EXCMO. AYUNTAMIENTO Plaza Mayor, 27 37500 CIUDAD RODRIGO (Salamanca) Expte: 206/2016 Asunto.- Becas comedor infantil municipal en época estival BASES PARA LA CONCESION DE BECAS POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD RODRIGO PARA SUFRAGAR GASTOS DEL COMEDOR MUNICIPAL INFANTIL EN ÉPOCA ESTIVAL (DEL 4 DE JULIO AL 12 DE AGOSTO) El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, con el objetivo de facilitar la conciliación de la vida familiar y profesional, y a la vez sensibilizado con la situación económica por la que atraviesan muchas familias de la localidad debido a la crisis económica, quiere promover la apertura del comedor municipal infantil en época estival contemplando ayudas económicas directas a aquellas familias que lo precisen para sufragar el gasto del comedor consistente en el pago del menú diario, semanal o mensual de los menores escolarizados que cumplan los requisitos para su concesión. Se pretende dar respuesta a una necesidad detectada a través de numerosos colectivos sociales que vienen apostando por una política pública de apertura de los comedores escolares en verano, aprovechando los dispositivos existentes en materia de animación sociocultural existentes en la localidad dirigidos a la infancia (Programa Conciliamos, actividades en La Glorieta ) y ofrecer un recurso más a aquellas familias que lo necesitan por diferentes motivos. BASES 1.- OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LAS BECAS. El objeto de esta convocatoria es la concesión de becas o subvenciones económicas directas para sufragar los gastos del comedor municipal infantil en época estival (del 4 de julio al 12 de agosto de 2016), para menores escolarizados en el ciclo de Educación Infantil o en el ciclo de Primaria en cualquier centro educativo del municipio de Ciudad Rodrigo en el curso escolar 2015/2016, con arreglo a las siguientes Bases reguladoras. Se justifica la concesión directa de las subvenciones para el pago del gasto del comedor infantil municipal a los menores escolarizados dado el carácter singular de las mismas y las razones de interés social expuestas en el preámbulo de las presentes Bases. Deberán estar empadronados en el municipio tanto el menor para el que se solicita la beca como los padres/tutores en el momento de formalizar la solicitud, salvo los casos de necesidad urgente debidamente acreditados y valorados por los técnicos municipales. 2.- REQUISITOS GENERALES DE LOS/SOLICITANTES. Tendrán la consideración de beneficiarios las personas que soliciten formalmente las ayudas económicas para la utilización del servicio de comedor infantil municipal y deberán cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos: a) Estar empadronados en el municipio de Ciudad Rodrigo. b) La edad de los/as menores objeto de la beca estará comprendida entre los 3 y los 12 años. c) Convivir con el/los menores a cargo para los que se solicite la beca. d) Haber estado matriculado el/los menores en el curso escolar 2015/2016 y acreditar que asiste al centro con regularidad. Bases Becas Comedor 2016 Página 1
e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo. (Se considera que el/a solicitante está al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento cuando no mantenga deudas o sanciones tributarias en período ejecutivo, salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida). f) No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditación de no estar incursos en las prohibiciones a que se refiere el citado artículo se realizará mediante Declaración responsable ante el órgano concedente de la subvención. 3.- ORGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO. Será competente para la instrucción del procedimiento la Concejalía de Educación de y de Infancia, para su resolución la Alcaldía Presidencia mediante Decreto. 4.- PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado que figura en el Anexo de estas Bases, se acompañará de la documentación indicada en la propia solicitud y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo a partir del siguiente la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el día 17 de Junio de 2016 (inclusive). Asimismo, de conformidad con lo establecido en al artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la presentación de la solicitud conllevará la autorización del beneficiario/as para que el órgano concedente obtenga de forma directa las certificaciones acreditativas de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, con la Agencia tributaria y con la Seguridad Social, a través de datos telemáticos, en cuyo caso el beneficiario no deberá aportar las mismas.. Todo ello sin perjuicio y de acuerdo con lo establecido en al art. 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que, en los supuestos de imposibilidad material de obtener las certificaciones, el órgano competente podrá requerir al beneficiario/a su presentación. 