Anexo II. Provisiones Estándar Comunes a la USAID. Costos Permitidos. Enmienda. Aplicabilidad de 22 CFR 226. Condones



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Transcripción:

Anexo II Provisiones Estándar Comunes a la USAID Las provisiones estándar son una serie de leyes, regulaciones y requisitos que se aplican a entidades que reciben el financiamiento federal de la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID). Aunque son estándar, las provisiones reales que figuran en su Acuerdo de Cooperación pueden variar según los siguientes criterios: Las organizaciones estadounidenses y las no estadounidenses tienen provisiones estándar diferentes y algunas en común. Ciertas provisiones estándar deben estar incluidas en todos los Acuerdos de Cooperación ( provisiones estándar obligatorias ), mientras que otras sólo están incluidas si son pertinentes para el programa específico ( requeridas en tanto sean provisiones estándar aplicables ). Algunas provisiones estándar proporcionan avisos informativos al beneficiario, mientras que otras exigen al beneficiario tomar medidas específicas. La lista siguiente no es una lista completa de todas las provisiones estándar que puede encontrar en su adjudicación. No obstante, incluye temas importantes que pueden afectar su adjudicación, especialmente aquellos temas que requieren de su accionar para cumplir las normas. Referencias Se aplica a organizaciones no estadounidenses Se aplica a organizaciones estadounidenses Contabilidad, Auditoria y Registros Resume los requisitos para conservar registros y realizar la auditoría anual para beneficiarios y subbeneficiarios establecidos fuera de EE. UU. Acción requerida: - Conserve los registros durante los tres años posteriores al final de la adjudicación. - Realice auditorias anuales cuando se cumplan ciertos criterios. - Presente informes sobre las conclusiones de las auditorías. - Realice el seguimiento del desempeño financiero de subadjudicaciones. Costos Permitidos Define el concepto de costos permitidos y explica la responsabilidad de su organización para garantizar que los costos sean permitidos. Enmienda Describe el proceso de enmendar el Acuerdo de Cooperación. (Consulte Modificaciones a su acuerdo). Aplicabilidad de 22 CFR 226 Aplica todas las regulaciones conforme a 22 CFR 226 al beneficiario y subbeneficiarios de la adjudicación. (Consulte Requisitos de los Subbeneficiarios). Se aplica a: beneficiarios establecidos en EE. UU. Acciones requeridas: asegúrese de que los subbeneficiarios tengan una copia de las provisiones estándar. Las ONG que están establecidas fuera de EE. UU. deben recibir provisiones estándar que sean pertinentes a dichas ONG. Condones Establece que la información sobre condones suministrada bajo esta adjudicación debe ser médicamente correcta y coincidir con la información que figura en la hoja informativa sobre condones (http://www.usaid. gov/our_ work/global_health/aids/techareas/prevention/ condomfactsheet.html) disponible en el sitio web de la USAID. Conversión de Dólares Estadounidenses a Moneda Local Estipula que el jefe de grupo de su organización en el país respectivo debe consultar a la Misión de la USAID respecto del proceso para convertir dólares a la moneda local. La Guía Esencial de las ONG para Administrar la Adjudicación de la USAID 195

