POLÍTICAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO



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1. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO El Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos tiene por objeto principal establecer los principios, criterios y procedimientos que en materia de prevención y control del lavado de activos y financiación del terrorismo tiene la firma COMIAGRO S.A., para evitar que en el desarrollo de cualquiera de las actividades comprendidas dentro de su objeto social, pueda ser utilizada para el ocultamiento de dineros provenientes de actividades delictivas o para la destinación de los recursos para la financiación del terrorismo o la realización de cualquier conducta que la legislación penal vigente considere como delito. 2. POLITICAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Las políticas diseñadas por la empresa COMISIONISTAS AGROPECUARIOS S.A. COMIAGRO S.A.- constituyen los lineamientos, directrices y guías de acción encaminadas a garantizar el cumplimiento de todas las normas que se implementen para prevenir que la empresa sea utilizada para encubrir actividades ilícitas. Las políticas constituyen las reglas de conducta que deben guiar el comportamiento de todos los funcionarios de la firma comisionista e impulsar la cultura en materia de prevención del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo. Comiagro S.A., ha adoptado las siguientes políticas: 2.1. Conocimiento y Observancia del Presente Manual: Es obligatorio para los directivos y funcionarios de Comiagro S.A., el conocimiento y la observancia de las disposiciones contenidas en el presente Manual, de tal manera que sus preceptos se observen en cada uno de los actos u operaciones que se realicen. 2.2 Cumplimiento de las Normas Legales: Los miembros de Comiagro S.A., deben obrar dentro del marco de la ley, respetando el principio de la buena fe y el interés público, de conformidad con el artículo 335 de la Carta Política. Por lo tanto todas las actuaciones deben ceñirse estrictamente por los mandatos constitucionales, legales y demás disposiciones dictadas por las entidades que ejerzan control y vigilancia al igual que las normas dictadas al interior de la empresa. Es deber de todos asegurar el estricto y oportuno cumplimiento de las normas encaminadas a prevenir y detectar el lavado de activos y la financiación del terrorismo: 2.3 Actitud Preventiva: Los funcionarios de Comiagro S.A., podrán al servicio de la firma todos sus conocimientos, experiencia y buen criterio a fin de evitar que seamos utilizados para el lavado de activos, la financiación del terrorismo o el ocultamiento de recursos provenientes de estas actividades. Página 1 de 6

2.4 Predominio del principio ético sobre el comercial Se antepondrá la observancia de los principios éticos al logro de las metas comerciales y primará el objetivo de prevenir y controlar el lavado de activos y la financiación del terrorismo. 2.5 Respetar la ley, los reglamentos y el código de conducta COMISIONISTAS AGROPECUARIOS S.A. cumplirá estricta y rigurosamente las normas legales, los reglamentos internos y el código de conducta. Todos los funcionarios de COMIAGRO S.A., deben observar de manera estricta y rigurosa todos los principio éticos y legales estipulados en el manual y en el código de conducta, así como las políticas, procedimientos, instrumentos y herramientas definidos en el manual, orientados a evitar que en desarrollo del objeto social la empresa sea utilizada para el lavado de activos o para la destinación de recursos hacia la financiación del terrorismo. 2.6 Cumplimiento de las normas emitidas por las entidades vigilantes y demás entidades estatales orientadas a la prevención y control del lavado de activos y la financiación del terrorismo. Comiagro S.A., sus órganos de administración, el oficial de cumplimiento y su unidad, y en general todos los funcionarios que directa o indirectamente intervengan en las operaciones realizadas por la empresa, están en la obligación de asegurar el cumplimiento de las normas legales encaminadas a prevenir y controlar el lavado de activos y la financiación del terrorismo. 2.7 Capacitación y Divulgación del Manual Con el ánimo de fomentar una cultura de prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo COMIAGRO S.A., capacitará por lo menos una vez al año a los funcionarios, traders y demás miembros de la empresa en SARLAFT y aplicará las medidas conducentes para sancionar, cuando fuere necesario, a los funcionarios y demás miembros de la empresa que, directa o indirectamente, faciliten, permitan o coadyuven en la utilización de COMIAGRO S.A., como instrumento para el lavado de activos o la financiación del terrorismo. El Oficial de Cumplimiento, en aras de minimizar el riesgo, cada vez que ingrese un empleado le dará capacitación sobre las normas de prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo y sobre el sistema adoptado por la empresa para prevenir dichas actividades. Finalizada la capacitación se procederá a realizar la evaluación con el fin de medir el conocimiento adquirido por los funcionarios. Copia del Manual estará en todas las estaciones de trabajo y será entregado por el Oficial de Cumplimiento, quien responderá porque el mismo sea analizado y puesto en práctica a partir de la fecha de su entrega. Cada funcionario firmará en constancia de recibido y del compromiso adquirido para su cumplimiento De igual manera es obligación de la Unidad de Cumplimiento dar a conocer a todos los clientes, la gestión que realiza la empresa en el tema de lavado de activos y financiación el terrorismo. Página 2 de 6

