MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN



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Índice Pág. 1. Introducción 3 2. Objetivos 2.1. Objetivo General 2.2. Objetivos Específicos 3. Antecedentes Históricos 5 4. Marco Jurídico-Administrativo 6 5. Atribuciones 7 6. Políticas 9 7. Organogramas Estructurales 10 8. Funciones Sustantivas 14 8.1. Dirección 14 8.2. Subdirección de Medicina Familiar 16 8.3. Jefatura de Servicio de Medicina Familiar 18 8.4. Subdirección Médica 19 8.5. Coordinación Clínica de Turno 22 8.6. Coordinaciones Clínicas 22 8.7. Jefaturas de Servicios Clínicos 24 8.8. Jefatura de Servicio de UMAA 26 8.9. Jefatura de Servicio de Prevención y Promoción de la Salud para Trabajadores IMSS (SPPSTIMSS) 27 8.10. Coordinación Clínica de Salud en el Trabajo 28 8.11. Coordinación Clínica de Educación e Investigación en Salud 29 8.12. Departamento de Enfermería 30 8.13. Departamento de Trabajo Social 33 8.14. Departamento de Nutrición y Dietética 34 8.15. Subdirección Administrativa 37 8.16. Departamento de Finanzas y Sistemas 40 8.17. Departamento de Personal y Relaciones Contractuales 43 8.18. Departamento de Servicios Generales 44 8.19. Departamento de Conservación 47 8.20. Departamento de Abastecimiento 49 4 4 4 Página 2 de 50 Clave: 2000-002-005

1. Introducción El Instituto Mexicano del Seguro Social desde su fundación, se ha constituido como un instrumento esencial para proteger al trabajador y a su familia, contribuyendo a mejorar su nivel de vida y bienestar social, lo que impone retos y la capacidad de generar respuestas innovadoras acordes con las necesidades que la población derechohabiente requiere. Lo fundamental estriba en establecer bases firmes que sustenten un cambio estructural en la forma en que se hace la asistencia social en el instituto. Para conseguir este cambio estructural es impostergable dar impulso constante y creciente a la profesionalización del quehacer de la asistencia médica social de las Unidades Médicas Hospitalarias de Segundo Nivel de Atención. En el marco del programa presidencial de Simplificación Administrativa y Tala Regulatoria, se hace necesario una revisión y actualización a fondo de la normatividad institucional; lo anterior, viene aunado a la implementación de nuevos programas y estrategias dirigidos a incrementar la calidad de la atención que incluye: la eficiencia en el otorgamiento de servicios, la eficacia de sus procesos generales, la ejecución de sus sistemas de información y medición y la evaluación de los resultados de la operación; aplicables a todos los ámbitos de responsabilidad institucionales y al mismo tiempo, fortalecer la capacidad de gestión y otorgar el apoyo de recursos necesarios a las unidades prestadoras de servicios, mediante la desconcentración de facultades y procesos operativos. Las modificaciones realizadas al Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2006, y sujeto a una última reforma el 20 de enero de 2009 y al Reglamento de Prestaciones Médicas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006, obliga a una profunda actualización de los documentos normativos que regulan los procesos de atención en las Unidades Médicas Hospitalarias de Segundo Nivel. Por otra parte, en el Programa Nacional de Salud 2007-2012, publicado en octubre de 2007 se reestructuró, fortaleciendo el Programa de Certificación de los Establecimientos de Servicios de Salud y el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de la Federación el 13 de Junio de 2008, el Acuerdo para el desarrollo y funcionamiento del Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica (SiNaCEAM), lo que sumado a los cambios internos del Instituto, hace necesario que este manual se actualice, para entre otras cosas, estar acorde con los nuevos requisitos y estándares de calidad que se exigen para cumplir con el proceso de certificación. Para los servicios médicos, este nuevo esquema de organización permitirá autosuficiencia y perfeccionará la correlación de funciones del primero, segundo y tercer nivel de atención a la salud, para favorecer el sistema de referencia y contrarreferencia médica en los tres niveles de atención y favorecerá el cumplimiento de los estándares internacionales para la certificación de los establecimientos de salud. Página 3 de 50 Clave: 2000-002-005

Este principio se llevará a cabo dentro del enfoque de apoyo a la operación hacia la autonomía de gestión en los servicios médicos, en virtud de que las Unidades Médicas Hospitalarias del Segundo Nivel de Atención se convierten en el canal de comunicación directo para coordinar, atender y apoyar los requerimientos para la operación y funcionamiento de las Unidades de Medicina Familiar que conforman las zonas de influencia. Por este motivo, se requiere fortalecer la infraestructura de los servicios que prestan estas unidades, a través de una organización y asignación de funciones que hagan posible cumplir con la responsabilidad, objetivos y metas que se les confiere. Con base en lo anterior, se elaboró el presente documento que contiene las atribuciones, objetivos, políticas, organogramas estructurales y funciones de las Unidades Médicas Hospitalarias del Segundo Nivel de Atención. 2. Objetivos 2.1 Objetivo General Otorgar atención médica eficiente, oportuna y segura, conforme a los conocimientos médicos y principios éticos vigentes, que permita satisfacer las necesidades de salud y las expectativas de los usuarios y de los prestadores de servicios, así como fomentar la educación y la investigación en salud a través de una administración eficiente y transparente de los recursos institucionales. 2.2 Objetivos Específicos Proporcionar atención médica preventiva, diagnóstica, curativa y de rehabilitación en forma integral, de calidad, segura y con sentido humanista a los derechohabientes que les sean remitidos por las unidades médicas en la zona de influencia, así como a los no derechohabientes que estén amparados en virtud de los diferentes convenios que contempla la Ley, sin afectar la atención de los derechohabientes y hasta el límite de su capacidad instalada. Brindar apoyo técnico y de recursos, necesarios para la operación de las Unidades de Medicina Familiar ubicadas en la zona de influencia, de conformidad con los principios del proceso de apoyo a la operación hacia la autonomía de gestión. Favorecer el cumplimiento de los estándares internacionales para la certificación de los Hospitales de Segundo Nivel de Atención en el marco del Programa de Certificación de los Establecimientos del Sistema de Salud. Página 4 de 50 Clave: 2000-002-005

