REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN NESTLÉ CELEBRA 150 AÑOS DE BIENESTAR Artículo 1. Objetivo de la actividad promocional: En el presente Reglamento quedan reguladas y delimitadas las condiciones que regirán para la promoción comercial: NESTLÉ Celebra 150 años de bienestar patrocinada exclusivamente por la empresa Compañía Nestlé Costa Rica, S.A. Toda persona con el simple hecho de participar, declara tener conocimiento y aceptar los términos y condiciones especificados en los siguientes artículos, así mismo, declara y acepta todas las decisiones que emanen del patrocinador. El consumidor que desee participar y a su vez acceder a los premios instantáneos, deberá comprar los productos participantes detallados en el artículo 2 del presente reglamento, donde podrá encontrar un cubito forrado, un inserto o un sticker en la parte interior de las etiquetas, donde se le indicará el premio al cual se ha hecho acreedor, junto con la fecha de vigencia de la promoción, código de seguridad y el número del Contact Center (Punto de Contacto) al que debe llamar para notificar que encontró un cubito, un sticker o un inserto premiado. Artículo 2. De EL PATROCINADOR: Esta Promoción será Patrocinada por Compañía Nestlé Costa Rica, S.A., (en adelante EL PATROCINADOR ), con domicilio en Heredia, Barreal, 300 m oeste de Cenada. Productos participantes: Sólo participan en esta promoción, los productos importados y comercializados por EL PATROCINADOR, de las siguientes marcas: NESQUIK, NESCAFÉ, CHEERIOS, CINI-MINIS, COOKIE CRISP, CEREALES PARA EL DESAYUNO NESTLÉ, COFFEE-MATE, MAGGI, IDEAL, LA LECHERA, NESTLÉ, GERBER, NESTUM, NIDO, NAN 3, BABY RUTH, BUTTERFINGER, CRUNCH, RAISINETS,LECHERITA, CERELAC, ALPINO, MOCA, 100 GRAND, BABY RUTH, BUTTERFINGER, CRUNCH, KIT KAT, RAISINETS, ROLO y SKINNY COW No participan Fórmulas Infantiles, ni productos de la marca PURINA, ni ningún otro producto o marca que no haya sido mencionado en el presente. Artículo 3. Duración de la promoción: Esta promoción dará inicio el día 15 de enero de 2016 y concluirá el 31 de marzo de 2016. El plazo de la presente promoción podrá ser ampliado por EL PATROCINADOR, dando el aviso correspondiente a los consumidores, previo al vencimiento del plazo original.
El consumidor ganador tendrá hasta el 30 de abril de 2016 para retirar su premio o en su defecto, hasta 30 días naturales contados desde el día de la terminación del plazo de esta promoción. Artículo 4. Participantes: Los participantes deberán ser mayores de edad y contar con su documento de identidad vigente. No podrán participar en esta promoción menores de edad, ni los empleados de Compañía Nestlé Costa Rica S.A., ni sus cónyuges, padres e hijos ni los colaboradores de los proveedores involucrados en la promoción. Artículo 5. Mecánica: Premios instantáneos. Para participar en la promoción el consumidor deberá adquirir los productos de las marcas establecidas en el artículo 2, donde podrá encontrar un cubito, un inserto o un sticker que le indicará que se hizo acreedor a unos de los premios detallados en el artículo 6. El cubito, el inserto o el sticker indicarán el número de teléfono del centro de llamadas o call center, al cual deberá llamar el ganador para registrarse y recibir instrucciones. Centros de canje: Todas las sucursales de Western Union a nivel nacional funcionarán como centros de canje de los premios a excepción del principal. El premio principal será una tarjeta de regalo u otro(s) producto(s) financiero(s) a elección exclusiva de El PATROCINADOR con un disponible de 70,000.000, suma con la que el ganador podrá adquirir casa y carro. Este premio se le entregará al ganador en las oficinas de Compañía Nestlé Costa Rica, S.A., ubicadas en Heredia, Barreal, 300 m oeste de Cenada. Artículo 6. Cantidad de Ganadores y Premios: Premios Instantáneos: Serán un total de 1,001 ganadores en esta promoción y 1,001 premios instantáneos: Premio Cantidad de premio Valor total por premio Tarjeta de regalo por 25,000.00 500 12,500.000, Tarjeta de regalo por 35,000.00 350 12,250.000, Tarjeta de regalo por 50,000.00 150 7,500,000. Tarjeta de regalo u otro(s) producto(s) financiero(s) 1 70,000,000. para que pueda comprar casa y carro con un disponible de 70,000.000, 1,001 102,250,000. Total de premios instantáneos En esta promoción se entregará un total de 102,250,000. en premios.
