la Policia a los Tribunales de Justicia, a la Fiscalía de Utuado y al Di Luis D. Afanador Cuevas, Néstor Acosta Cintrón, Angel A. Martí López, Edgar



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Transcripción:

GOBIERNO MUNICIPAL DE UTUADO, PUERTO RICO ASAMBLEA MUNICIPAL ORDENANZA NUMERO 28 P0N-30(1-25)E SERIE 1984-85 PARA REGLAMENTAR LOS ANUNCIOS, PROPAGANDAS, AVISOS, ETC., EN EL MUNICIPIO DE UTUADO DE CUALQUIER INDOLE Y PARA ESTABLECER LOS LUGARES EN QUE LOS MISMOS SERAN PERMITIDOS; I PARA OTROS FINES. POR CUANTO : El Departamento de Transportación y Obras Públicas Estatal, ha estéiblecido unos Tablones de Expresión en ciertas áreas del pueblo de Utuado, princi palmente en la Carretera Estatal Numeró 111. POR CUANTO : Con estos Tablones de Expresión Pública, se pesigue que se centraliza to da propaganda política, cultural, recreativa o de interés socd^ en ciertas áreas específicas, para que de esa manera se evite la. j>rohibíci5ii->de anun cios en otras áreas, afectándose el ornato de la Ciudad del Viví. POR CUANTO : Es necesario que se reglamente la pega de anuncios o propaganda en toda la municipalidad de Utuado, ya sea ésta sobre actividades sociales, culturales, políticas, etc., para que así no se llene de literatura el pueblo de Utuado. afectando el buen ornato que debe prevalecer en nuestras calles, postes, edificios, puentes, etc. POR TANTO : ORDENASE POR ESTA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE UTUADO, PUERTO RICO: Sección Ira Se prohibe expresamente toda propaganda política, cultural, social, recreati va, etc., en aquellas áreas que no sean los Tablones de Expresión Publica, que ha instalado el Departamento de Transportación y Obras Públicas en el' pueblo de Utuado. Esta prohibición aplica a los siguientes lugares, sitios o edificios: a) poste del alumbrado, excepto aquellos que la ley permite. b) edificios públicos c) puentes estatales y municipales d) en las vías de rodaje municipales y estatales que no sean los sitios escogidos para Tablones de Expresiones Públicas por el Departamento de Transportación y Obras Públicas. La violación a lo dispuesto por esta Ordenanza Municipal será castigado por una tmilta de $100.00 o con pena de reclución de 30 días b ambas penas a discreción del Tribunal de Justicia. Esta Ordenanza empezará a regir xma vez debidamente aprobada por el Ho norable Alcalde, excepto su disposición penal que empezará a regir a los diez (10) días despúes de su publicaciónen un periódico de circulación general según lo dispone la ley y deroga toda Ordenanza, Resolución o Acuerdo en conflicto con la presente. I Que copias certificadas de esta Ordenanza sean enviadas al Departamento de Hacienda, a la Administración de Servicios Municipeiles, al Cuartel de la Policia a los Tribunales de Justicia, a la Fiscalía de Utuado y al Di rector^de Finanzas del Municipio de Utuado, Puerto Rico, para su conocimiento y acción correspondiente. La presente Ordenanza fue aprobada por la Honorable Asamblea Municipal de Utuado, Puerto Rico, en Sesión Extraordinaria, celebrada el día 28 de enero de 1985, con los votos afirmativos de los SEÍ50RES: Victor M. Barran co, Angel Albarrán Díaz, Luis Daniel Ramos Méndez, Héctor L. Quiles Lbucil, Luis D. Afanador Cuevas, Néstor Acosta Cintrón, Angel A. Martí López, Edgar Reyes Pérez y William M. Dávila Marrero, las SEÑORAS: Aida M. (piñones Pérez, Haydee González Jiráu y Elizabath JImenez López y las SRTAS: Iris Mágaly Colón Alago y Olga Maldonado Vázquez.

Y PARA QUE ASI CONSTE, libramos, firmamos y sellamos la presente CERTIFICACION y hacemos estampar en las páginas de que consta la misma el Gran Sello Oficial del Municipio de Utuado, Puerto Rico, el día 29 de enero de 1985.?Msidente )(samblea tfcinicipal REYÍiALDO PEREZ \«LLAFÁ2ÍE Secretario Asamblea Municipal APROBADA POR MI, HOY, DIA 29 DE 1AS5. fr^ullis RODRIGUEZ Alcalde