3. Antecedentes Históricos Desde su fundación el 19 de enero de 1943, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una de las instituciones más importantes del país; es también una organización que posee un pasado ilustre, un presente vigoroso y un futuro promisorio, a cuya consolidación nos corresponde contribuir con compromiso, trabajo y esfuerzo. Derivado de lo anterior, se han buscado diferentes estrategias para lograr una organización, dirección y administración de sus recursos que le permitan una operación adecuada que asegure el cumplimiento de sus postulados. En 1953, existían sólo cinco sanatorios que presentaban servicios a los derechohabientes, distribuidos en diferentes rumbos de la ciudad: el Sanatorio número 1, ubicado en la confluencia de las avenidas México y Michoacán; el número 2, especializado en Oncología, situado en la calle de Niños Héroes; el 3, en las calles de Inglaterra, en Coyoacán; el 4, de Traumatología, ubicado en las instalaciones de lo que había sido el Hospital Italiano, en la calzada de Tlalpan; y el 5, Urológico, en la calle de Colima. Posteriormente se incorporó el Hospital de Neuropsiquiatría en la colonia Santa María. Dadas las restricciones en su funcionamiento y estructura que presentaban, las autoridades institucionales se dieron a la tarea de elaborar un plan de construcción de hospitales modernos, amplios, suficientemente dotados de personal y equipo médico, capaces de alcanzar un sentido de medicina de excelencia que trasformará los viejos hospitales tradicionales. En 1954 se inauguró el primer Hospital de Zona, que se conocería como Hospital de La Raza, por su cercanía con el monumento de dicho nombre y que en la actualidad forma parte del Centro Médico Nacional La Raza. En las décadas de los sesentas y los setentas, se planearon diversas Clínicas y Hospitales a lo largo y ancho del territorio nacional, incluyendo el antiguo Centro Médico Nacional que pertenecía a la Secretaría de Salubridad y Asistencia, el cual sufrió serios daños en el sismo ocurrido en 1985, por lo que se reconstruyó casi en su totalidad y dio origen al actual Centro Médico Nacional Siglo XXI. Al mes de mayo de 2012, el Segundo Nivel de Atención está constituido por 230 Unidades Médicas Hospitalarias, dos unidades de apoyo y 18 Unidades Médicas de Atención Ambulatoria (UMAA, nueve autónomas y nueve anexas a Hospital). Página 5 de 50 Clave: 2000-002-005

4. Marco Jurídico-Administrativo Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, última reforma publicada en DOF 09-02-2012. Artículo 4o. Artículo 123, Apartado A Fracción XXIX. Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1945, vigente al 04-06-2012. Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984, última reforma publicada en DOF 07-06-2012. Artículos 61, 62, 64 y 67 a 70. Ley General de Población, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 1974, última reforma aplicada en DOF 09-04-2012. Artículo 3o. Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 diciembre de 1995, última reforma publicada en DOF 28-05-2012. Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de abril de 1970, última reforma publicada en DOF 09-04-2012. Artículo 487. Ley Federal sobre Metrología y Normalización, nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de julio de 1992, última reforma publicada en DOF 09-04-2012. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 2000, última reforma publicada en DOF 16-01- 2012. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002, última reforma publicada en DOF 15-06-2012. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Gubernamental, nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2002, última reforma publicada en DOF 08-06-2012. Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1999. Página 6 de 50 Clave: 2000-002-005

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 1986, última reforma el 04-12-2009. Contrato Colectivo de Trabajo IMSS-SNTSS 2011-2013 Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2006, última reforma el 20-01-2009. Reglamento de Prestaciones Médicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006. Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud publicado en Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2011. Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación 28 de enero de 1997. Reglamento de Servicios Médicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 1997, y sus reformas y adiciones del 30 de septiembre del 2000 y 20 de agosto del 2002. Norma que establece las disposiciones para la aplicación de los Programas Integrados de Salud PREVENIMSS, en el Instituto Mexicano del Seguro Social (2000-001-019) 07-12- 2012. 5. Atribuciones Son facultades de la Dirección de Prestaciones Médicas descritas en el artículo 82 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, las siguientes: I. Planear, dirigir y normar las acciones relacionadas con la prestación de los servicios médicos, de rehabilitación y de salud pública, atención de los riesgos de trabajo, educación e investigación en salud, así como analizar sus resultados; II. Normar la participación institucional en la atención de problemas de salud de la población en general, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal relacionadas con el Sistema Nacional de Salud; III. Atender los asuntos que le competen, en coordinación con las unidades administrativas a su cargo y los órganos Normativos, Colegiados, de Operación Administrativa Desconcentrada y Operativos; Página 7 de 50 Clave: 2000-002-005

