Sesión Ordinaria No. 717 del 3 de febrero 2011 II. Doctor José Jesús Brenes, Director General Jurídico, remitiendo Informe Ejecutivo No.



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DECRETO SUPREMO Nº EF

Transcripción:

Sesión Ordinaria No. 717 del 3 de febrero 2011 II. Doctor José Jesús Brenes, Director General Jurídico, remitiendo Informe Ejecutivo No. 018 solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación suscrita por la Licenciada Alicia del Socorro Estrada Valdéz, Presidenta Ejecutiva del Instituto Tecnológico Nacional (INTECNA GRANADA), para la adquisición de granos básicos (arroz y frijoles), por el período de un año. Se adjunta copia de carta como antecedente. (Fecha de vencimiento: 03 de febrero de 2011). General Jurídica, que señala: Autorizar la exclusión de procedimientos solicitada por el Instituto Tecnológico Nacional (INTECNA), para la adquisición de granos básicos (arroz y frijoles), hasta por un monto de Un Millón Cuatrocientos Ochenta y Ocho Mil Novecientos Sesenta Córdobas (1,488,960.00), por el período de un año, a ser financiados con fondos del Tesoro Nacional. Para tal contratación el INTECNA deberá solicitar al menos tres cotizaciones de oferentes, a fin de elegir la oferta más conveniente a sus intereses. Dejar expresamente establecido que el Instituto Tecnológico Nacional (INTECNA), deberá actuar en consonancia con los principios de eficiencia, economía y efectividad consignados en los Artos. 28, parte in fine y 105, inciso 2) de la Ley No. 681 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y observar el Arto. 3 del Reglamento General de la Ley 323 Ley de Contrataciones del Estado. Asimismo de conformidad con el Punto IV de las Normas para el Análisis, Control y Seguimiento de las Contrataciones del Estado, una vez suscritos los contratos correspondientes deberá enviar copia a esta Entidad Fiscalizadora, a efectos de dar seguimiento por parte de este Órgano Superior de Control. Que todo el proceso de contratación, ejecución y recepción de obras, bienes y servicios, así como el manejo financiero, debe quedar adecuadamente documentado y a disposición de la Contraloría General de la República, para futuras Auditorías. La máxima autoridad contratante, en todo caso, deberá dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 12 de la Ley No. 323 Ley de Contrataciones del Estado. Esta Resolución fue tomada con fundamento en la información suministrada a este Órgano Superior de Control por la Licenciada Alicia del Socorro Estrada Valdéz, en cartas recibidas en

fechas 07 de enero y 20 de enero de 2011, quedando sujetas a sus posteriores verificaciones. III. Doctor José Jesús Brenes, Director General Jurídico, remitiendo Informe Ejecutivo No. 019 solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación suscrita por el Licenciado Samuel Santos López, Ministro de Relaciones Exteriores, para la adquisición de los procesos judiciales de defensa de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, sobre la demanda interpuesta por Costa Rica en el caso del Río San Juan. Se adjunta copia de carta como antecedente. (Fecha de vencimiento: 04 de febrero de 2011). General Jurídica, que señala: Autorizar la solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación presentada por el Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX), para efectuar las contrataciones que requieran los procesos judiciales de la defensa de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, sobre la Demanda interpuesta por Costa Rica en el caso del Río San Juan, hasta por un monto total de Tres Millones Cuarenta y Nueve Mil Doscientos Dólares Estadounidenses (US$3,049,200.00), que serán financiados con fondos provenientes del Presupuesto General de la República y que se desglosan de la siguiente manera: Medidas previsionales p/demanda : US$ 608,000.00 Preparación de Contra-Memoria : US$1,000,000.00 Análisis de Demanda de Nicaragua : US$ 160,000.00 Elaboración y Presentación de la Memoria: US$1,281.200.00 Total: US$3,049,200.00 Se exime al Ministerio del Exterior del requisito de las tres cotizaciones, por la naturaleza especial de dicha contratación. Dejar expresamente establecido que el Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX), deberá actuar en consonancia con los principios de eficiencia, economía y efectividad consignados en el Arto. 28, último párrafo y Arto. 105, numeral 2) de la Ley No. 681 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema de Control de la Administración Pública y Fiscalización de los Bienes y Recursos del Estado y observar lo establecido en el Arto. 3 del Reglamento General de