Los premios de esta promoción son intransferibles, no negociables, no canjeables por otros bienes o servicios, y cada uno será entregado únicamente a la persona que haya resultado ganadora y que cumpla con lo establecido en el presente Reglamento. Artículo 7. Entrega de los premios: Los consumidores ganadores de las tarjetas de regalo de 25,000.00, 35,000.00 y 50,000.00 deberán llamar al call center o centro de llamadas de Western Union al número 2528-5850 donde deberán indicar los siguientes datos: nombres y apellidos completos, número de documento de identidad personal vigente, el código de seguridad y el monto del premio que indica el inserto/sticker/cubito premiado. El contact center o centro de llamadas le indicará al ganador la sucursal de Western Union más cercana donde podrá retirar su premio. Al retirar el premio en las sucursales de Western Union, el ganador deberá presentar: el inserto o sticker premiado en buen estado, original y copia de su documento de identidad vigente y firmar un acuse de recibo del premio. El ganador de la tarjeta de regalo u otro producto financiero con un disponible de 70,000,000.00 con el que podrá adquirir la casa y el carro, deberá llamar al número 0800-507-4000, donde se le tomaran los siguientes datos: nombre completo, número de documento de identidad personal vigente, el código de seguridad y premio que indica el inserto/sticker/cubito premiado, y se le comunicará el día y la hora para que retire el premio. El lugar de entrega del premio será en las oficinas de Compañía Nestlé Costa Rica, S.A., ubicadas en: Heredia, Barreal, 300 m oeste de Cenada a través de una tarjeta de regalo a nombre del ganador. Al retirar el premio en las oficinas de Compañía Nestlé Costa Rica, S.A., el ganador deberá presentar: el inserto/sticker/cubito premiado en buen estado, original y copia de su documento de identidad vigente y firmar un acuse de recibo del premio. Artículo 8. Condiciones de reclamo del premio: Los participantes deberán ser mayores de edad, presentar el inserto/sticker/cubito premiado, su documento de identidad vigente, firmar un documento mediante el cual acreditan que han recibido el premio y someterse a las condiciones que establezca El PATROCINADOR para el reclamo o retiro de los premios. EL PATROCINADOR se reserva el derecho de determinar si los insertos/stickers/cubitos cumplen con los requerimientos necesarios, es decir que los mismos se encuentren en buen estado, íntegros, sin roturas, sean originales, para reputar a dicho participante como ganador. EL PATROCINADOR se reserva el derecho de ejercer todo tipo de acciones legales contra las personas que pretendan reclamar ilícita y fraudulentamente los premios aquí ofrecidos.
