X FORO INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA VIAL STOP ACCIDENTES. Colegio Abogados Madrid 8 de Octubre de 2013 José Pérez Tirado ABOGADO



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Transcripción:

X FORO INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA VIAL STOP ACCIDENTES Colegio Abogados Madrid 8 de Octubre de 2013 José Pérez Tirado ABOGADO

NECESIDAD DE MEJORAS EN LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS EN LOS DISTINTOS PROCESOS

NUESTROS DESEOS BUENA LEGISLACION CON LA PARTICIPACION DE LAS ASOCIACIONES DE VICTIMAS * COMPARTIR PLANTEAMIENTOS, ANALIZAR DIFERENTES VISIONES Y BUSCAR EL CONSENSO

LENTITUD JUDICIAL 1.- LEÓN: Fecha Accidente: 09.11.2009 - Juzgado Instrucción nº 4 de León Diligencias Previas nº 2985/2009 3 años y 11 meses sigue en Previas 2.- MÓSTOLES: Accidente: 08.03.2008 - Juzgado Instrucción nº 4 de Móstoles Diligencias Previas nº 1438/2008 5 años y 7 meses sigue en Previas 3.- ALCALÁ DE HENARES: Accidente: 12.07.2009 - Penal nº 6 Alcalá de Henares Procedimiento Abreviado 215/2013 - JUICIO 12.03.2015 5 años y 8 meses 4.- TORTOSA: Fecha Accidente: 16.09.2011 - Juzgado Instrucción nº 3 de Tortosa Diligencias Previas nº 44/2012 2 años y 1 mes sigue en Previas 5.- SORIA: Fecha Accidente: 22.08.2013 - Juzgado Instrucción nº 4 de Soria Diligencias Previas nº 705/2013 Ni privación del carné de conducir

DESPENALIZACIÓN DE LAS FALTAS Próxima reforma del Código Penal puede afectar al DERECHO de las víctimas. La despenalización de las faltas por accidentes de tráfico. Se verán obligadas a pagar las nuevas tasas de las demandas civiles. No tendrán acceso gratuito a los atestados. No intervención de forenses. Sería ruinoso emprender una demanda por cantidades pequeñas. La razón es descongestionar los Juzgados de lo Penal. Impulsar la mediación en los conflictos y que no lleguen a los tribunales. Utilizar intensivamente lo dispuesto en la reciente Ley 5/2012 de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.

REFORMA CODIGO PENAL 2010. DESDE 1995 SE HAN REALIZADO 26 REFORMAS DESDE 2003: TERCERA REFORMA EN MATERIA DE DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL (LEY 15/2003, LEY 15/2007 Y LEY 5/2010

TUTELA JUDICIAL Y LAS VICTIMAS? - REFORMA DE LA PRESCRIPCION - ALTERNATIVA DE PENAS ART. 379 - ALTERNATIVA DE PENAS ART. 384 - FACULTAD ATENUAR PENAS ART. 385 TER - ATENUANTE DILACIONES ART. 21.6 - ATENUANTE DE REPARACION ART. 21.5 (*) - REVISION DE SENTENCIAS A CONDENADOS - PRESCRIPCION PROCEDIMIENTOS INICIADOS COMO DELITO Y QUE CONCLUYE COMO FALTA (STC 37/2010 DE 19.07.2010)

PROCEDIMIENTOS CIVILES Se ha previsto un PROCEDIMIENTO ESPECIAL para ACCIDENTES TRÁFICO? Se seguirán manteniendo las TASAS JUDICIALES para las víctimas? Qué pasará con el Auto de Cantidad Máxima por Seguro Obligatorio? No trasladaremos el COLAPSO PENAL a un futuro COLAPSO CIVIL? Quién sale beneficiado de esta reforma? Ocurrirán estás cosas?: GRANOLLERS: Accidente: 28.12.2008 - Juzgado 1ª Instancia 4 de Granollers Declarativo Ordinario 1444/2012-E Audiencia Previa 26.06.2013 con señalamiento a 13 meses vista JUICIO 09.07.2014 5 años y 6 meses del accidente COLAPSO BARCELONA

PRINCIPIOS DE LA REFORMA PROPUESTOS POR ASOCIACIONES DE VÍCTIMAS

Siniestralidad y Aumento Parque Móvil Podemos afrontar una mejora de los derechos de las víctimas de los accidentes de circulación en España y aproximarnos a Europa? Desde 1995 incremento parque móvil de vehículos a motor que contratan el S.O.A. del 64,94% y aumento del 26,75% de los ciclomotores. Reducción siniestralidad vial en fallecidos del 56,91%. Reducción siniestralidad vial en heridos graves del 66,30%. Aumento heridos leves del 26,23%, por trasvase de las víctimas (con cuantías indemnizatorias infinitamente inferiores). 12 millones más de vehículos FUNCIÓN SOCIAL S.O.A.

