Código Procesal Laboral de la Provincia de Mendoza Comentado, Anotado y Concordado u Di r e c t o r : Carlos A. Livellara Co o r d i n a d o r a s : An a Ma r í a Sa l a s Olga Castillejo de Arias Au t o r e s Li v e l l a r a, Ca r l o s Al b e r t o (In t r o d u c c i ó n, Ar t s. 1º-3º) Lo r e n t e, La u r a (Ar t s. 4º-8º) Po r r a s, Al f r e d o R. (Ar t s. 9º-13) Bo u l i n, Al e j a n d r o (Ar t s. 14-18) Ca s t i l l e j o d e Ar i a s, Ol g a (Ar t s. 19-24) Ra u e k, In é s (Ar t s. 25-29) Ca r a y o l, Ma r i a n a (Ar t s. 30-33) Sa l a s, An a Ma r í a (Ar t s. 34-39) Li v e l l a r a, Silvina (Ar t s. 40) Or b e l l i, Ga b r i e l (Ar t s. 41-42) Es t r a d a, Ed u a r d o (Ar t s. 43-47) Ll a t s e r, No r m a (Ar t s. 48-50) Lo r e n t e, La u r a (Ar t s. 51-53) Ra u e k, In é s (Ar t s. 54) Go d o y Le m o s, Se b a s t i á n (Ar t. 55) Ra u e k, In é s (Ar t s. 56-57) Lú q u e z Rí o s, Ma r i o (Ar t s. 58-62) Or t i z d e Sc o k i n, Al b a (Ar t s. 63-68) Ca s t i l l e j o d e Ar i a s, Ol g a (Ar t s. 69-73) Sa l a s, An a Ma r í a (Ar t s. 74-77) Ne n c i o l i n i, Ma r í a d e l Ca r m e n (Ar t s. 78) El m e l a j, La u r a (Ar t s. 79-82) Ne n c i o l i n i, Ma r í a d e l Ca r m e n (Ar t. 83) Gil, Viviana (Ar t. 84) Po r r a s, Al f r e d o R. (Ar t. 85) Gr i l l o d e Pá e z, Ha y d e é (Ar t s. 86-87) Or t i z d e Sc o k i n, Al b a (Ar t s. 88-89) Do m í n g u e z, Ro b e r t o Jo s é (Ar t. 90) Li v e l l a r a, Ca r l o s Al b e r t o (Ar t s. 91-100) Qu e v e d o Me n d o z a, E. Ig n a c i o (Ar t s. 101-102) Li v e l l a r a, Ca r l o s (h.) (Ar t s. 103) Do m í n g u e z, Ro b e r t o Jo s é (Ar t s. 104-106) Li v e l l a r a, Ca r l o s Al b e r t o (Ar t s. 107) Es t r a d a, Ed u a r d o (Ar t s. 108) Li v e l l a r a, Ca r l o s Al b e r t o (Ar t s. 109-111) LA LEY
Código Procesal Laboral de la Provincia de Mendoza: comentado, anotado y concordado/ dirigido por Carlos Alberto Livellara. - 1a ed. - Buenos Aires: La Ley, 2011. 1104 p.; 24x17 cm. ISBN 978-987-03-2124-8 1. Derecho Procesal Laboral. I. Livellara, Carlos Alberto, dir. CDD 347.05 Carlos A. Livellara, 2011 De esta edición, La Ley S. A. E. e I., 2011 Tucumán 1471 (C1050AACC) Buenos Aires Queda hecho el depósito que previene la ley 11.723 Impreso en la Argentina Todos los derechos reservados Ninguna parte de esta obra puede ser reproducida o transmitida en cualquier forma o por cualquier medio electrónico o mecánico, incluyendo fotocopiado, grabación o cualquier otro sistema de archivo y recuperación de información, sin el previo permiso por escrito del Editor y del autor. Printed in Argentina All rights reserved No part of this work may be reproduced or transmitted in any form or by any means, electronic or mechanical, including photocopying and recording or by any information storage or retrieval system, without permission in writing from the publisher and the author. Tirada: 700 ejemplares. I. S. B. N. 978-987-03-2124-8 SAP 41234046 Argentina
