Información sobre ayudas y líneas de apoyo a las operaciones financieras de autónomos, profesionales y PYMES. Índice



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Transcripción:

Información sobre ayudas y líneas de apoyo a las operaciones financieras de autónomos, profesionales y PYMES Haga clic sobre la ayuda que le interesa: Índice Línea financiera Gobierno Vasco ( de circulante) Programa Gauzatu-Industria del Gobierno Vasco ( de activos fijos) Programa Gauzatu-Turismo del Gobierno Vasco ( de activos fijos) Programa Gauzatu-Implantaciones exteriores del Gobierno Vasco ( inversiones en el exterior) Programa AFI (apoyo Spri, S.A. para la reducción de costes de la de inversiones) Programa Adefin del Gobierno Vasco (adecuación de la estructura financiera de empresas industriales) Programa Bideratu del Gobierno Vasco (reestructuración y relanzamiento de empresas en crisis) Programa adecuación financiera para autónomos (apoyo Spri, S.A. a novación de operaciones financieras) Gestión de capital riesgo del País Vasco SGECR, S.A. (participaciones temporales en el capital de empresas) Contacta info@spri.es www.spri.net 944 037 056

Línea financiera Gobierno Vasco ( de circulante) Objeto de la de las operaciones PYMES (que no se encuentren en situación de crisis. Comunicación de la Comisión 2004/C 244/02 D.O.C.E. de 1 de octubre de 2004), Empresarios Individuales y Profesionales Autónomos, todos ellos domiciliados en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Actividades económicas excluidas: en general las inmobiliarias y para PYMES también las financieras. Asimismo quedan excluidos los Entes y Sociedades Públicas y aquellas sociedades que desarrollen actividades sin ánimo de lucro. Operaciones de préstamo y Líneas de Crédito avaladas por las Sociedades de Garantía Recíproca ELKARGI S.G.R. y OINARRI, S.G.R. Los proyectos de tendrán cabida en la línea financiera si la estructura financiera del solicitante es inadecuada para la evolución futura de la empresa y en todo caso, siempre que su capital corriente sea inferior al 10% del total del balance o que la variación de dicho capital corriente tenga signo negativo el último ejercicio. Atender las necesidades de circulante, computando para determinar la cuantía de la partidas de los Grupos 4 y 5 del P.G.C. (acreedores comerciales y deudas a corto plazo). Importes computables: para operaciones de descuento de efectos comerciales, cuentas de crédito y acreedores comerciales, el saldo medio de los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud. Para deudas con entidades de crédito, la suma de las cantidades dedicadas a amortización de los 2 años siguientes al de la solicitud. Importes máximos por beneficiario avalado: 600.000 euros por PYME y 200.000 euros por empresario individual o autónomo. Importes mínimo por operación avalada: 50.000 euros por PYME y 10.000 euros por empresario individual o autónomo. Tipos de interés: euribor + 0,6% revisable trimestralmente. Sin comisiones ni gastos. Comisión del aval: 0,15% de estudio y 0,5% de aval. Plazo de amortización: de 1 a 3 años con carencia máxima de 1 año. Oficinas de: ELKARGI, S.G.R. ARABA Tel: 945 23 12 12 BIZKAIA Tel: 944 23 82 28 GIPUZKOA Tel: 943 30 91 77 OINARRI, S.G.R. ARABA Tel: 945 29 82 80 BIZKAIA Tel: 944 23 84 55

Programa Gauzatu-Industria del Gobierno Vasco ( de activos fijos) apoyo PYMES que se consideren de base tecnológica y/o innovadoras y desarrollen actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al producto-proceso y conexos con las anteriores, y también aquellas del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones. Empresas matrices (participes 100%) de grupos industriales ubicados en el País Vasco en los que se cumpla lo anterior y en su conjunto no superen las condiciones que definen el tamaño de las PYMES. Quedan excluidas la Administración Institucional y las Entidades de Investigación Tecnológica pertenecientes a la Red Vasca de Ciencia y Tecnología. Anticipos reintegrables proporcionales a las inversiones a realizar que se localicen en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Apoyo a la de activos fijos nuevos pertenecientes a las siguientes categorías según la definición establecida por el P.G.C.: 203 Propiedad Industrial y Patentes. 206 Aplicaciones informáticas. 210 Terrenos y Bienes naturales. 211 Construcciones (nuevas o usadas). 212 Instalaciones técnicas. 213 Maquinaria. 214 Utillaje. 215 Otras instalaciones. 217 Equipos para procesos de información. La inversión en terrenos y bienes naturales y construcciones se considerarán por una cuantía máxima igual al resto de los activos susceptibles de apoyo. Período de ejecución de la inversión: 36 meses. Inversión mínima: 120.000 euros. Generación empleo mínima: 3 empleos. La cuantía del anticipo reintegrable podrá ascender hasta el 35% de la inversión susceptible de apoyo, con un máximo de 120.000 euros por empleo generado y con un límite de 1,5 millones de euros. Empresas pequeñas y medianas de base tecnológica : anticipos del 35% para las primeras y del 30% para las segundas. Empresas pequeñas y medianas sólo innovadoras : anticipos del 30% para las primeras y del 25% para las segundas. Devolución de los anticipos: en cinco años, trascurrido uno de carencia desde la finalización del proyecto de inversión, y por importes anuales de igual cuantía. Se presentarán en SPRI, S.A. y se cumplimentarán mediante una aplicación informática accesible a través de la web de esta sociedad (www.spri.net).