IV. Emitir la normatividad institucional relativa a vigilancia epidemiológica, medicina preventiva, fomento a la salud, salud reproductiva, salud materno infantil, educación médica, investigación médica, salud en el trabajo y la prestación de los servicios médicos y de rehabilitación en sus tres niveles de atención; V. Participar con las demás unidades administrativas y entidades del Sistema Nacional de Salud, en la vigilancia epidemiológica de la población; VII. Emitir la normatividad necesaria para la correcta y adecuada atención institucional de las disposiciones relacionadas con Cuadros Básicos de Insumos para la Salud, así como para la integración y funcionamiento de los comités correspondientes; X. Establecer coordinación con los Órganos Normativos correspondientes para definir conjuntamente políticas, programas y acciones dirigidas a la población usuaria en materia de salud; XI. Establecer, operar y explotar el sistema de información médica, de acuerdo con los lineamientos del Instituto y los del Sistema Nacional de Salud; XIII. Planear, dirigir y analizar en coordinación con los Órganos Normativos competentes, la capacitación y el fomento de la cultura de la calidad relacionada con la prestación de los servicios médicos; XV. Validar en campo los nuevos modelos de organización de servicios de salud, en coordinación con los órganos Normativos y de Operación Administrativa Desconcentrada, así como generalizar y normar aquellas acciones de calidad que se compruebe mejoran los procesos correspondientes; XVI. Orientar, capacitar y coadyuvar con los Órganos Normativos y de Operación Administrativa Desconcentrada competentes, en el desarrollo de propuestas de funciones, normas de operación, nuevos esquemas de funcionamiento y criterios de clasificación de unidades de servicio que garanticen la calidad de los servicios de salud; XVII. Administrar los proyectos de cambio, orientados a la mejora de la gestión clínica y a la satisfacción del usuario de las prestaciones médicas; XVIII. Diseñar y operar, en coordinación con los Órganos Normativos, de Operación Administrativa Desconcentrada y unidades operativas competentes, un sistema de seguimiento y evaluación de los procesos de atención a la salud; XIX. Normar y promover con la participación de los Órganos Normativos, de Operación Administrativa Desconcentrada y unidades operativas competentes, las acciones que impulsen la calidad y el mejoramiento de los procesos de atención a la salud; Página 8 de 50 Clave: 2000-002-005

6. Políticas Dirigirán los esfuerzos de las acciones preventivas, terapéuticas médicas y quirúrgicas, y de rehabilitación al derechohabiente, como actor principal en el proceso de la atención médica. Otorgarán atención médica dando preferencia a las actividades de promoción y fomento de la salud, prevención del riesgo, protección, recuperación y rehabilitación en términos generales y reforzarán las medidas preventivas en el proceso de atención médica. Implantarán acciones que permitan fortalecer la interacción entre los diferentes niveles de atención, así como el sistema de referencia y contrarreferencia de los pacientes en la zona de adscripción. Propiciarán la participación de equipos multidisciplinarios de salud, para la identificación y solución de problemas de salud pública en la zona de adscripción. Fortalecerán la difusión de acciones y procedimientos que permitan el autocuidado y la reducción de riesgo a la salud, a través de un proceso continuo de información, comunicación y educación para la salud. Fortalecerán la formación, capacitación y el desarrollo técnico y profesional del personal para la salud. Promoverán el desarrollo de investigación en salud, que permita el desarrollo científico y técnico de la atención médica, así como la detección oportuna de factores de riesgo en la población. Dirigirán los programas de formación, capacitación y desarrollo técnico y profesional a equipos multidisciplinarios para la atención integral y tendrán que ser congruentes con las necesidades y demandas de la población derechohabiente, reflejadas en los resultados del diagnóstico situacional. Propiciarán la evaluación técnica constante para detectar factores de riesgo e implantarán medidas preventivas para el cuidado del medio ambiente laboral para favorecer la salud física, mental, nutricia y social de los trabajadores. Efectuarán los procesos de supervisión y evaluación en forma oportuna, así como las acciones de asesoría y apoyo a las áreas operativas de la Unidad, para favorecer los procesos en el otorgamiento de servicios. Página 9 de 50 Clave: 2000-002-005

7. Organogramas Estructurales 7.1. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención A DIRECCIÓN UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE 2do. NIVEL DE ATENCIÓN A, MODELO DE 200 Ó MÁS CAMAS Y DE MÁS DE 1000 PLAZAS AUTORIZADAS. SUBDIRECCIÓN DE MEDICINA FAMILIAR SUBDIRECCIÓN MÉDICA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA COORDINACIÓN CLÍNICA DE TURNO COORDINACIÓN CLÍNICA DE MEDICINA INTERNA COORDINACIÓN CLÍNICA DE PEDIATRÍA COORDINACIÓN CLÍNICA DE CIRUGÍA COORDINACIÓN CLÍNICA DE GINECO- OBSTETRICIA COORDINACIÓN CLÍNICA DE AUXILIARES DE DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO COORDINACIÓN CLÍNICA DE SALUD EN EL TRABAJO COORDINACIÓN CLÍNICA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN EN SALUD J E F A T U R A S D E MEDICINA FAMILIAR MEDICINA INTERNA JEFATURA DE URGENCIAS PEDIATRÍA NEONATOLOGÍA CIRUGÍA TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA GINECO- OBSTETRICIA TOCOCIRUGÍA RADIO- DIAGNÓSTICO RADIOTERAPIA DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y SISTEMAS DEPARTAMENTO DE PERSONAL Y RELACIONES CONTRACTUALES S E R V I C I O S TERAPIA INTENSIVA MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN ANESTESIOLOGÍA QUIRÓFANO JEFATURA DE LABORATORIO ANATOMÍA PATOLÓGICA JEFATURA DE SPPSTIMSS DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN JEFATURA DE SERVICIO DE UMAA MEDICINA NUCLEAR DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO SPPSTIMSS: Servicios de Prevención y Promoción de la Salud para los Trabajadores del IMSS. JEFATURA DE BANCO DE SANGRE DEPARTAMENTO DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA Página 10 de 50 Clave: 2000-002-005

