Dirección General de Tributación



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B. REQUISITOS ESPECIFICOS 1. Impuesto de Traspaso de Bienes Inmuebles a) Crédito generado por Doble Pago Original (es decir, las copias con sello original de cancelación del Banco) y fotocopia para confrontar, o copia certificada de los formulario D.120 ó recibos oficiales de pago (D.110) cancelados que demuestren el doble pago y/o cancelación de lo reclamado. Original y fotocopia para confrontar, o copia certificada, del testimonio de la escritura de traspaso. b) Crédito generado por mala valuación Original (es decir, las copias con sello original de cancelación del Banco) y fotocopia para confrontar, o copia certificada del formulario D.120 ó recibo oficial de pago (D.110) cancelado. Original y fotocopia para confrontar, o copia certificada, del testimonio de la escritura de traspaso. Estudio técnico realizado por el área de Valoraciones (Resolución determinativa del valor). 2. Impuesto a la Transferencia de Vehículos Automotores, Aeronaves y Embarcaciones c) Doble Pago Original (es decir, las copias con sello original de cancelación del Banco) y fotocopia para confrontar, o copia certificada de los formulario D.121 ó recibos oficiales de pago (D.110) cancelados que demuestren el doble pago y/o cancelación de lo reclamado. Original y fotocopia para confrontar, o copia certificada, del testimonio de la escritura de traspaso. d) Crédito generado por mala valuación Original (es decir, las copias con sello original de cancelación del Banco) y fotocopia para confrontar, o copia certificada del formulario D.121 o recibo oficial de pago (D.110) cancelado. Original y fotocopia para confrontar, o copia certificada, del testimonio de la escritura de traspaso. Estudio técnico realizado por el área de Valoraciones (Resolución determinativa del valor). e) Crédito generado por pago de traspaso para vehículos de primera inscripción Original (es decir, la copia con sello original de cancelación del Banco) y fotocopia para confrontar, o copia certificada del formulario D.121 ó recibo oficial de pago (D.110) cancelado. Original y fotocopia para confrontar, o copia certificada, del documento de inscripción en el Registro de la Propiedad. 3. Impuesto a la Propiedad de Vehículos, aeronaves y embarcaciones. Dirección General de Tributación Página 1

f) Doble Pago Documento de devolución aportado por el INS donde se indica el monto de devolución que corresponde a Tributación. Copia del Marchamo que prevalece. Otros según corresponda. g) Crédito generado por pago de otra placa Original del recibo entregado por el INS, donde indica el monto de devolución que le corresponde a la DGT. h) Crédito generado por cambio de placa (taxi/particular bus/particular y viceversa) Nota emitida por el Departamento de concesiones del MOPT, donde conste la fecha en que se autoriza el cambio de categoría y donde se indique la condición en que van a quedar el automotor. Original (es decir, recibo con sello original de cancelación) del derecho de circulación cancelado. i) Crédito generado por tarifa preferencial (carga pesada) Fotocopia confrontada del documento de revisión técnica para los vehículos no inscritos. Certificación del Registro Nacional donde consten las características del automotor Original y copia para su confrontación del derecho de circulación j) Crédito generado por exoneración no aplicada (Diplomáticos, Misiones Internacionales, Equipo Especial, instituciones gubernamentales, etc.) Original y copia para su confrontación del derecho de circulación o certificación de pago emitida por el Instituto Nacional de Seguros. Nota de exoneración emitida por el Departamento de Exenciones de la DGH. 4. Impuestos Indirectos (Impuesto sobre las Ventas y Selectivo de Consumo) i) Producción de bienes exentos Detalle de los porcentajes de los bienes gravados y exentos que produce, debidamente firmado por el solicitante de la devolución. Dirección General de Tributación Página 2