Se aplica a: beneficiarios establecidos en EE. UU. Acciones requeridas: consulte con la misión en el país respectivo. Costo Compartido (Fondos de Contrapartida) Define las normas y requisitos de costo compartido y fondos de contrapartida. con un requisito de costo compartido o fondo de contrapartida definido en el cronograma de la adjudicación. Acciones requeridas: documente y elabore informes sobre la contribución de costo compartido de su organización. Inhabilitación, Suspensión, y Otros Temas Relacionados con la Responsabilidad Establece que usted acepta notificar al Oficial de Convenios (AO) de inmediato si se entera de que su organización o cualquiera de sus oficiales principales no están calificados para recibir fondos del Gobierno de Estados Unidos (USG), lo que puede ocurrir cuando se declara a alguien culpable de un delito. También proporciona una cláusula que debe incluir en sus subacuerdos y contratos. Conflictos Proporciona un proceso para resolver conflictos relativos a esta adjudicación. Se aplica a: beneficiarios establecidos fuera de EE. UU. Lugar de Trabajo Libre de Drogas Describe los requisitos de una política para un lugar de trabajo libre de drogas que se debe implementar dentro de los 30 días de entrada en vigencia de la adjudicación. Protección Equitativa de Leyes para Organizaciones de Base Comunitaria y Religiosas sin Fines de Lucro Estipula que los beneficiarios de su programa no deben ser discriminados en función de sus creencias religiosas. También establece que las organizaciones religiosas sin fines de lucro deben separar sus actividades religiosas de las actividades correspondientes a esta adjudicación, ya sea en el tiempo o el lugar. Por último, estipula que si la organización que recibe financiamiento a través de esta adjudicación realiza acuerdos, no debe discriminar a posibles subbeneficiarios en función de su carácter o afiliación religiosa. Implementación de la Orden Ejecutiva (E.O.) 13224 Decreto Ejecutivo Sobre Financiamiento al Terrorismo Les recuerda a los beneficiarios que está prohibido el financiamiento a organizaciones e individuos asociados con el terrorismo. Acciones requeridas: debe verificar la Lista de Partes Excluidas para asegurarse de que sus subbeneficiarios, proveedores y contratistas no sean inelegibles para recibir los fondos del USG. (Consulte Proveedores Inelegibles y la Lista de Partes Excluidas). Transportes y Viajes Aéreos Internacionales Establece las normas concernientes a viajes aéreos internacionales financiados por su acuerdo. Compras Locales Describe las circunstancias en las que se permiten las compras locales. Acciones requeridas: distribuya una política para un lugar de trabajo libre de drogas a los empleados que participarán en el programa financiado por el gobierno federal dentro de los 30 días a partir del inicio de la adjudicación. Uso de Mareas Durante Asistencia Técnica Financiada por la USAID Describe los requisitos de marca y promoción de marca de los programas financiados por la USAID. 196 www.ngoconnect.net

Tasa de Costo Indirecto Negociado (NICRA) Las provisiones en esta sección varían de una organización a otra, dependiendo de si contaba con una NICRA predeterminada o provisional o no al momento de la adjudicación de su Acuerdo de Cooperación. Existen importantes medidas de seguimiento que se deben tomar y que se describen en detalle en la sección NICRA de este documento. que desean aplicar una NICRA Acciones requeridas: después de la finalización de su auditoría anual, los socios con una NICRA provisional deberán proponer una NICRA definitiva a su Oficial de Convenios. No Discriminación Ningún ciudadano estadounidense puede ser discriminado en función de su raza, color, nacionalidad, edad, discapacidad o sexo. Esto sólo se aplica principalmente a los socios del PNI si planean seleccionar y contratar personal para cargos financiados por su adjudicación en los Estados Unidos. Se aplica a: beneficiarios establecidos en EE. UU. No Responsabilidad Si enfrenta una demanda o es llevado a juicio por algo que ocurrió en la ejecución de su programa, el USG no asumirá ninguna responsabilidad. Avisos Describe el proceso oficial para la comunicación entre su organización y la USAID. Este proceso se aplica a los avisos formales principales, no a las comunicaciones cotidianas. Envío de Productos por Vía Marítima Establece que, si planea enviar productos al país en el que está trabajando por vía marítima, debe enviar al menos la mitad del cargamento en embarcaciones comerciales de bandera estadounidense de propiedad privada. También se describe un proceso para solicitar excepciones, si el envío por medio de una embarcación de bandera estadounidense no es una opción viable. Acción requerida: debe enviar copias de los conocimientos de embarque marítimo a las oficinas del USG especificadas en la USAID y el Departamento de Transporte de EE. UU. Aprobación de la OMB Según Ley de Simplificación de Trámites Administrativos (Paperwork Reduction Act) Se aplica a: beneficiarios establecidos en EE. UU. Organizaciones Elegibles (Fondos para VIH/SIDA) Esta provisión establece que a las organizaciones elegibles para recibir fondos no se les puede exigir que apoyen o participen en un abordaje multisectorial, o que apoyen o utilicen un método de prevención o tratamiento al que se opongan moralmente. Organizaciones Elegibles (Tráfico de Personas/Prostitución) Esta provisión estipula que los fondos de este acuerdo no se pueden utilizar para promover, apoyar ni defender la legalización o la práctica de la prostitución. No obstante, eso no significa que las prostitutas sean inelegibles para recibir los servicios que usted esté ofreciendo, siempre y cuando dichos servicios no sean promover o apoyar la prostitución. Una provisión similar denominada Prohibición sobre el uso de fondos federales para promover, apoyar o defender la legalización o la práctica de la prostitución también puede aparecer en su acuerdo, y refuerza esta política. Capacitación de Participantes Esta provisión proporciona la normativa que se debe cumplir si su programa incluye la capacitación de personas no estadounidenses fuera de su propio país. Esto incluye capacitar a cualquier miembro del personal no estadounidense en los EE. UU., o en otro país, o si capacita a ciudadanos de otro país en el país donde está implementando el programa. Esta normativa se detalla en la sección Capacitación de participantes. La Guía Esencial de las ONG para Administrar la Adjudicación de la USAID 197

