Para la salud. la información, un Componente Esencial. DECLARACIONES NUTRICIONALES

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Transcripción:

QUÉ SON LAS DECLARACIONES NUTRICIONALES? DECLARACIONES NUTRICIONALES Una DECLARACIÓN NUTRICIONAL es cualquier mensaje o representación que no sea obligatorio, incluida cualquier forma de representación pictórica, gráfica o simbólica, que afirme, sugiera o dé a entender que un alimento posee unas características específicas, con motivo del aporte energético (valor calórico) que proporciona y/o de los nutrientes u otras sustancias que contiene. I Vitaminas y sales minerales que pueden declararse y sus cantidades diarias recomendadas (CDR)1 Vitamina A (retinol) μg 800 Vitamina D μg 5 Vitamina E mg 10 Vitamina C mg 60 Vitamina B 1 (tiamina) mg 1,4 Vitamina B 2 (Riboflavina) mg 1,6 Vitamina B3 (Niacina) mg 18 Vitamina B 6 mg 2 Vitamina B 9 (fólico y folatos) μg 200 Impreso en papel con certificado ECF (papel libre de cloro elemental). Protege el Medio Ambiente. Vitamina B 12 (cianocobalamina) μg 1 Biotina mg 0,15 Ácido pantoténico mg 6 Calcio mg 800 Fósforo mg 800 Hierro mg 14 Magnesio mg 300 Zinc mg 15 Yodo μg 150 Por regla general, para decidir lo que constituye una cantidad significativa se considera un 15 % de la cantidad recomendada especificada en este Anexo y suministrada por 100 g o 100 ml o por envase si éste contiene una única porción. 1 Real Decreto 1275/2003 de 10 de octubre (BOE nº 246 de 14 de octubre) Real Decreto 930/1992 de 17 de julio (BOE nº 187 de 5 de agosto) www.juntadeandalucia.es/salud la información, un Componente Esencial Para la salud

QUÉ SON LAS DECLARACIONES NUTRICIONALES? DECLARACIONES NUTRICIONALES Una DECLARACIÓN NUTRICIONAL es cualquier mensaje o representación que no sea obligatorio, incluida cualquier forma de representación pictórica, gráfica o simbólica, que afirme, sugiera o dé a entender que un alimento posee unas características específicas, con motivo del aporte energético (valor calórico) que proporciona y/o de los nutrientes u otras sustancias que contiene. I Vitaminas y sales minerales que pueden declararse y sus cantidades diarias recomendadas (CDR)1 Vitamina A (retinol) μg 800 Vitamina D μg 5 Vitamina E mg 10 Vitamina C mg 60 Vitamina B 1 (tiamina) mg 1,4 Vitamina B 2 (Riboflavina) mg 1,6 Vitamina B3 (Niacina) mg 18 Vitamina B 6 mg 2 Vitamina B 9 (fólico y folatos) μg 200 Impreso en papel con certificado ECF (papel libre de cloro elemental). Protege el Medio Ambiente. Vitamina B 12 (cianocobalamina) μg 1 Biotina mg 0,15 Ácido pantoténico mg 6 Calcio mg 800 Fósforo mg 800 Hierro mg 14 Magnesio mg 300 Zinc mg 15 Yodo μg 150 Por regla general, para decidir lo que constituye una cantidad significativa se considera un 15 % de la cantidad recomendada especificada en este Anexo y suministrada por 100 g o 100 ml o por envase si éste contiene una única porción. 1 Real Decreto 1275/2003 de 10 de octubre (BOE nº 246 de 14 de octubre) Real Decreto 930/1992 de 17 de julio (BOE nº 187 de 5 de agosto) www.juntadeandalucia.es/salud la información, un Componente Esencial Para la salud

CUÁLES SON LAS PRINCIPALES DECLARACIONES NUTRICIONALES, Y QUÉ SIGNIFICAN? VALOR ENERGÉTICO GRASA AZÚCAR BAJO VALOR ENERGÉTICO No contiene más de 40 kcal (170 kj) por 100 g en el caso de los sólidos o más de 20 kcal (80 kj) por 100 ml en el caso de los líquidos. Para los edulcorantes de mesa el límite es de 4 kcal (17 kj) por porción, con propiedades edulcorantes equivalentes a 6 g de sacarosa (una cucharadita de sacarosa aproximadamente). VALOR ENERGÉTICO REDUCIDO El valor energético se reduce, como mínimo, en un 30 %. SIN APORTE ENERGÉTICO No contiene más de 4 kcal (17 kj) por 100 ml. Para los edulcorantes de mesa el límite es de 0,4 kcal (1,7 kj) por porción, con propiedades edulcorantes equivalentes a 6 g de sacarosa (una cucharadita de sacarosa aproximadamente). BAJO CONTENIDO DE GRASA No contiene más de 3 g de grasa por 100 g en el caso de los sólidos o 1,5 g de grasa por 100 ml en el caso de los líquidos (1,8 g de grasa por 100 ml para la leche semidesnatada). SIN GRASA No contiene más de 0,5 g de grasa por 100 g o 100 ml. Las declaraciones expresadas como «X % sin grasa» están prohibidas. BAJO CONTENIDO DE GRASAS SATURADAS La suma de ácidos grasos saturados y de ácidos grasos trans no es superior a 1,5 g por 100 g para los productos sólidos y a 0,75 g por 100 ml para los productos líquidos. La suma de ácidos grasos saturados y de ácidos grasos trans no debe aportar más del 10 % del valor energético. SIN GRASAS SATURADAS La suma de grasas saturadas y de ácidos grasos trans no es superior a 0,1 g por 100 g o 100 ml. BAJO CONTENIDO DE AZÚCAR No contiene más de 5 g de azúcar por 100 g en el caso de los sólidos o 2,5 g de azúcar por 100 ml en el caso de los líquidos. SIN AZÚCAR No contiene más de 0,5 g de azúcar por 100 g o 100 ml. SIN AZÚCARES AÑADIDOS No se ha añadido ningún monosacárido ni disacárido, ni ningún alimento utilizado por sus propiedades edulcorantes. Si los azúcares están naturalmente presentes en los alimentos, en el etiquetado deberá figurar asimismo la siguiente indicación: «CON- TIENE AZÚCARES NATURALMENTE PRESENTES».

