Escuela Internacional de Alta Formación en Relaciones Laborales y de Trabajo de ADAPT

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Transcripción:

Revista Internacional y Comparada de RELACIONES LABORALES Y DERECHO DEL EMPLEO Escuela Internacional de Alta Formación en Relaciones Laborales y de Trabajo de ADAPT Directores Científicos Arturo Bronstein (Argentina), Martin Carillo (Perú), Lance Compa (Estados Unidos), Luis Enrique De la Villa Gil (España), Jordi Garcia Viña (España), Adrían Goldin (Argentina), Ana Virginia Gomes (Brasil), Julio Armando Grisolia (Argentina), Óscar Hernández (Venezuela), María Patricia Kurczyn Villalobos (México), Antonio Ojeda Avilés (España), Barbara Palli (Francia), Roberto Pedersini (Italia), Rosa Quesada Segura (España), Juan Raso Delgue (Uruguay), Carlos Reynoso Castillo (México), Raúl G. Saco Barrios (Perú), Alfredo Sánchez-Castañeda (México), Malcolm Sargeant (Reino Unido), Michele Tiraboschi (Italia), Anil Verma (Canada), Marly Weiss (Estados Unidos), Marcin Wujczyk (Polonia). Comité de Gestión Editorial Alfredo Sánchez-Castañeda (México) Michele Tiraboschi (Italia) Comité de Redacción Graciela Cristina Del Valle Antacli (Argentina), Ricardo Barona Betancourt (Colombia), Maria Alejandra Chacon Ospina (Colombia), Paulina Galicia (México), Helga Hejny (Reino Unido), Noemi Monroy (Argentina), Juan Pablo Mugnolo (Argentina), Martina Ori (Italia), Eleonora Peliza (Argentina), Salvador Perán Quesada (España), Alma Elena Rueda (México), Lavinia Serrani (Italia), Esperanza Macarena Sierra Benítez (España), Carmen Solís Prieto (España), Francesca Sperotti (Italia), Marcela Vigna (Uruguay). Redactor Responsable de la Revisión final de la Revista Alfredo Sánchez-Castañeda (México) Redactor Responsable de la Gestión Digital Tomaso Tiraboschi (ADAPT Technologies)

Violencia de Género y Derecho del Trabajo. Estudios actuales sobre puntos críticos, Volumen dirigido por Lourdes Mella Méndez. Una reseña La obra comentada, dirigida por la Profesora Titular (Acreditada a Cátedra) de la Universidad de Santiago de Compostela, Lourdes Mella Méndez, tiene especial interés debido a que el tema objeto de estudio, la violencia de género, representa uno de los grandes problemas de la sociedad actual, pues, poco a poco, ha pasado a considerarse una lacra que afecta al interés general, y no solo a la esfera privada de la mujer y su agresor. El Derecho del Trabajo no puede permanecer ajeno a esta realidad y, por ello, era necesario tomar medidas para atender a la situación de la mujer trabajadora víctima de violencia de género. Esta labor se ha llevado a cabo mediante la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género (LOVG), que otorga amparo a la mujer maltratada para que pueda conservar su puesto de trabajo o conseguir uno, alcanzando, de esta manera, una mayor independencia. El volumen objeto de esta reseña se divide en veintidós capítulos elaborados por diferentes autores, la mayoría de ellos procedentes de las tres universidades gallegas, pero también de otras universidades españolas e, incluso, del extranjero. Esta pluralidad de participantes dota a la obra de un carácter más amplio y exhaustivo, ya que contiene diferentes enfoques, incluido el internacional. También intervienen magistrados de diferentes tribunales, quienes aportan una visión práctica. La obra se puede dividir en siete bloques temáticos diferenciados. El primero de ellos está compuesto por los seis primeros capítulos y tiene un carácter más general. En este bloque inicial, se tratan diferentes aspectos que sirven para introducir al lector en materia y exponer el panorama existente en relación a la violencia de género. Revista Internacional y Comparada de RELACIONES LABORALES Y DERECHO DEL EMPLEO Volumen 1, núm. 3, julio-septiembre de 2013 @ 2013 ADAPT University Press - ISSN 2282-2313