GGBIERNO MUNICIPAL ES5 DimDO ASAMBLEA MMIdPAL üluado, PUEIOO RICX) PON: 32(31-1 CM^HJANZA NUH 29 SHOE 1995-96 0K5Q NZA Ee LA ASAMBLEA I4KICIPAL DE ITTOADO, PÜEKFO RICO, PARA PROHIBIR, PEESR, FUAR, IMPRIMIR O PINTAR 9CBRE CÜALQÜIEK PRCPIEDAD PTTRT.TfA Y/O MJNICIPAL, AVISO O ANOMCIO QUE AETCEE EL CraCOX) PUBLICO Y PROVEER SANCICNES PCR la CCMtSIC» DE DIOKS ictcs Y PARA OOCS FINES. PCR CQAKEO : PCR OJAHTO: La Adninistracion Manicipal de UtuadD ha recibido mñn-ipiog ;»at-ir;tnre»c; de nuestra ciudadanía por su interés en conservar la belleza y el amato p(l>lioo. Nuestra bella Ciiidad del Viví ha ocnpetido en H-itay nr!ar-inr>p«para lograr reconocimientos cano la mág T-iw^-ia PiKrto Rico en su categoría. PCR OIANIX): Ba sido tradición y costmtjre de mostró pueblo Tnairt-f^niaT- y r^idirle tributo a la conservación y belleza de nuestra propiedad privada y fúlica, destacándose el esfuerzo de la ciu^danía utuadeña de mcrenaentar la belleza y la estética en todos los rinccnes de niíestra Ciudad. PCR dlanio: Petra proteger el ornato p&lioo y evitar la ooloccición ^ anuncios y propagandas de todo tipo y ai forma desorganizada; es necesario ireglanentar los mismos y proveer sanciones por la ocmisión de actos; PCK PCR CUAHIO: CUANTO: La Adnxnistración Mmicipal de Utuado instalará talones de e3^>resicn pública visibles, suficientes en toda la que permite a la ciuda^nía ej^presarse en forma nás organizada. POR PCR "ranto: ranto: CRDENESE PCR la ASAMEOS MUICIPAL DE UTUADO, PUSOD RICO, LO SIGUUNTB: SEOCiaí SaXICN Ira: Se prohibe pegar, fijar, iuprimir, pintar o cualquier ^x:íot análoga, cualquier aviso, inuncio, letrero, cartel grabada de pasquines, cuadro, note, dibujo, grafitis, propagandas con fines no pecuniarios o de caracter político o de otra índole excepto en los t-ahlrnp>g de ea^nresión pü>lica ya instalados. ^CdCN 2da: Di^xxiiáidose que postes y pilotes de puentes pueden ser según determinación Tribunal Siipnawi fflücecij 3ra: Toda violación a la presente Ckidenatnza conlleva una imita no mayor de $ 500 dolares o un mes de prisión, o ait>as p«=»ria«; a discreción del Ti-ibunal. SBOCICW 4ta; Esta Csrdenanza canenzará a regir diez (10) riíag dé^jués de la pt4)licación de la mifma en un periódico de circulcición general de Puerto Rico y se hayan instalados los tablones de e^^xresión publica.

CX]NT. C»r01ANZA NUM. PCK: 32 (31-1) SHOE 1995-96 SBCCICN 5ta: lt)da Ordenanza o Resolución que esté ai ocnflicto ocn la preseaite, queda por esta derogada di^xsniáidose ^je la i nrimcrt-i -hit!! nnai -i de una o varias partes de esta Ordenanza no invalida la Ordenanza en su totalidad. SUOCIGN 6ta: Copia de esta Crdsianza será aiviada a la Adninistración de Servicios Hmicipales, Departacaento de Hacimda, Gcoandancia de la Policía Estatal de Dtuado, Cuartel de la Policía Municipal de Utuado» Tribunal de Primg-a Instancia de Dtuado, Presidente de los Partidos Poláiticos de Dtuado y cualquier otra Agencia Gutemanental cxjrrespcndiente- Í55IÍZÍCAC10N La presente Ordenanza fue aprobada en Sesión Ordinaria celebrada por la Honorable Asamblea Municipal de Dtuado, Puerto Rico, el día 5 de febrero de 1996, con los votos en la afirmativa de los señores: José Orlando Ralat, Angel L. Martínez, Juan L. Salas, Elias A. Negrón, Luis M. Maldonado, Placido Serrano, Ismael Rodríguez, Wilson H. Quintana y las señoras: Blanca I. Ocasio, María del C. Llanes y Agnes Crespo. Votó en contra el señor Pedro Soto. Y PARA QUE ASI CONSTE, LIBRAMOS, FIRMAMOS Y SELLAMOS LA PRESENTE CERTIFICACION CON EL GRAN SELLO OFICIAL DEL MUNICIPIO DE UTÜADO, PUERTO RICO, HOY, DIA 6 DE FEBRERO DE 1996. JOSE ORLANDO RALAT AVILES PRESIDENTE ASAMBLEA 'HECTOR T. ^ARBlTtíDi SECRETARIO ASAMBLEA APROBADA POR MI, HOY, DIA 7 DE FEBRERO DE 1995. LUIS ORTÍB-'MONTALVO ALCALDE