2.8 Conocimiento del Cliente COMIAGRO S.A., desplegará todos sus esfuerzos con el objeto de obtener un adecuado y oportuno conocimiento de los clientes, identificándolos debidamente y comparando el volumen de sus transacciones para determinar que éste sea coherente con las actividades e información que ellos declaren. 2.9 Duda razonable Cualquier funcionario de COMIAGRO S.A., que tenga inquietudes fundamentadas, verificables y razonables sobre la actividad de algún cliente que puedan conducir a sospechar que eventualmente se está utilizando a la firma para el lavado de activos o para la realización de cualquier actividad delictiva, deberá seguir los procedimientos adoptados por la empresa para investigar este tipo de conductas. 2.10 Colaboración con autoridades Cuando COMIAGRO S.A., establezca a través de su unidad de cumplimiento, que alguna operación puede estar o está incursa como actividades ilícitas, deberá realizar el respectivo informe a las autoridades competentes, y suministrar toda la información con que se cuente 2.11 Obligatoriedad en la Implementación y aplicación del SARLAFT Todos los funcionarios de la firma comisionista, traders y demás personas que tengan relación directa con los clientes estarán obligados a aplicar las medidas de control y los procedimientos señalados en este Manual, además de las medidas de control y procedimientos complementarios, dirigidos a evitar que en la ejecución de las diferentes transacciones, se pueda llevar a cabo cualquier operación de lavado de activos o financiación del terrorismo. 2.12 Información Confidencial Los procedimientos de prevención y control del lavado de activos y financiación del terrorismo son de carácter confidencial y reservados y, en consecuencia, no se dará a conocer a los clientes ni a terceros información alguna sobre los procedimientos de control y análisis que se practican a sus operaciones, ni los informes correspondientes que se envíen a las autoridades competentes. Esta información la maneja exclusivamente el Oficial de Cumplimiento y su Unidad. 2.13 Debida Diligencia Los funcionarios de Comiagro S.A., en todas sus actuaciones deberán aplicar su conocimiento, experiencia y buen criterio, especialmente en la prevención y detección del lavado de activos, financiación del terrorismo y canalización de recursos provenientes de dichas actividades. 2.14 Sanciones por Incumplimiento Todos los funcionarios de COMIAGRO S.A., tienen la obligación de cumplir las obligaciones y procedimientos contenidos en el presente Manual y en las normas legales vigentes. Cualquier incumplimiento deliberado u omisión de los controles aquí establecidos acarrearán desde amonestaciones hasta la terminación de la relación laboral o contractual existente. Todo lo anterior sin perjuicio de los efectos penales que se deriven de su actuación. Página 3 de 6

2.15 Rechazo a la operación ilícita Comiagro S.A., no realizará operaciones con personas que estén o puedan estar incursas en cualquier actividad delictiva, especialmente, en lavado de activos y financiación del terrorismo. Cuando se han vinculado personas, que posteriormente se han visto incursas en cualquier actividad delictiva, la empresa la retirará inmediatamente y dará aviso de su determinación, además de los procedimientos de reporte a las autoridades a que haya lugar. 2.16 Responsabilidad Los órganos de administración y control, la unidad de cumplimiento, en cabeza del Oficial de Cumplimiento y en general todos los funcionarios deben asegurar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente manual así como los reglamentos internos y demás normas relacionadas con el SARLAFT. 2.17 Relación directa con los clientes El Gerente General y los demás funcionarios y empleados de la sociedad comisionista, que tengan una relación directa o indirecta con los clientes o usuarios, estarán obligados a aplicar las medidas de control y los procedimientos señalados en el manual, dirigidos a evitar que en la ejecución de las diferentes transacciones, se pueda llevar a cabo cualquier operación de lavado de activos o actividades dirigidas a financiar el terrorismo. 2.18 Conflictos de Interés Cuando uno de los miembros de la Unidad de Riesgo, crea razonablemente que su decisión de aprobar o no, cuando sea necesario, la vinculación o aumento de cupo a un cliente, pueda estar afectada por algún conflicto de interés, cualquiera sea su origen, deberá poner a consideración del comité su participación para dicha actuación. 2.19 Perfiles de mayor exposición La empresa define en el Manual los clientes que por sus actividades o su perfil están más expuestas al riesgo de lavado de activos o financiación del terrorismo. Es obligación, al momento de la vinculación realizar un análisis exhaustivo para determinar si los clientes hacen parte de este grupo y aplicar las normas de vinculación que para ellos se han definido. No aplicar las normas de vinculación y de verificación de datos, para esta clase de personas conlleva sanciones desde la amonestación hasta la terminación del contrato que se haya suscrito. 3. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL SARLAFT El Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo de Comiagro S.A., cuenta con una estructura organizacional que respalda cada una de sus etapas y asigna responsabilidades específicas para el cumplimiento de los objetivos, políticas y procedimientos trazados en el SARLAFT. Página 4 de 6