SILVIA FERNÁNDEZ MARTÍNEZ 2 El primer capítulo, elaborado por la profesora Tatsiana Ushakova de la Universidad Pública de Belarús (Minsk), contiene una aproximación al concepto de violencia de género desde la perspectiva del Derecho internacional público, como no puede ser de otra forma, pues las primeras definiciones de este fenómeno aparecen en documentos de la ONU relacionados con la violencia sobre la mujer. El capítulo segundo, rubricado El concepto y rasgos de la violencia de género. Particularidades desde el Derecho del trabajo, es obra del Catedrático de la Universidad de Vigo, Jaime Cabeza Pereiro. El autor pone de manifiesto los efectos negativos que provoca la violencia de género en la relación contractual de la víctima, dando lugar a una espiral desprofesionalizadora. Los capítulos tercero y cuarto analizan dos manifestaciones de la violencia de género en el ámbito de la relación de trabajo, como son el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Por su parte, el capítulo siguiente, denominado La política autonómica gallega sobre violencia de género: perspectiva laboral, es realizado por la Directora de la obra y en él se estudia la regulación de esta figura en las distintas Comunidades Autónomas, con especial atención a la gallega. Este primer núcleo temático se cierra con la contribución de la Catedrática de la Universidad de Santiago de Compostela, Raquel Castillejo Manzanares, que aporta una visión procesal analizando la acreditación de la situación de violencia de género en el proceso judicial. El siguiente bloque abarca de los capítulos siete al trece y en ellos se exponen, de manera detallada, las distintas medidas de protección de la víctima de la LOVG desarrolladas en el Estatuto de los trabajadores. El primero de los capítulos de esta parte es elaborado, nuevamente, por la Directora del volumen y versa sobre el Programa de inserción sociolaboral para mujeres afectadas por la violencia de género. En el capítulo octavo, la profesora de la Universidad de Vigo, Nora Martínez Yáñez, analiza una de las opciones que tiene la agredida: reducir y reordenar el tiempo de trabajo, es decir, cambiar la distribución de su jornada laboral cuando sea necesario para garantizar su protección. Esto supone la disminución proporcional de su salario pero no la convierte en una trabajadora a tiempo parcial. La víctima también puede optar por la movilidad geográfica, que, en este caso, se produce a instancia de la trabajadora y no del empresario, lo que la convierte en una figura atípica. El análisis de esta opción es el objeto del capítulo noveno, elaborado por la profesora Edurne Terradillos Ormaetxea de la Universidad del País Vasco. El capítulo siguiente versa sobre la suspensión contractual de la trabajadora que sufre de violencia de género. En efecto, la víctima tiene la posibilidad de suspender de manera www.adaptinternacional.it