7.2. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención B UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE 2do. NIVEL DE ATENCIÓN B, MODELO DE 89 A 199 CAMAS Y DE 601 A 999 PLAZAS AUTORIZADAS. DIRECCIÓN SUBDIRECCIÓN DE MEDICINA FAMILIAR SUBDIRECCIÓN MÉDICA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA COORDINACIÓN CLÍNICA DE TURNO COORDINACIÓN CLÍNICA DE MEDICINA INTERNA COORDINACIÓN CLÍNICA DE PEDIATRÍA COORDINACIÓN CLÍNICA DE CIRUGÍA COORDINACIÓN CLÍNICA DE GINECO- OBSTETRICIA COORDINACIÓN CLÍNICA DE AUXILIARES DE DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO COORDINACIÓN CLÍNICA DE SALUD EN EL TRABAJO COORDINACIÓN CLÍNICA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN EN SALUD J E F A T U R A S D E MEDICINA FAMILIAR MEDICINA INTERNA JEFATURA DE URGENCIAS PEDIATRÍA CIRUGÍA TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA GINECO- OBSTETRICIA RADIO- DIAGNÓSTICO RADIOTERAPIA DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y SISTEMAS DEPARTAMENTO DE PERSONAL Y RELACIONES CONTRACTUALES S E R V I C I O S TERAPIA INTENSIVA MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN ANESTESIOLOGÍA JEFATURA DE LABORATORIO ANATOMÍA PATOLÓGICA JEFATURA DE SPPSTIMSS DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN JEFATURA DE SERVICIO DE UMAA JEFATURA DE BANCO DE SANGRE DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO SPPSTIMSS: Servicios de Prevención y Promoción de la Salud para los Trabajadores del IMSS. DEPARTAMENTO DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA Página 11 de 50 Clave: 2000-002-005

7.3. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención C UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE 2do. NIVEL DE ATENCIÓN C, MODELO DE 57 A 89 CAMAS Y DE 301 A 600 PLAZAS AUTORIZADAS. DIRECCIÓN SUBDIRECCIÓN DE MEDICINA FAMILIAR SUBDIRECCIÓN MÉDICA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA COORDINACIÓN CLÍNICA DE TURNO J E F A T U R A S D E MEDICINA FAMILIAR MEDICINA INTERNA JEFATURA DE URGENCIAS PEDIATRÍA CIRUGÍA ANESTESIOLOGÍA GINECO- OBSTETRICIA RADIO- DIAGNÓSTICO JEFATURA DE LABORATORIO SALUD EN EL TRABAJO EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN EN SALUD DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y SISTEMAS DEPARTAMENTO DE PERSONAL Y RELACIONES CONTRACTUALES S E R V I C I O S JEFATURA DE SPPSTIMSS DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN SPPSTIMSS: Servicios de Prevención y Promoción de la Salud para los Trabajadores del IMSS. DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO DEPARTAMENTO DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA Página 12 de 50 Clave: 2000-002-005

7.4. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención D UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE 2do. NIVEL DE ATENCIÓN D, MENOS DE 57 CAMAS Y HASTA 300 PLAZAS AUTORIZADAS. DIRECCIÓN SUBDIRECCIÓN MÉDICA JEFATURA DE SERVICIO DE MEDICINA FAMILIAR ADMINISTRACIÓN DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA Página 13 de 50 Clave: 2000-002-005

8. Funciones Sustantivas 8.1. Dirección Organizar los procesos de atención médica integral y administrativa, conforme a la misión y visión de la Unidad y en su caso de Medicina Familiar y Unidad Médica de Atención Ambulatoria, con apego al marco legal y normativo vigente haciendo uso de indicadores, criterios o estándares definidos Integrar y mantener actualizado el acervo normativo, bibliográfico e informativo de la Unidad para el cumplimiento de sus funciones. Vigilar y acatar el correcto cumplimiento de leyes, reglamentos y normas institucionales, así como las disposiciones dictadas por autoridades superiores del instituto y del sector salud. Comunicar a los órganos dependientes de la Dirección, los objetivos, metas y programas asignados, así como los mecanismos para su ejecución; coordinar su evaluación, desarrollo y cumplimiento y comunicar a las Coordinaciones Delegacionales integrantes de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas y Cuerpo de Gobierno de la Unidad, sobre los resultados obtenidos. Coordinar la elaboración e integración del diagnóstico de salud y situacional de la Unidad, con base en los resultados de la información estadística de los servicios; identificar la problemática, definir acciones para su solución, integrar el programa de trabajo y presentarlo a la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas para su autorización. Coordinar y controlar los programas específicos de trabajo de las áreas de servicio de la Unidad, evaluar resultados con base en las metas, objetivos y el programa autorizado, comunicando al Cuerpo de Gobierno las decisiones emitidas al respecto por las autoridades delegacionales, para su difusión al personal operativo de la Unidad. Implantar, supervisar y verificar la aplicación de los indicadores autorizados para la evaluación y medición del desempeño, productividad, calidad y eficiencia de los procesos y servicios médico-administrativos, así como difundir la metodología para su aplicación y los resultados obtenidos. Informar a la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas, los resultados de los programas y proporcionar los elementos adicionales de información que le sean requeridos. Página 14 de 50 Clave: 2000-002-005