la Ley de Contrataciones del Estado. Una vez suscritos los contratos que se deriven de esta autorización deberá enviarse copia de los mismos a esta Entidad Fiscalizadora, de conformidad con el punto IV de las Normas para el Análisis, Control y Seguimiento de las Contrataciones del Estado, a fin de completar el expediente administrativo correspondiente y darle el seguimiento debido. Que todo el proceso de contratación, ejecución y recepción de obras, bienes y servicios, así como el manejo financiero, debe quedar adecuadamente documentado y a disposición de la Contraloría General de la República, para futuras Auditorías. La máxima autoridad contratante, en todo caso, deberá dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 12 de la Ley No. 323 Ley de Contrataciones del Estado. Esta Resolución fue tomada con fundamento en la información suministrada a este Órgano Superior de Control, por el Licenciado Samuel Santos López, Ministro de Relaciones Exteriores, en carta de fecha 13 de enero del año dos mil once, quedando sujeta a su posterior verificación. IV. Doctor José Jesús Brenes, Director General Jurídico, remitiendo Informe Ejecutivo No. 020 solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación suscrita por el Ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional (AN), para la ejecución de las Fases III y IV de las remodelaciones a los Edificios Mártires del 22 de enero de 1967 y Pbro. Tomas Ruiz. Se adjunta copia de carta como antecedente. (Fecha de vencimiento: 11 de febrero de 2011). General Jurídica, que señala: Autorizar la exclusión de procedimientos solicitada por la Asamblea Nacional, para la ejecución de las Fases III y IV de las remodelaciones a los Edificios Mártires del 22 de enero de 1967 y Pbro. Tomas Ruiz, hasta por un monto estimado de Tres Millones Doscientos Noventa y Cinco Mil Cuatrocientos Sesenta y Cinco Córdobas con 37/100 (C$3,295,465.37) a ser financiados con fondos asignados a la Asamblea Nacional del Tesoro de la República. Por la naturaleza del presente caso se omite el requisito de las tres cotizaciones. Dejar expresamente establecido que la Asamblea Nacional deberá actuar en consonancia con los principios de eficiencia, economía y efectividad consignados en los Artos. 28, parte in fine y 105, inciso 2) de la Ley No. 681 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y observar el Arto. 3 del Reglamento General de la Ley 323 Ley de

Contrataciones del Estado. Asimismo de conformidad con el Punto IV de las Normas para el Análisis, Control y Seguimiento de las Contrataciones del Estado, una vez suscritos los contratos correspondientes deberá enviar copia a esta Entidad Fiscalizadora, a efectos de dar seguimiento por parte de este Órgano Superior de Control. Que todo el proceso de contratación, ejecución y recepción de obras, bienes y servicios, así como el manejo financiero, debe quedar adecuadamente documentado y a disposición de la Contraloría General de la República, para futuras Auditorías. La máxima autoridad contratante, en todo caso, deberá dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 12 de la Ley No. 323 Ley de Contrataciones del Estado. Esta Resolución fue tomada con fundamento en la información suministrada a este Órgano Superior de Control por el Ingeniero René Núñez Téllez, en carta recibida en fecha 29 de enero de 2011, quedando sujeta a su posterior verificación. 1. Agregar lo siguiente: Para lo cual la Asamblea Nacional, deberá solicitar al menos tres (3) cotizaciones y elegir la oferta que más convenga a los intereses de la Institución. V. Doctor José Jesús Brenes, Director General Jurídico, remitiendo Informe Ejecutivo No. 021 solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación suscrita por el Ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional (AN), para Renovar por un año la Licencia de los Servicios de Mail Security, Netword, Security y Web Security, a fin de garantizar las aplicaciones del Gateway de Seguridad instalado en los Servidores del Sistema Legislativo y Administrativo. Se adjunta copia de carta como antecedente. (Fecha de vencimiento: 11 de febrero de 2011). General Jurídica, que señala: Autorizar la exclusión de procedimientos ordinarios de contratación, presentada por la Asamblea Nacional (AN), para Renovar por un año la Licencia de los Servicios de Mail Security, Netword Security y Web Security, a fin de Garantizar las Aplicaciones del Gateway de Seguridad instalado en los Servidores del Sistema Legislativo y Administrativo, hasta por un monto total de DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE DÓLARES ESTADOUNIDENSES CON 70/100 (US$10,439.70), a financiarse con fondos provenientes del Tesoro Nacional. Debido a la particularidad de la

