REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

Documentos relacionados
REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CHIAPAS.

Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA ESCUELA DE ECONOMÍA

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno

Reglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)

Los alumnos del Pregrado de la Universidad ESAN tienen acceso a los servicios y productos de la Biblioteca y Centro de información ESAN/Cendoc.

CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS

Capítulo I Disposiciones Generales

Controlar la calidad en el servicio que se ofrece. Cuidar la integridad física del acervo bibliográfico, mobiliario y equipo.

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS:

CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL NOROESTE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA.

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Reglamento de Biblioteca

Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO BIBLIOTECA UNIBE

Guía de Uso de la Biblioteca

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DICEA

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE APATZINGÁN LINEAMIENTO PARA PRÉSTAMOS DE PROYECTORES

REGLAMENTO BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO V. DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS. CAPITULO VI. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS. CAPITULO 1 GENERALIDADES

REGLAMENTO INTERIOR DE BIBLIOTECA DE UNIVERSIDAD PANAMERICANA CAMPUS AGUASCALIENTES.

REGLAMENTO PARA USO DE BIBLIOTECA CFT SAN AGUSTÍN

INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE PUEBLA, A. C. INCORPORADO A LA BUAP REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DOCTOR GUILLERMO FLORIS MARGADAN

LUNES A VIERNES De 8:00 a.m. a 12:00 m. y De 1:30 p.m. a 8:00 p.m.

DISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO I...2 DEFINICION...2 CAPÍTULO II...2 RESPONSABILIDAD...2 CAPÍTULO III...2 FUNCIONES...2

UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN

REGLAMENTO PARA EL BUEN USO DE LA BIBLIOTECA

UNIVERSIDAD MANUELA BELTRAN SECCIONAL BUCARAMANGA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

COLEGIO DE POSTGRADUADOS

LINEAMIENTO PARA UTILIZACIÓN DE TALLERES Y LABORATORIOS INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE GUASAVE

CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SEK

NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA.

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMAC

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACION-BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO BIBLIOTECA CRA basado en el PEI Institucional

BIBLIOTECA SCUOLA ITALIANA VITTORIO MONTGLIO REGLAMENTO INTERNO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UAQ

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO. CAPÍTULO III. PRÉSTAMO EXTERNO Artículos 9 17

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE MANIZALES VICERRECTORÍA ACADÉMICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACION Y CONOCIMIENTO JOHANNES GUTENBERG

EL CCS Y LA ESCUELA SUPERIOR DE CIENCIAS EMPRESARIALES RESUELVEN:

Reglamento de servicios bibliotecarios

INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL. Reglamento Interno del Archivo de Concentración

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA VIDA Y LA SALUD REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

Documento no controlado, sin valor

Universidad Centroamericana José Simeón Cañas REGLAMENTO DE LOS USUARIOS DE LA BIBLIOTECA FLORENTINO IDOATE

Reglamento del Laboratorio de Ciencias Básicas

El presente reglamento establece normas y procedimientos para los servicios de la Biblioteca.

LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO DE LA BIBLIOTECA

Reglamento para el Funcionamiento y Prestación de Servicios de la Biblioteca del Tribunal Supremo de Elecciones

Escuela Tomás Alva Edison PREPARATORIA. Reglamento de Biblioteca

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR DEL C.B.T.I.S. No. 70

Artículo 1 Podrán hacer uso de la biblioteca "Monseñor Vicente F. Zazpe":

Facultades de Medicina y Química

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

Reglamento de la Biblioteca y Hemeroteca Alfonso Palacio Rudas

Artículo Tercero.-El horario de servicio de la biblioteca será el siguiente:

Reglamento del Área de Biblioteca

REGLAMENTO BIBLIOTECA CRA

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECAROS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA. CAPÍTULO II GENERALIDADES

1. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA

Reglamento Interno Dpto. Biblioteca

BIBLIOTECA MARIANO MORENO

Todas las guías de laboratorio están estructuradas de la siguiente forma:

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNMSM R.R. Nº R-03 TITULO I: ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL

1. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA LOS LEONES

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES

CAPÍTULO I. DE SU FINALIDAD, ALCANCES y FUNCIONES

Artículo 6. El fondo de Orfandad se aplica cuando fallece la persona designada por el estudiante como su sostén económico.

REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM

ÍNDICE. Preámbulo. Disposiciones generales. Artículo Transitorio. Documentos directamente relacionados. Historial de cambios.

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. ESCUELA NACIONALPREPARATORIA. PLANTEL 9 PEDRO DE ALBA.