Au t o r e s d e l a o b r a Livellara, Carlos Alberto (In t r o d u c c i ó n ; Ar t s. 1º-3º; 91-100; 107; 109-111) Doctor en Ciencias Jurídicas. Profesor Titular de Derecho del Trabajo U. Mendoza y UNCuyo (Derecho y Ciencias Económicas). Director del Posgrado de Especialidad en Derecho Laboral (UNCuyo). Ha sido Consultor Externo de la OIT en Panamá (1982) y Vicepresidente de la Asociación Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (1998-2000; 2007-2010) y Presidente de la Filial Argentina desde 2009. Premio Academia 2007 de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba por su aporte al Derecho Laboral. Integró la Comisión Asesora en materia laboral del Consejo de la Magistratura Nacional y Provincial. Expositor en Congresos de la especialidad en Latinoamérica y Europa. Autor de libros sobre temas laborales en obras individuales y colectivas y colaborador en Revistas de la especialidad. Lo r e n t e, La u r a (Ar t s. 4º-8º; 51-53) Juez de la Sexta Cámara del Trabajo de Mendoza. Integrante de la Comisión Asesora en Materia Laboral por la Suprema Corte de Justicia ante el Consejo de la Magistratura de Mendoza (años 2000 y 2011. Capacitadora en el Centro de Capacitación Judicial Manuel A. Sáez desde 1997. Docente de Grado y postgrado en la U.D.A. Porras, Alfredo R. (Ar t s. 9º-13; 85) Profesor Adjunto de Derecho del Trabajo y de Posgrado en Facultad de Derecho UNCuyo. Fue Ministro de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. Integró la Comisión Asesora del Consejo de la Magistratura de Mendoza y San Luis. Autor de obras de la especialidad propias y en colaboración con otros autores. Bo u l i n, Al e j a n d r o (Ar t s. 14-18) Profesor Titular de Derecho Procesal Civil de la Universidad Mendoza, en las unidades académicas de Mendoza y San Rafael. Ejerce la profesional en forma
independiente. Coautor del Código Procesal Civil de la Provincia de Mendoza Comentado, Horacio C. Gianella Director, LA LEY, 2009. Castillejo de Arias, Olga (Ar t s. 19-24; 69-73) Doctora en Ciencias Jurídicas. Profesora de Derecho del Trabajo en Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Mendoza, de Derecho Laboral en la Facultad de Ciencias Económicas, UNCuyo y de posgrados en ambas Universidades. Expositora y participantes de congresos y jornadas referidos a temas vinculados al trabajo. Autora y coautora de trabajos y libros de la especialidad. Ra u e k, In é s (Ar t s. 25-29; 54; 56-57) Juez de la Tercera Cámara del Trabajo de Mendoza. Prof. Titular de Derecho Procesal Civil, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales-Universidad Mendoza, en la Carreras de Especialización y en la Carrera de Maestría en Magistratura y Gestión Judicial (UNCuyo, UM y Poder Judicial de la Provincia de Mendoza). Especialista en Magistratura y Gestión Judicial (U.N.C.). Ex miembro de la Consejo Asesor de la Magistratura. Ex miembro de la comisión Académica del Centro de Capacitación Judicial. Coautora del Código Procesal Civil de la Provincia de Mendoza Comentado, Horacio C. Gianella Director, LA LEY, 2009. Ca r a y o l, Ma r i a n a (Ar t s. 30-33) Juez de la Segunda Cámara del Trabajo de San Rafael. Ex Prosecretaria y ex Secretaria de la Cámara Primera del Trabajo de San Rafael. Profesora de Derecho del Trabajo de la U. Mendoza sede San Rafael, de Derecho Privado Parte General de la U. Champagnat sede San Rafael. Miembro del Instituto de Derecho Laboral del Colegio de Abogados y Procuradores de San Rafael. Salas, Ana María (Ar t s. 34-39; 74-77) Juez de la Séptima Cámara del Trabajo de Mendoza. Profesora de Derecho del Trabajo de grado y posgrado (Universidad Mendoza, UNC). Integrante de la Comisión Asesora en materia laboral del Consejo de la Magistratura de Mendoza (1998-2000. y 2003-2005). Representante titular en el Jurado de la Comisión de Selección de Magistrado del Consejo de la Magistratura de la Nación. Autora de artículos y trabajos de la especialidad en obras colectivas e individuales.
