SISTEMA DE INCENTIVOS A LA DISMINUCION Y PREVENCION DE LA SINIESTRALIDAD LABORAL. BONUS Campaña 2009



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Transcripción:

SISTEMA DE INCENTIVOS A LA DISMINUCION Y PREVENCION DE LA SINIESTRALIDAD LABORAL BONUS Campaña 2009

PROGRAMA Introducción. Antecedentes y marco legal del sistema de incentivos. Requisitos para la obtención del incentivo. Índices de siniestralidad de referencia. Cuantía del incentivo, procedimiento de solicitud, financiación y abono del mismo. Autodeclaración sobre inversiones y prevención de riesgos laborales. Ruegos y preguntas.

SISTEMA DE INCENTIVOS BONUS Campaña 2009 REAL DECRETO 404/2010 Por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de cotizaciones por CP a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral

CONTEXTO NORMATIVO

Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012 Diálogo Social Consejo de Ministros 29 de junio 2007 Ley 42/2006 de Presupuestos Generales del Estado para 2007 Estudio de la posibilidad de establecer sistemas de reducción Cotización a la Seguridad Social por CP Empresas que acrediten Índice de siniestralidad reducido en relación a su actividad Ley General de la Seguridad Social (Texto Refundido). Art. 108 (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) Apartado 3 Establecimiento de incentivos Reducción de cotizaciones por CP Empresas que se distingan: Por empleo de medios eficaces de prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Aumento de cotizaciones Empresas que incumplan Obligaciones en Higiene y Seguridad en el trabajo

Texto Refundido Ley General de la Seguridad Social Artículo 73 80% de los excedentes de gestión de las Mutuas Cubiertas reservas reglamentarias Se adscribirá a los fines generales de Prevención y Rehabilitación Fomento actuaciones extraordinarias de empresas en prevención Incentivar adopción de medidas y procesos Que contribuyan a: Reducción de siniestralidad Mediante sistema de incentivos La percepción del incentivo estará en función del Cumplimiento por la empresa de : Las condiciones establecidas en el nuevo REAL DECRETO 404/2010 Independientemente del límite máximo del gasto existente Consultadas Organizaciones Sindicales Asociaciones Empresariales

REAL DECRETO 404/2010 OBJETO Establecer un sistema de incentivos Empresas que se distingan por: Reducción de siniestralidad laboral Realización de actuaciones efectivas En prevención de accidentes de trabajo En prevención de enfermedades profesionales

CONCEPTO DE EMPRESA A EFECTOS DE BONUS Conjunto de códigos de cuenta de cotización que correspondan a la misma Teniendo el mismo código de actividad a afectos de cotización por.contingencias Profesionales

BENEFICIARIOS Empresas que coticen a la Seguridad Social por CP Cubiertas por una mutua una entidad gestora Que observen los principios de la acción preventiva Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales

REQUISITOS EN VOLUMEN DE CUOTAS Y EN MATERIA DE SINIESTRALIDAD

REQUISITOS OBLIGATORIOS EN COTIZACIÓN Haber cotizado a la Seguridad Social durante el periodo de observación con un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000. Progresivamente en años posteriores se irán incorporando: En 2010: las que acumulen más de 5.000 euros entre el 1.1.2009 y el 31.12.2009 En 2013: entra también la pequeña empresa Adicionalmente el volumen de cotización por CP a alcanzar durante los siguientes periodos de observación se fijará anualmente por la Orden por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, contenidas en las respectivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social.

EN EL CASO DE LAS PEQUEÑAS EMPRESAS Entra en 2013 /campaña 2012 Empresas que en periodo de observación no hayan superado volumen de cotización por CP de 5.000 euros No puede superar el importe de lo cotizado por CP Límite máximo 250 Euros para primer periodo de observación Se eleva a 500 Euros en el segundo periodo y siguientes Acreditar desarrollo o realización de alguna de estas dos actividades Asunción por el empresario de la actividad preventiva o designación de los trabajadores que cumplan dicha actividad Obtención de formación real y efectiva en materia de prevención de riesgos laborales

REQUISITOS EN INVERSIONES Y ACTUACIONES DE LAS EMPRESAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN

OBLIGATORIOS Haber realizado inversiones, debidamente documentadas y determinadas cuantitativamente, en instalaciones, procesos o equipos en materia de prevención de riesgos laborales que puedan contribuir a la eliminación o disminución de riesgos durante el periodo de observación al que se refiere el artículo 6. Presentación de la Autodeclaración sobre actividades preventivas y sobre la existencia de representación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. DOC Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social. No haber sido sancionada por resolución firme en vía administrativa en el periodo de observación por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales o de Seguridad Social, tipificadas en el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

