BENEFICIARIOS DE LOS DERECHOS DE PAGO ÚNICO



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Transcripción:

BENEFICIARIOS DE LOS DERECHOS DE PAGO ÚNICO MEDIANTE ASIGNACIÓN INICIAL SITUACIÓN PROCEDIMIENTO PERIODO PREVIO 2005 Agricultores que percibieron algún pago directo Al agricultor que se le asigna inicialmente los derechos, aquellos agricultores que recibieron agricultor que percibió los pagos No se produce ninguna entrada ni ninguna salida del sistema. Los derechos son asignados a Los derechos se asignan sobre el Las alegaciones que pudieran presentarse son las referentes al cálculo de las superficies y los importes de referencia. durante el periodo de mantiene la explotación y la actividad en términos similares a los pagos directos en el periodo de directos, independientemente que sean Modelo de alegación: Genérico. referencia. desarrollados durante el periodo de referencia. referencia. propietarios o no de la tierra. RE DERECHOS PROCEDENTES DE OTRO TITULAR Nota: Esta reasignación se puede producir independientemente de que el agricultor haya recibido pagos directos en el periodo de referencia o no. SITUACIÓN PROCEDIMIENTO PERIODO PREVIO 2005 a) HERENCIAS Y HERENCIAS ANTICIPADAS Herencia (mortis causa) de una parte o del total de la Muerte explotación. Los herederos deberán realizar la alegación que le correspondan por la explotación o por la parte que le corresponda. Modelo de alegación: Nº. 3. Se asignarán los derechos a los herederos. Estos hechos han podido suceder durante el periodo de referencia o bien Si el agricultor dispone de una durante el periodo de 2003 a 2005. - Certificado hacienda foral de que desarrolla la explotación, las hectáreas e actividad agraria o certificado de que ha cotizado a la importes de referencia se En el caso de no existir herederos, los Seguridad Social Agraria. establecerán sobre el total de la derechos irán a la Reserva Nacional. - Testamento y escritura pública de aceptación de la explotación inicial popia más las herencia. unidades de producción heredadas. En el caso de usufructuarios por herencia de una explotación o parte de la misma se deberá rellenar el Modelo de alegación Nº 5. Herencia (mortis causa) de un arrendamiento de una Muerte explotación. Los herederos deberán realizar la alegación Se asignarán los derechos a los que le correspondan del arrendamiento de la herederos. explotación o de la parte que le corresponda. Estos hechos han podido suceder Modelo de alegación: Genérico. durante el periodo de referencia o bien Si el agricultor dispone de una durante el periodo de 2003 a 2005. explotación, las hectáreas e importes de referencia se - Certificado hacienda foral de que desarrolla la En el caso de no existir herederos, los establecerán sobre el total de la actividad agraria o certificado de que ha cotizado a la derechos irán a la Reserva Nacional. explotación inicial propia más las Seguridad Social Agraria. unidades de producción heredadas. - Testamento y escritura pública de aceptación de la herencia.

El agricultor deberá presentar la alegación Estos hechos han podido suceder durante el periodo de referencia o bien correspondientes. Dicha alegación deberá aparecer durante el periodo de 2003 a 2005. firmada conjuntamente con la de la persona que Teniendo en cuenta las posible Esta persona es la beneficiaria transmite la explotación (o parte de la misma). Se asignarán los importes de revocabilidad de las herencias de los derechos (por haber Modelo de alegación: Nº. 4. referencia y hectáreas al heredero o anticipadas, a los efectos de la percibido pagos directos durante persona que recibe la explotación, asignación de derechos de pago único, el periodo de referencia o parte Herencia anticipada (inter que tendrá las suyas propias más se le asignarán al heredero que figuren de este). - Certificado hacienda foral de que desarrolla la vivos): donaciones, las transferidas. en el momento de la solicitud. actividad agraria o certificado de que ha cotizado a la cesiones y transferencia Puede ocurrir: Seguridad Social Agraria. gratuitas hasta un 4º grado Deberá firmar conjuntamente con el Si el agricultor dispone de una Se considerará herencia anticipada - Transfiere la totalidad de la - Documento público o privado de transferencia o de afinidad o agricultor que recibe la explotación el explotación, las hectáreas e cunado los titulares de la explotación explotación y deja de ser cesión gratuita firmado por ambas partes. consanguinidad. modelo de alegación nº 4. importes de referencia se cedan o hayan cedido la misma, o parte En el caso de usufructuarios por herencia de una Observaciones (1) y (2). establecerán sobre el total de la de ella, a título gratuito y por actos "inter - Transfiere una parte de la explotación o parte de la misma se deberá rellenar el explotación inicial propia más las vivos" a familiares que les suceden en explotación y continúa siendo Modelo de alegación Nº 5. unidades de producción heredadas. En caso de transferencia parcial de explotación indicar qué hectáreas, animales pasan al nuevo titular, así como adjuntar la información sobre la localización de las parcelas y su tipo de explotación (Secano, Regadío), etc. el ejercicio de la actividad agraria y en sus (*) Cumplimentar tantas solicitudes como beneficiarios.