Programa Gauzatu-Turismo del Gobierno Vasco ( de activos fijos) apoyo PYMES y Empresarios individuales. Quedan excluidas las Entidades de la Administración Institucional. Anticipos reintegrables proporcionales a las inversiones a realizar en el sector turístico, las cuales deberán localizarse en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Anticipos reintegrables destinados al Plan de viabilidad y/o financiero del proyecto. Financiar proyectos de inversión en: Hoteles ubicados en zonas concretas o con equipamiento específico: construcción, adquisición, ampliación o rehabilitación de edificios. Casas rurales: construcción o rehabilitación de un edificio. Apartamentos turísticos: construcción de edificio. Camping: construcción. Modernización de la estructura o equipamientos de hoteles y casas rurales introduciendo TICs y mejoras de la eficiencia energética. Creación o ampliación de empresas y/o productos turísticos en sectores cuyas actividades sean las de la naturaleza, ocio o salud de reconocido atractivo turístico. Las inversiones deben estar consignadas en los siguientes epígrafes contables del P.G.C.: 206 Aplicaciones informáticas. 211 Construcciones (incluidos urbanización y movimientos de tierras). 212 Instalaciones técnicas. 213 Maquinaria. 214 Utillaje. 215 Otras instalaciones. 216 Mobiliario 217 Equipos para procesos de información. 218 Elementos de transporte (en determinados casos) 219 Otro Inmovilizado material. Periodo de ejecución: 24 meses. Inversión mínima: 30.000 euros. El importe del anticipo reintegrable será del 30% de la inversión susceptible de apoyo con un máximo de 900.000 euros. Anticipo reintegrable del 100% del Plan de viabilidad hasta 6.000 euros. Devolución de los anticipos: en cinco años, trascurrido uno de carencia desde la finalización del proyecto de inversión, y por importes anuales de igual cuantía. Se presentarán en SPRI, S.A. y se cumplimentarán mediante una aplicación informática accesible a través de la web de esta sociedad (www.spri.net).

Programa Gauzatu-Implantaciones exteriores del Gobierno Vasco ( inversiones en el exterior) Objeto de la de las operaciones PYMES industriales, extractivas, transformadoras y de servicios técnicos conexos a las anteriores. Quedan excluidas la Administración Institucional y las Entidades de Investigación Tecnológica pertenecientes a la Red Vasca de Ciencia y Tecnología. Anticipos reintegrables a la inversión. Apertura de una nueva planta productiva o adquisición de sociedades extranjeras, siempre que la participación de la empresa vasca en las mismas sea mayoritaria, salvo imperativo legal del país destino de la inversión. Quedan excluidas las inversiones dirigidas a los sectores inmobiliario, financiero, de seguros y de defensa. Se limita el apoyo a un solo proyecto por empresa y país. Quedan excluidos los proyectos ejecutados en los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Gran Bretaña y Portugal. En nuevas plantas productivas se computan sólo los activos nuevos de las siguientes categorías establecidas por el P.G.C.: 203 Propiedad Industrial. 206 Aplicaciones informáticas. 210 Terrenos y bienes naturales. 211 Construcciones (nuevas o usadas). 212 Instalaciones técnicas. 213 Maquinaria. 214 Utillaje. 215 Otras instalaciones. 217 Equipos para procesos de información. La inversión en Terrenos y Bienes naturales y Construcciones se considerará por una cuantía máxima igual al resto de activos susceptibles de apoyo. En la adquisición de empresas existentes será considerada inversión subvencionable el menor de los siguientes valores: Valor neto de los activos fijos enumerados anteriormente. O el precio efectivamente pagado y desembolsado por la adquisición. La inversión en las categorías contables anteriores deberá alcanzar una cuantía mínima de 120.000 euros y materializarse en 36 meses. Esta inversión mínima se computa en proporción a la participación de la empresa en el proyecto. La cuantía del anticipo reintegrable podrá ascender hasta el 30% de la inversión susceptible de apoyo, con un máximo de 600.000 euros: Anticipos reintegrables del 30% de la inversión susceptible de apoyo para las pequeñas empresas. Anticipos reintegrables del 25% de la inversión susceptible de apoyo para las medianas empresas. Devolución de los anticipos: en cinco años, trascurrido uno de carencia desde la finalización del proyecto de inversión, y por importes anuales de igual cuantía. Se presentarán en SPRI, S.A. y se cumplimentarán mediante una aplicación informática accesible a través de la web de esta sociedad (www.spri.net).

