BASES CONVOCATORIA 2016 FONDO CONJUNTO DE COOPERACIÓN MÉXICO- URUGUAY

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Transcripción:

BASES CONVOCATORIA 2016 FONDO CONJUNTO DE COOPERACIÓN MÉXICO- URUGUAY La presente Convocatoria se publicará en las páginas electrónicas de la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID) www.amexcid.gob.mx y la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI) www.auci.gub.uy durante un periodo de dos meses, (del 15 de abril al 17 de junio de 2016, en ambos países). 1. ANTECEDENTES. Con el ánimo de fortalecer los vínculos de cooperación entre México y Uruguay, el 14 de agosto de 2009 ambos países suscribieron un Acuerdo de Asociación Estratégica (AAE), en cuyo marco se estableció la creación de un Fondo Conjunto destinado a financiar la ejecución de proyectos de cooperación en áreas de interés común, a fin de que coadyuve al desarrollo de capacidades humanas y al fortalecimiento institucional en áreas identificadas como prioritarias para ambos países, para fortalecer la relación bilateral a nivel del sector público. 2. DESCRIPCIÓN GENERAL. El Fondo Conjunto de Cooperación cuenta con una dotación presupuestaria anual de US$ 500,000 (quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), aportados en partes iguales por los dos países. En la utilización de los recursos no hay afectación separada de fondos mexicanos o uruguayos, constituyéndose un fondo único sin distinción de origen. La administración del Fondo está a cargo de la Comisión de Cooperación, integrada por la Titular de la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID) de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México (SRE) y por la Directora Ejecutiva de la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI) de la Presidencia de la República Oriental del Uruguay. Por acuerdo de la Comisión de Cooperación los recursos son administrados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), sede Montevideo. 1

3. OBJETIVO. Los programas y proyectos bilaterales de cooperación financiados por el Fondo deberán promover el desarrollo económico y social sostenible entre México y Uruguay, además de coadyuvar al desarrollo de capacidades humanas y al fortalecimiento institucional en las áreas temáticas propuestas en la presente convocatoria, con el fin de que ambos países se enriquezcan e intercambien experiencias entre ellos o con terceros países. La presente convocatoria está enfocada a promover proyectos en áreas relevantes para el desarrollo sostenible, buscando la complementariedad y equilibrio de intereses de ambos países y/o terceros; a las prioridades nacionales de desarrollo y a los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Los proyectos que se presenten deberán considerar objetivos de fortalecimiento institucional y beneficios directos a la población, a través del intercambio de buenas prácticas y transferencia de conocimientos entre las instituciones participantes. 4. ÁREAS TEMÁTICAS PRIORITARIAS. Desarrollo Social Salud Agropecuario Ciencia, tecnología e innovación Gobernabilidad - Fortalecimiento y gestión de las políticas públicas Medio Ambiente - Cambio climático Educación y Cultura 5. GRUPO OBJETIVO. Podrán postular proyectos al Fondo Conjunto de Cooperación instituciones del sector público de México y de Uruguay, al igual que aquellas entidades de carácter no lucrativo tales como: Académicas, de Investigación y Asociaciones y Organizaciones civiles. Estas últimas para que puedan ser consideradas en los términos de esta convocatoria, tendrán que asociarse con un organismo del sector público de sus respectivos países, el cual deberá presentar el proyecto para su aprobación y participar activamente en la ejecución del mismo. Las instituciones que presenten proyectos al Fondo deberán tener una contraparte del otro país identificada y comprometida mediante documento oficial escrito. 2

Este documento deberá dejar asentado el compromiso asumido por ambas partes para el óptimo desarrollo de los productos y actividades a alcanzar. Los proyectos tendrán que ser formulados en conjunto entre las partes ejecutoras de ambos países. 6. MODALIDADES. 6.1 Los programas y proyectos de cooperación técnica podrán comprender financiamiento para llevar a cabo: a) Asistencia técnica b) Intercambio de expertos y funcionarios c) Pasantías d) Foros y/o Seminarios e) Capacitación de recursos humanos f) Material de difusión 6.2 El Fondo Conjunto de Cooperación México-Uruguay - no financia aquellos gastos concernientes al pago de obligaciones derivadas de la contratación de personal para la puesta en marcha del programa o proyecto a presentar, por ejemplo: remuneraciones de secretarias, personal adscrito a las propias instituciones cooperantes o jefes de proyecto, compra, arriendo e implementación de infraestructura de funcionamiento administrativo (equipos, mobiliario, vehículos, etc.). 6.3 Pagos de Manutención y Alojamiento. En todos los casos, los montos máximos son los establecidos en la escala del PNUD conforme se señala en el Manual del Procedimientos del Fondo 1. 6.4 El proceso de contratación de servicios necesarios para la obtención de productos específicos del proyecto aprobado, será de exclusiva responsabilidad de las instituciones partes en el proyecto, esto es, la institución cuyo programa o proyecto haya sido aprobado, la que deberá para estos efectos ceñirse a las normas vigentes establecidas por el PNUD y que se encuentran establecidas en el Manual de Procedimientos del Fondo. 1 El Manual de Procedimientos del Fondo Conjunto de Cooperación será entregado una vez el proyecto haya sido seleccionado por la Comisión de Cooperación. La escala de viáticos actualizada del PNUD se puede ver en el siguiente link: http://www.uy.undp.org/content/uruguay/es/home/operations/about_undp.html 3

