Cuáles son los requisitos para inscribir una empresa? Verificar si el nombre comercial no se encuentra registrado 1. Formulario N 0010/03 de solicitud de Control de Homonimia debidamente llenado y firmado por el cliente. Un día hábil, computable a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. Tarifas para Control de Homonimia Unipersonal S.R.L. S.A. 78.00 136.50 584.50 Inscribir a la empresa según tipo societario Comerciante individual o empresa unipersonal llenado y firmado por el comerciante individual (propietario) o representante legal de la empresa. 2. Si el capital inicial es de Bs 27.736 o mayor, presentar el balance de apertura firmado por el comerciante individual (propietario) o el representante legal y el profesional que interviene, acompañando la respectiva solvencia profesional original otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores. Si el capital inicial es menor a Bs. 27.736 los comerciantes no tienen la obligatoriedad de presentar el balance de apertura. 3. Cédula de identidad original del comerciante individual o propietario (únicamente para verificación) y fotocopia simple de la misma firmada por el titular. En caso de no presentar la cédula de identidad original, debe presentar fotocopia legalizada de la misma emitida por el Departamento de Identificación de la Policía Nacional. Si el comerciante individual o propietario es extranjero debe presentar el documento original que acredite su radicatoria en el país (únicamente para verificación), debiendo constar en el mismo alternativamente: Visa de objeto determinado, permanencia temporal de un año, permanencia temporal de dos años, visa múltiple o permanencia indefinida, acompañando una fotocopia simple de dicho documento firmada por el titular. En su caso puede también presentar certificación original o fotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacional de Migración SENAMIG. 4. En caso de tener representante legal, se debe adjuntar el Testimonio de Poder correspondiente en original o fotocopia legalizada, debiendo obviarse el requisito exigido en el punto 3. Un día hábil, computable a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. unipersonal Unipersonal 260.00 Inscripción de Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Colectiva o Sociedad en Comandita Simple
2. Balance de apertura firmado por el representante legal y el profesional que interviene, acompañando la respectiva 3. Testimonio de escritura pública de constitución social, en original o fotocopia legalizada legible. El mencionado instrumento debe contener los aspectos previstos en el Art. 127 del Código de Comercio y adecuarse a las normas correspondientes al tipo societario respectivo establecidas en el mismo cuerpo normativo. 4. Publicación del testimonio de constitución en un periódico de circulación nacional que contenga las partes pertinentes referidas a: o Introducción notarial de la escritura pública en la que conste el Nº de instrumento, lugar, fecha, Notaría de Fe Pública y Distrito Judicial. o Transcripción in extenso y textual de las cláusulas establecidas en los incisos 1 al 7 del Art.127 del periódico en que se efectúa la publicación) 5. Testimonio de poder del representante legal original o fotocopia legalizada legible, para el caso en el que la escritura pública de constitución no determine el nombramiento del mismo. No se requiere la inclusión del acta de asamblea. Si el representante legal es extranjero debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación), debiendo constar en el mismo alternativamente: visa de objeto determinado, acompañando una fotocopia simple de dicho documento firmada por el titular. En su caso, puede también presentar certificación original o fotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacional de Migración SENAMIG. Dos días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio. S.R.L./Sociedad Colectiva y en Comandita Simple Tarifa para inscripción de empresa S.R.L./Sociedad Colectiva y en Comandita Simple 455,00 Inscripción de Sociedad Anónima (S.A.) o Sociedad en Comandita por Acciones Constituidas por Acto Único 2. Balance de apertura firmado por el representante legal y el profesional que interviene, acompañando la respectiva 3. Testimonio de la escritura pública de constitución social, en original o fotocopia legalizada legible, con la inserción del acta de fundación de la sociedad que contenga la resolución de aprobación de estatutos y designación del directorio provisional. El mencionado instrumento debe contener los aspectos previstos en el Art.127 del Código de Comercio y adecuarse a las normas correspondientes al tipo societario respectivo establecidas en el mismo cuerpo normativo. 4. Estatuto de la sociedad, el mismo que puede ser insertado en la escritura constitutiva o instrumentalizado por separado en un testimonio notarial. 5. Publicación del testimonio de constitución en un periódico de circulación nacional que contenga las partes pertinentes referidas a: o Introducción notarial de la Escritura Pública en la que conste el Nº de Instrumento, lugar, fecha, Notaría de Fe Pública y Distrito Judicial.
