13 encabezado 1. El contrato debe ser para Autorización de uso y explotación de interpretación artística o musical según sea el caso. 2. Celebrado entre el talento y el cliente (anunciante dueño de la marca que se está produciendo). El cliente puede ser representado por la agencia de publicidad. Esta representación debe estar autorizada en el contrato de prestación de servicios entre el cliente y la agencia. 3. La casa productora también puede incluirse en el contrato. declaraciones 1. Talento a. Nacionalidad b. Mayor de edad, en el caso de ser menor de edad deberá estar representado por padre, madre o tutor. c. Estar en pleno uso de facultades y no estar impedido para la celebración del contrato. d. Haber desempeñado el papel de o ser el autor o intérprete de la obra incluyendo detalles como versión, duración, producto, marca y cliente según aplique. En los casos del autor, será necesario estableces que es original e inédita y teniendo todos los derechos morales y patrimoniales que la Ley Federal del Derecho de Autor. e. Que es su deseo autorizar a favor del cliente los derechos y usos de explotación. f. Reconocimiento expreso de que no existe relación laboral con el cliente, con la agencia o la casa productora, en caso de que esta última esté firmando el contrato. g. Domicilio, teléfono y correo electrónico. 2. Cliente o Agencia c. Que es una empresa legalmente constituida y que su representante cuenta con facultades para celebrar el contrato. d. En los casos que la Agencia firma, que se celebró un contrato con el cliente donde se autoriza la firma del contrato. e. Es el deseo del cliente adquirir los derechos de uso y explotación de los derechos objeto del contrato. f. No existe una relación de trabajo con el talento. g. Domicilio para efectos del contrato. 11
14 cláusulas 1. Autorización a hacer uso y explotación de la actuación, obra o ejecución según sea el caso. 2. Medios y territorios donde se hará la comunicación pública de la producción. 3. Vigencia, depende del tiempo que sea la pauta de la producción, se recomienda sea por 3 años divididos en períodos de 6 meses cada uno, señalando como inicio del período la primera transmisión. 4. Contraprestación, a. Incluyendo la responsabilidad del pago de las retenciones de impuestos por pagos al extranjero. b. La cual podrá ser semestral y estableciendo esa cantidad como base para pagos de semestres posteriores. c. El talento podrá optar por tener un representante que sea el responsable de emitir las facturas y recibir los pagos en su nombre. Esta opción es recomendable principalmente cuando en la producción se tienen personas que no tengan una actividad continua en estas producciones. d. Las bases para el uso de medios o países adicionales a los contratados originalmente. En los casos de los países se sugiere utilizar una tabla basada en la demografía y producto interno bruto de los países. 5. Facultad del cliente para realizar las versiones y adecuaciones a la producción basadas en la grabación original sin contar con la autorización expresa del talento para realizar dichas adecuaciones. 6. Exclusividad, donde se establece la obligación del talento en no participar en anuncios publicitarios de marcas que compitan en las categorías o productos establecidos en el contrato. 7. Autorización expresa del talento a doblajes y traducción a otros idiomas de su voz y a omitir sus créditos durante el uso de la producción. 8. En los casos de autoría o interpretación de la música. El material será propiedad del cliente porque es una obra por encargo. 9. Si el talento incumple con las cláusulas perderá el derecho de cobrar las regalías correspondientes.
15 10. No existe responsabilidad del cliente cuando la transmisión pueda ser captada en otros países o territorios no considerados dentro de la pauta contratada por el cliente. 11. El talento otorga el derecho a la agencia a reproducir la producción a terceros con el fin de mostrar los trabajos realizados para sus clientes. Asimismo se autoriza que la producción sea inscrita en festivales o concursos publicitarios, sin generar obligaciones de pago para la Agencia. 12. Confidencialidad respecto de toda la información recibida por el talento durante la prestación del servicio. 13. No existe relación laboral entre las partes. 14. En caso de conflicto se someten a los tribunales de México, Distrito Federal. 15. Lugar y fecha de firma del contrato. Extras Declaración del extra donde se establece básicamente lo siguiente 1. La persona acude por su propio derecho y con pleno uso de sus facultades. 2. Siendo mayor de edad, en caso de ser menor de edad deberá contar con la autorización del padre, madre o tutor. 3. Domicilio, teléfono y correo electrónico 4. Participación como extra en base al Art. 116 de la Ley Federal del Derecho de Autor. 5. Producción incluyendo denominación, producto, marca y cliente. 6. Para ser difundida en cualquier medio nacional o extranjero. 7. Confidencialidad del extra sobre la información recibida. 8. No relación laboral entre el Extra y el cliente o la Agencia. 9. Contraprestación única otorgando el finiquito más amplio que en derecho proceda. 10. Firma exclusivamente del Extra En caso del menor, deberá ser el padre, madre o tutor. 13
16 CONTRATOS CON CASAS PRODUCTORAS
17 encabezado 1. Contrato entre la casa productora y el cliente. Este último puede ser representado por la agencia de publicidad. Esta representación debe estar autorizada en el contrato de prestación de servicios entre el cliente y la agencia. declaraciones 1. Son sociedades mercantiles legalmente constituidas 2. Su representante cuenta con plenas facultades para firmar el contrato. 3. Es su deseo celebrar el contrato en las cláusulas del mismo. 4. La casa productora cuenta con los materiales técnicos, humanos y financieros para llevar a cabo el contrato. cláusulas 1. Objeto servicios de producción de material para ser utilizado en anuncios comerciales. 2. La casa productora se ajustará el presupuesto aprobado por el cliente y la comprobación del mismo. 3. La casa productora será responsable de que el talento que participe en la producción y que celebre con el cliente los contratos de uso y explotación de su interpretación artística según sea el caso. 4. Fecha de entrega del material. 5. El material será propiedad del cliente porque es una obra por encargo. 6. Contraprestación que pagara el cliente incluyendo requisitos, fechas y montos. 7. Confidencialidad sobre la información recibida con motivo de la prestación del servicio. 8. Causas de recisión del contrato, que pueden ser por incumplimiento de alguna de las partes y en su caso las indemnizaciones correspondientes. 9. No relación laboral entre los empleados de la productora respecto del cliente, el talento contratado específicamente para esta producción no tiene relación laboral con ninguna de las dos partes. 10. Domicilios 11. Sujetarse a los tribunales de México, D.F. 15
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