5.- PLAZO DE RESOLUCION Y NOTIFICACION. El plazo máximo para la resolución del procedimiento no podrá exceder de 30 días desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La resolución que se adopte incluirá la relación de solicitantes a los/s que se les concede la beca del comedor infantil municipal teniendo en cuenta lo establecido en los criterios objetivos de concesión señalado en el apartado 6 de las presentes Bases, así como la relación total de admitidos/as y las fechas para las que solicitan el servicio de comedor. Igualmente se relacionarán las solicitudes denegadas y en su caso la resolución adoptada en relación con las alegaciones presentadas. La resolución del procedimiento se notificará a todos los interesados de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP). La práctica de dicha notificación o publicación se ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 59.6 de la citada ley, en la página web del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, www.aytociudadrodrigo.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Estas publicaciones sustituirán a la notificación en los términos que establecen en el citado artículo 59.6 b y artículo 60 LRJAP. 6.- CRITERIOS OBJETIVOS DE CONCESIÓN A.- BENEFICARIOS CON GRATUIDAD TOTAL. Tendrán una beca del 100% del precio del menú del comedor, aquellos niños/as que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
EXCMO. AYUNTAMIENTO Plaza Mayor, 27 37500 CIUDAD RODRIGO (Salamanca) a) Hayan sido Beneficiarios de beca de comedor escolar, durante el curso 2015/2016, por la Junta de Castilla y León. b) Tengan reconocida la exención de pago en el Programa Conciliamos en verano. c) Cuando la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el período impositivo 2014 no exceda en cómputo anual de la mitad del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples del años 2014 (IPREM-2014 = 7.455,14 ), es decir, cuando dichos ingresos no superen 3.727,57. Estos ingresos se obtendrán adjuntando la documentación acreditativa de la Agencia Tributaria. d) Alumnos/as que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33%. Se acreditará adjuntando copia de la Tarjeta acreditativa o bien de la Resolución de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, Centro Base de personas con discapacidad. e) Familias numerosas de categoría especial. Se acreditará adjuntando copia del Título expedido por la Junta de Castilla y León en vigor. f) En acogimiento familiar o residencial. Se acreditará adjuntando copia de la Resolución judicial o Certificado de la Comisión de tutela. g) Solicitante en condiciones especiales de género. Esta circunstancia se acreditará adjuntando copia de la orden de protección de la víctima o copia del informe del Ministerio Fiscal o copia de certificado de Servicios Sociales o Sanitarios de la Administración autonómica o local. h) Situación carencial específica. Se acreditará adjuntando copia de informe de los Servicios Sociales. B.- BENEFICIARIOS/AS CON GRATUIDAD DEL 75%. Tendrán una beca del 75% del precio del menú del comedor, aquellos alumnos/as que pertenezcan a unidades familiares en las que la suma de los ingresos obtenidos de todos sus miembros en el período impositivo 2014 no exceda en cómputo anual del IPREM (7.455,14 ). C.- BENEFICIARIOS/AS CON GRATUIDAD DEL 50%. Tendrán una beca del 50% del precio del menú del comedor, aquellos alumnos/as que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: a) Pertenecientes a unidades familiares en las que el resultado de la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2014 no exceda en cómputo anual 2 veces del IPREM (14.910.28 ). b) Familia numerosa de categoría general. Se acreditará adjuntando copia del Título de familia numerosa expedido por la Junta de Castilla y León en vigor. 7.- PROCEDIMIENTO ADMISION Tendrán prioridad de acceso al comedor escolar: 1. Los/as alumnos/as que se hayan beneficiado de beca de comedor escolar durante el curso anterior, es decir, curso escolar 2015/2016. 2. Los/as alumnos/as que cumplen los requisitos establecidos para la gratuidad total del servicio de comedor, aunque no hayan asistido al comedor durante el curso escolar y ahora lo soliciten. Bases Becas Comedor 2016 Página 3