6.5 Las propuestas y proyectos que sean presentados para su aprobación, deberán contemplar un presupuesto máximo de hasta US$ 100,000 2 (cien mil dólares americanos) en un período de ejecución de hasta 12 meses, prorrogables por seis más. 7. FACTORES DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. Los programas o proyectos presentados al Fondo Conjunto de Cooperación México- Uruguay serán calificados por la Comisión de Cooperación sobre la base de los siguientes factores: Coadyuvar al desarrollo de capacidades humanas y al fortalecimiento institucional. Las actividades financiadas deberán estar enmarcadas y en apego a los límites establecidos en el numeral 6 Modalidades. Promover la cooperación Bilateral o Triangular 3. Coherencia de la propuesta con las áreas temáticas señaladas en el numeral 4 Áreas Temáticas Prioritarias. Impacto y valor agregado que generará la propuesta en las instituciones involucradas, en la población objeto y en las políticas públicas de los países. Ceñirse estrictamente a las indicaciones de formato señaladas en estas Bases (Numeral 8 Procedimiento para la presentación de las Propuestas). Sustentabilidad. Asegurar que una vez concluido el apoyo del Fondo Conjunto, las instituciones participantes darán continuidad, por sus propios medios, a los productos o resultados del proyecto. Generar una red de intereses compartidos; así como generar un acervo de beneficios comunes. Alineación de las propuestas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible. La Comisión de Cooperación podrá convocar a expertos y/o instituciones nacionales reconocidas en la materia cuando lo considere oportuno, a fin de apoyar las evaluaciones técnicas ex-ante, cuando lo estime conveniente. 2 Dicho monto deberá incluir el 5% por costos operativos de transacción del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). 3 En su acepción más general, la Cooperación Triangular se refiere a la asociación entre dos países que contribuyen mediante el apoyo institucional, de recursos humanos, tecnológicos, logísticos y/o financieros, al fortalecimiento de un país de menor desarrollo. Por regla general se basa en experiencias exitosas concebidas en el plano bilateral entre los oferentes para transferirlas y adaptarlas en un tercero. 4

La Comisión de Cooperación podrá efectuar recomendaciones que signifiquen ajustes a las propuestas seleccionadas, siempre que no afecten esencialmente su objetivo. Asimismo, la Comisión de Cooperación podrá aprobar modificaciones al financiamiento de las propuestas, siempre y cuando no exceda el monto solicitado. En dicho caso, se dará un plazo de veinte días hábiles a la institución beneficiada para que ajuste su propuesta al monto aprobado. Si vencido dicho plazo la institución requerida no presenta la propuesta ajustada, se entenderá que ha desistido de su postulación. Para estos efectos, son días no hábiles los sábados, los domingos y los festivos en cada país. 8. PROCEDIMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS. La presentación de propuestas deberá realizarse de manera paralela tanto en México como en Uruguay. El proyecto se entregará en versión electrónica (correo electrónico, pendrive, CD) en formato Word y pdf. Asimismo, deberá entregarse una copia impresa, en hoja tamaño carta/a4, escrita con letra Arial 12, interlineado simple y con las páginas debidamente numeradas y en sobre cerrado a nombre del Fondo Conjunto de Cooperación México-Uruguay- o Uruguay- México. Se aceptarán única y exclusivamente las propuestas presentadas en el Formulario de presentación de proyectos Anexo I adjunto a las presentes bases, en el que se deberán incorporar claramente la correlación entre el objetivo, las modalidades, los resultados esperados, los medios de verificación, el presupuesto expresado en dólares de los Estados Unidos de América y Plan Operativo Anual Anexo II, su potencial impacto, sustentabilidad y estrategia de visibilidad de las acciones a implementar por el programa o proyecto. La postulación deberá estar acompañada de una carta suscrita por el jefe superior del área y/o de las instituciones de los dos países, siempre que los mismos estén facultados legalmente para representar a dichas instituciones. Las instituciones que cumplan con los requisitos anteriormente señalados deberán entregar su propuesta en AMEXCID ubicada en Plaza Juárez Nº 20, Piso 5, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, CP06010, Ciudad de México, y en la AUCI, ubicada en Torre Ejecutiva, Plaza Independencia 710 - Piso 7, Montevideo, hasta las 17:00 horas local de la fecha de cierre de la presente Convocatoria. 5

