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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LA VICEPRESIDENCIA ECONÓMICA, DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL Y DE EMPLEO 1. OBJETO. El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de vigilancia y seguridad de los edificios relacionados a continuación, adscritos a la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo. Bastió de Sanoguera, 2 de Palma. Palau Reial, núm 17, de Palma Sant Pere, núm. 7 de Palma Plaza de Son Castelló, 1 de Palma. Los servicios que se tendrán que prestar son los siguientes: - Control del fichaje del personal de la Vicepresidencia: Los vigilantes enviarán cada mañana una relación de las personas que hayan sestado dentro de las dependencias de la Vicepresidencia a partir de las 15:00 del día anterior, con la hora de entrada y salida, tanto si se trata de funcionarios como de personas externas al centro. -Rondas de control del personal del servicio de limpieza. - Control del acceso de los visitantes y proveedores. - Control e identificación de los vehículos que aparquen en las zonas de aparcamiento reservado. - Custodia de llaves. - Apertura y cierre de las puertas de acceso a los edificios y conexión y desconexión de los sistemas eléctricos y de aire acondicionado. - Controlar las alarmas y otros dispositivos de seguridad instalados y que se puedan instalar. - Asegurar la protección de personas, bienes y muebles - Evitar la comisión de actos delictivos en los edificios y colaborar con los miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado y cuerpos Municipales cuando éstos se produzcan. - Ejercer la vigilancia de cariz general sobre el edificio o instalación. -Control de los paquetes recibidos y detección de posibles envíos de cartas explosivas. 1

- Ronda general al final de la jornada (control de luces, aires acondicionados, ventanas, persianas, etc.) de los edificios y dependencias anexas. - Cualquier otro que la persona responsable del edificio les encomiende para garantizar la seguridad e integridad física de las personas y las instalaciones. Las intervenciones de los vigilantes se tienen que limitar a: -Las instrucciones pertinentes que reciban de la Secretaría General (SG). -Las que consideren necesarias y convenientes los mismos vigilantes de seguridad, si bien sólo podrán llevarlas a cabo ante la urgencia y la gravedad de la situación y siempre que esta circunstancia impida la información previa a la SG. -Utilizar los medios personales, materiales y técnicos necesarios dentro de la proporcionalidad más estricta en relación con las situaciones que se produzcan y evitar actuaciones agresivas. 2. PERSONAL Y HORARIO DEL SERVICIO Para la realización del servicio de vigilancia y seguridad de los locales antes mencionado se precisa, como mínimo, de los siguientes medios de personal: Bastió de Sanoguera, 2 de Palma: un vigilante de seguridad sin arma, desde las 7:45 horas a las 15:15 horas, de lunes a viernes, excepto días festivos. Palau Reial, núm 17, de Palma: un vigilante de seguridad sin arma, de lunes a viernes de 7:30 a 21:30 h y los sábados de 9 a 13 h, excepto días festivos. Sant Pere, núm. 7 de Palma: un vigilante de seguridad sin arma, de lunes a viernes de 7:30 a 21:30 h y los sábados de 9 a 13 h, excepto días festivos. Plaza de Son Castelló, 1 de Palma: un vigilante de seguridad sin arma, de lunes a viernes de 7:15 a 20:15, excepto días festivos. No obstante, la dirección del servicio, previa comunicación a la empresa, en función de las necesidades de la Vicepresidencia, podrá variar el servicio de las mencionadas oficinas. 2

3. DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SERVICIO La dirección y supervisión del servicio de este contrato la tendrá la Secretaría General de la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo, que designará un responsable o responsables para el control y seguimiento del servicio contratado, en conformidad con el presente Pliegue de condiciones. 4. SERVICIOS EXTRAORDINARIOS. El adjudicatario estará obligado a prestar horas addicionales, cuando por razones extraordinarias del servicio sea necesario. Lo cual se le comunicará con la máxima antelación posible. Se acordarán los trabajos extraordinarios que se tengan que llevar a cabo, el número estimado de horas que sea necesario para su realización, el número de trabajadores que intervendrán y el horario en que se realizará. El precio del servicio se determinará por el órgano de contratación previa audiencia al contratista. 5. PERSONAL DE LA CONTRATACIÓN 1. El adjudicatario dedicará a la prestación del mencionado contrato una plantilla de personal cualitativa y cuantitativamente adecuado, que asegure una plantilla estable y suficiente para cubrir la totalidad de los servicios de conformidad con los planes de trabajo establecidos y con previsión respecto de la cobertura de las suplencias a causa de vacaciones, enfermedades, licencias, etc. Por cuestiones de fuerza mayor, enfermedad, etc., se avisará lo antes posible desde el momento que se produce el hecho causa de la sustitución. Aún así, para cualquier sustitución la notificación incluirá el nombre de la persona que la hará, y se dará preferencia a aquellas personas que conozcan el contenido y el lugar de trabajo. 2. El personal que preste el servicio objeto de este contrato dependerá directa y exclusivamente del adjudicatario y con él, únicamente, se establecerán las relaciones jurídicas-laborales. Las variaciones de la plantilla no afectarán las condiciones del contrato ni repercutirán sobre el régimen de precios establecido. 3

3. Obligación de cumplir con la normativa laboral vigente, y muy concretamente el convenio colectivo a nivel autonómico o estatal que regule el sector de vigilancia y seguridad, durante todo el término que corresponda a la duración de la presente adjudicación. 4. Todo el personal de la empresa adjudicataria irá perfectamente uniformado y limpio, luciendo el distintivo de la empresa y su indicación. Los uniformes y distintivos serán a cargo de la empresa adjudicataria. 5. El adjudicatario pondrá al frente del personal de vigilancia y seguridad un encargado, que de forma permanente controlará los trabajos a realizar, el tiempo de permanencia y la distribución de tiempo y trabajos. Será el interlocutor en el centro de trabajo entre la empresa y el Gobierno de las Islas Baleares. 6. La Administración podrá exigir del adjudicatario la sustitución del personal adscrito a los servicios de vigilancia y seguridad si se observan falta de corrección o deficiencias en la prestación del servicio. 7. El personal de seguridad, como norma genérica, será adscrito al servicio, y no podrá ser sustituido ni definitiva ni temporalmente de forma unilateral por parte de la empresa, sino que tendrá que notificarse a la Secretaría en un plazo no inferior a un mes antes de la fecha prevista para el cambio. 8. Turnos para el cumplimiento de la jornada. La empresa adjudicataria disfrutará de la planificación del personal para el cumplimiento global del plazo de la jornada ordinaria, así como de sus posibles prolongaciones, ejerciendo la facultad de realizarla en dos turnos parciales. En caso de que el adjudicatario optara por este turno rotativo, lo comunicará a Vicepresidencia después de la adjudicación y antes del inicio de las actividades, y estará obligado a realizarlo con regularidad. Igualmente tendrá que comunicar las dos personas que se adscribirán a cada uno de los turnos. 4

El relevo de los turnos se realizarán en forma que los dos guardas de seguridad puedan comentarse las incidencias del servicio. Por eso coincidirán ambos en el lugar de trabajo por un espacio de tiempo nunca inferior a 15 minutos. 7. PLAZO DE EJECUCIÓN La prestación del servicio de vigilancia y seguridad será de 24 meses, desde el 1 de enero de 2012, o subsidiariamente desde que se formalice, hasta el día 31 de diciembre de 2013, ambos incluidos, con posibilidad de prorrogarlo de acuerdo con el que se especifica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 8 PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN. Para la realización del mencionado servicio se dispone de un presupuesto de 437.500,00, incluido el IVA, que se distribuirá de la siguiente manera: Año 2012: 218.750,00. Año 2013: 218.750,00. 9. FORMA DE PAGO La prestación del mencionado servicio se pagará al adjudicatario por meses vencidos sobre el importe total, mediante factura presentada por la empresa y con la conformidad previa de la directora del contrato. Palma, 8 de agosto de 2011 La secretaria general Isabel Maria Serna Benbassat 5