SITUACIÓN PROCEDIMIENTO PERIODO PREVIO 2005 b) CONTRATOS PRIVADOS DE COMPRA VENTA Supone la venta parcial o total de la explotación más los importes de referencia y hectáreas determinadas. Contratos privados de Se pueden dar dos situaciones: compraventa - Transfiere la totalidad de la (Caso general) explotación y deja de ser - Transfiere una parte de la explotación y continúa siendo El agricultor deberá presentar la alegación Estos contratos se deben haber realizado o modificado antes de la fecha correspondientes. Dicha alegación deberá aparecer límite de la presentación de las solicitud firmada conjuntamente con la de la persona que Se asignarán los importes de del régimen de pago único. transmite la explotación (o parte de la misma). referencia y hectáreas al receptor de la explotación.si el agricultor dispone Estas ventas tendrán carácter de cesión Modelo de alegación: Nº. 10. de una explotación, las hectáreas e de derechos con tierras a efectos de las importes de referencia se retenciones debidas a ventas cuando en establecerán sobre el total de la el contrato de compraventa figure una - Documento público o privado de transferencia explotación inicial propia más las Deberá firmar conjuntamente con el cláusula en la que se exprese que se firmado por ambas partes o certificación del Registro unidades de producción compradas. agricultor que recibe la explotación el ceden los importes de referencias y de la propiedad. Si el transmisor continua con parte modelo de alegación nº 10. superficie de pago único de la explotación también se le correspondientes a la explotación o En caso de venta parcial de explotación se deberá asignarán el correspondiente indicar qué hectáreas, animales pasan al nuevo titular, porcentaje de así como adjuntar la información sobre la localización de las parcelas y su tipo de explotación (Secano, Regadío), etc. parte cedida. Esta cláusula podrá incluirse en el momento de la compra o posteriormente mediante una modificación. Al comprador se le asignarán los importes de referencia. Si el Contratos privados de El agricultor deberá presentar la alegación Supone la transferencia al agricultor dispone de una Estos contratos se deben haber compraventa de unidades comprador de determinadas explotación, las hectáreas e realizado o modificado antes de la fecha de producción en correspondientes. unidades de producción (o de la importes de referencia se límite de la presentación de las solicitud productores de ovino, totalidad de las unidades de establecerán sobre el total de la del régimen de pago único. caprino y vacas nodrizas. Dicha alegación deberá aparecer firmada producción), compuestas de explotación inicial propia más las Deberá firmar conjuntamente con el conjuntamente con la de la persona que transmite las animales y sus respectivos unidades de producción compradas. En este apartado incluye todas las (Caso particular de los agricultor que recibe la explotación el unidades de producción. derechos a prima, que han dado Si el transmisor continua con parte transferencias T1 de nodriza y ovinocaprino. contratos privados de modelo de alegación nº 11 lugar a los pagos directos. de la explotación también se le compraventa) Modelo de alegación: Nº. 11. asignarán sus correspondientes importes de referencia. Se considera una situación especial. (No es una reasignación de derechos procedentes de otro titular). Agricultores que hayan efectuado inversiones sobre la capacidad de producción de la explotación (compra de tierras, compra de derechos de ovino-caprino, cuota láctea, etc.) como máximo el 15 de mayo de 2004. (También se consideran Inversiones y compra de inversiones, los arrendamientos de 5 o más años que se haya comenzado a más tardar el 15 de mayo de 2004). tierras En estas situaciones especiales se permiten solicitar derechos de pago único de la reserva nacional. (Ver apartado: Reasignación de derechos procedentes de la Reserva Nacional - Inversiones y compra de tierras). Se considera una situación especial. (No es una reasignación de derechos procedentes de otro titular). Agricultores que hayan comprado durante el periodo de referencia o antes, o hasta como máximo el 15 de mayo de 2004, una explotación o parte de ésta que estaba arrrendada durante el periodo de referencia con la intención de iniciar o Adquisición de tierras ampliar su actividad agraria en el término de un año a partir del vencimiento del arrendamiento. arrendadas. En estas situaciones especiales se permiten solicitar derechos de pago único de la reserva nacional. (Ver apartado: Reasignación de derechos procedentes de la Reserva Nacional - Arrendamiento y adquisición de tierras arrendadas). c) CAMBIO DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA EXPLOTACIÓN