Los ganadores de los premios contarán con 30 días calendario, es decir, hasta el día 30 de abril de 2016 para reclamar sus premios. Si el ganador no se presenta a reclamar su premio o si presentándose no cumple con todos los requisitos y formalidades establecidos en este Reglamento, los premios se considerarán no reclamados y como tales, pasarán a ser propiedad de EL PATROCINADOR. Artículo 9. Suspensión involuntaria: EL PATROCINADOR suspenderá en forma inmediata la promoción, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes tales como alteraciones, imitaciones, reimpresiones, sustituciones o cualquier otra irregularidad. En el caso de que sobrevengan situaciones de fuerza mayor, que resulten en perjuicio económico de EL PATROCINADOR, la promoción también podrá ser suspendida en forma inmediata. Según la situación, esta suspensión será dada a conocer públicamente, pero si el perjuicio económico es grave, la suspensión operará desde el mismo momento en que la Compañía adopte la medida. EL PATROCINADOR podrá evaluar si esta suspensión opera de forma temporal o permanente, su responsabilidad será sólo la de comunicar a través de una publicación en un medio de masivo de comunicación. Si este fuera el caso, los participantes no podrán reclamar ningún tipo de daño o perjuicio. Artículo 10. Premios no reclamados: Los ganadores de los premios instantáneos contarán desde la fecha de terminación de la promoción, hasta treinta (30) días calendario después, es decir hasta el día 30 de Abril de 2016, para reclamar sus premios. Si el plazo fuera ampliado, igualmente aplica el plazo de 30 días calendario a partir de la terminación de la promoción. Después de esta fecha opera la caducidad para la entrega del premio. Operada la caducidad, la o las personas ganadoras carecerán todo tipo de derecho o acción para reclamar el premio y no tendrán derecho a reclamo por indemnización alguna o de cualquier otro tipo. Artículo 11. Límite de responsabilidad: Los ganadores aceptan de antemano los premios en las condiciones bajo las cuales EL PATROCINADOR los ha escogido, sin derecho a reclamar mejorías o cambios. No se reconocerá los gastos en los que se incurra para retirar el premio. El costo del transporte y cualquier otro gasto asociado para retirar el premio correrá por cuenta y costo de cada ganador. EL PATROCINADOR cumple con la comunicación de donde retirar los premios y su responsabilidad finaliza una vez que cada ganador ha retirado los mismos en el lugar indicado por EL PATROCINADOR. Por lo tanto, EL PATROCINADOR no asume ninguna responsabilidad por el uso y/o destino que se dé a los premios.
Los premios se entregan mediante tarjetas de regalo u otros productos, a emitir por la entidad bancaria y marca o marcas y características que EL PATROCINADOR escoja y sólo podrán ser utilizadas para pagos en los puntos de venta autorizados en el territorio nacional y que no permiten el retiro de dinero en efectivo ni su uso fuera del país. La vigencia de los plásticos será la que EL PATROCINADOR establezca. Los ganadores aceptan completar los datos necesarios para su obtención y cumplir con los procedimientos y disposiciones que señale el Banco que elija EL PATROCINADOR para recibir y utilizar las tarjetas. Las tarjetas sólo funcionarán como medio de pago para cancelar el importe de mercancías, consumos o servicios en los comercios afiliados a la Franquicia o marca a la que quede asociada la tarjeta y dentro de los límites y condiciones establecidos por el Banco elegido por EL PATROCINADOR. De igual manera, los ganadores serán los únicos responsables del uso correcto de las tarjetas, así como de su custodia y de las transacciones que se hagan al amparo de los fondos acreditados. Artículo 12. Uso de imagen: Los ganadores autorizan, desde el momento en que participan en la presente promoción, que su nombre e imagen aparezcan en cualquier momento y sin restricción alguna, en publicaciones y demás medios de comunicación y en general en todo material publicitario y de divulgación, sin devengar ningún tipo de contraprestación, sea esta en dinero o no, o reclamo por el uso de la imagen. Esta autorización también incluye las actividades como entrega y recibo de los premios. Todo ello sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen. Artículo 13. Restricciones de participación: No podrán participar en esta promoción menores de edad, los empleados de Compañía Nestlé Costa Rica S.A., ni sus cónyuges, padres e hijos., ni los colaboradores de los proveedores involucrados en la promoción como lo son agencias de publicidad y otros socios comerciales. Artículo 14. Aviso de Privacidad: Todo participante, por el simple hecho de participar acepta el siguiente aviso: Los datos personales que el interesado pueda proporcionar al PATROCINADOR tendrán relación directa con su participación en la promoción. La temporalidad del manejo de los datos personales será indefinida a partir de la fecha en que haya proporcionado sus datos al PATROCINADOR. Una vez entregados al PATROCINADOR sus datos personales, los mismos serán conservados en diferentes medios seguros que la tecnología permita, cuyo acceso estará limitado solamente a las personas físicas y/o jurídicas con las que EL PATROCINADOR tenga alguna relación jurídica, en el entendido que dichos datos podrán ser
transferidos a terceros, a propósito de la ejecución y verificación de la promoción. El PATROCINADOR contará con las medidas de seguridad que considere adecuadas para proteger el uso de los datos personales por parte de terceros no autorizados. Artículo 15. Información: Para mayor información o consultas sobre esta promoción, los interesados pueden llamar desde un teléfono fijo, de lunes a viernes, de 8 a.m. a 5 p.m., al número de Servicio al Consumidor: 0-800-507-4000