OPTATIVOS ( es obligatorio, al menos, dos de los siguientes) Incorporación a la plantilla de recursos preventivos propios (trabajadores designados o servicio de prevención propio), aún cuando no esté legalmente obligada a efectuarlo, o ampliación de los recursos propios existentes. Realización de auditorias externas del sistema preventivo de la empresa, cuando ésta no esté legalmente obligada a ello. Existencia de planes de movilidad vial en la empresa como medida para prevenir los accidentes de trabajo en misión y los accidentes in itinere. Acreditación de la disminución, durante el período de observación, del porcentaje de trabajadores de la empresa o centro de trabajo expuestos a riesgos de enfermedad profesional. Certificado de calidad de la organización y funcionamiento del sistema de prevención de riesgos laborales de la empresa, expedido por entidad u organismo debidamente acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), justificativo de que tales organización y funcionamiento se ajustan a las Normas internacionalmente aceptadas.

REQUISITOS EN MATERIA DE SINIESTRALIDAD. ÍNDICES ÍNDICE DE SINIESTRALIDAD GENERAL Las empresas habrán de cumplir estos dos: Importe total de la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales durante el período de observación I i = * 100< α i Cuotas totales por contingencias profesionales durante el período de observación Número total de partes de AT y EP con baja laboral durante el período de observación II i = * 10.000< βi Cuotas totales por contingencias profesionales durante el período de observación ÍNDICE DE SINIESTRALIDAD EXTREMA Se define como la relación entre: Número III i = total de reconocimientos de incapacidad permanente y de fallecimientos en el período de observación x 1.000.000 < Cuotas totales por contingencias profesionales durante el período de observación i En el índice (I sub i ) se incluyen las prestaciones de incapacidad temporal en pago directo No se puede superar el índice de siniestralidad extrema Los índices de referencia 2009, aún NO han sido publicados.

Campaña 2009 Cómo solicitar su Bonus en las entidades que pertenecen a Corporación Mutua?

ESPECIFICACIÓN CAMPAÑA 2009 Para este año se contempla liquidar sólo 2009 Están pendientes de definir por el Ministerio los Valores de Referencia de los índices de siniestralidad general y extrema El inicio del periodo de observación es el 1 de enero de 2009 A las empresas que cumplan el volumen de cuotas establecido y no soliciten el incentivo en plazo les empezará a computar un nuevo periodo de observación Por tanto: La empresa que no solicite en plazo el incentivo perdería la opción de cobrar el incentivo del periodo no tramitado y el poder alcanzar el 10% de incentivo en el siguiente periodo de observación.

PRESENTACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES - PLAZOS DE 1 DE ABRIL A 15 DE MAYO (cada año) Presentar solicitud en la mutua (o entidad gestora) que asuma la protección de sus contingencias profesionales AGOTADO EL PLAZO La mutua (o entidad gestora) examina las peticiones solicitadas Verifica la concurrencia de los requisitos Cumple los requisitos? SI Informe Propuesta no vinculante favorable NO Audiencia a la empresa y delegados de prevención (Cuando no conste su conformidad) Alegaciones Informe propuesta Remite a la Dirección General fichero informático Antes del 30 de junio

APLICACIÓN Y CUANTÍA Cumplimiento índices Anexo II Podrá alcanzar, en 2009 Hasta el 5% del importe de las cuotas por CP De cada empresa Correspondientes al período de observación Fecha inicio periodo de observación: 1 de enero de 2009

ASOCIACIÓN A OTRA MUTUA Cuando se produce la denuncia del convenio de asociación que existe con una mutua Y la empresa se asocia a otra mutua Durante el periodo de observación (Art. 6) EL ABONO CORRESPONDE A LA MUTUA A LA QUE LA EMPRESA ESTUVIERA ASOCIADA EN EL MOMENTO DE LA SOLICITUD LA INSUFICIENCIA de recursos de la mutua Para el abono de la totalidad del incentivo a la empresa SERÁ SUFICIENTE (sin más requisitos) Para que la empresa pueda denunciar el convenio de asociación a su vencimiento

RECONOCIMIENTO Y ABONO DE INCENTIVOS EN 2010 Incentivos correspondientes a 2009 Fecha inicial periodo observación: 1 de enero 2009 Se fijarán para 2009 los valores límite y el volumen de cotización Ministerio de Trabajo e Inmigración

