Leyes Agrícolas de Florida: Cultivos y Productos 1

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FRE 271-SP Leyes Agrícolas de : Cultivos y Productos 1 Joseph Fischer, Michael T. Olexa, Aaron Leviten, Laura Minton, y Azim Saju 2 Breve Nota sobre las Leyes de y la Legislación Las leyes de descritas en este folleto fueron aprobadas por la legislatura del estado y se han transformado en leyes válidas del estado. La agencia estatal apropiada asi escribió las reglas específicas basadas en esta ley. Estas reglas son las que usan las agencias del estado para aplicar la ley. Para la mayoría de las leyes en esta publicación, esa agencia es el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor, o "DASC." Las leyes legisladas de, también llamadas estatutos, están organizadas en capitulos. Un capitulo se divide aún en estatutos mas específicos. Por ejemplo, el Capitulo 601 (Código de Cítricos de ) contiene docenas de secciones que cubren los topicos desde mercadeo, estándares de inspección y procesado hasta prohibiciones sobre el uso de ciertos químicos en las frutas cítricas. Otros capitulos se relacionan con aspectos mas estrechos y tienen menos secciones. Como se mencionó antes, las reglas específicas para cada una de estas secciones son escritas por una agencia estatal designada, y generalmente entran en mayor detalle. Agradecimientos Los autores agradecen al Sr. Patrick Cockrell del Farm Bureau Federation por las críticas de los borradores del manuscrito. Los autores también agradecen al personal de numerosas agencias del estado por su contribución. 1. Este documento es el EDIS FRE 271-SP, uno de una serie de follestos del Department of Food and Resource Economics, Cooperative Extension Service, Institute of Food and Agricultural Sciences, University of, Gainesville, FL. Esta información esta incluida en el Farm and Research Handbook of Solid and Hazardous Waste Regulation, Circular 1139. EDIS Publicación Noviembre 2000. Primera publicación Abril 1997. Revisado Julio 2000. La versión en Inglés de estos folletos fue traducida al Español por Filiberto Reyes-Villanueva. Por favor visite la página electrónica en Internet de EDIS en http://edis.ifas.ufl.edu. 2. Joseph Fischer, graduado, College of Law, University of, Gainesville, FL. Michael T. Olexa, professor, Department of Food and Resource Economics, y director, UF/IFAS Agricultural Law Center, University of, Gainesville, FL. Aaron Leviten, estudiante, College of Law, University of, Gainesville, FL. Laura Minton, estudiante, College of Liberal Arts and Sciences, University of, Gainesville, FL. Azim Saju, graduado, College of Law, University of, Gainesville, FL. Esta publicación esta diseñada para proporcionar información precisa, actualizada y autorizada sobre esta materia. Sin embargo, ya que las leyes, reglas administrativas, y decisiones de la corte sobre las cuales están basadas, están sujetas a revisión constante, algunas partes de esta publicación podrían ser obsoletas en cualquier momento. Esta publicación es distribuida bajo el entendimiento de que el autor no esta involucrado en ninguna representación legal u otros servicios profesionales, y que la información contenida aquí no debe considerarse como un substituto de una asesoría legal. Por estas razones, el uso de estos materiales por cualquier persona constituye un acuerdo para mantener libre de daño a los autores, al Institute of Food and Agricultural Sciences, y a la University of por cualquier demanda por responsabilidad, daños, o gastos en que pueda incurrir cualquier persona, como un resultado de hacer referencia o basarse en la información contenida en estos folletos. The Institute of Food and Agricultural Sciences is an equal opportunity/affirmative action employer authorized to provide research, educational information and other services only to individuals and institutions that function without regard to race, color, sex, age, handicap, or national origin. For information on obtaining other extension publications, contact your county Cooperative Extension Service office. Cooperative Extension Service/Institute of Food and Agricultural Sciences/University of /Christine Taylor Waddill, Dean.

Leyes Agrícolas de : Cultivos y Productos 2 A. Acuaculture Acta de la Politica de la Acuacultura de. 597 Crea el plan de acuacultura en el estado para mejorar el crecimiento de la acuacultura en el estado, mientras que se protege el medio ambiente del estado. La Sección 373.1131 simplifica el procesado del permiso cuando mas de una agencia requieren un permiso para un proyecto o activadad de acuacultura. Otros cambios hechos en 1995 facilitan el exceso de reglamentaciones sobre operaciones de acuacultura (ver Leyes de, 96-247). Ver también: renta de tierras submergidas del estado, como para acuacultura (253.69-253.75); control de malezas acuáticas (369.20-369.251); robo de especies acuaculturales [812.014(c)(7)]. BSA (7) DMR (28, 29) B. Producción de Citricos Código de los Citricos de. 601 Describe las leyes diseñadas para promover una industria estable de citricos en. Cubre la producción de citricos y topicos de mercadeo que van desde la prohibición general del uso del arsénico, hasta la publicidad, inspección, estándards, mercado, y procesado de frutas. Ver también: resticciones sobre la importación de plantas de ciricos y plántulas de fuera de (581.182); resticción sobre nuevas variedades de citricos (581.183); erradicación del cáncer (602 abajo); hay excepción para la maufactura de bebidas alcoholicas de los citricos en los condados secos (561.143). CIT (23) C. Cáncer de los Citricos Enfermedad del Cáncer de los Citricos. 602 Establece un esquema de compensación para pérdidas en los almácigos y viveros de citricos por loas plantas destruidas para controlar y erradicar los cánceres de los citricos. El programa actual para la erradicación del cáncer es conducido bajo reglas del capitulo 581, administrado por el Programa para la Erradicación del Cáncer de los Citricos ["PECC (9)"]. DPI (8) CIT (23) CCEP (9)