Reglamento de Sala de Cómputo REGLAMENTO DE SALA DE CÓMPUTO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO BIBLIOTECA ROGELIO SINÁN

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

DIRECTORIO: DR. JUAN CRUZ NIETO ING. BERNARDO SOMOHANO GONZÁLEZ M. C. MARÍA DE JESÚS GIL GALLEGOS L. A. E. ERNESTO BAUTISTA MORENO

Reglamento de Servicios de la Biblioteca del Tecnologico de Monterrey, Campus Santa Fe

1. CONSIDERACIONES GENERALES

COMUNICACIÓN OFICIAL. 11 Reglamento de la Biblioteca Dr. Jorge Villalobos Padilla, SJ

La Biblioteca Alberto Quijano Guerrero en 18 preguntas. Universidad de Nariño. 1. Qué es la BAQG?

REGLAMENTO INTERIOR DE LA BIBLIOTECA DE LA ESCUELA LIBRE DE DERECHO

Préstamo externo del material bibliográfico para javerianos. Préstamo interbibliotecario y servicios a usuarios externos

ACUERDO ACADÉMICO 010 (26 de julio 2016) POR EL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS

REGLAMENTO GENERAL DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO INTERNO DE B

Reglamento del Laboratorio de Artes Plásticas

FACULTAD DE TRABAJO SOCIAL REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR

REGLAMENTO PARA EL USO DE LA BIBLIOTECA

Reglamento de la Biblioteca

REGLAMENTO INTERNO PARA USUARIOS DE LA BIBLIOTECA

CATALOGO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS

Transcripción:

REVISION: 04 HOJA 1 DE 8 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-22-01

MISIÓN Brindar eficiencia en la consulta de los materiales informativos que requieren los alumnos y maestros de la Universidad Cuauhtémoc, mediante espacios organizados y adecuados a las necesidades de aprendizaje e investigación de las nuevas generaciones. VISIÓN La biblioteca de la Universidad Cuauhtémoc cumple con estándares internacionales certificados que brindan calidad en los servicios y procesos que aquí se ejecutan, generando alta satisfacción de las necesidades de información especializada además de formar usuarios reflexivos con habilidades en el uso y manejo de la información en sus diferentes formatos. 2

GENERALIDADES ARTÍCULO 1 Los usuarios de la UCA acatarán el reglamento de biblioteca, el cual tiene como fin proteger los derechos y necesidades de los usuarios, así como el resguardo de los libros e instalaciones de manera que los servicios operen de forma eficiente. ARTÍCULO 2 El presente Reglamento establece los lineamientos generales bajo los cuales serán usadas las siguientes: Colección general Colección de consulta Hemeroteca Videoteca Tesis HORARIO ARTÍCULO 3 El horario en que la biblioteca prestará sus servicios estará permanentemente señalado en el edificio donde se localiza. SERVICIOS ARTÍCULO 4 Las siguientes categorías tendrán derecho al servicio: alumnos, pasantes, docentes y personal administrativo de la Universidad Cuauhtémoc; presentando en biblioteca la credencial vigente que los acredite como tal. El usuario externo podrá acceder solo al servicio de consulta y de referencia. 3

ARTÍCULO 5 El préstamo externo o a domicilio de material bibliográfico-documental se sujetará al horario dispuesto en biblioteca, debiendo entregar el material a más tardar al segundo día hábil. El máximo de materiales en préstamo externo es de 3 por fecha de salida, debiendo ser éstos diferentes. Para el sistema empresarial y posgrados el plazo máximo de préstamo a domicilio es de 6 días hábiles, debiendo comprobar su pertenencia al sistema. Si el docente necesita material en préstamo externo (máximo 3 excepto código rojo o ejemplar no.1) por más tiempo del señalado en éste artículo, deberá presenta a biblioteca una carta solicitando la extensión con firma del coordinador de la carrera en que imparte curso. ARTÍCULO 6 Para el sistema escolarizado se podrán autorizar un máximo de 3 renovaciones del préstamo a domicilio siempre y cuando la solicitud no sea posterior a la fecha de vencimiento autorizada y el material bibliográfico no haya sido reservado previamente por otro usuario. En el sistema empresarial y posgrado se autoriza una sola renovación al préstamo a domicilio. Se tomará como válida la renovación que se haga vía telefónica y/o por correo electrónico. En casos urgentes y justificados el encargado del área de préstamo a domicilio de la biblioteca podrá solicitar la devolución de materiales bibliográficos independientemente de la fecha de vencimiento. ARTÍCULO 7 El usuario de biblioteca tiene el derecho al servicio de reservación o apartado de materiales, registrándose con el personal bibliotecario. ARTÍCULO 8 El usuario tiene derecho del préstamo externo de la colección de videoteca ubicada en la biblioteca UCA, siendo éste por 2 días hábiles para el sistema escolarizado y 6 días para el sistema empresarial y posgrados, pagando la renta de 10 pesos. 4