No se produce ninguna entrada ni ninguna salida del sistema. Cambio de personalidad jurídica de la explotación. Se trata de una misma persona jurídica con un cambio de denominacion de la misma. de que le han asignado los los derechos correspondientes. Deberá realizar la correspondiente alegación. Modelo de alegación: Nº. 6. - Certificado de la Hacienda Foral de que actualmente realiza la actividad agraria o de la Seguridad Social de que ha cotizado en la actualidad por la actividad agraria. - Acreditación del representante legal, o en su caso, presentación ante el funcionario del registro. - Documento acreditativo del cambio del tipo de persona jurídica o denominación. - Escritura pública de constitución de la Sociedad en caso de nueva persona jurídica Este cambio de la personalidad jurídica de la explotación ha podido suceder El acceso al régimen de pago único durante el periodod de referencia o bien se hace bajo las mismas en el periodo de 2003 a 2005. condiciones que el agricultor que gestionaba la explotación durante el El agricultor que gestiona la nueva periodo de referencia (importe de explotación deberá ser el mismo que referencia y hectáreas iguales a las calculadas por la explotación inicial). ejercía el control de la explotación inicial en términos de gestión, beneficios y riesgo financiero.

SITUACIÓN PROCEDIMIENTO PERIODO PREVIO 2005 d) FUSIONES Y ESCISIONES La persona jurídica resultante de la fusión deberá Estas fusiones se deben haber presentar la correspondiente alegación y deberá firmar producido durante el periodo de un documento conjuntamente con los agricultores o los Al menos uno de los que referencia y hasta la fecha límite de represenantes legales de las sociedades precedentes, gestionaban la explotación inicial correspondiente los titulares de los presentación de solicitud del pago Se constituye una persona indicando la fecha en la que se ha producido la fusión. ( en términos de gestión, único. jurídica con la totalidad de las Modelo de alegación: Nº. 7. Fusiones (de varias beneficio y riesgo financiero) explotaciones de los personas físicas o jurídicas debe continuar. Deberán firmar los agricultores o el Se le asignan los derechos a la Diversos agricultores (personas físicas agricultores o sociedades que en una nueva persona representante legal de las sociedades un sociedad actual. o jurídicas) a los que se les asignaron se han fusionado. - Copias de las escrituras de la Sociedad actual o jurídica). Es decir por lo menos un documento conjunto con la nueva persona importes de referencia y hectáreas agrupación resultado de la fusión u otros documentos agricultor debe haber sido jurídica resultante de la fusión. determinadas se fusionan en una nueva Finalidad agraria. acreditativos de la misma. beneficiario durante el periodo de persona jurídica. La fusión debe ser de - Certificado de la Hacienda Foral de que actualmente referencia. Modelo de alegación nº 7. 2 o más agricultores en una nueva realiza la actividad agraria o de la Seguridad Social de explotación y que la gestione uno o que ha cotizado en la actualidad por la actividad varios de los agricultores iniciales. agraria. Las personas físicas o jurídicas resultantes de la escisión deberá presentar la correspondiente alegación y deberán firmar un documento conjuntamente con el represenante legal de las sociedad precedente. Comunicación por escisión o separación de una persona jurídica con o sin continuación de la original y aparición de una o más personas jurídicas Modelo de alegación: Nº. 8. La excisión debe ser de una persona jurídica en como mínimo 2 agricultores Se constituye una o más distintos de los cuales como mínimo personas físicas y/o una o La persona jurídica inicial ha recibido la uno permanece controlado por una o más personas jurídicas. - Copia de la declaración del Impusto sobre la comunicación correspondiente a los Los importes de referencia y varias de las personas físicas o Escisión de una persona Renta o Al menos uno de los que derechos que le corresponden. hectáreas se calcularán de manera jurídicas que gestionaban la explotación jurídica (con continuación o Finalidad agraria. - Documento público o privado que refleje la gestionaban la persona jurídica proporcional para