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO GOBIERNO MUNICIPAL DE UTUADO. PUERTO RICO LEGISLATURA MUNCIPAL SOMETIDO POR SECRETARÍA MUNICIPAL ORDENANZA NÚMERO 9 PON-12 (04-05) SERIE 2004-05 DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE UTUADO. PUERTO RICO, PARA PROHIBIR RNTAR O PEGAR PASQUINES. ANUNCIOS COMERCIALES Y DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE. PANCARTAS, INSTALACIÓN DE CRUZACALLES Y OTROS EN EL MURO DE LA URBANIZACIÓN JESÚS MARÍA LAGO EN EL SECTOR SAN JOSÉ DE UTUADO; Y PARA OTROS FINES POR CUANTO: POR CUANTO: POR CUANTO: POR TANTO: SECCIÓN 1RA; SECCIÓN 2DA: SECCIÓN 3RA: La proliferación de anuncios y propaganda en forma desordenada, crea inestabilidad e inseguridad en el público, además de la estética y belleza de nuestro entorno. La "Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 1991" faculta ai Alcalde a dirigir, administrar y fiscalizar el funcionamiento del Municipio de Utuado. Es interés de esta Administración Municipal, el conservar el área del Muro de San José y el área adyacente al mismo limpiay con buen ornato. ORDÉNASE POR ESTA HONORABLE LEGISLATURA MUNICIPAL DE UTUADO PUERTO RICO, LO SIGUIENTE: Prohibir como por la presente se prohibe e! uso de cualquier aviso, letrero, anuncio, cartel, grabado, cuadro, cruza calle, pintura, escrito, pasquín, dibujo, pancarta, figura o cualquier otro medio similar, no importando el asunto, artículo, persona, tema mote, concepto o material a que se haga referencia en los mismos, en el muro de (a Urbanización Jesús María Lago y toda el área adyacente al mismo. Se prohibe además utilizar el área de las aceras y áreas verdes para estacionarse, depositar chatarra ó escombros, para llevar a cabo labores de mecánica o cualquier otra que afecte el ornato y la belleza de las mismas. Se autoriza a la Oficina de Ornato y Obras Públicas Municipal a remover cualquier anuncio o propaganda según descrita en la Sección Ira., que entre en violación de esta Ordenanza.

ORDENANZA NÚMERO 9 PON-12 (04-05) SERIE 2004-05 SECCION 4TA: SECCION 5TA: SECCION 6TA: SECCION 7MA: Toda persona que viole las disposiciones de ésta Ordenanza y fuere hallado culpable por un Tribunal competente, se le impondrá una multa no mayor de $100.00 dólares o cinco (5) días de prisión, o ambas penas a discreción del Tribunal. Que copia de esta Ordenanza le sea remitida a la Oficina del Alcalde. Oficina Secretario Municipal, Oficina de Ornato, al Comisionado de la Policía, Policía Estatal área de Utuado y demás agencias concernidas para su conocimiento y acción correspondiente. Se autoriza a que se rotule el área del Muro de San José y se le notifique a la comunidad que reside frente al mismo sobre esta disposición. Esta Ordenanza entrará en vigor una vez sea firmada por el señor Alcalde y su sanción penal, 10 días después de ser publicada en un periódico de circulación general en Puerto Rico. APROBADA POR LA LEGISLATURA MUNICIPAL DE UTUADO, PUERTO RICO, EL DÍA, 26 DE OCTUBRE DE 2004. WILLIAMTÉREZ TOLEDO PRESIDENTE LEGISLATURA MÜN. RAFAEL A. ARVELO MALDONADO SECRETARIO LEGISLATURA MÜN. APROBADO POR EL ALCALDE HOY,_8_ DE DE 2004 (NOVIEMBRE) HON. ALAN J. GONZ^EZ CANCEL ALCAÜDE Seüo Oficial

ORDENANZA NUM. PON-12(04-05) SERIE 2004-05 CERTIFICACIÓN Yo, Rafael A. Arvelo Maldonado, Secretario de la Legislatura Municipal deutuado, Puerto Rico, por la presente CERTIFICO: que la que sigue es copiafiel y exactade la Ordenanza Nnm 9 ^ Serie 2004-05, aprobada por la LegislaturaMunicipal de Utuado en Sesión Ordinaria,el día 26 de octubre de 2004, con los siguientes votos: Afirmativos: Ausente: HON. WILLIAM PÉREZ TOLEDO HON. FRANCISCO J. RULLÁN CAPARRÓS HON. JORGE A. PÉREZ HEREDIA HON. IRIS TORRES ROSADO HON. REYNALDO GUTIÉRREZ RIVERA HON. JORGE H. COLLAZO RIVERA HON. OTILIO RIVERA VÉLEZ HON. ANGEL L. LINARES COLLAZO HON. JOSÉ L. COLÓN RODRÍGUEZ HON. ROSALINA LÓPEZ RIVERA HON. JUAN J. VILELLA ROSARIO HON. HÉCTOR L. RIVERA RODRÍGUEZ HON. JORGE L. CHABRIER MÉNDEZ HON. NEREIDA HUERTAS DE JESÚS Abstenido: En Contra: Aprobado porel Alcalde - Alan J. GoiEález Cancel, el día_8 de de2004. (novienbre) Ypara que así conste, firmo lapresente CERTIFICACIÓN yhago estampar elgran Sello Oficial, el día 8 dea^rtjtíji/grde 2004. (noviembre) A RAFAEL A. ARVELO MALDONADO SECRETARIO LEGISLATURA MUNICIPAL