EL MARCADO CE: SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS Apoyo a las empresas en la implantación del Marcado CE Alicante, 24/11/2010
DIRECTIVAS DE NUEVO ENFOQUE La libre circulación de mercancías es una de las piedras angulares del Mercado Único. Los mecanismos establecidos para lograr este objetivo se basan en evitar nuevas barreras al comercio, el reconocimiento mutuo y la armonización técnica.
DIRECTIVAS DE NUEVO ENFOQUE Requisitos esenciales de Seguridad Normas Armonizadas Presunción de conformidad
Equipos de Protección Individual (EPI) QUE ES UNA NORMA ARMONIZADA. Son aquellas normas cuyos contenidos han sido estudiados para que cumplan con los requisitos esenciales de seguridad que la Directiva marca. Enlaces. http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/formulario-dire01.asp http://www.ffii.nova.es/puntoinfomcyt/directivas.asp?directiva=89/686/cee
DIRECTIVAS DE NUEVO ENFOQUE Directivas de Nuevo Enfoque Comisión Europea Comité Europeo de Normalización (CEN) Comités Técnicos
DIRECTIVAS DE NUEVO ENFOQUE EPIs Directivas de Nuevo Enfoque EPIs Directiva 89/686/CEE Real Decreto 14/07/1992 Comités Técnicos de EPIs
DIRECTIVAS DE NUEVO ENFOQUE EPIs El Comité Técnico (CT) se compone de grupos de trabajo(gt) en las siguientes áreas: WG1 - Requisitos generales para la ropa de protección WG2 - Ropa de protección contra el calor y el fuego WG3 - Ropa de protección química. WG4 - Ropa de protección contra mal tiempo, de viento y frío. WG5 - Ropa de protección contra impacto mecánico WG6 - Chalecos salvavidas WG7 - Ropa alta visibilidad y accesorios WG8 - Guantes WG9 - Ropa de protección para motoristas. WG10- Flotadores. WG11- Protección del cuerpo para deportes WG12- Diving suits
COMITÉS TÉCNICOS EPIs TC 79 P. Respiratoria TC 160 P. Caída de altura TC 85 P. Ojos y Facial TC 158 P. Cabeza TC 159 P. Auditivos TC 161 P. Pies y piernas TC 162 Ropa de P. incluyendo protección de manos, brazos y chalecos salvavidas
Definición de EPI Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio a tal fin (Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de riesgos laborales)
EPI s no incluidos en el campo de aplicación de esta Directiva EPI,s para fuerzas armadas o fuerzas de orden público. EPI,s de autodefensa contra agresores (generadores de aerosol, armas individuales de disuasión, etc) EPI,s fabricados para uso particular contra condiciones atmosféricas (gorros, paraguas...), la humedad (guantes de fregar...), calor (guantes). EPI,s destinados al salvamento de personas embarcadas a bordo de buques o aeronaves, que no se lleven de manera permanente. Cascos y viseras destinados a usuarios de vehículos de motor de 2 o 3 ruedas.
Clasificación Riesgos mínimos CAT. I Riesgos medios CAT. II Riesgos altos CAT. III
Circuito para evaluar un EPI de riesgo mínimo. CAT. I Conformidad con los requisitos básicos de seguridad y salud Documentación técnica Declaración de conformidad del producto. Todas las unidades fabricadas son iguales LIBRE COMERCIALIZACION Estampación de la marca CE
Circuito para evaluar un EPI de riesgo medio. CAT. II Conformidad Normas armonizadas u otras especificaciones técnicas Documentación técnica LIBRE COMERCIALIZACION Certificado CE de Tipo por un Organismo Notificador. Para toda la CE Declaración de conformidad del producto Estampación de la marca CE
Circuito para evaluar un EPI de riesgo alto. CAT. III Conformidad Normas armonizadas u otras especificaciones técnicas Documentación técnica Declaración de conformidad del producto Estampación de la marca CE Sistema garantía de calidad 11A Control del producto final con ensayos Sistema garantía vigilancia calidad 11B. Auditoria de la produccion Certificado CE de Tipo LIBRE COMERCIALIZACION
CERTIFICACION CE DE TIPO Procedimiento por el cual el Organismo Notificado comprueba que el EPI cumple con la directiva Fabricante: Presentación de la solicitud de examen CE de tipo y documentación técnica junto al EPI a certificar. Organismo Notificado: Revisión de la documentación técnica y realización de las pruebas pertinentes para verificar el cumplimiento del EPI a las normas. Si el modelo responde a las disposiciones que le son aplicables: Conformidad del modelo por parte del Organismo Notificado: Expedición del certificado CE de tipo.
CERTIFICADO CE DE TIPO EMITIDO POR AITEX
Garantizar la homogeneidad de la producción y la conformidad de los EPI según el certificado CE Sistema de garantía de calidad CE del producto final. Articulo 11A El fabricante elige el organismo notificado para realizar los controles. Intervalos mínimos de un año. El Organismo Notificado examina un conjunto de EPIs adecuado: Muestreo de los EPI: Se someten a examen y pruebas pertinentes para comprobar la conformidad. Revisión de la documentación técnica y realización de las pruebas pertinentes para verificar el cumplimiento del EPI a las normas El fabricante recibe un informe del proceso. En caso determinar falta de homogeneidad en la producción o la no conformidad, el organismo tomará las medidas que correspondan e informará al Estado miembro
Garantizar la homogeneidad de la producción y la conformidad de los EPI según el certificado CE Sistema de garantía de calidad CE del la producción con vigilancia. Articulo 11B El Organismo Notificado evalúa el sistema de calidad: Evaluación de que el sistema presentado garantiza la conformidad de los EPI: En el marco del sistema de calidad, el EPI será objeto de examen y se efectuarán las pruebas correspondientes para comprobar la conformidad. Se evalúa el sistema de calidad, incluyendo objetivos de calidad, organigrama, responsabilidades; controles después de fabricación, medios destinados a comprobar la eficacia del funcionamiento del sistema de calidad. Auditorias periódicas (Vigilancia): Garantiza que el fabricante cumple correctamente con las obligaciones derivadas del sistema de calidad aprobado.
Que tiene que tener un EPI. Documentación técnica T0503029 CHAQUETA GORE BRIGADAS Etiqueta del EPI que contenga: NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL FABRICANTE Cumplimiento de la Directiva 89/686/CEE R.D. 1407/1992. CAT II Certificado nº 0161/1428/08 TALLA TALLA A B 001 XXS 76 71 002 XS 82 77 003 S 88 83 004 M 94 89 005 L 100 95 006 XL 106 101 007 XXL 112 107 EN 343 EN 342 Los niveles de cumplimiento corresponden a la medición del conjunto completo: forro polar, anorak y cubrepantalón ref. CONJUNTO T0503029 CHAQUETA GORE BRIGADAS, T0302079 FORRO POLAR BRIGADAS Y T0503026 CUBREPANTALON GORE BRIGADAS 008 XXXL 118 113 009 XXXXL 124 119 100% Poliéster 3 2 Icler 0.327 (B) 2 2 Declaración de conformidad. Folleto informativo.
DIRECTIVAS Y REGLAMENTOS DE CUMPLIMIENTO DE AITEX Directiva 89/686/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas a los equipos de protección individual. Directiva 89/106/CEE del Consejo de 21 de diciembre de 1988 relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados Miembros sobre los productos de construcción. Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH).
Centro de investigación, innovación y servicios técnicos avanzados. Raquel Muñoz rmunoz@aitex.es