HASTA 3 PUNTOS = 75% HASTA 9 PUNTOS = 92% 22% 12% 6% 5% 2,4% 1,8% 1,6% 1% 8,2% -PORCENTAJE LESIONADOS ESTUDIO REALIZADO SOBRE 25.841 LESIONADOS Fuente: Lluís Bermúdez i Morata (profesor Universidad de Barcelona, Dpto. de Matemática Económica) Mercedes Ayuso Gutiérrez (profesora Universidad de Barcelona, Dpto. Econometría y Estadística) Miguel Santolino Prieto (profesor Universidad de Barcelona, Dpto. Econometría y Estadística) 12

1,50% SOLO 2% MÁS DE 25 PUNTOS 0,30% 0,16% 0,04% Fuente: Lluís Bermúdez i Morata (profesor Universidad de Barcelona, Dpto. de Matemática Económica) Mercedes Ayuso Gutiérrez (profesora Universidad de Barcelona, Dpto. Econometría y Estadística) Miguel Santolino Prieto (profesor Universidad de Barcelona, Dpto. Econometría y Estadística) 13

LE TABELLE DI LEGGE ITALIA VALOR PUNTOS Decreto Ministerio Economía Italia 06.06.2013 Daño biológico leve entidad De 1 a 9 puntos Eventual aumento personali 20% Tres supuestos de distintas secuelas (2 puntos, 5 puntos y 8 puntos), para un lesionado de 10 años de edad. Puntos Secuelas España Italia % en España 2 puntos 1.752 1.742 1% 5 puntos 4.693 5.939 79% 8 puntos 7.945 13.304 60% Tres supuestos de distintas secuelas (2 puntos, 5 puntos y 8 puntos), para un lesionado de 50 años de edad Puntos Secuelas España Italia % en España 2 puntos 1.485 1.393 6% 5 puntos 3.930 4.751 83% 8 puntos 6.595 10.643 62%

Diferencias cuantitativas en FALLECIMIENTO Comparativa ESPAÑA e ITALIA Fallecido de 55 años, con esposa, casado hace 30 años, con 3 hijos de 29, 15 y 10 años, con padre y madre que viven en otro domicilio, y con 2 hermanas de 50 y 46 años. En España, correspondería el Grupo I Víctima con cónyuge (Resolución 2013), y en Italia con la Tabelle Milanesi del 2011, resultan las siguientes indemnizaciones: Perjudicado Cuantía España Cuantía Italia (1) Al cónyuge 114.691 154.350 Hija menor de 10 años 47.788 154.350 Hija menor de 15 años 47.788 154.350 Hijo mayor de 29 años 9.558 154.350 Al padre 9.558 154.350 A la madre 9.558 154.350 A la hermana de 46 años 0 22.340 (2) A la hermana de 50 años 0 22.340 (2) Indemnización básica total 238.941 970.780 (3) Indemnización en España un 25% de la Italiana (1) Se ha utilizado la Tabelle Milanesi de 2011 que para cónyuge, hijos y padres establece una indemnización de 154.350 Euros a 308.700 Euros, habiendo utilizado los mínimos. (2) Se ha utilizado la Tabelle Milanesi de 2011 que para hermanos establece una indemnización de 22.340 Euros a 134.040 Euros, habiendo utilizado los mínimos. (3) Sentencia nº 12408/2011 Corte Suprema Italiana estableció la Tabelle Milanesi como método de referencia.

Evolución Baremo Médico (Tabla VI) en España desde 1995 El Baremo orientativo de 1991, y el Baremo vinculante de 1995, y la Reforma de la Tabla VI en el 2003 (Ley 34/2003), se efectuaron SIN la participación de las Asociaciones de Víctimas y CON participación activa de prestigiosos médicos colaboradores Sector Asegurador. Continuos cambios y modificaciones en la Tabla VI que siempre han representado un retroceso en la cuantía indemnizatoria final para la víctima. Se han REDUCIDO la puntuación de secuelas. Se han SUBSUMIDO limitaciones funcionales. Se han hecho DESAPARECER secuelas frecuentes. Modificaciones más próximas a estudios económicos sobre la incidencia de determinadas secuelas en el conjunto de los pagos que se realizan, que no a criterios estrictamente científicos con justificación: avances científicos.