Fortalecer la calidad y el mejoramiento continuo de los procesos de la atención médica integral, a través del desarrollo de programas de capacitación y de proyectos de investigación orientados a la solución de la problemática identificada en el diagnóstico situacional. Efectuar supervisiones directas a las áreas de servicio de la Unidad, con el objeto de verificar que la atención a la población usuaria sea otorgada con calidad, oportunidad y sobre todo con sentido humano. Supervisar el correcto desarrollo de los programas de vigilancia epidemiológica en el ámbito de la Unidad, así como de la operación y funcionamiento del sistema integral de información médica. Supervisar el cumplimiento de normas y procedimientos institucionales en materia de prevención y dictaminación de los riesgos de trabajo, determinación del estado de invalidez y beneficiario incapacitado, además de la reincorporación laboral y prevención y promoción de la salud en trabajadores IMSS en el ámbito de la Unidad y unidades médicas, sociales y administrativas dependientes. Convocar y presidir reuniones con el Cuerpo de Gobierno de la unidad, a fin de definir estrategias de actuación y dar solución a la problemática detectada. Integrar, presidir y vigilar el funcionamiento de los diferentes comités, subcomités, y comisiones; verificar el cumplimiento de las acciones acordadas en sus sesiones y evaluar resultados. Verificar el cumplimiento de la vigilancia epidemiológica en la unidad, unidades de la zona y guarderías bajo su responsabilidad y el registro de la información epidemiológica específica, notificación inmediata de casos en sistemas especiales, de trascendencia, infecciones nosocomiales y brotes hospitalarios, comunitarios y de guardería, así como aplicar oportunamente las medidas de prevención y control en el ámbito que corresponda y notificar a la Delegación y en forma paralela a la Instancia de la Secretaría de Salud que corresponda. Vigilar que se efectúe el seguimiento y control del sistema de referencia y contrarreferencia en su unidad y unidades en su área de influencia. Establecer vinculación extra institucional con organismos públicos y privados para dar cumplimiento a los programas de prevención, promoción y atención a la salud en el ámbito de su competencia. Gestionar y solicitar a las autoridades de la Delegación los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros necesarios para el correcto funcionamiento de la unidad, y que aseguren el cumplimiento de los objetivos y metas del programa de trabajo. Página 15 de 50 Clave: 2000-002-005

Sancionar la elaboración e integración del presupuesto anual de gastos de la unidad, de conformidad con el techo financiero asignado y presentarlo a las autoridades delegacionales para su autorización. Verificar el correcto ejercicio del presupuesto autorizado, con base en los resultados del análisis de las variaciones presupuestales. Verificar que la administración de los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros asignados a la Unidad, se realice de acuerdo con las normas vigentes. Aprobar los requerimientos de obras menores de su Unidad y presentar a la Delegación las propuestas de modificación a las áreas físicas de la Unidad, que rebasen su capacidad resolutiva. Evaluar los casos de trabajadores de la Unidad que hayan incurrido en infracciones al Contrato Colectivo de Trabajo, suscribir las actas administrativas procedentes y turnar al área jurídica de la Delegación, dentro del plazo establecido, para la investigación y resolución correspondientes. Vigilar que se proporcione la atención y solución a las demandas, quejas e inconformidades presentadas por la población derechohabiente. 8.2. Subdirección de Medicina Familiar Evaluar y dirigir los procesos de la atención médica, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente haciendo uso de indicadores, criterios o estándares definidos. Integrar el diagnóstico situacional, programa de trabajo y la gestión de recursos con la participación de las diferentes áreas médicas y administrativas de la Unidad y acorde a la misión y visión de la Unidad, al marco legal-normativo vigente y las Guías de Práctica Clínica. Validar el proyecto del presupuesto anual de gastos de Medicina Familiar de conformidad con el techo financiero asignado y presentarlo al director de la Unidad para firma. Vigilar el cumplimiento de las políticas, disposiciones institucionales y nacionales vigentes en materia de Atención Médica, Salud en el Trabajo, Prevención y Promoción de la Salud de los derechohabientes y Trabajadores IMSS, Salud Reproductiva, Vigilancia Epidemiológica, Programas Integrados de Salud. Coordinar la ejecución de programas institucionales, programas emergentes o contingencias de la Unidad Médica. Página 16 de 50 Clave: 2000-002-005

Analizar los resultados obtenidos del desarrollo de los diferentes procesos de la atención que se proporciona en el servicio de Medicina Familiar y que sea acorde al Programa de Trabajo, Normas y Procedimientos Institucionales, Guías de Práctica Clínica, Guías Técnicas y Guías para el Cuidado de la Salud. Gestionar ante el Director de la Unidad las necesidades de espacios físicos dignos, equipo, instrumental, mobiliario de cada uno de los servicios de la Unidad, la cobertura de personal médico, paramédico y administrativo, de acuerdo a los indicadores de fuerza de trabajo. Establecer vinculación extra institucional con organismos públicos y privados para dar cumplimiento a los programas de prevención, promoción y atención a la salud en el ámbito de su competencia. Participar en los diferentes comités y comisiones en el ámbito de su competencia que se integran en la Unidad y dar cumplimiento de las recomendaciones emitidas por estos, con énfasis en quejas, demandas o inconformidades de la población derechohabiente, así como su seguimiento. Vigilar que los médicos de los servicios operativos de Atención Médica, Estomatología, Salud en el Trabajo, Planificación Familiar cumplan con sus actividades médico - asistenciales y técnico - administrativas establecidas en la normatividad vigente. Coordinar las actividades del personal de salud para dar cumplimiento a los acuerdos institucionales y extra institucionales que coadyuven en la mejora continua de la calidad de los servicios y la seguridad de los pacientes, con base a la estructura y capacidad resolutiva de la Unidad. Vigilar que la información generada de los estudios epidemiológicos, listados nominales de las enfermedades sujetas a vigilancia epidemiológica cumplan con la protección de datos personales de acuerdo a los lineamientos del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública. Vigilar que la información generada de la atención preventiva integrada y acciones de planificación familiar se registre en el expediente clínico y/o en el formato RAIS, asimismo se expidan los informes correspondientes de los Programas Integrados de Salud. Verificar que se genere y envíe oportunamente el informe semanal de casos nuevos de enfermedades transmisibles y no transmisibles, de acuerdo al calendario epidemiológico establecido. Página 17 de 50 Clave: 2000-002-005