Programa AFI (apoyo Spri, S.A. para la reducción de costes de la de inversiones) l apoyo PYMES y empresarios individuales localizados en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco y encuadrados en algunos de los siguientes sectores: industrial, comercial o turístico. Quedan excluidas las sociedades públicas. Bonificación de tipos de interés sobre operaciones tanto de préstamo como de leasing destinados a financiar inversiones en activos fijos nuevos, excepto construcciones, que pueden sen usadas. Quedan excluidos los proyectos de los ámbitos de competencia de los Dptos. de Educación, Universidades e Investigación, Transporte y Obras Públicas y Agricultura y Pesca del G.V. Apoyo a la de activos fijos pertenecientes a las siguientes categorías según la definición establecida por el P.G.C.: 206 Aplicaciones informáticas. 210 Terrenos y Bienes naturales (excepto turismo). 211 Construcciones. 212 Instalaciones técnicas. 213 Maquinaria. 214 Utillaje. 215 Otras instalaciones. 216 Mobiliario (sólo comercio y turismo). 217 Equipos para procesos de información. 218 Elementos de transporte (sólo turismo). 219 Otro inmovilizado material. Importe máximo de la operación financiera subvencionada: 100% de la inversión subvencionable o el importe de las pólizas formalizadas al amparo de los Convenios que se suscribirán con las Entidades Financieras a los efectos del tipo de interés y los plazos aplicados a las operaciones financieras (el menor de dichos importes). Importes mínimos de la inversión: 100.000 euros para el sector industrial; y 30.000 euros para los sectores comercial y turístico. Bonificación de tipos de interés: 1,5 puntos con carácter general. 0,25 puntos adicionales para aquéllas operaciones avaladas por una S.G.R. Entidades de crédito firmantes de Convenio con SPRI, S.A. www.spri.net

Programa Adefin del Gobierno Vasco (adecuación de la estructura financiera de empresas industriales) apoyo PYMES, localizadas en el País Vasco, que desarrollen actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al producto-proceso y conexos con las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones. Ejerciendo además actividades comerciales, éstas deben ser inferiores al 50% del volumen de negocio. Subvención de puntos de interés de préstamos destinados a la adecuación de la estructura financiera cuando la misma sea inadecuada para la evolución futura de la empresa y en todo caso, siempre que su Fondo de Maniobra sea inferior al 20% del pasivo total (año anterior a la solicitud) o que siendo superior se justifique la necesidad de capital circulante. Apoyo a la re de pasivos, computándose a estos efectos los relativos a recursos ajenos bancarios cuyo vencimiento se devengue durante el año de solicitud y los dos años siguientes al del ejercicio de la convocatoria, pertenecientes a los siguientes epígrafes contables del P.G.C.: 170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito (vencimiento superior a 1 año). 520. Deudas a corto plazo con entidades de crédito (vencimiento no superior a 1 año). Quedan excluidos los vencimientos de las operaciones de arrendamiento financiero. Para el descuento de efectos comerciales y cuentas de crédito el importe pendiente de amortizar se entenderá como el saldo medio de los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud. En préstamos, la suma de las cantidades de amortización del año de la solicitud y los 2 años siguientes. Operaciones de préstamo subvencionables: Tipo de interés: establecido en Convenios con Entidades Financieras. Cuantía: mínima de 30.000 euros. Plazo de amortización: mínimo 5 años, con una carencia máxima de 1 año (max. para cálculo, 7 años). Subvenciones de tipo de interés: 1 punto con carácter general. 1 punto adicional para pequeñas empresas. 0,5 puntos por aval de S.G.R. Subvención máx. 200.000 euros en tres años. Se presentarán en las oficinas territoriales del Departamento de Industria Comercio y Turismo.