las nuevas inicial. no de la original) y aparición escisión de la Sociedad original originaria (en términos de Esta sociedad precendente (persona personas físicas o jurídicas, teniendo de 1 ó mas personas físicas Se deberá indicar el - Certificado de la Hacienda Foral de que gestión, beneficio y riesgo jurídica inicial) deberán firmar un en cuenta la documentación Se deberá indicar la fecha en la que se y/o 1 o más personas porcentaje asignado a cada actualmente realiza la actividad agraria o de la financiero) debe continuar. documento (modelo de alegación nº 9) facilitada en la alegación ha producido la escisión. También se jurídicas. una de los "nuevos Seguridad Social de que ha cotizado en la actualidad conjuntamente con los "nuevos correspondiente. agricultores", así como el por la actividad agraria. agricultores". sistema de explotación (secano, regadío, etc.) Comunicación por separación o escisión de 2 o más agricultores. Modelo de alegación: Nº. 9. - Documento público o privado de escisión. - Certificado de la Hacienda Foral de que actualmente realiza la actividad agraria o de la Seguridad Social de que ha cotizado en la actualidad por la actividad agraria. Estas excisiones se deben haber realizado durante el periodo de referencia y hasta la fecha límite de presentación de solicitud del pago único. deberá indicar lo que se le asigna a cada nuevo agricultor, así como el sistema de explotación asignado a cada "nuevo agricultor" (secano, regadío, etc.). En caso que los importes de referencia o las hectáreas tengan valores diferentes (importes diferentes en función de los productos o superficies con rendimientos diferentes), se deberá indicar lo que se le asigna a cada e) DIFICULTADES EXCEPCIONALES / CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Estos acontecimientos excep-cionales No se produce ninguna entrada ni ninguna salida del sistema. de que le han asignado los los derechos correspondientes. Deberá realizar la correspondiente alegación. Modelo de alegación: Nº. 2. Documentación a adjuntar (los tipos de casos figuran en las observaciones): - Copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta o - Certificado de la Hacienda Foral de que actualmente realiza la actividad agraria o de la Seguridad se deben haber producido durante el periodo de referencia. Las causas de fuerza mayor son: a) Fallecimiento o desaparición física del b) Incapacidad laboral de larga duración Ocurre en los casos de agricultores cuya producción durante el Social de que ha cotizado en la actualidad por la actividad agraria. del Los importes de referencia y periodo de referencia se hubiera visto perjudicada por causas Además: c) Catástrofe natural grave que haya hectáreas se calcularán con los años Dificultades excepcionales excepcionales (ver observaciones), en tal caso tendrán derecho Caso a): Certificado de defunción o denuncia de la desaparición, declaración de ausencia o afectado seriamente las tierras agrarias no afectados por las circunstancias Fuerza mayor a solicitar que el importe de referencia se calcule sólamente en declaración de fallecimiento. de la explotación. excepcionales por por el periodo de base al año o años no afectados por estos acontecimientos Caso b): Certificado del centro gestor de la Seguridad Social sobre incapacidad de larga duración. d) Destrucción accidental de los locales referencia alternativo (1997-1999). excepcionales, o en caso de que se hubiese visto afectado todo Caso c): Copia de la solicitud de ayudas PAC para el año/años de la catástrofe y de la PAC del año ganaderos de la explotación o pérdida el periodo de referencia, se podrá tener en cuenta el periodo anterior. accidental de los animales. 1997-1999. Caso d): Comunicación de baja de los animales efectuado o copia del libro de explotación que e) Epizootia que haya afectado a una refleje dicha baja. parte o la totalidad del ganado del Caso e y f): Certificado de la autoridad competente en sanidad animal referente al ganado que se debió sacrificar. f) Sacrificio obligatorio objeto de un En los casos c), d), e) y f) descripción breve de los hechos. programa de erradicación de enfermedades de los animales