Li v e l l a r a, Silvina (Ar t s. 40) Egresada de la Carrera de Especialización en Derecho del Trabajo de la Universidad de Cuyo. Ex ayudante diplomada de la Cátedra de Obligaciones y Responsabilidad Civil de la Universidad de Mendoza. Autora de artículos sobre Derecho Laboral en revistas de la especialidad. Or b e l l i, Ga b r i e l (Ar t s. 41-42) Profesor adjunto de Derecho Procesal Civil de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U. Mendoza Abogado Auxiliar de la Asesoría de Gobierno de la Provincia de Mendoza desde octubre de 2003. Miembro titular de la Asociación Argentina de Derecho Procesal desde 2003. Coautor del Código Procesal Civil de la Provincia de Mendoza Comentado, Horacio C. Gianella Director, LA LEY, 2009. Es t r a d a, Ed u a r d o (Ar t s. 43-47; 108) Profesor de Derecho del Trabajo en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, U. Mendoza. Miembro integrante del Consejo de la Magistratura de Mendoza. Expositor y Conferencista. Autor y coautor en temas de la especialidad. Ll a t s e r, No r m a (Ar t s. 48-50) Juez de la Segunda Cámara del Trabajo de Mendoza. Magíster en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales. Docente de grado, Titular asociada de la Cátedra Derecho Laboral, UDA, y de posgrado UNCuyo, UCA y UDA. Miembro Titular del Consejo de la Magistratura de Mendoza (2010/11). Go d o y Le m o s, Se b a s t i á n (Ar t. 55) Profesor Adjunto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social (UNC). Doctorando en Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.M. Ex Subsecretario de Justicia y Ex Subsecretario de Trabajo y la Seguridad Social de Mendoza. Gerente de Asuntos Legales de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Ha sido miembro titular del Consejo de la Magistratura de Mendoza y de la Comisión Asesora en materia laboral del mismo. Autor de numerosos trabajos de la especialidad en obras colectivas y publicaciones periódicas.
Lú q u e z Rí o s, Ma r i o (Ar t s. 58-62) Profesor de Derecho laboral y de Derecho Laboral Profundizado (U. Mendoza). Ex Profesor de Derecho del Trabajo en Centro de Capacitación Judicial Manuel A. Sáez. Ex Director de Departamento Jurídico (UNCuyo). Integró la Comisión Asesora del Consejo de la Magistratura de Mendoza. Autor de numerosos trabajos de la especialidad en obras colectivas y publicaciones periódicas. Ortiz de Scokin, Alba (Ar t s. 63-68; 88-89) Juez de la Cuarta Cámara del Trabajo de Mendoza hasta el 2009. Magistrada desde 1973, desempeñándose anteriormente como: Juez de Paz y Juez Civil. Vocal Titular del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Mendoza (2004/2006) e integrante de Comisiones Asesoras. Actividad docente en U. Mendoza y Jornadas en UNCuyo. Nenciolini, María del Carmen (Ar t s. 78; 83) Juez de la Primera Cámara del Trabajo de Mendoza. Ex profesora adjunta en la Cátedra de Derecho Laboral de la Facultad de Derecho de la U. Champagnat. El m e l a j, La u r a (Ar t s. 79-82) Egresada de la carrera de Especialización en Derecho Laboral de la UNCuyo. Jefa de Asesoría Letrada de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social de Mendoza. Autora del libro Ley de Riesgos de Trabajo-Visión Jurisprudencial, Ed. Nuevo Enfoque Jurídico. Gil, Viviana (Ar t. 84) Juez de la Quinta Cámara del Trabajo de Mendoza, desde octubre de 2009. Magíster en Derecho Empresario. Maestría cursada en la Fundación Alta Dirección, título otorgado por la Universidad Católica de Cuyo. (Mayo 2000-diciembre 2001). Capacitadora en el Centro de Capacitación Judicial Manuel A. Sáez en el año 2007. Maestrando en la Maestría en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales de la UDA.
