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Transcripción:

52-1-050 Expertos preocupados POR TU FUTURO RENTAS VITALICIAS

Una Renta Vitalicia, es la única alternativa de pensión que le asegura un ingreso mensual fijo, en UF, para toda la vida, independiente de los cambios y fluctuaciones de la economía.

EN QUÉ CONSISTE UNA RENTA VITALICIA? Las Rentas Vitalicias son una modalidad de Pensión en la que Principal Compañía de Seguros de Vida se compromete a pagar un monto fijo en UF pactado para toda la vida del Asegurado, es decir, garantiza una renta mensual que se mantiene intacta durante toda su vida, constituyendo una atractiva modalidad de pensión permitiéndole tener un futuro tranquilo y estable. VENTAJAS DE UNA RENTA VITALICIA FLEXIBILIDAD: Usted decide si quiere recibir la pensión contratada de manera inmediata o diferida y por cuánto tiempo desea garantizar el pago de su pensión en caso de fallecimiento, la cual puede ser Simple o Garantizada. PENSIÓN DE POR VIDA: Una Renta Vitalicia permite recibir una pensión durante toda la vida. NO PIERDE VALOR EN EL TIEMPO: Pensión fija que se calcula en UF. El monto de la pensión no se recalcula anualmente. MANTENCIÓN DE SISTEMA DE SALUD: Ya sea FONASA o ISAPRE, todo ello conforme a las normas legales vigentes. CUOTA MORTUORIA: En caso de fallecimiento del Asegurado, otorga una Cuota Mortuoria con tope de UF 15 a la persona que acredite haberse hecho cargo de los gastos del funeral.

TIPOS DE PENSIÓN Son los principales beneficios que otorga el Sistema Previsional, teniendo cada tipo de pensión una causa distinta por la cual se otorga. Los tipos de Pensión son: VEJEZ NORMAL: Si tiene 65 años (hombre) o 60 años (mujer) - edad legal para pensionarse - usted está en condiciones de optar a una Renta Vitalicia. VEJEZ ANTICIPADA: Usted puede optar anticipadamente a una Renta Vitalicia, sin edad mínima, siempre que el monto que usted reciba como pensión sea igual o mayor al 70% de las remuneraciones imponibles de los últimos 10 años e igual o superior al 150% de la pensión mínima garantizada por el estado, de acuerdo a lo dispuesto en la ley. DE INVALIDEZ: Si legalmente es declarado incapacitado para seguir desempeñando la actividad laboral que realizaba hasta el momento, de acuerdo a un Dictamen de la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones, usted podrá optar a una Renta Vitalicia de Invalidez, disponiendo así de un ingreso mensual para asegurar su tranquilidad y la de su familia. DE SOBREVIVENCIA: Esta renta podrá ser contratada por los beneficiarios de pensión del afiliado fallecido que cumplen con los requisitos que establece la ley. Para ello, los fondos acumulados en su AFP son traspasados a Principal Vida, quién les pagará a ellos una pensión mensual en UF.

MODALIDADES DE PENSIÓN Para los tipos de Pensión mencionados anteriormente, Principal Seguros de Vida ofrece las siguientes modalidades de Pensión: RENTA VITALICIA INMEDIATA Modalidad por la cual el afiliado comienza a recibir su renta desde el momento en que los fondos son traspasados desde la AFP a Principal Compañía de Seguros de Vida, obligándose esta última al pago de una renta mensual fija en UF para toda la vida del Asegurado y, fallecido éste, a sus Beneficiarios de Pensión de Sobrevivencia. RENTA TEMPORAL CON RENTA VITALICIA DIFERIDA Modalidad por la cual el afiliado contrata en Principal Compañía de Seguros de Vida, el pago de una Renta Mensual a contar de una fecha futura, determinada en el contrato, reteniendo en su Cuenta de Capitalización Individual los fondos suficientes para obtener de la AFP una Renta Temporal durante el período que medie entre la fecha en que ejerce la opción por esta modalidad y la fecha en que la Renta Vitalicia Diferida comienza a ser pagada por Principal Compañía de Seguros de Vida.