Secuela 1991 1995 2003 Alteración respiración nasal por deformidad ósea 2-10 2-10 2-5 Anosmia (pérdida sentido del olfato) 10-20 12 7 Estrechez pélvica parto no vía natural 2-25 2-25 5-10 Colectomía parcial 5-15 5-15 5 Anquilosis hombro 20-35 20-35 20-25 Artrosis muñeca Muñeca dolorosa 3-8 3-8 1-5 Dismetrías extremidad inferior a 3 cm. con atrofia 6-15 6-15 3-12 Gonalgia Artrosis postraumática de rodilla 3-15 3-15 1-10 Deformidades postraumáticas del pie 5-20 5-20 1-10 Algunas se mantienen los puntos pero se incluyen expresiones tales como: incluyendo limitaciones funcionales (prótesis parcial de cadera), que tenía un valor de 20 puntos, en la Reforma del 2003 se le reduce su valor de 15 a 20 puntos. Tampoco es lógico el vaivén de ida y vuelta de algunas secuelas: Secuela 1991 1995 2003 UNESPA Pérdida de dos ovarios 30-40 30-35 40 30-40 Pérdida de dos testículos 40 30-40 40 30-40 Anquilosis cadera en posición desfavorable 30-35 25-40 25-35 26-35

DESAPARICIÓN DE SECUELAS, que en la práctica diaria han dejado de indemnizarse y que representan un grave perjuicio para las víctimas. Ejemplos: Secuela 1991 1995 2003 Cicatrices dolorosas o neuralgias cuero cabelludo 2-12 2-12 desaparece Callo deformante hueso malar 2-8 2-8 desaparece Atrofia músculos hombro 5-15 5-15 desaparece Atrofia músculos brazo y antebrazo 2-10 2-10 desaparece Atrofia músculos de la mano 5-10 5-10 desaparece Atrofia total muslo 10-15 10-15 desaparece Atrofia cuádriceps 5-10 5-10 desaparece Atrofia músculos pierna 5-12 5-12 desaparece Pérdida de fuerza en la mano 2-6 2-6 desaparece Alteración de la mano - torpeza 2-4 2-4 desaparece Dorsalgias 2-12 2-12 desaparece Lumbalgias 2-12 2-12 desaparece Coxigodinia postraumática 4-9 4-9 desaparece

IMPORTANCIA Y REPERCUSIÓN DE LOS CAMBIOS DE LA TABLA VI Ejemplo: LESIONADO DE 20 AÑOS: Acortamiento extremidad inferior 6 cm Material de osteosíntesis fémur Perjuicio estético moderado 24 puntos 10 puntos 12 puntos ANTES de la REFORMA del 2003 INDEMNIZACIÓN: 86.445 : 44 puntos de secuelas HOY SERÍAN 66.276 DISMINUCIÓN 23%: 32 puntos secuelas funcionales 12 puntos secuelas estéticas CON PROPUESTA UNESPA SERÁN 29.273 DISMINUCIÓN 66%: 12 puntos secuelas 5 puntos secuelas 12 puntos secuelas estéticas

GASTOS ASISTENCIALES FUTUROS PROTESIS Y AYUDAS

TIPO I DIAS HOSPITALARIOS Día Hospitalario Día UCI Día Hospitalización domiciliaria TIPO II DIAS SIN ESTANCIA HOSPITALARIA Día Impeditivo Día No Impeditivo INDEMNIZACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL PERJUICIO PERSONAL BÁSICO TIPO III INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA Intervención quirúrgica en régimen ambulatorio Intervención quirúrgica en régimen hospitalario con anestesia general Intervención quirúrgica en régimen hospitalario con anestesia local o locorregional Las indemnizaciones están expresadas en euros.

MUCHAS GRACIAS HEMOS CONSEGUIDO ENTRE TODOS UNA SINIESTRALIDAD EUROPEA CONSIGAMOS ENTRE TODOS INDEMNIZACIONES Y DERECHOS EUROPEOS PARA LAS VÍCTIMAS ESPAÑOLAS