ii) Adquisición de maquinaria de alto valor utilizada directamente en el proceso productivo i) Original o copia certificada de la póliza de desalmacenaje o la factura de compra. ii) Declaración jurada de haber iniciado la actividad productiva o de la fecha de inicio de actividades, así como un detalle de la parte del proceso productivo en qué se utiliza la maquinaria y número de activo o cualquier otro dato que identifique la maquinaria. iii) Ventas al Estado o empresas que gocen de exención Nota de exoneración emitida por el Departamento de Exenciones de la Dirección General de Hacienda, debidamente sellada. (En el caso de que sean subjetivas y objetivas aportar la resolución emitida por el Departamento de Exenciones de la DGH, tanto en las específicas como en las permanentes) Órdenes de compra (correspondientes a la muestra). Anexo denominado cuadro resumen de ventas exentas. (Debe confeccionarse un cuadro por cada mes. El detalle debe venir firmado por el representante legal y debidamente autenticado por abogado, aportando además originales y fotocopias o fotocopias certificadas de al menos un 10% de los documentos que respaldan cada detalle mensual, tomando en consideración los importes más representativos de los mismos. Antes de confeccionar el cuadro, ordene cronológicamente las facturas, órdenes de compra, oficios de compras autorizadas y notas de exoneración según corresponda, de las más antiguas a las más recientes y luego debe foliarlas). a) Número de factura b) Fecha de la Factura c) Cliente d) Número de: orden de compra, oficio de compras autorizadas, o nota de exoneración e) Total venta exenta en colones f) Referencia folio- (en esta columna se anota el número de folio de la respectiva g) El cuadro debe contener nombre de la empresa, título, período y cualquier nota Anexo denominado cuadro resumen de Compras y Servicios Nacionales Gravados. (Debe confeccionarse un cuadro para cada mes. El detalle debe venir firmado por el representante legal y debidamente autenticado por abogado, aportando además originales y fotocopias o fotocopias certificadas de al menos un 10% de los documentos que respaldan cada detalle mensual, tomando en consideración los importes más representativos de los mismos. Antes de confeccionar el cuadro ordene cronológicamente las facturas de las más antiguas a las más recientes y luego debe foliarlas). a) Número de factura b) Fecha de la Factura c) Proveedor d) Descripción de cada ítem de la factura. e) monto en colones sin el impuesto de cada ítem f) Monto impuesto de ventas g) Referencia folio- (en esta columna se anota el número de folio de la respectiva h) El cuadro debe contener nombre de la empresa, título, período y cualquier nota Dirección General de Tributación Página 3

Recibos de pago correspondientes a las facturas presentadas en el caso de que correspondan a facturas que no muestra sello de cancelación o sean facturas de crédito (correspondientes a la muestra). Anexo denominado cuadro resumen de Importaciones Gravadas. (Debe confeccionarse un cuadro para cada mes. El detalle debe venir firmado por el representante legal y debidamente autenticado por abogado, aportando además originales y fotocopias o fotocopias certificadas de al menos un 10% de los documentos que respaldan cada detalle mensual, tomando en consideración los importes más representativos de los mismos. Antes de confeccionar el cuadro ordene cronológicamente las facturas del: proveedor, DUAS y agencia que desalmacena, de las más antiguas a las más recientes y luego debe foliarlas). a) Número de factura del proveedor b) Fecha de la Factura del proveedor c) Nombre del Proveedor d) Descripción de cada ítem de la factura. e) Monto en Dólares f) Número de DUA g) Fecha del DUA h) Tipo de cambio i) Monto en colones j) Impuestos k) Número de factura de la agencia l) Referencia folio- (en esta columna se anota el número de folio de la respectiva m) El cuadro debe contener nombre de la empresa, título, período y cualquier nota Certificación de un Contador Público Autorizado respecto de: - Si los impuestos reclamados fueron o no acreditados en la declaración de ventas correspondiente, o en posteriores rectificaciones a ésta. - Si existen o no, notas de crédito que emitieron los proveedores que afecten los montos de las facturas presentadas en el reclamo tanto en lo que respecta al valor de la mercancía como al impuesto reclamado. - Tratamiento contable dado al impuesto reclamado. Se debe especificar el número o código de las cuentas contables involucradas y su nombre, así como la fecha de los respectivos registros contables (asientos o comprobantes de diario). - Otros, según correspondan al caso en particular. iii) Exportadores Declaración jurada de la estructura de ventas de la empresa con nombre de la cuenta, número de asiento y fecha de registro. Declaración de exportación presentada en el período a que corresponde el crédito. Anexo denominado cuadro resumen de Exportaciones. (Debe confeccionarse un cuadro para cada mes. El detalle debe venir firmado por el representante legal y debidamente autenticado por abogado, aportando además originales y fotocopias o fotocopias certificadas de al menos un 10% de los documentos que respaldan cada detalle mensual, tomando en consideración los importes más representativos de los mismos. Antes de confeccionar el cuadro ordene cronológicamente las facturas de exportación y declaraciones de exportación de las más antiguas a las más recientes y luego debe foliarlas). a) Número de factura Dirección General de Tributación Página 4