Programa Bideratu del Gobierno Vasco (reestructuración y relanzamiento de empresas industriales en crisis) Modalidad PYMES en crisis ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco en las que durante los dos ejercicios inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud se den al menos dos de las siguientes circunstancias: Número medio de trabajadores superior a 50. Total de partidas del activo superior a 1,8 millones de euros. Importe neto de su cifra de anual de negocio superior a 3,6 millones de euros. Quedan excluidas las nuevas empresas, las que pertenecen a grupos, salvo excepciones, y las actividades relacionadas con los productos del Anexo 1 del Tratado de la CE, los sectores del Tratado CECA y los sectores con normas comunitarias expecíficas. Anticipos reintegrables. Financiar los costes derivados de la aplicación de las medidas incluidas en los planes de reestructuración elaborados por empresas en crisis necesitadas de una intervención exterior que evite su desaparición casi segura a corto o medio plazo. Se entenderá como PYME en crisis cuando: Siendo una sociedad de responsabilidad limitada ha desaparecido más de la mitad de su capital suscrito y se ha perdido más de una cuarta parte del mismo en los últimos doce meses. O siendo de responsabilidad ilimitada ha desaparecido más de la mitad de sus fondos propios y se ha perdido más de una cuarta parte de los mismos en los últimos doce meses. O reúne las condiciones para someterse a un proceso de quiebra o insolvencia. 33% del coste total de las medidas de reestructuración incluidas en el plan, hasta un máximo de 1.682.833,89 euros, siempre que el beneficiario de la ayuda contribuya con sus propios recursos y en la misma proporción a la de dichas medidas. Las ayudas sólo se concederán una vez, debiendo pasar al menos 10 años para la obtención de nuevas ayudas para la misma finalidad. Se le puede exigir al beneficiario contrapartidas como venta de activos, reducciones de capacidad o de presencia en el mercado con el fin de evitar falseamientos de la competencia. La devolución de los anticipos se efectuará en el transcurso de los cinco años siguientes a la finalización del plan de reestructuración por importes anuales con un componente fijo (1/3) y otro variable (2/3) en función de las ventas. Dirigidas a la Dirección de Ordenación Industrial del Departamento de Industria Comercio y Turismo.

Programa adecuación financiera para autónomos (apoyo Spri, S.A. a novación de operaciones financieras) l apoyo Personas físicas que desarrollan actividades económicas o profesionales en la Comunidad Autónoma del País Vasco y que estén dadas de alta en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta ajena de la Seguridad Social o, en su caso, en la Mutualidad correspondiente a su Colegio Profesional, y obtengan rendimientos de actividades económicas o profesionales sujetas al IRPF. Subvención de los gastos correspondientes a estudio y tramitación, así como los de instrumentación de las operaciones de novación en los plazos (ampliación de plazos de amortización) de préstamos bancarios afectos a la actividad económica del solicitante, libres y a tipo de interés variable. Operaciones de novación de préstamo que: Antes de la novación tengan un plazo pendiente mínimo para su finalización de 1 año y un máximo de 6 años. El saldo vivo de cada operación al momento de instrumentar la novación no sea inferior a 10.000 euros. El nuevo plazo de amortización pendiente hasta vencimiento del préstamo no sea superior al doble del plazo pendiente antes de la novación, ni superior a los 7 años. La Entidad Financiera deberá mantener todas las condiciones recogidas en la póliza original, tanto en lo referente a garantías y tipos de interés como en el resto de condiciones. Importe máximo de 2.000 euros por operación: Por estudio y tramitación 75 euros por operación, y por concepto de comisión de novación entre 0,25% y 0,5% sobre saldo vivo a novar, según nuevo plazo de amortización de dicho saldo, con un importe máximo entre ambos conceptos de 1.000 euros. Por gasto de instrumentación de la operación un porcentaje del 0,5% para cada operación sobre el saldo vivo objeto de novación. Entidades de crédito firmantes de Convenio con SPRI, S.A. www.spri.net

Gestión de capital riesgo del País Vasco SGECR, S.A. (participaciones temporales en el capital de empresas) Objeto de la de las operaciones Empresas industriales o de servicios conexos con la industria. Participaciones temporales en el capital. Colaborar en el reforzamiento de los fondos propios de la sociedad participada. A través de cuatro fondos de capital riesgo se atienden diferentes fases del desarrollo empresarial: Inversiones en empresas en la fase inicial. Inversiones en empresas consolidadas o en desarrollo. Inversiones en empresas de alta tecnología. Inversiones en empresas de base científica y/o innovadora. Participaciones en capital por un mínimo de 150.000 euros y un máximo de 3 millones de euros. Las participaciones tiene un carácter temporal (6/7 años) y minoritario. En Gestión de Capital Riesgo del País Vasco SGECR, S.A. Teléfono: 94 479 01 92.