LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, REUNIDA EN SU SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, DENTRO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL, D E C R E T A ARTÍCULO PRIMERO.- Comuníquese al C. Presidente del Consejo Directivo de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Hidalgo del Parral, mediante copia del Dictamen, así como del Informe de la revisión efectuada, el resultado de la auditoría practicada correspondiente al período del 1o. de enero al 31 de diciembre del 2006, a efecto de que tenga a bien atender las observaciones que no fueron debidamente solventadas. ARTÍCULO SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, hágase del conocimiento de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Hidalgo del Parral, por conducto del C. Presidente, las observaciones que a continuación se detallan, a fin de que se determinen las responsabilidades administrativas a que haya lugar, esto debido a que:
EGRESOS SERVICIOS PERSONALES: SERVICIO MÉDICO A NO PENSIONISTAS: MEDICAMENTOS POR EL IMPORTE DE $579,975.11 Derivado de la auditoría practicada a los estados financieros de la JMAS de Parral, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2006, se observó que: La adjudicación de estas operaciones fue de manera directa, el según escrito elaborado por la Directora Administrativa de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Hgo. del Parral, de fecha 17 de septiembre del 2006, debiendo efectuarse a través del procedimiento de licitación por invitación a cuando menos 3 proveedores; contraviniendo con lo establecido en los artículos 28, fracción II; 33 y 101 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua. GASTOS DE VEHÍCULOS Mediante la auditoría practicada a los estados financieros de la JMAS de Parral, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2006, se determinó que el importe de $239,705.54 corresponde al pago de las primas de seguros de 53 2
vehículos, contratando a tres compañías de seguros, siendo éstas las siguientes: Nombre Importe "ANA" Compañía de Seguros, S.A. de C.V. $ 120,641.90 Seguros Comercial América, S.A. de C.V. 117,584.39 Seguros Tepeyac, S.A. 1,479.25 Total $ 239,705.54 Así mismo, se observó que La adjudicación de estas erogaciones fueron de manera directa, según escrito elaborado por el Jefe de Proveeduría, de fecha 27 de agosto del 2007, debiendo efectuarse a través del procedimiento de invitación a cuando menos tres proveedores, contraviniendo lo establecido en los artículos 28, fracción II; 33 y 101 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua. SERVICIO DE VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES Derivado de la auditoría practicada a los estados financieros de la JMAS de Parral, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2006, se observó que se efectuaron erogaciones por el importe de $226,553.00, por los conceptos de vigilancia en la planta potabilizadora, en oficinas administrativas y en control de combustible a vehículos. Estos servicios fueron contratados con la 3
empresa Vigilancia Privada y Asesoría de Parral, S.A. de C.V., durante las 24 horas, los 365 días del año, a las instalaciones de la planta potabilizadora ubicadas en la carretera a Santa Bárbara, según el contrato de fecha 1o. de enero del 2006, pagando como contraprestación por este servicio $16,332.00 mensuales, más el Impuesto al Valor Agregado, con vigencia de un año. Así mismo, se observó que la contratación de estos servicios se debió efectuar mediante el procedimiento de licitación restringida por invitación a cuando menos tres proveedores, ya que este Organismo Público contrató los servicios bajo el procedimiento de adjudicación directa; esto en inobservancia al artículo 28, fracción II; 33 y 101 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado de Chihuahua. T R A N S I T O R I O ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. D A D O en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los treinta días del mes de junio del año dos mil ocho. 4
PRESIDENTE DIP. JORGE ALBERTO GUTIÉRREZ CASAS SECRETARIO SECRETARIO DIP. MANUEL SOLTERO DELGADO DIP. JORGE ALEJANDRO ESPINO BALAGUER 5