contratación, en la que solo existe un proveedor exclusivo en el país de dichas Licencias, se omite el requisito de las tres cotizaciones de Ley. Dejar expresamente establecido que la Asamblea Nacional (AN), deberá actuar en consonancia con los principios de eficiencia, economía y efectividad consignados en el Arto. 28, párrafo infine y Arto. 105, numeral 2) de la Ley No. 681 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Así mismo, una vez suscrito el contrato correspondiente deberá enviar copia del mismo a esta Entidad Fiscalizadora, a efecto de agregarse al respectivo expediente, a fin de que sea fiscalizado y constatado por este Órgano Superior de Control, dándole el seguimiento debido. Que todo el proceso de contratación, ejecución y recepción de obras, bienes y servicios, así como el manejo financiero, debe quedar adecuadamente documentado y a disposición de la Contraloría General de la República, para futuras Auditorías. La máxima autoridad contratante, en todo caso, deberá dar cumplimiento a lo ordenado en el Arto. 12 de la Ley No. 323 Ley de Contrataciones del Estado. Esta Resolución fue tomada con fundamento en la información suministrada a este Órgano Superior de Control, por el Ingeniero René Núñez Téllez, en su calidad de Presidente de la Asamblea Nacional (AN), en carta recibida en fecha 29 de enero del año dos mil once, quedando sujeta a su posterior verificación. VI. Doctor José Jesús Brenes, Director General Jurídico, remitiendo Informe Ejecutivo No. 022 solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación suscrita por Monseñor Juan Abelardo Mata Guevara, Obispo de la Diócesis de Estelí, Presidente del Consejo Superior de la Universidad Católica Agropecuaria del Trópico Seco (UCATSE), para la adquisición de los servicios de alimentación del personal y estudiantes de esa Universidad, por el período 2011. Se adjunta copia de carta como antecedente. (Fecha de vencimiento: 11 de febrero de 2011). General Jurídica, que señala: Autorizar la solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación presentada por la Universidad Católica Agropecuaria del Trópico Seco (UCATSE), para la adquisición del servicio de alimentación para su personal y estudiantes, por un período de doces meses, hasta por un monto total de Dos Millones Trescientos Mil Córdobas (C$2,300,000.00), que serán financiados con fondos de Presupuesto

General de la República 2011. La UCATSE para esta contratación deberá solicitar al menos tres cotizaciones a efectos de seleccionar la oferta más conveniente a sus intereses. Dejar expresamente establecido que la UCATSE, deberá actuar en consonancia con los principios de eficiencia, economía y efectividad consignados en el Arto. 28, último párrafo y Arto. 105, numeral 2) de la Ley No. 681 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema de Control de la Administración Pública y Fiscalización de los Bienes y Recursos del Estado y observar lo establecido en el Arto. 3 del Reglamento General de la Ley de Contrataciones del Estado. Una vez suscrito el contrato que se derive de esta autorización deberá enviarse copia del mismo de conformidad con el punto IV de las Normas para el Análisis, Control y Seguimiento de las Contrataciones del Estado, a fin de completar el expediente administrativo correspondiente y darle el seguimiento debido. Que todo el proceso de contratación, ejecución y recepción de obras, bienes y servicios, así como el manejo financiero, debe quedar adecuadamente documentado y a disposición de la Contraloría General de la República, para futuras Auditorías. La máxima autoridad contratante, en todo caso, deberá dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 12 de la Ley No. 323 Ley de Contrataciones del Estado. Esta Resolución fue tomada con fundamento en la información suministrada a este Órgano Superior de Control, por Monseñor Juan Abelardo Mata Guevara, Obispo de la Diócesis de Estelí y Presidente del Consejo Superior de la UCATSE, en carta de fecha 28 de enero del año dos mil once, quedando sujeta a su posterior verificación. 2. Doctor José Jesús Brenes, Director General Jurídico, remitiendo Informe Ejecutivo No. 023 solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación suscrita por el MSc. Luis Ángel Montenegro P., Ministro Director de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), para la compra de dos vehículos: Uno 4x4 y uno de un mil y centímetros cúbicos. Se adjunta copia de carta como antecedente. (Fecha de vencimiento: 08 de febrero de 2011). Se aprueba por mayoría de votos, recomendación que hace la Dirección General Jurídica, que señala: Autorizar la solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación presentada por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), para la adquisición de dos (2) vehículos, siendo éstos: Un vehículo 4x4 y uno (1) de Un mil (1,000)