Leyes Agrícolas de : Cultivos y Productos 3 D. Algodon/Producción de Fibras Ley para la Erradicación del Picudo del Algodonero de. 593.101 593.117 Otorga al estado la autoridad para exigir a los agricultores del algodon proporcionar información para declarar una cuarentena de cualquier área afectada por el picudo, para establecer y controlar zonas de erradicación, y destruir algodon que no crezca de acuerdo con lo establecido por esta ley. Autoriza reglas para mantener récords de los envios de algodon (593.107) y castiga por violar una área declarada en cuarentena (593.116). Restrigne el movimiento ganado, humanos y colonias apicolas hacia o desde áreas en cuarentena (593.11). E. Manejo de Bosques/Silvicultura Leyes respecto al manejo de bosques en general. 590 Establece el Consejo de Manejo de Bosques de, que regula los usos de los bosques del estado, y provee que la División de Manejo de Bosques administre los programas de reforestación para ayudar a los propietarios de tierras rurales y a las comunidades urbanas. La Protección de Bosques (590) y el Desarrollo de Bosques son cuerpos relacionados de leyes. FOR (23) Leyes respecto a la protección de bosques. 590 Otorga amplios poderes a la División de Manejo de Bosques para monitorear, controlar y extinguir incendios. El Acta de Incendios Prescritos (590.026) autoriza y promueve el uso continuo de incendios prescritos para el manejo ecológioc, silvicola y de la vida silvestre, y para propósitos de manejo de pastizales. La Sección 590.026 permite incendios controlados como una práctica de manejo, pero sujeta a reglas de la División de Manejo de Bosques ("FOR"). Prohibe fuegos sin permiso escrito cerca de áreas protegidas durante condiciones de emergencia de sequia (590.081). Prohibe varias formas de incendios ilegales (590.09, 590.10, 590.11, y 590.12). Requiere un permiso para productos del ciprés (590.50). FOR (22) Ley de Bosques de la Comunidad de. 591.16 591.26 Proporciona mecanismos para que la comunidad adquiera, desarrolle y use bosques o tierras disponibles para el desarrollo de bosques. Invita a las comunidades a desarrollar áreas en sus bosques para recreación y educación. FOR (22) F. Certificación de Miel y Abejas Mieliferas

Leyes Agrícolas de : Cultivos y Productos 4 Ley para la Certificación de la Miel y de las Abejas Mieliferas de. 586 Autroiza al Depto. de Agricultura a aplicar leyes, reglamentar y actuar para mantener las plagas de las abejas y razas indeseables de abejas, en control para que no entren al estado y controlar las enfermedades de las abejas por inspección, cuarentena y destrucción de colmenas. Compensa a los apicultores residentes con equipo y colmenas destruidas para erradicar la enfermedad larval bacteriana conocida como "crias sucias americana" (American foulbrood) (586.14), pero no compensa por las destrucción debido a razas indeseables u otras plagas de las abejas, cuando estos problemas no pueden ser tratados de otra manera. API (10) G. Viveros e Industria Vegetal Leyes respecto a plantas de vivero. 581 Establece leyes que reglamentqn las plantas de viveros y el movimiento e importación de plántulas para vivero de lugares fuera de la. El DASC puede declarar a una planta como plaga, a una planta nociva o a un insecto como una molestia, y declarar cuarentena de plantas afectadas. Exige un certificado de registro de operadores de viveros (581.131). H. Agricultura Orgánica Leyes de Alimentos y Agricultura Orgánicas de. 504.21 504.36 Provee un marco de reglamentación para proteger a los consumidores, productores y revendedores que deseen comprar, manufacturar, comercializar o producir alimentos orgánicos. Establece estándares minimos para alimentos orgánicos (504.29), incluyendo carne, pollos, y peces [504.29(5)], y establece una certificación (504.26), inspección, muestreo y analisis (504.33), y castigos (504.34). I. Frutas Tropicales Ley respecto a la inspección de frutas y hortalizas 603.11 603.161 Establece inspecciones, pagos de cuotas por inspecciones, aplicar el Acuerdo Federal de Mercadeo para ciertos vegetales, estándares de madurez para limas, y requierimientos para obtener y tener recibos de compra para ciertos frutos tropicales y semitropicales. FAV (20)

Leyes Agrícolas de : Cultivos y Productos 5 Acta de la Politica para Frutas Tropicales de. 603.201 603.204 Establece el Consejo de Asesoria de Frutas Tropicales, y propone el Plan de Frutas Tropicales para el Sur de, para estimular el desarrollo de la producción de frutas tropicales y semitropicales. TFAC (21) Ley de las Ventas de Aguacate, Mango, Lima, y Tomate de. 570.55 Exige a un comprador de 55 o más libras de aguacates, mangos, limas, o tomates, que tenga y pida un recibo por las ventas al vendedor. Deen aparecer en el recibo, el número de licencia de conductor del vendedor, u otras dos formas de identificación, y el recibo debe ser mantenido por al menos un año. La violación puede resultar en confascación o un castigo.