Protocolo para denuncias de Delitos Ambientales

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Transcripción:

Protocolo para denuncias de Delitos Ambientales Programa Control y Vigilancia Reserva Biológica Bosque Nuboso Monteverde 26/10/2012

PROTOCOLO PARA DENUNCIAS DE DELITOS AMBIENTALES QUÉ ES UNA DENUNCIA? Es el acto de poner en conocimiento del funcionario competente (Juez, Ministerio Público, MINAE, SINAC, OIJ) la comisión de un hecho delictuoso, sujeto a acción pública, del que se hubiese tenido noticia. QUE ES DENUNCIAR? Dar noticia o aviso, comunicar o promulgar con solemnidad. Declarar o manifestar ante la autoridad administrativa o judicial, una situación irregular, ilegal o delictiva, para proceder a la averiguación de los hechos. QUIEN O QUIENES DENUNCIAN? Puede denunciar toda persona capaz, según se establece en la ley civil. Según la Constitución Política en su artículo 50, toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. ANTE QUIEN SE DENUNCIA? Ante los Tribunales de Justicia (Ministerio Público o Fiscalías, Organismo de Investigación Judicial) Tribunal Ambiental Administrativo Contraloría Ambiental Sedes Administrativas (MINAE, SINAC, DIRECCIONES REGIONALES, OFICINAS SUBREGIONALES, LINEA Al 900) CUANDO NO CORRESPONDE UNA DENUNCIA? Cuando la misma no está tipificada como delito en la legislación ambiental vigente, o cuando el hecho denunciado no constituya DELITO. 2

FORMATO DE DENUNCIA La denuncia que se presenta ante los tribunales por delitos cometidos en contra de los Recursos Naturales, debe contener los elementos necesarios para que surta los efectos deseados. Se detalla a continuación: ENCABEZADO: Debe contener el nombre completo HECHOS: Se deben describir uno a uno los hechos, en forma clara y detallada y debidamente enumerados, que puedan conducir a su comprobación y calificación legal. DERECHO: En este punto se debe de indicar la NORMATIVA en que se fundamenta para denunciar. Si el delito se encuentra tipificado (Códigos, Leyes, etc.) PETITORIA. Es la parte de la demanda en la que se concretan las pretensiones jurídicas formuladas: Solicitar medida cautelar, evacuar prueba testimonial; que se notifique al MINAE; solicitar una confesional. PRUEBA DOCUMENTAL O INSTRUMENTAL. Son todos aquellos documentos que la parte denunciante o denunciada tenga en su poder y debe ser presentada en el término procesal oportuno; o que, estando en poder de la parte contraria, se intime a ésta para su presentación. Para la AUTENCIDAD de los documentos que no hacen fe por sí mismos, se podrá acudir al COTEJO en PRUEBA PERICIAL (es la que se deduce de los dictámenes de los peritos: caligráfica, médica, dactiloscópica). El Juez como regla general, tiene la misma libertad para valorar la prueba pericial, con respecto a cualquier otra, contrario a la opinión de algunos autores. PRUEBA TESTIMONIAL. Es la que se aporta o demuestra mediante la declaración de testigos, que pueden ser presenciales si conocen personalmente el hecho sobre el cual recae la prueba o referenciales, cuando solo lo conocen por lo que otras personas les han manifestado. LUGAR DONDE OIR NOTIFICACIONES. Puede indicarse un número de fax. Dirección exacta de donde pueden ser notificados tanto el denunciante, como el denunciado y testigos. 3