8.3. Jefatura de Servicio de Medicina Familiar Organizar los procesos de la atención médica, conforme a la misión y visión de la Unidad con apego al marco legal y normativo vigente haciendo uso de indicadores, criterios o estándares definidos. Elaborar su programa de trabajo considerando los factores biológicos, psicológicos, sociales, culturales, geográficos, las necesidades y demandas de su población, descritos en los diagnósticos situacionales elaborados por los médicos familiares y no familiares de los consultorios y servicios a su cargo, y entregar para su integración al Subdirector Médico o en su caso al Director de la Unidad. Dar cumplimiento a las políticas, normas, procedimientos, lineamientos y programas emitidos por el IMSS y analizar con los responsables de los servicios, los resultados obtenidos del desarrollo de los diferentes procesos. Vigilar el desarrollo de los procesos de la atención médica que se proporciona en los servicios de la Unidad y que sea acorde al programa de trabajo, normas institucionales y en su caso a las guías de práctica clínica, y comunicar los resultados al Subdirector Médico o en su caso al Director de la Unidad, para identificar áreas de mejora. Supervisar que el médico no familiar (epidemiólogo), utilice los recursos humanos, materiales y financieros del servicio de medicina preventiva para la localización, identificación, notificación, diagnóstico, tratamiento, eliminación y clasificación de casos asociados epidemiológicamente, durante el desarrollo del estudio de los contactos de aquellos enfermos sujetos a vigilancia epidemiológica. Participar con los Jefes de Servicio y coordinar con el personal a su cargo, la ejecución de programas institucionales, programas emergentes o contingencias de la Unidad. Supervisar y asesorar a los médicos familiares, para el seguimiento de los derechohabientes a quienes se practique una detección y el resultado sea anormal, para que se le garantice la evaluación diagnóstica y tratamiento oportuno correspondiente. Propiciar la participación de los médicos familiares en el control y seguimiento de las enfermedades transmisibles, no transmisibles, con base y cumplimiento en los documentos normativos y técnicos existentes. Verificar y orientar a los médicos familiares y estomatólogos a su cargo sobre la prescripción razonada de medicamentos, el uso adecuado de los auxiliares de diagnóstico y del sistema de referencia-contrarreferencia para que éstos, se soliciten con base a los procedimientos normativos y guías de práctica clínica. Página 18 de 50 Clave: 2000-002-005

Supervisar y orientar a los médicos familiares y estomatólogos a su cargo sobre la prescripción y expedición de certificados de incapacidad temporal para el trabajo a los asegurados, de empresas afiliadas y trabajadores IMSS para que se fundamente el diagnóstico, con base a la historia natural de la enfermedad, el puesto específico de trabajo y el Reglamento de Prestaciones Médicas. Supervisar que el personal de salud describa en forma integral en el sistema de información vigente o formatos institucionales, el motivo de la atención médica, el servicio otorgado y validar la calidad de los mismos con base a la normatividad institucional y federal vigente. Participar en los diferentes comités y comisiones en el ámbito de su competencia que se integran en la Unidad y dar cumplimiento de las recomendaciones emitidas por éstos, con énfasis en quejas, demandas o inconformidades de la población derechohabiente, así como su seguimiento. Coordinar las actividades del personal de salud, para atender los acuerdos institucionales y extrainstitucionales que coadyuvan en la mejora continua de la calidad de los servicios y la seguridad del paciente. 8.4. Subdirección Médica Organizar, los procesos de atención médica y administrativos en el ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. Coordinar y controlar las áreas y servicios dependientes de la Subdirección Médica a su cargo. Realizar las funciones del Director de la Unidad en caso de ausencia del mismo. Difundir y vigilar el cumplimiento de las políticas, normas y programas médico-asistenciales emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto en las coordinaciones, áreas y servicios dependientes de la Subdirección Médica. Promover la participación del personal dependiente de la Subdirección Médica, en la elaboración o actualización de normas y programas médico-asistenciales y presentar a la Dirección de la Unidad, las propuestas resultantes para su valoración. Coordinar la integración del diagnóstico situacional de las diferentes coordinaciones, áreas y servicios dependientes de la Subdirección Médica. Elaborar el programa de trabajo de la Subdirección Médica y coordinar la integración de los diferentes servicios para conformar el programa de trabajo de la Unidad. Página 19 de 50 Clave: 2000-002-005

Comunicar a los Coordinadores Clínicos las metas comprometidas de cada servicio, derivadas del programa de trabajo autorizado y del diagnóstico situacional, efectuar el seguimiento correspondiente e informarles de los resultados de la evaluación practicada para verificar su avance y cumplimiento. Vigilar que los servicios médicos se otorguen con calidad, oportunidad, seguridad y sentido humano. Controlar la aplicación de medidas de solución a los problemas que se presentan en los procesos de atención médica identificados en el diagnóstico situacional de la Unidad. Vigilar que se realice el control del sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes, entre la Unidad y otras unidades en la zona de influencia. Vigilar el uso correcto de certificados de incapacidad y de recetarios, entregados al personal médico facultado para su expedición. Coordinar las acciones para la investigación, prevención y control de infecciones asociadas a la hospitalización, la valoración de la efectividad de la atención quirúrgica y de los mecanismos para la evaluación y seguimiento de la atención médica. Supervisar que el personal médico a cargo de la Subdirección Médica identifique los padecimientos sujetos a vigilancia epidemiológica, y notificación al médico epidemiólogo o responsable de la vigilancia epidemiológica para su control y prevención en forma oportuna, contribuyendo con ello a limitar el daño en la población. Supervisar la participación de las Coordinaciones Clínicas y Jefaturas de Servicio en los diferentes comités y subcomités de la Unidad, para la elaboración del diagnóstico situacional, programas de trabajo, informes y definir e implementar acciones de mejora. Evaluar el resultado de los procesos de registro, integración, proceso, validación y difusión de la información médica generada en la Unidad, así como la debida protección durante la recepción, traslado y entrega de informes, correspondencia y medios magnéticos y aplicar soluciones a la problemática detectada. Supervisar la aplicación de los indicadores autorizados de productividad, desempeño, calidad y eficiencia de los servicios médicos otorgados en la Unidad y evaluar sus resultados. Establecer la comunicación necesaria con el Coordinador Clínico de Turno, a fin de garantizar la continuidad del proceso de atención médica en la Unidad, para los turnos vespertino y nocturno. Página 20 de 50 Clave: 2000-002-005