o Transcripción in extenso y textual de las cláusulas establecidas en los incisos 1 al 7 del Art. 127 del periódico en que se efectúa la publicación). 6. Testimonio de poder del representante legal original o fotocopia legalizada legible que contenga el acta de su nombramiento, para el caso en el que la escritura pública de constitución no determine el nombramiento del mismo. Si el representante legal es extranjero, debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación), debiendo constar en el mismo alternativamente: Visa de objeto determinado, acompañando una fotocopia simple de dicho documento firmada por el titular. En su caso puede también presentar Certificación original o fotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacional de Migración SENAMIG. 7. Certificado de depósito bancario emitido por cualquier entidad financiera del país, que consigne el capital pagado en dinero. La cuenta corriente bancaria debe estar a nombre de la sociedad en formación. S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones Constituidas por Acto Único S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones Constituidas por Acto Único Inscripción de Sociedad Anónima (S.A.) o en Comandita por Acciones, Constituidas por Suscripción Pública de Acciones 1. Registro del Programa de Fundación contenido en el Trámite Nº 36 de la Canasta Nº 6. 2. Formulario Nº 0020/03 de solicitud de Matrícula de Comercio con carácter de declaración jurada debidamente 3. Balance de apertura firmado por el representante legal y profesional que interviene, acompañando la respectiva 4. Testimonio de la escritura pública de constitución social, en original o fotocopia legalizada legible, con la inserción del Acta de la Junta General Constitutiva de la Sociedad que contenga la aprobación de estatutos y designación del directorio, representantes o administradores y síndicos. El mencionado instrumento debe contener los aspectos previstos en el Art.127 del Código de Comercio y adecuarse a las normas correspondientes al tipo societario respectivo establecidas en el mismo cuerpo normativo. 5. Estatuto de la sociedad, el mismo que puede ser insertado en la escritura constitutiva o instrumentalizado por separado en un testimonio notarial. 6. Publicación del testimonio de constitución en un medio de circulación nacional que contenga las partes pertinentes referidas a: o Introducción notarial de la Escritura Pública en la que conste el Nº de instrumento, lugar, fecha, Notaría de Fe Pública y Distrito Judicial.
o Transcripción in extenso y textual de las cláusulas establecidas en los incisos 1 al 7 del Art.127 del periódico en que se efectúa la publicación). 7. Testimonio de poder del representante legal, en original o fotocopia legalizada legible, que contenga el acta de su nombramiento, para el caso en el que la escritura pública de constitución no determine el nombramiento del mismo. Si el representante legal es extranjero debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación), debiendo constar en el mismo alternativamente: Visa de objeto determinado, acompañando una fotocopia simple de dicho documento firmada por el titular. En su caso puede también presentar Certificación original o fotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacional de Migración SENAMIG. 8. Certificado de depósito bancario emitido por cualquier entidad financiera del país, que consigne el capital pagado en dinero. La cuenta corriente bancaria debe estar a nombre de la sociedad en formación. S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones por Suscripción Pública de Acciones S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones por Suscripción Pública de Acciones Inscripción de Sociedad Anónima Mixta (S.A.M.) 2. Balance de apertura firmado por el representante legal y el profesional que interviene, acompañando la respectiva 3. Testimonio de escritura pública de constitución en original o fotocopia legalizada legible, expedido por Notario de Gobierno, que debe contener: o Propuesta de formación de la sociedad. o Nº y fecha de decreto supremo que autorice la constitución, apruebe el proyecto de contrato de constitución, estatutos y la determinación del capital y porcentajes de participación de los sectores público y privado. (Adjuntar fotocopia simple). o Nº y fecha de Ley expresa que autorice el aporte estatal. (Adjuntar fotocopia simple). o Convenio suscrito entre el sector público y el sector privado, para la formación de la sociedad, conforme lo previsto en el Art. 428 num. 2) del o Acta de fundación con la aprobación de estatutos y la designación del directorio provisional de la sociedad. 4. Estatuto de la sociedad, el mismo que puede ser insertado en la escritura constitutiva o instrumentalizado por separado en un testimonio notarial.
