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Transcripción:

Mi Delegación desea alinearse con lo expresado por la distinguida delegación de Costa Rica en nombre de la CELAC. Permítame, asimismo, hacer algunos comentarios adicionales sobre algunas de las muchas e importantes cuestiones que abordamos dentro de este tema. La Argentina está convencida de que los derechos humanos son interdependientes y universales, y no es posible trazar una diferenciación tajante entre el desarrollo y los derechos humanos, en la medida en que nuestro proyecto nacional de desarrollo humano se basa en la perspectiva de ampliación de derechos con inclusión social para todos y todas. En ese sentido, queremos reafirmar nuestro apoyo al Protocolo Facultativo del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que actualmente cuenta con 16 Estados miembros. El día 21 de octubre, tras la presentación del informe de la Relatora Especial del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Delegación Argentina tuvo el honor de realizar una declaración conjunta en nombre de los un grupo de países, haciendo hincapié en la necesidad de lograr el mayor número posible de adhesiones al Protocolo, y destacando la importancia de cumplimentar con los derechos económicos sociales y culturales. 1

Nos alegramos por las adhesiones de Finlandia, Gabón, Bélgica, Cabo Verde y Costa Rica este año, y felicitamos a estos países por su compromiso. Vale destacar que este Protocolo no establece nuevas obligaciones para los Estados sino que reconoce la competencia del Comité para examinar denuncias de personas que consideren vulnerados el goce de los derechos económicos, sociales y culturales. En este sentido, este instrumento debe ser visto como una herramienta para ayudarnos a los Estados a cumplir con nuestras obligaciones. La Argentina ve con satisfacción y acompaña las distintas iniciativas que este año ponen el eje en los derechos de los niños y niñas a vivir una vida libre de violencia y a que se garanticen plenamente todos sus derechos humanos, cualquiera sea su condición o situación, como por ejemplo en el caso de los niños migrantes. Esto nos lleva a acompañar los proyectos que apuntan en este sentido y felicitamos a sus copatrocinadores principales por sus propuestas. Entendemos que el debate internacional nutre a su vez los debates nacionales que son indispensables para continuar avanzando en la implementación de todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes, incluyendo aquéllos protegidos por la Convención de Derechos del Niño. Es importante que la legislación nacional y el derecho internacional estén a la par de las nuevas realidades y 2

tengan en cuenta los nuevos riesgos a los que pueden verse expuestos los niños, y en este sentido podemos destacar, por ejemplo, los riesgos asociados con las tecnologías de la comunicación que han sido identificados en numerosos estudios y, en particular, en el reciente trabajo de la Relatora Especial sobre Violencia contra los Niños 1 cuyo lanzamiento tuvo lugar hace pocos días. Los riesgos de violencia asociada con distintas formas de explotación, incluyendo el tráfico, la explotación sexual y comercial infantil, la violencia e intimidación entre pares o en el ámbito escolar, y otros riesgos asociados al uso generalizado de tecnologías de la comunicación, como la internet y las redes sociales, no pueden quedar sin tipificación y sin remedios que protejan a las potenciales víctimas. Los principios de derecho pueden y deben aplicarse a estas nuevas cuestiones e incorporarse rápidamente en nuestros sistemas jurídicos nacionales para la protección de los derechos humanos, como lo ha hecho nuestro país en este caso en particular con la adopción de la Ley 26.388 que incorpora las nuevas tecnologías como medio de comisión de delitos y la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. 1 Releasing Children's Potential and Minimizing Risks - ICTs, the Internet and Violence against Children, of the Secretary-General on violence against children, 16 October 2014. 3

La Argentina es un país que se encuentra comprometido con la lucha contra todas las formas de discriminación, incluyendo la discriminación por orientación sexual e identidad de género. En tal sentido por segundo año consecutivo la Argentina co-organizó junto con Países Bajos y la Secretaria de Naciones Unidas un evento de alto nivel, en seguimiento a la Declaración Ministerial presentada durante la pasada 68 AGNU. Asimismo, considera positiva la inclusión en distintas resoluciones de la lucha contra la discriminación basada en orientación sexual e identidad de género. Mantenemos la firme convicción que la lucha contra la discriminación, la persecución y la violencia, cualquier sea su causa, es uno de los mayores desafíos en materia de derechos humanos, por lo que defendemos fuertemente la necesidad de superar los estigmas y estereotipos. La Argentina tiene en la más alta estima el valor del diálogo entre los Estados miembros y los titulares de procedimientos especiales y otros mecanismos de defensa y promoción de los derechos humanos, y una vez más nos hemos valido de esta oportunidad para presentar nuestras consideraciones y recabar más información a través de los segmentos interactivos. Entendemos que es fundamental continuar esta práctica y continuar invitando a los Relatores, Expertos Independientes y representantes de Comités y Subcomités para 4

mantener un diálogo fluido y abierto, y felicitamos a los titulares de mandatos que han sido designados durante el pasado año. Una vez más, presentamos una Resolución que da apoyo a la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas de las Desapariciones Forzadas, junto a Francia y Marruecos, y deseamos agradecer el apoyo y acompañamiento de todos los copatrocinadores en años anteriores, e invitamos respetuosamente a aquéllos que aún no lo han hecho, que consideren acompañar este proyecto con su copatrocinio. Como es sabido, la Argentina ha tenido una activa participación en la elaboración y negociación de la Convención, la cual tiene una especial importancia para mi país y es el primer instrumento jurídicamente vinculante que define a la desaparición forzada como práctica generalizada y sistemática, calificándola como un delito imprescriptible, condena asimismo la apropiación de niños sometidos a desaparición forzada y establece el derecho a la verdad. Asimismo, la labor del Comité permite desarrollar su dimensión preventiva que contempla mecanismos de monitoreo y de alerta temprana. Hasta el momento son 43 los países miembros y 94 los que han firmado la Convención en vigencia, y entendemos que es necesario continuar reforzando este instrumento y lograr su universalidad. 5

Durante la 68 AGNU, se aprobó por primera vez en el marco de la Asamblea General la Resolución sobre Derecho a la Verdad por iniciativa de nuestro país. La misma fue aprobada por consenso y con importante número de copatrocinios. Durante esta Asamblea contamos con la presentación del Relator Especial sobre la Promoción del Derecho a la Verdad, Reparación y garantías de no repetición, quien ilustró sobre la relevancia de las reparaciones, justicia y garantías de no repetición ante cuadros de violaciones masivas a los derechos humanos. Deseamos agradecer nuevamente el apoyo recibido y reiterar el compromiso indeclinable que mantiene la Argentina en la lucha contra la impunidad. Muchas gracias. 6