VIOLENCIA DE GÉNERO Y DERECHO DEL TRABAJO, POR LOURDES MELLA MÉNDEZ 3 voluntaria su contrato de trabajo durante un período inicial de seis meses, con posible prórroga y derecho a la reserva de su puesto. El tratamiento de este tema le corresponde al Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y Doctor en Derecho por la Universidad de A Coruña, Juan Fernando de Castro Mejuto. Otra de las alternativas que se conceden a este colectivo de mujeres consiste en que las faltas de asistencia al trabajo o de puntualidad se consideran justificadas. De esta manera, no computan a efectos de un despido disciplinario u objetivo, ya que la situación de violencia constituye un hecho independiente de la voluntad de la víctima. El tratamiento de esta posibilidad se realiza en el capítulo once, de la mano de la profesora de la Universidad de Vigo, Emma Rodríguez Rodríguez. Por último, el capítulo trece se centra en la extinción contractual, la más radical de las posibilidades. La profesora de la Universidad de Vigo, Belén Fernández Docampo, presenta las dos medidas protectoras en esta materia: por un lado, se declara nulo el despido disciplinario de una trabajadora víctima de violencia machista cuando este responda únicamente al ejercicio de sus derechos como tal y, por otro, se permite que la mujer maltratada extinga el contrato de trabajo de manera voluntaria conservando el derecho a la protección por desempleo. El análisis de la naturaleza jurídica de la última de las medidas se lleva a cabo de manera más pormenorizada en el capítulo catorce. La tercera parte del libro tiene por objeto el tratamiento de la violencia de género en el ámbito de la negociación colectiva. En el capítulo catorce, la profesora de la Universidad de Santiago de Compostela, Consuelo Ferreiro Regueiro, lleva a cabo un estudio de los convenios colectivos ordinarios, tanto de sector como de empresa, analizando la repercusión de la LOVG en los mismos, así como las medidas novedosas que introducen. A continuación, en el capítulo quince, el profesor Juan Carlos García Quiñones de la Universidad Complutense de Madrid, se encarga de examinar los planes de igualdad poniendo de manifiesto la problemática que presenta la inclusión de la violencia de género en los mismos. Seguidamente, los capítulos dieciséis y diecisiete atienden a la particular situación de determinados colectivos de víctimas, como son las trabajadoras autónomas y las extranjeras en situación administrativa irregular. El quinto bloque temático se refiere a la protección de las víctimas de violencia de género por parte de la Seguridad Social. Los tres capítulos que lo conforman analizan las distintas prestaciones a las que pueden acceder estas mujeres, como ayudas sociales, prestación por desempleo y pensión de viudedad, entre otras, poniendo especial atención en sus @ 2013 ADAPT University Press

SILVIA FERNÁNDEZ MARTÍNEZ 4 particularidades. La sexta unidad temática contiene un único capítulo, en el que la profesora de la Universidad de A Coruña y Jueza sustituta, Lara M. Munín Sánchez, examina el tratamiento de la víctima de violencia de género en la Ley reguladora de la jurisdicción social y profundiza en los distintos cauces procesales existentes en el ordenamiento jurídico español para poner en práctica las medidas de protección. El volumen concluye con una visión comparada respecto de la situación existente en Portugal, realizada por Alicia Villalba Sánchez, becaria FPU de la Universidad de Santiago de Compostela. La valoración que debe hacerse de esta obra es, sin duda, positiva, ya que se trata de un estudio riguroso de un tema de gran actualidad en el que están en juego la vida de muchas mujeres. El análisis de la repercusión de la violencia de género en el contrato de trabajo es muy importante debido a que la regulación española en la materia es novedosa, por lo tanto, la lectura del volumen resulta, asimismo, interesante desde el punto de vista del Derecho comparado. Silvia Fernández Martínez * * Becaria de colaboración del Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Santiago de Compostela. www.adaptinternacional.it

Red Internacional de ADAPT

ADAPT es una Asociación italiana sin ánimo de lucro fundada por Marco Biagi en el año 2000 para promover, desde una perspectiva internacional y comparada, estudios e investigaciones en el campo del derecho del trabajo y las relaciones laborales con el fin de fomentar una nueva forma de hacer universidad. Estableciendo relaciones estables e intercambios entre centros de enseñanza superior, asociaciones civiles, fundaciones, instituciones, sindicatos y empresas. En colaboración con el Centro de Estudios Marco Biagi, ADAPT ha promovido la institución de una Escuela de Alta formación en Relaciones Laborales y de Trabajo, hoy acreditada a nivel internacional como centro de excelencia para la investigación, el estudio y la formación en el área de las relaciones laborales y el trabajo. Informaciones adicionales en el sitio www.adapt.it. Para más informaciones sobre la Revista Electrónica y para presentar un artículo, envíe un correo a redaccion@adaptinternacional.it