b) Fecha de la Factura c) Cliente d) Número de DUA o documento de exportación e) Total venta en dólares f) Tipo de cambio g) Monto en colones h) Referencia folio- (en esta columna se anota el número de folio de la respectiva i) El cuadro debe contener nombre de la empresa, título, período y cualquier nota Anexo denominado cuadro resumen de Compras y Servicios Nacionales Gravados. Recibos de pago correspondientes a las facturas presentadas. Anexo denominado cuadro resumen de Importaciones Gravadas. Certificación de un Contador Público Autorizado respecto de: vi) Impuesto de ventas pagado en los recibos telefónicos y de energía eléctrica Original y copia para confrontar o fotocopia certificada de los recibos (electricidad, teléfono). Aportar el original o fotocopia certificada del comprobante de pago emitido por el banco donde se pueda verificar que los montos de los recibos fueron cancelados. Original de la nota de exoneración emitida por el Departamento de Exenciones de la Dirección General de Hacienda, debidamente sellada. Certificación del Compañía Nacional de Fuerza y Luz que haga constar que no han realizado devolución del impuesto de ventas. vii) Compras Locales Impuesto de Ventas (Zonas Francas) Fotocopia certificada del Contrato de Operaciones suscrito con la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER), donde se le concedió el ingreso al Régimen de Zona Franca e indicación de la fecha a partir de la cual rige el respectivo contrato. Anexo denominado cuadro resumen de compras locales. (Debe confeccionarse un cuadro para cada mes. El detalle debe venir firmado por el representante legal y debidamente autenticado por abogado, aportando además originales y fotocopias o fotocopias certificadas de al menos un 10% de los documentos que respaldan cada detalle mensual, tomando en consideración los importes más representativos de los mismos. Antes de confeccionar el cuadro ordene cronológicamente las facturas de las más antiguas a las más recientes y luego debe foliarlas. a) Número de factura b) Fecha de la Factura c) Proveedor d) Descripción de cada ítem de la factura. e) monto en colones sin el impuesto de cada ítem f) Monto impuesto de ventas g) Referencia folio- (en esta columna se anota el número de folio de la respectiva Dirección General de Tributación Página 5