Coordinar la interrelación productiva entre los Equipos de Supervisión Delegacional y los responsables de los diversos servicios de la Unidad, para facilitar el buen desarrollo de las supervisiones. Promover y apoyar las acciones de capacitación, desarrollo e investigación científica del personal dependiente de la Subdirección Médica, a fin de dar continuidad y calidad a la atención médica integral. Asesorar y apoyar en aspectos técnico-médicos, a los diferentes servicios dependientes de la Subdirección Médica. Promover el uso racional de los recursos de personal, materiales, tecnológicos y financieros asignados a la Subdirección Médica y órganos dependientes. Aplicar la supervisión directiva en la evaluación de los procesos de atención médica a su cargo. Establecer estrecha coordinación con la Subdirección Administrativa, para solicitar el abasto oportuno de equipo, material de curación y ropa hospitalaria, así como de la atención a las solicitudes de mantenimiento y conservación de los equipos e instalaciones de las áreas de atención médica. Establecer estrategias de coordinación entre los distintos servicios de la Unidad, para lograr su interrelación funcional (vinculación interna), y favorecer la continuidad de la atención médica integral. Participar en la supervisión directa a los diferentes servicios de la Unidad, para garantizar la atención oportuna y de calidad. Informar al Director de la Unidad, sobre el avance en el cumplimiento de metas y resultados del programa de trabajo médico-asistencial, con la periodicidad establecida. Atender a los derechohabientes que manifiesten inconformidades, quejas o sugerencias, con el objetivo de gestionar inmediatamente su resolución y promover estrategias de mejora para evitar la repetición de las quejas o inconformidades. Coordinar la integración de la información para dar respuesta a las quejas remitidas por las diferentes instancias intra y extra institucionales de acuerdo al Instructivo para el trámite y resolución de quejas administrativas ante el IMSS. Página 21 de 50 Clave: 2000-002-005

8.5. Coordinación Clínica de Turno Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de atención médica y administrativos en el ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. Conocer y aplicar en el turno bajo su responsabilidad, las políticas, normas y programas emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto relativas a los aspectos médicoasistenciales de la Unidad; identificar desviaciones en su aplicación, coordinar las acciones y tomar medidas para su solución. Mantener estrecha coordinación con el Subdirector Médico, para garantizar la continuidad de la función directiva, así como la calidad en la atención médica de los pacientes en la Unidad, durante el turno de su responsabilidad. Verificar la participación de las Coordinaciones Clínicas en los diferentes comités y subcomités de la Unidad, para la elaboración del diagnóstico situacional, programas de trabajo, informes y definir e implementar acciones de mejora. Vigilar y controlar los procesos de atención médica y administrativos durante el turno bajo su responsabilidad, así como efectuar visitas de supervisión a los servicios y adoptar medidas procedentes en caso de detectar alguna desviación. Vigilar que se proceda de acuerdo con las normas vigentes, en los casos de pacientes implicados en situaciones judiciales y que hayan ingresado a la Unidad durante el turno bajo su responsabilidad. Realizar la entrega-recepción del turno bajo su responsabilidad e informar al Subdirector Médico de la problemática relevante y soluciones adoptadas. Promover la coordinación necesaria entre los distintos servicios de la Unidad, que operen en el turno bajo su responsabilidad, para favorecer una óptima interrelación funcional. 8.6. Coordinaciones Clínicas Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de atención médica y administrativos en el ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. Participar y coordinar la elaboración del diagnóstico situacional y el programa de trabajo de los servicios a su cargo y presentarlos al Subdirector Médico para su aprobación. Página 22 de 50 Clave: 2000-002-005

Aplicar y vigilar el cumplimiento de las políticas, normas y programas emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto, relativas a los aspectos médico-administrativos de los servicios a su cargo. Validar la aplicación de los lineamientos técnico-médicos y administrativos del proceso de atención médica de los servicios dependientes de la Coordinación Clínica a su cargo. Supervisar que en los servicios a su cargo se realicen las actividades de vigilancia, prevención y control de las infecciones nosocomiales de acuerdo a la normatividad, así como la notificación inmediata de los casos sujetos a la vigilancia epidemiológica. Evaluar los resultados de los procesos de atención médica que se desarrollan en los servicios a su cargo, con base en los criterios, estándares, e indicadores establecidos por las direcciones normativas y definir las medidas de solución a las variaciones detectadas. Validar la información médico-operativa y técnico-administrativa que se genere en los servicios dependientes de la Coordinación. Efectuar el control del sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes, de los servicios dependientes de la Coordinación Clínica a su cargo. Validar las necesidades de capacitación y desarrollo así como los proyectos de investigación propuestos por el personal dependiente, orientados a la solución de la problemática identificada en el diagnóstico situacional de la Coordinación Clínica a su cargo. Participar en los diferentes comités y subcomités de la Unidad que se le solicite y cumplir con las recomendaciones emitidas en el ámbito de su competencia. Participar en la determinación del presupuesto anual de gastos de la Coordinación, tomando como base las políticas de racionalidad presupuestal y autonomía de gestión. Identificar las necesidades de recursos humanos, técnicos, materiales y financieros y solicitar al Subdirector Médico su cobertura, para asegurar el cumplimiento de metas y objetivos de los servicios dependientes de la Coordinación. Organizar y controlar los recursos humanos e insumos de la Coordinación, de acuerdo con las metas y presupuesto asignado. Validar el cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de equipo e instalaciones de la Coordinación. Concertar con el Subdirector Médico, las estrategias para el desarrollo de los procesos médico-administrativos que se desarrollan en la Coordinación y servicios dependientes. Página 23 de 50 Clave: 2000-002-005