SITUACIÓN PROCEDIMIENTO PERIODO PREVIO 2005 f) NUEVOS AGRICULTORES E INCORPORACIONES DURANTE EL PERIODO DE REFERENCIA No se produce ninguna entrada ni ninguna salida del sistema. Se debe considerar en cada caso el periodo de referencia correspondiente. los cinco años anteriores ninguna actividad agraria por su propia cuenta y riesgo ni ejerció el control Son nuevos agricultores, los cuales han iniciado la actividad de una persona jurídica dedicada a la actividad agraria. durante el periodo de referencia, bien durante el año 2001 o Modelo de alegación: Nº. 1. 2002, o para el aceite de oliva en las campañas 2000/2001, En el caso particular que haya iniciado 2001/2002 o 2002/2003 (tambien puede suceder que el inicio de Se asignarán los importes de la actividad por la muerte o la cesión del Entradas en el sistema - Copia declaraciones impuesto de la renta necesarias o la actividad fuera en el año 2000 o en la campaña 1999/2000 referencia y hectáreas al nuevo titular de ésta durante el periodo de durante el periodo de - Certificado de la Hacienda Foral de que ha realizado la actividad agraria o de la Seguridad Social para el aceite de oliva, pero no haya percibido ayudas en estos agricultor que inicia la actividad referencia, el nuevo agricultor puede referencia de que ha cotizado por la actividad agraria, en los años afectados. agraria. periodos). Por otra parte han recibido pagos directos durante este periodo. El agricultor deberá presentar la alegación correspondiente comunicando el inicio de la actividad durante el periodo de referencia. Asimismo el productor deberá acreditar que no ha desarrollado en En el caso de que el nuevo agricultor haya iniciado la actividad en una explotación por muerte o cesión del titular de ésta durante el periodo de referencia, el agricultor puede optar entre que que le Un caso particular son cuando el agricultor inicia la actividad en consideren los derechos que le corresponderían al otro productor o que se le calculen teniendo en una explotación por muerte o cesión del titular de ésta durante el periodo de referencia. cuenta únicamente el periodo en el que se ha desarrollado la actividad. En tal caso se deberá presentar un Modelo de alegación de tipo genérico indicando que se le recalculen los derechos nueva optar entre que le consideren los derechos que le corresponderían al otro productor o que se le calculen teniendo en cuenta únicamente el periodo en el que se ha desarrollado la actividad. Nuevos agricultores Se considera una situación especial. (No es una reasignación de derechos procedentes de otro titular). Agricultores que hayan iniciado su actividad agraria después del 31 de diciembre de 2002, o en 2002, pero sin recibir ayudas directas dicho año. En estas situaciones especiales se permiten solicitar derechos de pago único - de forma prioritaria - de la reserva nacional. (Ver apartado: Reasignación de derechos procedentes de la Reserva Nacional - Nuevos agricultores). CLÁUSULA DEL BENEFICIO INESPERADO El caso de que los nuevos agricultores se hayan incorporado, después del periodo de referencia, tras la cesión de la explotación de un titular que se ha acogido a un programa de cese anticipado de la actividad agraria, se encuentra incluído en este apartado. La cláusula de beneficio inesperado se aplica a aquellas personas que vendieron o arrendaron por 6 años o más su explotación o parte de ella entre el periodo de referencia y el 15 de mayo de 2004 y no repusieron la explotación o la parte vendida o arrendada en el plazo de un año desde la venta o arrendamiento. Cuando esta situación se produce se entiende que con la asignación de los derechos, el agricultor obtiene un beneficio extraordinario, por lo cual se establecen las siguientes retenciones a los importes de referencia del vendedor o el arrendatario: - En caso de ventas antes del 15 de mayo de 2004, hasta el 90% del importe de referencia de las unidades de producción y de las hectáreas vendidas. - En caso de arrendamiento de 5 años o más, hasta el 50% del importe de referencia de las unidades de producción y de las hectáreas arrendadas más un 5% adicional por cada año de más de arrendamiento hasta un máximo de un 20% adicional. Esta cláusula no se aplicará si el vendedor o arrendatario ha repuesto la parte de la explotación vendida o los derechos cedidos en el plazo de un año a partir de la venta o del arrendamiento, pero en todo caso antes del 30 de abril de 2004. Tampoco se aplica esta cláusula si el agricultor ha cedido los derechos dentro de un contrato o ha modificado el contrato antes del 15 de mayor de 2004 y por último en el caso de que el agricultor demuestre que el precio de venta o del arrendamiento corresponde al valor de la explotación o en caso de una cesión parcial al valor de una parte de la explotación sin derechos de ayuda.