Anexo 8.4 Subproceso gestión de la protección de propiedad intelectual 1. OBJETIVO Gestionar y facilitar la obtención de protección de la propiedad intelectual de los resultados de investigación o invenciones desarrolladas por los investigadores, inventores o creadores, proporcionando las herramientas y la información necesaria que permita la tramitación efectiva de las patentes, secretos industriales, y demás mecanismos de protección, así como el registro de los derechos de autor y soportes lógicos (software). Con el fin de brindar la seguridad suficiente y agregar valor al proceso de comercialización de los resultados de investigación o de la invención. 2. ALCANCE Inicia con el análisis y evaluación de la protección de la propiedad intelectual de los resultados de investigación o invenciones, finaliza con el registro en el sistema de información de la propiedad intelectual protegida o con el comunicado al solicitante del rechazo o negación de la protección. 3. DEFINICIONES Diseño Industrial: Se considera como diseño industrial la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie el destino o finalidad de dicho producto. Derecho de Autor: Comprende los derechos patrimoniales y morales concedidos a los creadores por sus obras literarias y artísticas, que le permiten a estos explotar en forma exclusiva su producción. Propiedad Industrial: Se refiere a los derechos patrimoniales como patentes, modelos de utilidad, diseños industriales y secretos industriales. Se excluyen de este procedimiento los derechos de autor. Propiedad intelectual: Es un derecho complejo de dominio especial sobre las creaciones del talento humano que se concede a los autores o inventores y que a la vez permite a la sociedad hacer uso de esas creaciones. La propiedad intelectual comprende: el derecho de autor y los derechos conexos; la propiedad industrial y los derechos de los obtentores de variedades vegetales. 146
Secreto empresariale: Información protegida que no suele ser conocida por las personas que se encargan de desarrollar las tareas concernientes a esta información, o que no tienen fácil acceso a ella, y cuyo valor comercial reside en el hecho de ser secreta. Soporte lógico (software): Se considera como una creación propala del dominio literario, comprende uno o varios de los siguientes elementos: el programa de computador, la descripción de programa y el material auxiliar. 4. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Ley 23 de 1982 sobre derechos de autor. Decreto 1360 del 23 de junio de 1989 inscripción del soporte lógico (software) en el Registro Nacional del Derecho de Autor. 147
PROPIEDAD INTELECTUAL 5. FLUJOGRAMA
6. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES No. RESPONSABLE ACTIVIDAD Inicio del Procedimiento Viene del proceso Gestión de la protección y comercialización de resultados de investigación Analizar y evaluar la protección de la Propiedad Intelectual 1 2 3 4 Comité de Propiedad Intelectual Analizar los antecedentes y las soluciones planteadas previamente a problemas similares o conocidos. Validar la no existencia de artes previsto, para evitar el riesgo de infracciones de patentes. Evaluar la viabilidad de la protección de la Propiedad Intelectual de la invención o tecnología desarrollada. Diagnosticar el tipo de protección necesario Realizar diagnóstico del tipo de protección apropiado y más adecuado para el resultado de investigación, invención o creación. Brindar información y asesoría sobre el proceso de PI Suministrar información necesaria del proceso de tramitación y registro de la propiedad intelectual, que se estableció más conveniente para el resultado de investigación o invención. Asesorar sobre costos y tiempos estimados para la presentación y aprobación de la protección de la PI escogida. Registro de derechos de autor o soporte lógico (software) Derechos de autor Reunir la documentación requerida por la Dirección Nacional de Derecho de autor, según el tipo de obra (literaria o artística), que se vaya a proteger. Diligenciar el formulario correspondiente a la solicitud de inscripción de la obra. Radicar en la Dirección Nacional de Derecho de autor el formulario junto con el ejemplar de la obra. 149
No. RESPONSABLE ACTIVIDAD Realizar seguimiento del trámite de la inscripción del soporte lógico (software), hasta constatar obtención del certificado de registro. Soporte lógico (software) Para la inscripción del soporte lógico (software) en el Registro Nacional del Derecho de Autor, se debe: Elaborar solicitud de inscripción del software con la siguiente información: Nombre, identificación del solicitante, del autor o autores y del productor, título de la obra, año de creación, país de origen, breve descripción de sus funciones, y en general, cualquier otra característica que permita diferenciarla de otra obra de su misma naturaleza. Preparar una descripción detallada del programa y material complementario que facilite la comprensión del software (de ser necesario). Validar que la información este completa y correcta. Remitir y radicar la solicitud al Registro Nacional de Derecho de Autor, con la documentación requerida. Realizar seguimiento del trámite de la inscripción del soporte lógico (software), hasta constatar obtención del certificado de registro. Registro de otro tipo de protección industrial Realizar el trámite de la protección, ante las autoridades Nacionales competentes en Propiedad Intelectual, de cualquiera de las siguientes componentes de la propiedad industrial: 5 Signos distintivos (como las marcas, lemas comerciales, nombre comercial, denominaciones de origen). Secretos Empresariales. Diseños industriales. Derechos de obtentor de variedades vegetales. 150
No. RESPONSABLE ACTIVIDAD Nota: Dependiendo del resultado de la tramitación o registro de la propiedad intelectual, se continúa con el subproceso, de la siguiente manera: si la protección fue efectiva se procede con el registro de la propiedad intelectual en el sistema de información de la ORES, de lo contrario se informa al solicitante del rechazo o negación de la protección, junto con las razones. 6 7 Registrar la PI en el sistema de información de la ORES Con los análisis previos del informe de vigilancia y estudio de la solicitud, se debe: Escoger la modalidad de protección: Patente, Modelo de utilidad, Obtenciones vegetales. Comunicar rechazo de protección Elaborar comunicado con el rechazo o negación de la solicitud de protección de la propiedad intelectual gestionada por la ORES. Remitir el comunicado al investigador, inventor o creador. Fin del Subproceso 151