GUÍA DE ELABORACIÓN DE ORDENANZA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE ELABORADO CON LA ASISTENCIA DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DE DESARROLLO MUNICIPAL AÑO 2012 0
ÍNDICE Página Contenido de la Ordenanza Municipal 2 Parte Enunciativa 2 Parte Normativa.2-3 Modelo de Ordenanza Municipal 4-6 1
Contenido de la Ordenanza Municipal Una Ordenanza Municipal consta de dos partes fundamentales: Una parte Enunciativa y otra parte Normativa. La parte Enunciativa corresponde a la identificación de la herramienta y a las razones que la originan que van enunciadas en los Considerandos y la parte Normativa que constituye el conjunto de disposiciones obligatorias para la población. Parte Enunciativa Número Correlativo del Acuerdo: Cada Ordenanza debe ser emitida a través de un Acuerdo Municipal. Identificación del Concejo Municipal que promulga la Ordenanza: Aquí se puntualiza el Municipio y el Departamento al que corresponde Considerandos : En este apartado se expresan los motivos y justificaciones que dan origen a la Ordenanza Por Tanto: Disposiciones constitucionales y legales que facultan al Gobierno Local a crear la Ordenanza Decreta: Acto jurídico de emitir el instrumento, expresa el título de la Ordenanza que debe contener la materia que se está normando. Parte Normativa Objeto y Ámbito de Acción: El objeto de la ordenanza es la materia que se está regulando y los alcances de tal regulación. El ámbito de aplicación lo constituyen los límites geográficos del municipio. Obligaciones: Las obligaciones son los deberes jurídicos que deben realizarse u omitirse en un determinado acto definiendo los sujetos que deben cumplirlas. 2
Prohibiciones: Son las disposiciones plasmadas en la Ordenanza que de no ser acatadas las personas se hacen acreedoras a una sanción. Sanciones: Constituyen las consecuencias jurídicas por el incumplimiento de la Ordenanza. Las sanciones están clasificadas de Graves, Menos Graves y Leves. En el Título X De las Sanciones, Procedimientos y Recursos, Artículo 126 del Código Municipal, se establecen los diferentes tipos de sanciones: Arresto: Esta sanción para ser impuesta debe estar consignada en forma expresa en la ordenanza, no podrá pasas de 5 días, según la CP y debe cumplirse en las celdas del municipio, y en caso de que nos las tuviera en las del municipio más cercano. Multa: Sanción de tipo pecuniaria (en dinero); el monto de la multa se fija de acuerdo a la gravedad de la infracción y a la capacidad económica de la persona que infringe lo normado en la Ordenanza. Debe pagarse dentro de los tres días siguientes después de haber recibido la notificación, a no ser que se interponga un recurso de apelación. Comiso: Es una sanción accesoria que conlleva la privación o pérdida de los objetos o instrumentos de la infracción cometida. Clausura: Esta sanción consiste en el cierre de un negocio o establecimiento que no está autorizado para funcionar. Procedimiento sancionatorio: El procedimiento para imponer cualquier tipo de las sanciones descritas en el párrafo anterior, cuando se infringe una ordenanza se encuentra estipulado en el Artículo 131 del Código Municipal. Y en el Artículo 132 se define el procedimiento cuando se encuentra a una persona infraganti. Recursos para impugnar la sanción: Recurso de revisión: (Art.135 del CM), se interpone ante el Concejo Municipal, en las 24 horas de haber recibido la notificación respectiva. El Concejo cuenta con tres días para resolver y dar una respuesta. Recurso de Revocatoria: (Art.136 del CM), Se aplica cuando el recurso de revisión ha sido desestimado. Recurso de Apelación: (Art. 137 del C M), ante las resoluciones del Alcalde o delegado se puede interponer un recurso de Apelación ante el Concejo Municipal 3
Modelo de Ordenanza Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL CONSIDERANDO: I. Que la Constitución de la República en su Art.203 establece la autonomía de los Municipios en el ámbito administrativo, lo cual les otorga la facultad normativa como gobierno local de realizar y ejecutar los planes de desarrollo que estimemos pertinentes por medio de la presente Ordenanza, como lo estipula el ordinal 5 del Art. 204 de la Carta Magna; II. Que de acuerdo a las competencias constitucionalmente establecidas, en el Código Municipal consigna en su Art. 2 Inc. 1º que los Municipios están encargados de la rectoría y gerencia del bien común local, en coordinación con las políticas y actuaciones nacionales orientadas al bien común general, gozando para cumplir con dichas funciones del poder, autoridad y autonomía suficiente; III. Que el Art. 4 de dicho Código Municipal establece en específico en la competencia xxxxx que corresponde a los Municipios POR TANTO En razón de todo lo anterior y en uso de sus facultades constitucionales y legales, DECRETA la siguiente. ORDENANZA PARA LA Art. 1.- DEFINICIONES TITULO PRELIMINAR CAPITULO I CONCEPTOS Y DEFINICIONES BÁSICAS Para los efectos de esta ordenanza, se entenderá por: (Aquí se colocan los conceptos claves relacionados con la materia que trata la Ordenanza) 4
TITULO I CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES OBJETO, PRINCIPIOS Y VALORES Art. 2- OBJETO DE LA ORDENANZA. (Se presenta la razón de ser de la Ordenanza que es lose plantea normar). Art. 3.- PRINCIPIOS Y VALORES Las normas de esta Ordenanza deben aplicarse e interpretarse a partir de los siguientes principios y valores: PRINCIPIOS a) Se detallan los principios que deberán sustentar a la materia normada en la Ordenanza) VALORES Se presentan en este apartado los valores en los que se sustenta la Ordenanza; deben estar en coherencia conceptual con la materia que se pretende regular.. CAPITULO II REGLAS DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL FOMENTO DE Art. 4.- (Se inician los capítulos de los contenidos propios de la materia que se me está regulando) TITULO V DISPOSICIONES FINALES Art. xx.- CARÁCTER ESPECIAL DE ESTA ORDENANZA. 5
La presente Ordenanza Municipal es de carácter especial.. si es una Ordenanza que norma una materia que no se había regulado antes. Art. xx.- APLICACIÓN SUPLETORIA DE OTRAS NORMAS. En todo lo no previsto en la presente ordenanza, se estará a lo dispuesto en el Código Municipal y, en su defecto a lo dispuesto por las normas del derecho común que sobre la materia fueren aplicables. Art. xx.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial y su implementación deberá ser gradual y progresiva acorde con la capacidad y desarrollo de la Municipalidad. DADO EN EL SALON DE SESIONES DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE, a los días del mes de de ALCALDE (SA) MUNICIPAL SÍNDICO (A) MUNICIPAL SECRETARIO (A) MUNICIPAL 6