centímetros cúbicos; hasta por un monto total de Un Millón Ciento Cincuenta Mil Córdobas (C$1,150,000.00), de los cuales Un Millón de Córdobas (C$1,000,000.00) serán financiados con fondos de Presupuesto General de la República 2011 y Ciento Cincuenta Mil Córdobas (C$150,000.00) provenientes de fondos propios de la Institución. La ANA para esta contratación deberá solicitar al menos tres cotizaciones, a efecto de seleccionar la oferta más conveniente a sus intereses. Dejar expresamente establecido que la ANA, deberá actuar en consonancia con los principios de eficiencia, economía y efectividad consignados en el Arto. 28, último párrafo y Arto. 105, numeral 2) de la Ley No. 681 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema de Control de la Administración Pública y Fiscalización de los Bienes y Recursos del Estado y observar lo establecido en el Arto. 3 del Reglamento General de la Ley de Contrataciones del Estado. Una vez suscritos los contratos que se derive de esta autorización deberá enviarse copia de los mismos, de conformidad con el punto IV de las Normas para el Análisis, Control y Seguimiento de las Contrataciones del Estado, a fin de completar el expediente administrativo correspondiente y darle el seguimiento debido. Que todo el proceso de contratación, ejecución y recepción de obras, bienes y servicios, así como el manejo financiero, debe quedar adecuadamente documentado y a disposición de la Contraloría General de la República, para futuras Auditorías. La máxima autoridad contratante, en todo caso, deberá dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 12 de la Ley No. 323 Ley de Contrataciones del Estado. Esta Resolución fue tomada con fundamento en la información suministrada a este Órgano Superior de Control, por Msc. Luis Ángel Montenegro P., en carta de fecha 31 de enero del año dos mil once, quedando sujeta a su posterior verificación. El Lic. Luis Ángel Montenegro E., Vicepresidente del Consejo Superior de la CGR, manifiesta que se abstiene de votar en el presente caso. Doctor José Jesús Brenes, Director General Jurídico, remitiendo Informe Ejecutivo No. 024 solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación suscrita por la Licenciada Miriam Raudez Rodríguez, Ministra de Educación (MINED), para la rehabilitación de la infraestructura escolar de 25

Centros Educativos Públicos, ubicados en los Departamentos de Río San Juan, Chinandega, Jinotega, Matagalpa, Estelí, Masaya, Nueva Segovia, Madriz, Boaco, Carazo, Chontales, Granada, León, Rivas y las Regiones Autónomas de la Costa Caribe, así como también la adquisición de 24,000 pupitres. Se adjunta copia de carta como antecedente. (Fecha de vencimiento: 14 de febrero de 2011). Se aprueba por unanimidad de votos, lo siguiente: Autorizar la solicitud de exclusión de procedimientos ordinarios de contratación presentada por el Ministerio de Educación (MINED), para la rehabilitación de la infraestructura escolar de 25 Centros Educativos Públicos, ubicados en los Departamentos de Río San Juan, Chinandega, Jinotega, Matagalpa, Estelí, Masaya, Nueva Segovia, Madriz, Boaco, Carazo, Chontales, Granada, León, Rivas y las Regiones Autónomas de la Costa Caribe, así como también la adquisición de 24,000 pupitres, para lo cual el Ministerio de Educación, deberá solicitar al menos tres (3) cotizaciones y elegir la oferta que más convenga a los intereses de la Institución.