LUGAR Y FECHA FIRMA DESESTIMACIÓN O SOBRESEIMIENTO Las denuncias que son presentadas ante los Tribunales de Justicia o ante el Tribunal Ambiental Administrativo, deberán contener en cuanto sea posible, la relación circunstanciada del hecho, con indicación de sus autores y partícipes, testigos y demás elementos que puedan conducir a su comprobación y calificativo legal. Cuando el hecho denunciado no constituya delito o no sea posible proceder, el Ministerio Público (Fiscal) solicitará al Tribunal del Procedimiento Preparatorio mediante requerimiento fundado, la desestimación de la denuncia El Tribunal analizará la procedencia de la acusación con el fin de determinar si hay base para el juicio o, en su caso, si corresponde total o parcialmente desestimar la causa o sobreseer al imputado DESESTIMAR: Cuando el hecho denunciado no constituya delito, o no sea posible proceder. Se puede dar de dos formas: 1.- Al principio porque la denuncia es atípica. 2.- Después de investigar se concluye que la denuncia no tiene asidero legal (atípica). La desestimación no impedirá reabrir el procedimiento, cuando nuevas circunstancias así lo exijan. SOBRESEIMIENTO: La diferencia con esta figura y la anterior consiste en que se indaga al supuesto imputado, pero, se verifica que no existen elementos para acusarlo. DELITOS AMBIENTALES MÁS FRECUENTES Corta de árboles Cacería de fauna silvestre Contaminación hídrica Invasión en áreas de protección Contaminación ambiental 4

NORMATIVA AMBIENTAL UTILIZADA Ley Orgánica del Ambiente 7554 del 4 de octubre de 1995 Ley Forestal 7575 del 5 de febrero de 1996 y su reglamento Ley de Conservación de la Vida Silvestre 7317 del 21 de octubre de 1992 y su reglamento Ley de Biodiversidad 7788 del 30 de abril de 1998 y su reglamento Ley de Parques Nacionales 6084 del 24 de agosto de 1977 Ley de Aguas 276 del 27 de agosto de 1942 5

FORMATO DE LA DENUNCIA AMBIENTAL BOLETA DE PRESENTACIÓN DE DENUNCIA AMBIENTAL Señores: MINISTERIO PÚBLICO ( ) MINANET ( ) FUERZA PUBLICA ( ) MINISTERIO DE SALUD ( ) MUNICIPALIDAD ( ) POLICÍA DE TRANCITO ( ) DEPARTAMENTO DE AGUAS ( ) YO, mayor de edad, vecino de portador de la cédula identidad número en mi condición de ciudadano ( ) funcionario de la Organización con domicilio en de conformidad con los artículos: De las leyes; Constitución Política 1 () Ley Orgánica del Ambiente 7554 del 4 de octubre de 19952 () Ley Forestal 7575 del 5 de febrero de 1996 y su reglamento 3 () Ley de Conservación de la Vida Silvestre 7317 del 21 de octubre de 1992 y su reglamento 4 () Ley de Biodiversidad 7788 del 30 de abril de 1998 y su reglamento 5 () Ley de Parques Nacionales 6084 del 24 de agosto de 19776 () Ley de Aguas 276 del 27 de agosto de 19427( ) Me presento a denunciar e informar los siguientes hechos: HECHOS: 6

PETITORIA 1.-Llamar a una confesional, a una persona específica, en donde su testimonio sea indispensable ( ) 2.- Solicitar una inspección de campo ( ) 3.- Solicitud de una medida cautelar ( ) 4.- Otros, explique PRUEBA TESTIMONIAL Se aporta el testimonio de los siguientes testigos: 1) Nombre Cédula vecino de Teléfonos: Casa-Oficina / Celular 2) Nombre Cédula vecino de Teléfonos: Casa-Oficina / Celular 3) Nombre Cédula vecino de Teléfonos: Casa-Oficina / Celular 4) Nombre Cédula vecino de Teléfonos: Casa-Oficina / Celular 7

PRUEBA DOCUMENTAL Se aportan como prueba los siguientes documentos, instrumentos para su requerida valoración: 1) Informes 2) Peritajes 3) Dictámenes 4)Otros NOTIFICACIONES Indico lugar para oír notificaciones, en o al número de fax Y al denunciante, en (indicar puntos de referencia, bien detallada número de fax: o teléfono. FECHA del del 20 Día Mes Año FIRMAS Firma del denunciante Firma de recibido SELLO SELLO 8