Grillo de Páez, Haydeé (Ar t s. 86-87) Profesora de Derecho Laboral en la Facultad San Francisco de la Pontificia Universidad Católica Argentina e invitada en la Maestría en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales con Título expedido por la UNTREF en la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la UDA. Fue Asesora y Jefa del Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Trabajo. Domínguez, Roberto José (Ar t. 90; 104-106) Doctor en Ciencias Jurídicas. Profesor Asociado de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Facultad de Derecho de la UNCuyo. Coordinador y disertante en la Carrera de Especialización en Derecho Laboral de la UNCuyo. Subsecretario de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Mendoza (1987-1994) Superintendente de Riesgos del Trabajo de la Nación (1996). Autor de libros y trabajos de la especialidad en obras individuales y colectivas. Quevedo Mendoza, E. Ignacio (Ar t s. 101-102) Profesor de Derecho Procesal Civil en U. Mendoza. Maestrando y doctorando, por la UNRosario, con especialización en Derecho Procesal. Fundador y Vocal de la Academia Latinoamericana de Derecho Procesal Garantista. Miembro Honorario del Centro de Estudios Procesales de Córdoba. Autor de publicaciones sobre la materia procesal. Conferencista. Livellara, Carlos (h.) (Ar t s. 103) Egresado de la Carrera de Especialización en Derecho del Trabajo de la UNCuyo. Ayudante diplomado de la Cátedra del área seminarizada de Derecho Laboral de la Universidad Mendoza. Autor de artículos sobre Derecho Laboral en revistas de la especialidad. u
Prólogo La obra Código Procesal Laboral de la Provincia de Mendoza dirigida por Carlos A. Livellara y coordinada por Ana María Salas y Olga Castillejo de Arias, me lleva a destacar en primer lugar la jerarquía del Director, cuya obra tiene dimensión nacional y a recordar los importantes aportes doctrinarios de las coordinadoras que avalan el contenido de este Código que trasciende los límites provinciales, por el tratamiento profundo y completo de la materia abarcativo de la doctrina, de la jurisprudencia y del derecho comparado. En la introducción el director puntualiza aspectos trascendentes del trabajo comentado. Ha hecho hincapié en la comparación con diversos sistemas seguidos en Latinoamérica y con los modelos aplicados en el país en la búsqueda de una justicia económica, rápida y eficaz para la solución de los conflictos, acorde con la naturaleza alimenticia de los derechos de los trabajadores. Lo que es motivo de especial consideración al tratar el articulado. Las normas procesales tienen particular importancia porque operan en un momento crítico de las relaciones laborales y en el proceso debe proyectarse en toda su plenitud el principio protectorio, pues allí se acentúa la hiposuficiencia del trabajador ya desempleado. La reciente reforma del art. 9º de la Ley de Contrato de Trabajo, en cuanto establece que en el caso de duda sobre la prueba de los hechos debe decidirse a favor del trabajador y las presunciones que surgen de la misma ley que se proyectan sobre las normas procesales de todo el país refuerzan dicha protección. En el mismo sentido, señalo la importancia para esta materia de fallos dictados por la CSJN, en su composición actual desde el año 2004, ya que al reafirmar la vigencia del art. 14 bis y del derecho internacional de los derechos humanos a partir de los tratados incorporados por el art. 75 inc. 22 han puesto énfasis excluyente en la centralidad de la persona humana, lo que se proyecta necesariamente sobre la normativa procesal y su interpretación.