Definir estrategias de coordinación entre los diferentes órganos de la Unidad y Servicios, para favorecer su interrelación funcional óptima. Fomentar actitudes de servicio y relaciones armónicas entre el personal dependiente de la Coordinación, para lograr la satisfacción de los usuarios y del propio trabajador. Informar al Subdirector Médico los resultados de las metas y programas asignados, así como de la aplicación del proceso de autogestión administrativa de la Coordinación. 8.7. Jefaturas de Servicios Clínicos Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de atención médica y administrativos en el ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. Aplicar las políticas, normas y programas emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto relativas a los aspectos médico-asistenciales del servicio a su cargo, así como las estrategias para su ejecución. Implantar los lineamientos normativos de manejo técnico-médico y técnico-administrativo del proceso de la atención médica en el servicio a su cargo. Supervisar en los servicios a su cargo se realicen las actividades de la vigilancia, prevención y control de las infecciones nosocomiales de acuerdo a la normatividad, así como la notificación inmediata de los casos sujetos a la vigilancia epidemiológica. Informar al personal del servicio a su cargo los resultados de la evaluación del cumplimiento de metas y objetivos del programa de trabajo. Difundir al personal del servicio a su cargo las metas a alcanzar en los diferentes programas emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto y lograr la motivación adecuada en el personal para lograrlas, dentro de un proceso de mejora continua. Elaborar el programa de trabajo del servicio a su cargo, con base en los resultados de su diagnóstico situacional y presentarlo al Coordinador Clínico para su aprobación, para su posterior desarrollo y control. Participar en las reuniones de los diferentes comités de la Unidad y desempeñar las labores encomendadas en los mismos. Verificar que la atención médica se otorgue a los pacientes de forma integral, con calidad, oportunidad y seguridad. Página 24 de 50 Clave: 2000-002-005

Evaluar el proceso de la atención médica en el servicio a su cargo con base en los criterios, estándares e indicadores establecidos por las Direcciones Normativas, así como definir y aplicar soluciones para mejorar los resultados Participar en las reuniones de Cuerpo de Gobierno del Hospital a fin de analizar los resultados de la operación del servicio y determinar medidas de solución a la problemática detectada. Participar y colaborar con el equipo de salud en la visita médica de los pacientes hospitalizados en su servicio. Participar con el personal médico tratante en el análisis de casos clínicos problema detectados, para determinar el diagnóstico y terapia procedentes. Supervisar la aplicación de controles del sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes así como el seguimiento y evaluación correspondientes. Analizar y validar la información médico-operativa y técnico-administrativa que se genere en el servicio a su cargo. Proponer al Coordinador Clínico las necesidades de capacitación y desarrollo de personal del servicio a su cargo. Proponer al Coordinador Clínico los proyectos de investigación del personal del servicio a su cargo, dirigidos a la solución de problemas identificados en el diagnóstico situacional. Apoyar el otorgamiento de la atención médica integral mediante el uso racional, coordinado y oportuno de los recursos existentes en la Unidad. Identificar las necesidades de recursos de personal, físicos, materiales y tecnológicos del servicio a su cargo y presentarlas al Coordinador Clínico respectivo. Colaborar en la determinación del presupuesto anual de gastos del servicio a su cargo. Participar en el establecimiento de dotaciones fijas de insumos del servicio a su cargo con base en la demanda de atención médica. Colaborar en la elaboración de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de los recursos físicos, materiales y tecnológicos del servicio a su cargo. Acordar y desarrollar con el Coordinador Clínico, otras Jefaturas de Servicio, y órganos internos y del servicio, las estrategias para el mejor desarrollo del proceso administrativo y de atención médica. Página 25 de 50 Clave: 2000-002-005

Vigilar que la interacción con otros servicios clínicos se de en forma adecuada por parte del servicio a su cargo. Fomentar la actitud de servicio y las relaciones interpersonales armónicas en el personal del servicio a su cargo para lograr la satisfacción del usuario y de los prestadores de servicios. Participar en la revisión y análisis de la subsecuencia en la Consulta Externa de Especialidades. Coordinar con el Subdirector Médico, Coordinador Clínico de Turno o Coordinadores Clínicos, según sea el caso, la gestión de la consulta externa de especialidades. Difundir las Guías de Práctica Clínica entre el personal operativo bajo su responsabilidad. 8.8. Jefatura de Servicio de UMAA Coordinar y supervisar el desarrollo de los procesos de la atención médica y/o quirúrgica que se proporciona en la UMAA, que sea acorde a la misión y visión de la Unidad, a su programa de trabajo, al marco legal - normativo vigente y a las Guías de Práctica Clínica. Elaborar el diagnóstico situacional, diagnóstico de salud y con base en éste, su programa de trabajo y entregarlo para su integración al Coordinador Clínico. Supervisar el desarrollo de los procesos de la atención médica y/o quirúrgica que se proporciona en los servicios de la Unidad Médica de Atención Ambulatoria, prescripción de medicamentos, prescripción y expedición de certificados de incapacidad temporal para el trabajo y el sistema de referencia-contrarreferencia y entregar los resultados al Coordinador Clínico. Participar con los Jefes de Servicios Clínicos de la Unidad y coordinar con el personal a su cargo, la ejecución de programas institucionales, emergentes o contingencias de la Unidad Médica de Atención Ambulatoria. Participar en los diferentes comités y comisiones en el ámbito de su competencia que se integran en la Unidad y dar cumplimiento de las recomendaciones emitidas por estos, con énfasis en quejas, demandas o inconformidades de la población derechohabiente. Vigilar que el Departamento de Conservación de la Unidad realice el programa de mantenimiento preventivo y correctivo del quirófano así como los controles de calidad. Página 26 de 50 Clave: 2000-002-005