3. Alumnos/as que acudan al Programa Conciliamos en Verano con exención del coste. 4. El resto de solicitantes, serán admitidos por riguroso orden de inscripción, hasta cubrir el número total de plazas disponibles. 8.- NUMERO DE PLAZAS DISPONIBLES, HORARIOS Y PRECIOS. El número de plazas de comedor escolar es de 55. Para la puesta en marcha del servicio de comedor deberá haber un mínimo de 20 solicitantes. En caso de existir un número de solicitantes cercano a 20, el Ayuntamiento podrá poner en marcha el servicio si lo considera conveniente. El precio del menú diario se establece en 3 euros, para aquellos menores que soliciten asistencia al comedor infantil municipal y que no obtengan beca, según los requisitos establecidos en artículo anterior. El servicio de comedor, sito en el Colegio Público San Francisco funcionará del 4 de julio al 12 de agosto de 2016, ambos inclusive. Abrirá sus puertas a partir de las 14.30 horas, hasta las 17:00 horas siendo los/as padres/madres/tutores los responsables de la entrega y recogida del menor en el horario establecido. 9.- CREDITO PRESUPUESTARIO El importe de las becas a conceder se abonará con cargo a la partida presupuestaria 2310.2269925 denominada Gastos contra la pobreza infantil, que asciende a 10.000. 10.- INFRACCIONES Y SANCIONES. Los beneficiarios de la subvención quedarán sometidos a las responsabilidades que en materia de infracciones y sanciones administrativas establece la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de aplicación aprobado por el Real Decreto 887/2006 de 21 de Julio. El procedimiento administrativo sancionador a que se refiere el artículo 67 de dicha Ley será el regulado por el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto. 11.- NORMATIVA DE APLICACION En lo no previsto en las presentes Bases se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las Bases de Ejecución de Presupuesto General del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo correspondientes al ejercicio 2016. DISPOSICION FINAL. Las dudas que puedan surgir en cuanto a la interpretación de las presentes Bases serán resueltas por el órgano competente, cuyas resoluciones pondrán fin a la vía administrativa. Ciudad Rodrigo, 20 de Mayo de 2016 EL ALCALDE Fdo: Juan Tomás Muñoz Garzón
EXCMO. AYUNTAMIENTO Plaza Mayor, 27 37500 CIUDAD RODRIGO (Salamanca) ANEXO SOLICITUD DE AYUDAS PARA COMEDOR INFANTIL MUNICIPAL EJERCICIO 2016 DATOS PERSONALES DEL PADRE/MADRE/TUTOR: NOMBRE NIF DIRECCIÓN Código Postal LOCALIDAD PROVINCIA 37500 CIUDAD RODRIGO SALAMANCA TELÉFONO MÓVIL FAX CORREO ELECTRÓNICO E X P O N G O: Enterado/a de la convocatoria de ayudas económicas para sufragar gastos de comedor infantil municipal y reuniendo todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases reguladoras de la citada convocatoria. S O L I C I T O: Le sea concedida una ayuda en la cuantía que proceda de conformidad con las Bases reguladoras para sufragar los gastos de comedor infantil municipal a favor de los/las menores: DATOS DEL MENOR/ES: Nombre y apellidos: 1.- Centro escolar Fecha nacimiento Beca comedor 2015/2016 (marque con una X) 100% 75% 50% Exención Conciliamos (SI / NO) 2.- 3.- DECLARACIÓN RESPONSABLE De conformidad con el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la persona que firma este documento DECLARA: Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo. Doy mi consentimiento para que el Ayuntamiento corrobore los datos señalados en esta solicitud En Ciudad Rodrigo, a de Junio de 2016 EL SOLICITANTE Fdo.- SR. ALCALDE-PRESIDENTE AYUNTAMIENTO DE CIUDAD RODRIGO (Salamanca) Bases Becas Comedor 2016 Página 5
DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA: Fotocopia del D.N.I. del solicitante. Fotocopia Libro de Familia y del título de Familia numerosa, en su caso. Fotocopia del Certificado de minusvalía expedido por Centro Base, en su caso. Justificantes de ingresos de los miembros mayores de 16 años de la unidad familiar según conste en el Padrón Municipal de Habitantes (copia del Modelo 100 de la Declaración del I.R.P.F. del Ejercicio 2014 o certificación equivalente). En el caso de no tener obligación de realizar la Declaración de la Renta, documentación justificativa de los ingresos económicos de la unidad familiar: En caso de pensionistas, Certificado de la pensión recibida, Certificados del Servicio Público de empleo, etc. Otra documentación complementaria. OBSERVACIONES: - Los datos del empadronamiento en la localidad serán comprobados por el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo. Asimismo comprobará la existencia o no de absentismo escolar por parte del/a alumno/a posible beneficiario/a de la ayuda. - Aquellos alumnos/as becados con plaza en comedor escolar durante el Curso 2015/2016 no tendrán que presentar la documentación relativa a la situación económica familiar. Según la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo incorporará sus datos a ficheros, que se utilizarán para los propios fines municipales y no se cederá a ningún tercero excepto por obligaciones legales y a aquellas Administraciones Públicas que fueran las destinatarias del tratamiento. Para ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación deben dirigirse por escrito al Ayuntamiento. Adicionalmente se autoriza al Ayuntamiento a comprobar y completar los datos necesarios para esta solicitud, consultando tanto sus propios archivos como los de otras Administraciones Públicas que sean necesarias.