h) El cuadro debe contener nombre de la empresa, título, período y cualquier nota Originales y fotocopias o copias certificadas de las facturas de compras locales. Recibos de pago correspondientes a las facturas presentadas en el caso de que correspondan a facturas que no muestra sello de cancelación o sean facturas de crédito. Certificación de un Contador Público Autorizado respecto de: - Si los impuestos reclamados fueron o no acreditados en la declaración de ventas correspondiente, o en posteriores rectificaciones a ésta. - Si existen o no, notas de crédito que emitieron los proveedores que afecten los montos de las facturas presentadas en el reclamo tanto en lo que respecta al valor de la mercancía como al impuesto reclamado. - Tratamiento contable dado al impuesto reclamado. Se debe especificar el número o código de las cuentas contables involucradas y su nombre, así como la fecha de los respectivos registros contables (asientos o comprobantes de diario). - Otros, según correspondan al caso en particular. 5. Impuestos Directos (Impuesto sobre la Renta y Otros) i) Retenciones del 2% Original o fotocopia certificada de las facturas a las que se les aplicó la retención. Original o fotocopia certificada de los recibos de dinero que demuestren la cancelación de las facturas. Certificación de la retención efectuada a las facturas emitidas por la empresa que solicita la devolución, realizada por el agente retenedor en la que se detalle lo siguiente: - Nombre y cargo del titular del órgano emisor - Nombre y cédula del agente de retención o percepción - Nombre y cédula del contribuyente - Base de retención - Monto retenido - Periodo (mes y año) en que se efectúo la retención. - Número de declaración en la que se reportó al fisco - Firma y sello del órgano emisor La certificación deberá expedirse en papel membretado del agente de retención donde figure su dirección, teléfono, fax y correo electrónico, si los tiene. Además, a la persona que se le solicita la información debe estar en la listas de personas autorizadas para expedir dicha certificación, que tiene la División de Recaudación, de conformidad con la resolución 37/2001, de la Dirección General de Tributación. ii) Retenciones de Tarjetas de Crédito Certificación de retenciones que incluya la siguiente información, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5.- Requisitos de la certificación de la Resolución Nº DGT-20-2006. Dirección General de Tributación Página 6

a) Nombre y cargo del titular del órgano emisor. b) Nombre y cédula del agente de retención o percepción. c) Indicación expresa de la validez o falsedad del o de los comprobantes de pago. d) Nombre y cédula del contribuyente. e) Impuesto, tarifa o porcentaje y período a que corresponde la retención. f) Monto de la retención. g) Fecha en que se efectuó la retención. h) Número de Documento con que se depositó la retención a la orden del Fisco y fecha del depósito. i) Lugar, hora y fecha de emisión. j) Que la certificación se extiende según requerimiento de la Administración Tributaria indicando el número de oficio de requerimiento y oficina que lo remite. k) Firma y sello del órgano emisor. La certificación deberá expedirse en papel membreteado del agente de retención donde figure su dirección, teléfono, fax y correo electrónico, si los tiene. Los incisos b) y h) no aplican a certificaciones expedidas por la Tesorería Nacional. iii) Timbres de Salida Detalle de los timbres objeto de la devolución, indicando la cantidad de timbres según la denominación. Aportar la prueba documental pertinente, en la que fundamenta su solicitud: Comprobante de pago y los timbres respectivos. iv) Timbres Fiscales A. Para refrendo de cartel de licitación Original del entero de gobierno. Original y copia o fotocopia certificada del Contrato suscrito con el proveedor. Original y copia o fotocopia certificada del cartel de licitación. Se solicita a la contabilidad nacional: certifique el ingreso a las arcas estatales de las sumas de ( ) pagadas por concepto de la cancelación de los enteros de Gobierno Nº (s), en el Banco (nombre del banco). Original y copia o fotocopia certificada del oficio de la Contraloría General de la República, donde deniega el refrendo del contrato. B. Para otros usos Detalle de los timbres objeto de la devolución, indicando la cantidad de timbres según la denominación. Aportar la prueba documental pertinente, en la que fundamenta su solicitud: Comprobante de pago y los timbres respectivos. v) Derechos de Salida del Territorio Nacional Original del comprobante de pago del derecho de salida. Dirección General de Tributación Página 7

Constancia emitida por la Dirección General de Migración de que la salida no se efectuó. En caso de menores de edad, constancia del Registro Civil para verificar que quien solicita la devolución es el Padre o Madre del menor o bien la certificación de la patria potestad. Dirección General de Tributación Página 8