Pagos Las ONG no estadounidenses tienen tres provisiones distintas sobre temas de pago: 1) Anticipos de pago y reembolsos, 2) Pago - Anticipos, y 3) Pago - Reembolsos. Estas provisiones disponen lo siguiente: 1) Los procesos para solicitar y desembolsar fondos del USG, 2) Qué sucede si hay fondos remanentes al finalizar la adjudicación, y 3) Que la USAID se reserva el derecho de solicitarle que reembolse cualquier monto que no se haya gastado de acuerdo a los términos y condiciones de la adjudicación (es decir, costos no permitidos conforme a las regulaciones enunciadas en la sección Adquisiciones de esta guía). Tenga en cuenta que el proceso descrito en estas provisiones requiere el uso del Formulario Estándar-1034 para solicitar anticipos y presentar informes sobre la liquidación de fondos. No obstante, la Oficina de Gestión Financiera de la USAID les ha solicitado a los socios del PNI que utilicen, en cambio, el Formulario Estándar-270 para solicitar fondos (tanto anticipos como reembolsos) y el Formulario Estándar-269 A para presentar informes del estado de los fondos. Se aplica a: beneficiarios establecidos fuera de EE. UU. Adquisiciones de Bienes y Servicios Detalla los estándares mínimos que se deben incluir en las políticas de adquisiciones de una organización. (Consulte Estándares de las políticas de adquisiciones). Prohibición de Asistencia a Traficantes de Drogas Esta provisión sólo se aplica a ciertos países, tal como se define en el Sistema de Directrices Automático (ADS) de la USAID, Capítulo 206 (http://www.usaid.gov/policy/ads/200/206.pdf). Actualmente, sólo se aplica a tres países que participan en el Plan Presidencial de Emergencia para la Ayuda contra el SIDA (PEPFAR): Haití, Vietnam y Nigeria. Las organizaciones que operan en dichos países deben seguir un procedimiento especial para obtener la aprobación de los subbeneficiarios y deben incluir una cláusula especial en sus subadjudicaciones. Se aplica a: beneficiarios que operan en Haití, Vietnam o Nigeria Avisos Públicos Esta provisión le recomienda notificar al público sobre su trabajo y le solicita que incluya un informe en los comunicados de prensa relacionados con el proyecto financiado por la USAID. Además, deberá proporcionarles al Representante Técnico del Oficial de Convenios/ Representante Técnico del Oficial de Contratos (AOTR/COTR) y a la oficina de asuntos públicos de la USAID copias de los comunicados de prensa relacionados con el proyecto financiado por la USAID con la mayor anticipación posible. (Consulte Marcado y promoción de marca). Publicaciones y Comunicaciones de Prensa Se debe enviar una copia de todas las publicaciones que surjan de su trabajo financiado por la USAID a la dirección especificada, con el formato especificado. Esta provisión también aclara el tema de derechos de autor de estos materiales. Acción requerida: las copias de las publicaciones deben ser enviadas a la dirección indicada en su Acuerdo Cooperativo. Regulaciones que Rigen a Empleados y Normas de Conducta Esta provisión explica las normas de conducta de los empleados que trabajan en países extranjeros bajo esta adjudicación. Incluye regulaciones que rigen la venta de propiedad personal y que tienen la finalidad de garantizar que no se lucre con la venta de artículos que ingresaron al país sin pagar impuestos. Presentación del Informe de Impuestos Extranjeros Exige que presente un informe de impuestos extranjeros que se hayan aplicado y reembolsado a su organización. Acción requerida: debe presentar un informe el 16 de abril de cada año. (Consulte Presentación del Informe de impuestos extranjeros). 198 www.ngoconnect.net