4. ORGANOS DE CONTROL COMIAGRO S.A., cuenta con instancias responsables de evaluar e informar a quien corresponda el cumplimiento de las políticas, procedimientos y normas que regulan el SARLAFT. Es de aclarar que estas instancias no son las encargadas de la administración del riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. 5. CONOCIMIENTO DE LOS CLIENTES El conocimiento del Cliente es un proceso que inicia desde el momento en que una persona natural o jurídica, solicita a la firma ser admitido con el fin de utilizar cualquiera de los productos ofrecidos. En este proceso se busca obtener una gran cantidad de información del cliente que permita identificarlo y conocerlo plenamente. Esto solo se logra cuando se cumple con cada uno de los requisitos establecidos en el Manual Sarlaft. Toda la información que se requiere en esta etapa preliminar es indispensable e insustituible. COMIAGRO S.A., ha definido controles en el proceso de vinculación: Políticas de Conocimiento Cliente Diligenciamiento Completo del Formato de Vinculación Documentación Anexa Consistente Confirmación y análisis de información aportada. Validación en listas 6. ACTUALIZACION DE DATOS Comiagro S.A, tiene la obligación de actualizar la información de los clientes como mínimo una vez al año. Esta renovación solamente se realizará a los clientes activos: a. Cliente Activo: Aquella Persona Natural o Jurídica que ha venido reportando operaciones con COMIAGRO S.A de manera permanente, durante los últimos seis meses. b. Cliente Inactivo: Aquella Persona Natural o Jurídica que hace seis meses o más no ha reportado operaciones con COMIAGRO S.A. Tanto las personas naturales como jurídicas, al renovar su información deberán diligenciar nuevamente el formato de vinculación y anexar los documentos requeridos, con el fin de verificar si el cliente presentó cambios en la información suministrada: Nombre de la entidad, tipo de sociedad, dirección, teléfono, representante legal, entre otros. Página 5 de 6

7. PROHIBICIONES COMIAGRO S.A., no inicia relaciones comerciales con las siguientes personas: o Con quienes se tenga conocimiento que se encuentran involucrados en operaciones sospechosas de actividades ilícitas o delictivas o que figuren registrados en las Listas vinculantes, Lista OFAC e Internas. o Con quienes se tenga conocimiento o indicios serios que puedan estar vinculados al tráfico de estupefacientes o sustancias psicotrópicas, al tráfico de armas, al secuestro extorsivo, enriquecimiento ilícito, terrorismo o cualquier otro delito penalizado por las leyes colombianas. o Con clientes que se rehúsen a suministrar información sobre su actividad económica, domicilio, profesión o declaración voluntaria del origen de fondos, o presenten información falsa o de difícil verificación. o Personas naturales o jurídicas respecto de las cuales no se pueda establecer suficientemente su identificación. o Con personas naturales o jurídicas de las cuales se tenga conocimiento público de su intervención en actividades delictivas o no se tenga plena claridad sobre su solvencia moral y económica. 8. PROGRAMAS DE CAPACITACION Las capacitaciones e inducciones deben estar orientadas a las labores o actividades que las personas desarrollan, especialmente dirigidas al Conocimiento de Cliente y a la detección de Señales de Alerta. Es de aclarar, que el contenido de los programas debe responder a las condiciones del mercado y las operaciones que se realizan a través de la Firma Comisionista. Página 6 de 6