5. Publicación del testimonio de constitución en un periódico de circulación nacional que contenga las partes pertinentes referidas a: o Introducción notarial de la escritura pública en la que conste el Nº de instrumento, lugar, fecha, Notaria de Fe Pública y Distrito Judicial. o Transcripción in extenso y textual de las cláusulas establecidas en los incisos 1 al 7 del Art.127 del periódico en que se efectúa la publicación). 6. Testimonio de poder del representante legal, en original o fotocopia legalizada legible, que contenga el acta de su nombramiento, para el caso en el que la escritura pública de constitución no determine el nombramiento del mismo. Si el representante legal es extranjero debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación), debiendo constar en el mismo alternativamente: Visa de objeto determinado, acompañando una fotocopia simple de dicho documento firmada por el titular. En su caso puede también presentar Certificación original o fotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacional de Migración SENAMIG. 7. Certificado de depósito bancario emitido por cualquier entidad financiera del país, que consigne el capital pagado en dinero. La cuenta corriente bancaria debe estar a nombre de la sociedad en formación. S.A.M. S.A.M. Inscripción de Sociedad Constituida en el Extranjero llenado y firmado por el representante legal de la sociedad en Bolivia. 2. Balance de apertura debidamente firmado por el representante legal y el profesional que interviene, acompañando la solvencia profesional original respectiva otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores. 3. Testimonio en original o fotocopia legalizada legible de la escritura pública de apertura de sucursal o representación permanente de sociedad comercial constituida en el extranjero, que contenga la minuta debidamente suscrita por el representante legal facultado al efecto y la protocolización previa orden judicial, del contrato constitutivo de la sociedad, sus modificaciones, estatutos y reglamentos que acrediten su existencia legal en el país de origen, así como la autorización legal o resolución del órgano administrativo competente de la sociedad para establecer sucursal o representación permanente en el país, estableciendo el capital asignado en moneda nacional, la designación del representante legal de la misma y fijar el domicilio en un lugar del territorio de la República. 4. Publicación in extenso en un periódico de circulación nacional, del testimonio de la escritura pública de apertura de sucursal o representación permanente de sociedad comercial y protocolización de los documentos remitidos del país de origen, de conformidad al Art. 132 del (Adjuntar página completa del periódico en que se efectúa la publicación). 5. Testimonio de poder del representante legal en original o fotocopia legalizada legible, para el caso en el que la escritura pública referida en el punto tres, no contenga las facultades del mismo. Si el representante legal es extranjero debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación), debiendo constar en el mismo alternativamente: Visa de objeto determinado, permanencia temporal de un año, permanencia temporal de dos años, visa múltiple o permanencia indefinida, acompañando una fotocopia simple de dicho documento firmada por el titular. En su caso, puede también presentar certificación original o fotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacional de Migración SENAMIG. 6. Certificado de depósito bancario emitido por cualquier Banco en nuestro país que acredite que el capital asignado en dinero para sus operaciones en Bolivia ha sido íntegramente depositado. La cuenta bancaria debe estar a nombre de la sucursal. 7. En cuanto a las sociedades extranjeras de tipo no previsto, éstas, deben adecuarse a lo establecido en el Art. 418 del
Tarifa para inscripción de sociedad constituida en el extranjero Unipersonal 260,00 S.R.L./Sociedad Colectiva y en Comandita Simple S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones 455,00