Revisión del Presupuesto de la Adjudicación Esta provisión establece que debe obtener la aprobación para una Reformulación presupuestaria, así como para otras modificaciones importantes dentro de su área de competencia. Estándares de Accesibilidad Para Discapacitados En Proyectos de Construcción Para proyectos que incluyen una nueva construcción o renovación, la estructura generada debe cumplir o superar los estándares de accesibilidad de EE. UU. para los discapacitados. Se aplica a: beneficiarios con componentes de construcción o renovación en su programa Subacuerdos La provisión sobre subacuerdos difiere en función de si las ONG están establecidas en o fuera de EE. UU. La provisión en los acuerdos con ONG establecidas en EE. UU. estipula que toda la comunicación con subbeneficiarios y contratistas de la adjudicación debe dirigirse a la USAID a través del beneficiario. Los subbeneficiarios no deberán comunicarse con la USAID directamente por cuestiones relacionadas con esta adjudicación. La provisión para ONG establecidas fuera de EE. UU. estipula que se debe constatar que los subbeneficiarios no figuren en la Lista de Entes Excluidos y deben ser únicamente organizaciones responsables que posean la capacidad de desempeñarse satisfactoriamente conforme a los términos y condiciones del acuerdo propuesto. Además, esta provisión establece que los subacuerdos deben incluir texto concreto y requisitos obligatorios. Se aplica a: beneficiarios con subbeneficiarios Interrupción y Suspensión Esta provisión proporciona los motivos y el proceso para interrumpir la adjudicación. Título de Propiedad Existen cinco provisiones diferentes que figuran en los Acuerdos de Cooperación y están relacionadas con la titularidad, el uso y el cuidado de la propiedad. Las ONG establecidas fuera de EE. UU. pueden ver provisiones que describen las restricciones respecto del uso de la propiedad de la que conservan la titularidad, y el uso y cuidado de la propiedad cuando el título está en manos del USG o el gobierno del país colaborador. Las ONG establecidas en EE. UU. verán una provisión que describe el uso y cuidado de la propiedad cuyo título conserva el gobierno del país colaborador. Consulte la sección Equipos del capítulo sobre Adquisiciones para obtener más detalles acerca del uso de propiedad comprada bajo esta adjudicación. Política de la USAID Sobre Discapacidad Exige la no discriminación a hombres, mujeres o niños con discapacidades en sus programas. Normas de Elegibilidad de la USAID para Bienes y Servicios Resume las regulaciones y restricciones en las adquisiciones pertinentes a su adjudicación. Estas regulaciones y restricciones no se aplican a adquisiciones realizadas con fuentes de fondos privados para cumplir requisitos de costo compartido de su adjudicación. (Consulte Adquisiciones). Acción requerida: - Conserve registros que justifiquen ciertas decisiones de adquisición. - Consulte la Lista de Partes Excluidas para asegurarse de que los proveedores no sean inelegibles. - Incluya en los subacuerdos una sección sobre adquisiciones de USD 5000 o más. Uso de Valija Diplomática En algunos casos, la misión en el país respectivo y la Embajada de EE. UU. puede permitirle utilizar el servicio de valija La Guía Esencial de las ONG para Administrar la Adjudicación de la USAID 199

diplomática para transmitir documentos relacionados con su programa, como el envío de copias impresas de informes firmados. La Embajada de EE. UU. también puede permitirles a sus empleados que envíen y reciban cantidades reducidas de correspondencia personal, que no sean cajas ni revistas. Comuníquese con la misión del país respectivo para corroborar si la Embajada del país en el que está trabajando permite el uso de dicho servicio. Actividades de Planificación Demográfica Voluntaria Existen dos provisiones relativas a la planificación demográfica o familiar. La primera establece que los fondos del USG no pueden utilizarse para abortos ni esterilización involuntaria. La segunda estipula que los fondos del USG no pueden emplearse para forzar a alguien a usar un método de planificación familiar que sea contrario a sus principios morales. Esta provisión contiene más regulaciones detalladas acerca de la planificación familiar que deberá comprender si su programa del PNI, o un programa futuro financiado por el USG que desee emprender, incluye un componente de planificación familiar. 200 www.ngoconnect.net