Durante el proceso de la Convocatoria y hasta dos semanas antes del cierre de la misma, la AMEXCID y la AUCI podrán proporcionar a las instituciones interesadas orientación y aclaraciones, vía correo electrónico o presencial (previa agenda). Durante la última semana de abril o primera de mayo las Agencias convocarán a una jornada de difusión y capacitación a las instituciones interesadas. Direcciones habilitadas para la Convocatoria. dgctcinternacional@sre.gob.mx fondouru-mex@auci.gub.uy 9. RESULTADOS. Sólo se considerarán aquellos programas y proyectos que atiendan a lo señalado en los numerales 4 a 8. Las propuestas presentadas en el marco de la presente Convocatoria serán revisadas y calificadas por la Comisión de Cooperación. Una vez efectuada la pre-selección de los proyectos por parte de la Comisión de Cooperación, éstos serán remitidos al Consejo de Asociación para su conocimiento y sanción definitiva, la cual será inapelable. Los resultados de la Convocatoria estarán a disposición de los interesados a través de los respectivos sitios electrónicos de la AMEXCID y de la AUCI. 10. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS. Para cada programa o proyecto aprobado, la AUCI, en su calidad de institución administradora del Fondo ante PNUD, suscribirá con la Institución Uruguaya un Convenio de Colaboración, documento que normará las obligaciones, responsabilidades, duración del programa o proyecto y la asignación de recursos. Cada Coordinador/Responsable de la institución participante en el proyecto, deberá canalizar las respectivas solicitudes de desembolso frente a la Agencia de Cooperación de su país. 6

11. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. La AMEXCID y la AUCI realizarán el seguimiento y evaluación de las acciones de cada uno de los programas o proyectos aprobados, conforme a lo siguiente: a) Las instituciones beneficiadas deberán presentar un informe a la AUCI y a AMEXCID, por cada actividad realizada (se deberá presentar un informe técnico y en caso contrario no se dispondrá del desembolso programado). En el informe final del programa o proyecto se detallarán las acciones realizadas, los resultados alcanzados, y se indicarán los elementos utilizados para valorar su impacto y alcanzar el objetivo que corresponda. Al finalizar los proyectos, las Agencias de Cooperación, solicitarán la información adicional que consideren necesaria a efectos de medir los impactos obtenidos y la sustentabilidad de los mismos. El informe final así como los productos que resulten de los proyectos deberán remitirse de manera oficial a la Comisión de Cooperación. b) La AMEXCID y la AUCI estarán facultadas para realizar actividades de supervisión y monitoreo de los programas o proyectos durante su ejecución y una vez finalizados, en ambos casos, a través de los instrumentos que estime convenientes. 12. VISIBILIDAD Las instituciones beneficiadas deberán dar la correspondiente visibilidad al aporte efectuado por el Fondo Conjunto de Cooperación México-Uruguay en todas las acciones que realicen. Para ello deberán dar estricto cumplimiento a lo estipulado en el Manual de Visibilidad del Fondo, que les será proporcionado por la AMEXCID y la AUCI, respectivamente, solo a las instituciones cuyos proyectos sean aprobados. El presupuesto global del programa o proyecto presentado al Fondo Conjunto de Cooperación México-Uruguay, deberá incluir un apartado relativo a la Visibilidad 4 y comprometer los recursos 5 necesarios para su implementación al tiempo de 5 Monto estimado 5% del presupuesto total del proyecto. 7

presentar una estrategia de visibilidad de las acciones a implementar por el programa o proyecto. 13. CONSIDERACIONES FINALES En caso que las instituciones beneficiadas no ejecuten adecuada, correcta y oportunamente el programa o proyecto aprobado, la Comisión de Cooperación podrá poner término anticipado al proyecto conjunto. Estas instituciones podrán quedar inhabilitadas para presentar y participar en nuevos programas y/o proyectos de futuras convocatorias. Las situaciones extraordinarias, tales como aquellas constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor, que no hayan sido previstas en las presentes bases o en los Convenios respectivos serán resueltas caso a caso por la Comisión de Cooperación. 8