DIFERENCIAS ENTRE RENTA VITALICIA Y RETIRO PROGRAMADO (AFP) RENTA VITALICIA RETIRO PROGRAMADO (AFP) Estabilidad del monto mensual de la pensión: Rentabilidad de la inversión: Para la Herencia: Pensión más allá del agotamiento de sus Fondos: Costo de Administración: Pensión mensual fija en UF No está sujeta a las fluctuaciones del mercado No genera herencia, sin embargo puede garantizar el pago de sus pensiones a través de una modalidad de Pago Garantizado de hasta 25 años de su pensión original, pudiendo optar a ella cualquier persona que usted designe para tal efecto. Cuando usted contrata una Renta Vitalicia se le garantiza una renta mensual de por vida. No tiene costo de administración. Pensión mensual en UF que varía anualmente. Está sujeta a las fluctuaciones del mercado. Genera herencia, por el saldo de su cuenta individual, pero sólo pueden optar a ella los herederos legales. Se deben realizar los trámites de posesión efectiva. Cuando se agotan los Fondos de su cuenta individual se acabará su renta mensual o será igual al mínimo legal garantizado por el Estado. La AFP aplica un costo de administración al capital equivalente a un porcentaje de la pensión.

POR QUÉ ELEGIR UNA RENTA VITALICIA? EVOLUCIÓN DE PENSIONES DE RETIRO PROGRAMADO Y RENTAS VITALICIAS Pensión (UM) 20 18 16 14 12 10 8 6 19,73 19,05 7,91 61 63 65 67 69 71 73 75 77 79 81 83 85 87 89 91 Edad del Causante (Años) Retiro Programado Renta Vitalicia CON LA RENTA VITALICIA PRINCIPAL La pensión está en espresada en UF por lo que no se ve afectada por la inflación. La pensión es fija (en UF), no varía en el tiempo y es para toda la vida. Mantiene los beneficios de Asignación Familiar, si corresponde. Si lo desea, puede seguir trabajando. Los riesgos de rentabilidad y longevidad son asumidos por Principal Compañía de Seguros de Vida S.A. El seguro se rige por las condiciones generales y cláusula adicional incorporadas al depósito de pólizas de la SVS bajo el código POL 2 10 041 y POL 2 10 042, CAD 2 08 061. Principal Compañía de Seguros de Vida Chile S.A. se encuentra adherida voluntariamente al Código de Autorregulación y al Compendio de Buenas Prácticas de las Compañías de Seguros, cuyo propósito es propender al desarrollo del mercado de los seguros, en consonancia con los principios de libre competencia y buena fe que debe existir entre las empresas, y entre éstas y sus clientes. Copia del Compendio de Buenas Prácticas Corporativas de las Compañías de Seguros se encuentra a disposición de los interesados en cualquiera de las oficinas de Principal Compañía de Seguros de Vida Chile S.A. y en www.aach.cl. Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de Principal Compañía de Seguros de Vida Chile S.A. o a través de la página web de www.ddachile.cl.

www.principal.cl 800 20 10 02 Desde Celulares 02-810 70 17 CASA MATRIZ Apoquindo 3.600, Piso 7, Las Condes, Santiago SANTIAGO CENTRO Bandera 76, Oficina 502, Santiago, Teléfono (56-2) 810 7381 REGIONES Iquique: Tarapacá 465, Ofs. 205 y 206, Teléfono (56-57) 429836 Calama: Eleuterio Ramírez 1841, Of. 202, Teléfono (56-55) 344712 Antofagasta: Baquedano 399, Teléfono (56-55) 457800 Copiapó: O'Higgins 744, Of. 603, Teléfono (56-52) 230297 La Serena: Avda. Estadio N 1596, Teléfono (56-51) 220329 Viña del Mar: Av. Libertad 936, Teléfono (56-32) 2385700 Rancagua: Bueras 570, Teléfono (56-72) 244385 Talca: 1 Norte 922, Teléfono (56-71) 228067 Chillán: Av. Libertad 673, Teléfono (56-42) 236077 Concepción: Chacabuco 767, Teléfono (56-41) 2297900 Temuco: Av. Alemania 0599, Teléfono (56-45) 275277 Puerto Montt: Benavente 550, Of. 501, Teléfono (56-65) 314131