ARTÍCULO 9 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA No se prestarán a domicilio: I. Material de reserva (código rojo o ejemplar no. 1); II. Material bibliográfico en proceso técnico; III. Material de la colección de consulta (código verde). ARTÍCULO 10 El material de la colección de reserva (código rojo o ejemplar no. 1) podrá ser objeto de préstamo externo, solo en la última hora de servicio de biblioteca para entregar obligatoriamente en la primera hora del día siguiente de servicio de la biblioteca. En casos justificados el material de consulta (código verde) podrá ser objeto de préstamo a domicilio por un plazo no mayor a 1 día de salida sin derecho a renovación. ARTÍCULO 11 Cuando el material bibliográfico que solicite un usuario no se encuentre en los acervos de biblioteca, el usuario puede solicitar el préstamo ínter bibliotecario de conformidad con los convenios vigentes y la reglamentación de las bibliotecas prestatarias. El usuario deberá proporcionar los datos bibliográficos completos de la información que solicite y cubrir el costo de la obtención de la misma. Así mismo la Biblioteca de la Universidad Cuauhtémoc prestará el servicio de préstamo Interbibliotecario de acuerdo a los convenios vigentes y siguiendo éste reglamento. ARTÍCULO 12 La biblioteca impartirá Formación de usuarios con el objetivo de capacitar a los usuarios de la Universidad Cuauhtémoc en las habilidades del uso y manejo de la información. Todos los usuarios que deseen recibir ésta instrucción deberán llenar una solicitud en biblioteca para coordinar la fecha. 5

COMPORTAMIENTO. REGLAMENTO DE BIBLIOTECA ARTÍCULO 13 Son obligaciones del usuario de Biblioteca: I. No fumar, comer y/o beber, entrar con portafolios o mochilas dentro de la biblioteca; II. Observar buena conducta dentro de la biblioteca; III. Los usuarios están obligados a mantener una atmósfera de silencio; IV. Apagar el teléfono celular durante su estancia en la biblioteca; V. Reintegrar el material utilizado al lugar que se designe para ello, sin daño alguno; VI. Abstenerse de sustraer ilegalmente cualquier material bibliográfico; VII. Dar aviso inmediato a biblioteca en caso de pérdida de la credencial y VIII. Las demás que señalen este Reglamento y la Legislación Universitaria. INFRACCIONES Y SANCIONES. ARTÍCULO 14 Aquellas personas que infrinjan el reglamento, serán acreedores a una penalización; retiro del servicio u otros procedimientos disciplinarios que la Universidad imponga. ARTÍCULO 15 El usuario o persona que destruya o maltrate la infraestructura, el mobiliario y/o el equipo de cómputo de la biblioteca, será expulsado de la sala y deberá pagar los daños, además se aplicará el reglamento académico en el capítulo correspondiente. ARTÍCULO 16 El préstamo es personal e intransferible. Ningún libro se prestará a título de otra persona o que éste sea transferido a otra persona. ARTÍCULO 17 6

El usuario con derecho al préstamo a domicilio está obligado a devolver el material de la biblioteca en buen estado, en la fecha y hora autorizadas. De no hacerlo así, se hará acreedor a las siguientes sanciones: Multa de $5.00, por cada día de retraso y por cada uno de los materiales que le fueron prestados En caso de ser material de reserva (código rojo o ejemplar no. 1) causará multa de $50.00 pesos diarios. ARTÍCULO 18 Las multas deben ser pagadas al momento de la devolución de los libros, si no es así ésta seguirá corriendo hasta que sea cubierta el total del adeudo. ARTÍCULO 19 En caso de pérdida o daño del material bibliográfico-documental prestado, el usuario está obligado a reponerlo en especie en un plazo máximo de quince días naturales y pagar como multa $50.00. ARTÍCULO 20 No se dará derecho de reinscripción al siguiente semestre o a cuatrimestre a los estudiantes que adeuden materiales y/o multas, reteniéndose la documentación respectiva a quienes hubiesen terminado sus estudios en alguno de los diferentes niveles que se imparten en esta Institución. Asimismo, a los egresados que se encuentren en tal situación no se dará trámite alguno de examen de grado, pudiendo realizar los trámites correspondientes una vez que sean cubiertos tales adeudos. ARTÍCULO 21 Los préstamos externos realizados por el personal docente incluyen la obligatoriedad de ser devueltos en su totalidad 5 días antes de terminar el cuatrimestre o semestre como requisito para ser contratado en el próximo periodo escolar. 7

TRANSITORIOS ARTÍCULO 22 Los casos no previstos en este Reglamento serán resueltos por la Rectoría a petición de la Biblioteca. ARTÍCULO 23 A partir de la difusión de este reglamento quedan derogadas todas las disposiciones anteriores. 8