AUTORIZACIÓN Y ABONO DEL INCENTIVO Recibidos los informes propuesta de las mutuas (o entidades gestoras) Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social Comprobará cumplimiento de Requisitos (Artículos 2 y 3) Indicadores (VER ANEXO) Verificará Y en caso de las mutuas Resolución estimatoria Volumen de recursos permite afrontar importe de solicitudes a aprobar Que el importe no exceda de la proporción que les corresponde del saldo del Fondo de Prevención y Rehabilitación más reservas Mutua (o entidad gestora) que formuló la propuesta Tesorería General de la Seguridad Social con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación Abono de los incentivos correspondientes a las empresas protegidas por las entidades gestoras Transfiere a las mutuas, para su abono, el importe de los incentivos para las empresas beneficiarias

SI LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN NO CONSIDERA ACREDITADAS LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA ACCEDER AL INCENTIVO Lo comunica a la mutua (o entidad gestora) que formuló el informe para su notificación a la empresa solicitante que puede formular alegaciones Alegaciones + Informe de la mutua Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social Resolverá y dará traslado a la mutua ( o entidad gestora) que formuló la propuesta Notificación a la empresa solicitante

INSPECCIÓN Y CONTROL Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social Comprobación de la documentación de las empresas solicitantes Falta de veracidad de los datos consignados por la empresa Devolución del incentivo percibido Exclusión del acceso al mismo Por periodo Igual al último periodo de observación

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

DOCUMENTACIÓN A APORTAR Impreso de solicitud de incentivos a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral (RD 404/2010, de 31 de marzo) DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE PRESENTAR ADJUNTA A LA PRESENTE SOLICITUD Fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o NIE de la persona representante Documento acreditativo de la facultad de representación de la empresa Certificado de la TGSS de estar al corriente de pago a la Seguridad Social. El plazo de presentación de las solicitudes para el periodo de observación 2009 se extiende entre el 1 de abril y 15 de mayo de 2010. Impreso de Autodeclaración sobre actividades preventivas y sobre la existencia de representación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales Certificado de requisitos para beneficiarios

MÁS INFORMACIÓN Y DESCARGA DE FORMULARIOS CESMA TELÉFONO DE INFORMACIÓN: 952 366 474 http://www.mutuacesma.com/ IBERMUTUAMUR TELÉFONO DE INFORMACIÓN: 918 379 741 http://www.ibermutuamur.es/ MC MUTUAL TELÉFONO DE INFORMACIÓN: 900 111 118 http://www.mc-mutual.com/extranet/home.do MUTUALIA TELÉFONOS DE INFORMACIÓN: http://www.mutualia.es 944 252 555 (Bilbao) 945 009 075 (Donosti-San Sebastian) 943 440 523 (Vitoria -Gasteiz) MUTUA DE ACCIDENTES DE CANARIAS TELÉFONO DE INFORMACIÓN: 922 508 214 http://www.mac-mutua.es/mutuamac/index.php MUTUA GALLEGA TELÉFONO DE INFORMACIÓN: 981 66 51 11 http://www.mutuagallega.es/ SOLIMAT TELÉFONO DE INFORMACIÓN: 925 28 37 77 http://www.solimat.com/ UNIÓN DE MUTUAS TELÉFONO DE INFORMACIÓN: 964 72 77 20 http://www.uniondemutuas.es/

OBLIGATORIOS Haber realizado inversiones, debidamente documentadas y determinadas cuantitativamente, en instalaciones, procesos o equipos en materia de prevención de riesgos laborales que puedan contribuir a la eliminación o disminución de riesgos durante el periodo de observación al que se refiere el artículo 6. Presentación de la Autodeclaración sobre actividades preventivas y sobre la existencia de representación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. DOC Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social. No haber sido sancionada por resolución firme en vía administrativa en el periodo de observación por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales o de Seguridad Social, tipificadas en el texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

OPTATIVOS ( es obligatorio, al menos, dos de los siguientes) Incorporación a la plantilla de recursos preventivos propios (trabajadores designados o servicio de prevención propio), aún cuando no esté legalmente obligada a efectuarlo, o ampliación de los recursos propios existentes. Realización de auditorias externas del sistema preventivo de la empresa, cuando ésta no esté legalmente obligada a ello. Existencia de planes de movilidad vial en la empresa como medida para prevenir los accidentes de trabajo en misión y los accidentes in itinere. Acreditación de la disminución, durante el período de observación, del porcentaje de trabajadores de la empresa o centro de trabajo expuestos a riesgos de enfermedad profesional. Certificado de calidad de la organización y funcionamiento del sistema de prevención de riesgos laborales de la empresa, expedido por entidad u organismo debidamente acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), justificativo de que tales organización y funcionamiento se ajustan a las Normas internacionalmente aceptadas.

AUTODECLARACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN Integración de la Prevención, estructura organizativa y funciones 1. Integración de la prevención, estructura organizativa, responsabilidades y funciones 1.1. Se han asignado responsabilidades y funciones preventivas a toda la cadena de mando de la empresa?. 1.2. Se ha nombrado un responsable de prevención con capacidad ejecutiva en la empresa?. 1.3. Se ha adoptado una modalidad preventiva?. (Señala cuál) [ ] Empresario [ ] Trabajador designado. Identificación:-------------------------------------------------------------------------- [ ] Servicio prevención propio. Identificación:-------------------------------------------------------------------- [ ] Servicio prevención ajeno. Identificación: -------------------------------------------------------------------- 1.4. Se han designado recursos preventivos para las situaciones de especial riesgo que prevé la ley?. 1.5. Se han definido medios de coordinación de actividades preventivas empresariales?.

Procedimientos para la gestión integrada de la prevención 2. Procedimientos para la gestión integrada de la prevención 2.1. Se ha definido un procedimiento de información, consulta y participación de los trabajadores en materia preventiva?. 2.2. Se ha definido un procedimiento de coordinación de actividades empresariales en materia preventiva?. * Esta respuesta debe ser congruente con 1.5.

Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva 3. Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva. 3.1. Se ha realizado la evaluación inicial de riesgos en todos los puestos de trabajo, teniendo en cuenta las distintas especialidades técnicas? (seguridad, higiene, ergonomía y psicosociología aplicada). 3.2. Se revisa o actualiza la evaluación de riesgos de forma periódica o con ocasión de cambios en las condiciones de trabajo?. 3.3. Se realizan controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores para detectar situaciones peligrosas?. 3.4. Se planifican las actividades necesarias para eliminar/reducir/controlar los riesgos?. 3.5. Se designan responsables y se fijan plazos para la ejecución de las actividades planificadas?. 3.6. Se realiza un seguimiento continuo de la ejecución de las actividades planificadas y de los resultados obtenidos?. 3.7. Ha sido sometido a auditoría el sistema preventivo y se han subsanado las deficiencias detectadas?. Caso de estar excluida de dicha obligación, ha formulado la correspondiente notificación a la autoridad laboral?

Formación e información en materia preventiva 4. Formación e información en materia preventiva. 4.1. Se realizan actividades de capacitación para la gestión preventiva dirigidas a la estructura jerárquica de la empresa?. 4.2. Se llevan a cabo acciones formativas, tanto de carácter general como específico, dirigidas a toda la plantilla?. 4.3. Se informa sistemáticamente a los trabajadores sobre los riesgos de su puesto de trabajo y las medidas de prevención aplicables?.

Vigilancia de la salud y Acciones preventivas complementarias 5. Vigilancia de la Salud. 5.1. Se garantiza la vigilancia de la salud a todos los trabajadores de la empresa?. 5.2. Se aplican los protocolos médicos específicos para la vigilancia de la salud?. 5.3. Se realizan estudios estadísticos y/o epidemiológicos sobre los daños a la salud registrados?. 6. Acciones preventivas complementarias. 6.1 Se han incorporado a la plantilla recursos preventivos propios o se han ampliado los existentes? 6.2. Se han realizado auditorías externas voluntarias del sistema preventivo de la empresa?. 6.3. Existen planes de movilidad vial en la empresa?. 6.4. Se han realizado inversiones en materia de prevención de riesgos laborales o que comporten eliminación o disminución de riesgos? (art. 3.1). * Determinación cuantitativa de las inversiones (consignar cifra en apartado notas). 6.5. Ha disminuido el número de trabajadores expuestos a riesgos de enfermedad profesional en relación con el número total de trabajadores de la empresa o centro de trabajo?.

Acciones preventivas complementarias de las pequeñas empresas Información sobre la existencia de representación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales 7. Acciones preventivas complementarias de las pequeñas empresas. 7.1. Se ha asumido por el empresario la actividad preventiva o se han incorporado a la plantilla recursos preventivos propios?. 7.2. Se han realizado inversiones en materia de prevención de riesgos laborales que comporten eliminación o disminución de riesgos?. * Determinación cuantitativa de las inversiones (consignar cifra en apartado notas). 7.3. Se ha obtenido formación real y efectiva en materia de prevención de riesgos laborales por el empresario o los trabajadores designados que vayan a asumir las tareas preventivas?. 8. Información sobre la existencia de representación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales 8.1. Existen en la empresa o centro de trabajo delegados de prevención?. 8.2. Existe en la empresa o centro de trabajo comité de seguridad y salud?. * Para empresas o centros de trabajo con 50 ó más trabajadores. Certifico la exactitud de los datos recogidos en la presente autodeclaración Conforme con la cumplimentación de la autodeclaración Fdo.: El Empresario Fdo. El Administrador/Presidente del Consejo de Administración Fdo.: El/Los Delegados de Prevención