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Transcripción:

BASES PARA LA CONSTITUCION DE BOLSA DE TRABAJO DE LIMPIADOR/A EN EDIFICIOS MUNICIPALES B A S E S PRIMERA.- Objeto de la Bolsa.- Es objeto de la presente bolsa de trabajo la regulación en el Ayuntamiento de Pegalajar de la constitución y selección del personal a incluir en la Bolsa de Trabajo Municipal, mediante contratación temporal en régimen laboral, y por tiempo máximo de hasta 6 meses, así como del llamamiento para cubrir puestos de trabajo de personal incluido en la misma. SEGUNDA.- De la Bolsa de Trabajo.- 1.- Se denomina Bolsa de Trabajo del Ayuntamiento de Pegalajar para la contratación de personal laboral temporal como limpiador/a, en edificios municipales a la relación ordenada de personas que han solicitado voluntariamente su inclusión en la misma con destino a: Cubrir en cada ejercicio las plazas temporales, cuya contratación pueda efectuarse al amparo del artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores, y correspondientes a aquellos puestos de trabajo que no formen parte de la estructura permanente de la plantilla municipal. Cubrir las bajas producidas por incapacidad temporal, vacaciones o cualquier otra circunstancias que suponga la vacante temporal con reserva de puesto de trabajo en aquellas plazas incluidas en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento. 2.- La inclusión en la Bolsa de Trabajo no configura derecho a la realización de contratación alguna por parte del Ayuntamiento de Pegalajar, siendo exclusivamente su función la de servir de relación ordenada y baremada de las personas que pueden ser llamadas para cubrir las plazas recogidas en el apartado 1º de este artículo. 3.- En estas Bases se establece el procedimiento general a seguir para contratar de manera temporal determinados puesto de trabajo del Ayuntamiento, requisitos de los aspirantes, baremación de los méritos y puestos a cubrir, las remuneraciones brutas mensuales, serán las establecidas en el convenio colectivo que en cada caso sea de aplicación. 1

TERCERO.- Organización y publicidad de la Bolsa. 1.- Las vacantes que surjan en los diversos puestos ofertados, ocasionadas por vacaciones y/o baja por Incapacidad Transitoria de su titular, así como por los refuerzos necesarios que requiera la prestación de servicios de limpieza, se cubrirán mediante contratación temporal en régimen laboral, en cualquiera de la modalidades permitidas por la legislación laboral vigente. 2.- La no aceptación del contrato, supondrá la perdida del lugar obtenido en la Bolsa y pasará automáticamente al final de la misma, salvo que se justifique documentalmente la circunstancia por la cual se declina, mediante baja médica o contrato laboral en otra empresa. 3.- Independientemente de la convocatoria anual, se podrá abrir una convocatoria extraordinaria para cubrir un puesto de trabajo especifico que no pueda esperar a la convocatoria general. 4.- La convocatoria correspondiente a la Bolsa de Trabajo se anunciará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y lugares tradicionales de los establecidos en este municipio. 5.- Las solicitudes de inclusión en la Bolsa de Trabajo, se efectuarán durante el periodo comprendido del 18 al 26 de Agosto de 2.011 ambos inclusive, sin que se admitan, fuera de dicho plazo, solicitudes de inclusión en la Bolsa Municipal. 6.- Los/as interesados/as, dirigirán sus instancias al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pegalajar en el plazo anteriormente mencionado. 7.- Junto con la instancia para formar parte de la Bolsa, deberán presentarse los documentos acreditativos de reunir los requisitos general y particulares establecidos en el ANEXO I, así como cuantos sean necesarios para su valoración. CUARTO.- Valoración de las solicitudes presentadas 1.- La valoración de las solicitudes presentadas para la inclusión en la Bolsa de Trabajo se efectuará con bases a los criterios contenidos en el ANEXO II. 2.- Una vez finalizada la valoración, el resultado de la misma y el orden de la Bolsa de Empleo se hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pegalajar. 2

ANEXO I BOLSA DE TRABAJO.- A.- REQUISITOS GENERALES: 1. Encontrarse en edad laboral. (16 años cumplidos).- 2. Estar inscrito como demandante de empleo en la correspondiente Oficina de Empleo. 3. No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida desarrollar las funciones propias del puesto demandado. 4. Estar empadronado en Pegalajar, durante un período mínimo de tres años Documentación acreditativa (Original o Fotocopia Compulsada).- 1. Solicitud 2. Fotocopia D.N.I. 3. Justificante de la situación laboral y económica de todos los miembros de la Unidad Familiar mayores de 16 años. En caso de estar trabajando. Fotocopia de la última Nómina. En Caso de recibir prestación: Certificado del SAE. En caso de percibir pensión contributiva o no: Certificado de los organismos correspondientes( INSS, Consejería de Igualdad...etc) 4. Fotocopia de la Tarjeta de Demanda de Empleo. 5. Documentación acreditativa de situaciones especiales: Minusvalía( fotocopia del certificado emitido por el centro base) 3

ANEXO II BAREMO (BOLSA DE TRABAJO) 1.- EMPADRONAMIENTO: Sólo se tendrán en cuenta las solicitudes de personas que lleven tres años o más empadronadas en Pegalajar. 2.- SITUACIÓN SOCIOFAMILIAR: Nº de miembros de la Unidad Familiar: Unipersonal..0 puntos. Dos miembros... 0,2 puntos. Tres miembros... 0,3 puntos. Cuatro miembros... 0,4 puntos. Cinco o más...0,5 puntos. Por cada menor de 18 años que conviva en la unidad familiar.....0,1 puntos. Solicitante mayor de 45 años.... 0,3 puntos. Solicitante menor de 25 años con cargas familiares....0,2 puntos. Situación de riesgo o exclusión social (a valorar por servicios sociales mediante informe)...0,2 puntos. Discapacidad (propia, hijo/a cónyuge)....0,2 puntos. Personas en situación de dependencia en la Unidad familiar...0,1 puntos. (por cada miembro). 3.- SITUACIÓN ECONÓMICA: En caso de estar desempleado/a: Hasta un año inscrito como demandante de empleo....0,1 puntos. Mas de un año como demandante de empleo....0,2 puntos. Si no percibe prestación ni subsidio por desempleo.....0,2 puntos. Si no ha recibido ayuda económica en servicios sociales en los últimos 6 meses...0,1 puntos. Si no ha recibido ayuda económica en servicios sociales en el último año...0,2 puntos. 4

5. CAPACIDAD ECONÓMICA DE LA UNIDAD FAMILIAR. Hasta 1 IPREM * (532,51 ).....0,5 puntos. Desde 1 a 1.5 IPREM (532,51 a 798,76 )....0,4 puntos. Desde 1.5 a 2 IPREM (798,76 a 1.65,02 )...0,3 puntos. Desde 2 a 2,5 IPREM (1.065,02 hasta 1331,27 ).0,2 puntos. Desde 2,5 hasta 3 IPREM (1.331,27 hasta 1.597,53 )...0,1 puntos. 3 IPREM O MAS (más de 1.597,53 ) 0,0 puntos. *Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) EN CASO DE NO APORTAR LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA NECESARIA, EL APARTADO CORRESPONDIENTE NO PODRÁ SER BAREMADO. 5