NUTRIENTES VITAMINAS PROTEÍNAS FIBRA SODIO/SAL BAJO CONTENIDO DE SODIO/SAL No contiene más de 0,12 g de sodio, o el valor equivalente de sal, por 100 g o por 100 ml. Por lo que respecta a las aguas distintas de las aguas minerales naturales, este valor no deberá ser superior a 2 mg de sodio por 100 ml. MUY BAJO CONTENIDO DE SODIO/SAL No contiene más de 0,04 g de sodio, o el valor equivalente de sal, por 100 g o por 100 ml. Esta declaración no debe utilizarse para las aguas minerales naturales y otras aguas. SIN SODIO O SIN SAL No contiene más de 0,005 g de sodio, o el valor equivalente de sal, por 100 g. FUENTE DE FIBRA El producto contiene como mínimo 3 g de fibra por 100 g o, como mínimo, 1,5 g de fibra por 100 kcal. ALTO CONTENIDO DE FIBRA Contiene como mínimo 6 g de fibra por 100 g o 3 g de fibra por 100 kcal. FUENTE DE PROTEÍNAS Las proteínas aportan como mínimo el 12 % del valor energético del alimento. ALTO CONTENIDO DE PROTEÍNAS Las proteínas aportan como mínimo el 20 % del valor energético del alimento. FUENTE DE [nombre de vitaminas o de minerales] Contiene como mínimo una cantidad significativa de vitaminas o minerales (véase tabla de Vitaminas y Minerales). ALTO CONTENIDO DE [nombre de vitaminas o de minerales] Contiene como mínimo dos veces el valor de la «fuente de <nombre de vitaminas o de minerales». CONTENIDO REDUCIDO DE < nombre de nutriente La reducción del contenido es de, como mínimo, el 30 % en comparación con un producto similar, excepto para micronutrientes, en los que será admisible una diferencia del 10 % en los valores de referencia establecidos como cantidades diarias recomendadas, así como para el sodio, o el valor equivalente para la sal, en que será admisible una diferencia del 25 %.

LIGHT LIGHT/LITE (LIGERO) Cumple las mismas condiciones que las establecidas para el término «contenido reducido». La declaración deberá estar acompañada por una indicación de la característica o características que hacen que el alimento sea «light» o «lite» (ligero). NATURAL NATURALMENTE/ NATURAL El alimento reúne de forma natural la sustancia a la que se refiere la declaración. Reglamento CE 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y propiedades saludables en los alimentos (30.12.2006 Diario Oficial de la Unión Europea L 404/25) Objetivos en materia de consumo de nutrientes de la población Factor alimentario Grasas totales Ácidos grasos saturados Ácidos grasos poliinsaturados Ácidos grasos trans Ácidos grasos monoinsaturados Hidratos de carbono totales Azúcares libres Proteínas Colesterol Cloruro sódico (sodio) Frutas y verduras Fibra Objetivo (% de energía total, salvo que se estipule de otro modo) 15% - 30% < 10% 6% - 10% < 1% Cálculo: grasas totales - (ácidos grasos saturados + ácidos grasos poliinsaturados + ácidos grasos trans) 55% - 75% < 10% 10% - 15% < 300 mg al día < 5 g al día (< 2 g al día) 400 g al día 25 g al dia Fuente: Dieta, nutrición y prevención de las enfermedades crónicas. Informe del grupo conjunto de expertos OMS / FAO. Organización Mundial de la Salud, Ginebra 2003

QUÉ SON LAS DECLARACIONES NUTRICIONALES? DECLARACIONES NUTRICIONALES Una DECLARACIÓN NUTRICIONAL es cualquier mensaje o representación que no sea obligatorio, incluida cualquier forma de representación pictórica, gráfica o simbólica, que afirme, sugiera o dé a entender que un alimento posee unas características específicas, con motivo del aporte energético (valor calórico) que proporciona y/o de los nutrientes u otras sustancias que contiene. I Vitaminas y sales minerales que pueden declararse y sus cantidades diarias recomendadas (CDR)1 Vitamina A (retinol) μg 800 Vitamina D μg 5 Vitamina E mg 10 Vitamina C mg 60 Vitamina B 1 (tiamina) mg 1,4 Vitamina B 2 (Riboflavina) mg 1,6 Vitamina B3 (Niacina) mg 18 Vitamina B 6 mg 2 Vitamina B 9 (fólico y folatos) μg 200 Impreso en papel con certificado ECF (papel libre de cloro elemental). Protege el Medio Ambiente. Vitamina B 12 (cianocobalamina) μg 1 Biotina mg 0,15 Ácido pantoténico mg 6 Calcio mg 800 Fósforo mg 800 Hierro mg 14 Magnesio mg 300 Zinc mg 15 Yodo μg 150 Por regla general, para decidir lo que constituye una cantidad significativa se considera un 15 % de la cantidad recomendada especificada en este Anexo y suministrada por 100 g o 100 ml o por envase si éste contiene una única porción. 1 Real Decreto 1275/2003 de 10 de octubre (BOE nº 246 de 14 de octubre) Real Decreto 930/1992 de 17 de julio (BOE nº 187 de 5 de agosto) www.juntadeandalucia.es/salud la información, un Componente Esencial Para la salud