XIV Código Procesal Laboral de la Prov. de Mendoza Por ello, tiene particular importancia la estructuración del régimen adjetivo que canaliza la aplicación del derecho de fondo. Al respecto Livellara ha estudiado las distintas facetas que plantea la realidad del fuero laboral, ha puesto de manifiesto sus notas más significativas y se detiene en el examen de lo que se denomina la crisis de la justicia del trabajo. Anota la insuficiencia de recursos, a la desintegración temporaria de los tribunales y a la demora en cubrir las vacantes consideraciones que también son aplicables para el Fuero Nacional del Trabajo. Reafirma la necesidad de mantener la justicia del trabajo como fuero especifico y ratifica los principios del proceso laboral para asegurar su desarrollo práctico argumento que traslada a los trabajos que ha encarado y coordinado. Revaloriza la conciliación impuesta con éxito en la justicia nacional del trabajo por la ley 24.635. Afirma que en dicho procedimiento deberá asegurarse la asistencia letrada o sindical del trabajador para posibilitar que la justa composición de los intereses en juego que pregona la legislación de fondo (art. 15 LCT) se cumpla también en los acuerdos que se logren y que estos no sean meros productos de las falencias y urgencias del trabajador. Pide un cambio de conducta y de actitudes de quienes operan la legislación laboral en un mensaje que dirige a los empresarios y a los profesionales del derecho, quienes deben ser agentes de la pacificación de los conflictos sociales y los convoca para que asuman sus propias responsabilidades, tanto en la faz preventiva de los conflictos, como cuando éstos llegan a la instancia judicial, para lograr que la justicia del trabajo se oriente hacia la meta de ser confiable, eficiente y oportuna. El director de esta obra continua explicando que en ocasión de comentar las reformas al Código de la ley 5725, señaló que la misma debería ser ampliada y complementada, porque si bien el sistema predominantemente oral como el de la provincia de Mendoza, es el que mejores ventajas presenta por la posibilidad de inmediatez que brinda al juez para evaluar la prueba, creyendo necesario plantear otras opciones que eviten que todas las causas culminen en la vista de causa, reservando el actual procedimiento ordinario oral para aquellas causas que por su complejidad e importancia lo hagan necesario. Y para otros juicios menores se podría ampliar la posibilidad del trámite escrito mediante procedimiento sumario del CPC autorizando que el trabajador ejerza su opción por tal trámite en la demanda. Estas observaciones al sistema actual revelan el compromiso del Dr. Carlos A. Livellara con la idea con la que está consubstanciado de que la justicia laboral de Mendoza pueda cumplir con los trascenden-
Prólogo XV tes cometidos que la ley le asigna en cuyo logro está comprometida la solución de estos aspectos del conflicto social. La obra que se presenta da a los jueces y a los profesionales, que trata los 111 artículos del Código en más de mil páginas, todas las herramientas necesarias para abordar su contenido y en mi opinión es un aporte significativo calificado por los antecedentes de sus autores, que como ya he dicho, la convierte en referencia obligada para los estudiosos de todo el país. Juan Carlos Fernández Madrid Buenos Aires, Agosto de 2011
Indice General Pág. Prólogo de Juan Carlos Fernández Madrid... Introducción... XIII XXI Código Procesal Laboral de la Provincia de Mendoza Art. 1º De la competencia por materia... 1 Art. 2º De la competencia territorial... 28 Art. 3º De la justicia de paz... 30 Art. 4º De las reglas de competencia... 33 Art. 5º... 42 Art. 6º... 43 Art. 7º... 49 Art. 8º De la inmutabilidad... 54 Art. 9º De la acumulación de juicios... 59 Art. 10.... 63 Art. 11. Del ministerio público... 66 Art. 12. De los asesores del trabajo... 74 Art. 13.... 80 Art. 14. De las recusaciones y excusaciones... 81 Art. 15. De los trámites... 130 Art. 16. De las integraciones... 143 Art. 17.... 143 Art. 18.... 173 Art. 19. Del impulso procesal... 176 Art. 20. De las medidas compulsivas... 185 Art. 21. Del beneficio de justicia gratuita... 189
XVIII Código Procesal Laboral de la Prov. de Mendoza Pág. Art. 22. De las representaciones... 194 Art. 23. El poder apud acta... 198 Art. 24. De los menores adultos... 201 Art. 25. De la prohibición de pactos o convenios... 203 Art. 26. Del carácter de los plazos... 221 Art. 27. De la intervención de terceros... 226 Art. 28.... 235 Art. 29.... 240 Art. 30. De los permisos... 244 Art. 31. De los honorarios y costas... 250 Art. 32. De los embargos preventivos y asistencia médica... 286 Art. 33. De los aseguramientos de prueba... 310 Art. 34. De las notificaciones... 321 Art. 35.... 365 Art. 36.... 382 Art. 37.... 386 Art. 38.... 389 Art. 39. De las gestiones... 400 Art. 40. De la conciliación... 402 Art. 41. De los incidentes... 427 Art. 42. De las nulidades... 430 Art. 43. De la demanda y contestación... 445 Art. 44.... 453 Art. 45.... 454 Art. 46.... 457 Art. 47.... 458 Art. 48.... 460 Art. 49.... 478 Art. 50. De la ampliación... 479 Art. 51. De la audiencia de la causa... 482 Art. 52.... 488 Art. 53. De la cuestión de puro derecho... 488 Art. 54. De los medios de prueba en general... 489 Art. 55. De la inversión de la prueba... 492
In d i c e General XIX Pág. Art. 56. De la absolución de posiciones... 521 Art. 57.... 523 Art. 58. De la declaración de testigos... 526 Art. 59.... 533 Art. 60.... 538 Art. 61.... 540 Art. 62.... 551 Art. 63. De los peritos... 555 Art. 64.... 563 Art. 65. De las pruebas de documentos... 570 Art. 66.... 580 Art. 67. De la inspección ocular... 582 Art. 68. De los informes especiales... 584 Art. 69. De la vista de la causa sentencia... 587 Art. 70.... 601 Art. 71.... 605 Art. 72.... 607 Art. 73.... 610 Art. 74. De las obligaciones y atribuciones del presidente... 612 Art. 75. De las actas de la audiencia... 630 Art. 76. De la fórmula de la sentencia... 637 Art. 77. De la calificación... 659 Art. 78. Recurso de aclaratoria... 670 Art. 79. De la ejecución de sentencia... 674 Art. 80.... 709 Art. 81. Del pago directo... 736 Art. 82. De los intereses... 752 Art. 83. Recurso de reposición... 774 Art. 84. De la apelación... 781 Art. 85. De los recursos extraordinarios... 789 De los juicios especiales Art. 86. De los juicios de desalojo... 888 Art. 87.... 889 Art. 88. Del juicio ejecutivo... 913
XX Có d i g o Pr o c e s a l La b o r a l d e la Pr o v. d e Me n d o z a Pág. Art. 89. Créditos ejecutivos por aportes a Obras Sociales y cuota sindical... 937 Art. 90. Del apremio... 940 Art. 91. De la modificación de las condiciones del trabajo... 961 Art. 92.... 966 Art. 93.... 967 Art. 94.... 971 Art. 95.... 973 Art. 96.... 974 Art. 97.... 975 Art. 98.... 977 Art. 99.... 991 Art. 100.... 991 Art. 101. De los actos de jurisdicción voluntaria... 992 Art. 102.... 992 Art. 103. De la insolvencia patronal... 1009 Art. 104. De las apelaciones de las resoluciones administrativas. 1022 Art. 105.... 1024 Art. 106.... 1026 Art. 107. De la instancia previa... 1027 Art. 108. De las normas supletorias... 1028 Disposiciones transitorias Art. 109.... 1045 Art. 110.... 1045 Disposiciones derogadas Art. 111.... 1045