ABOGADOS, DETECTIVES Y MÉDICOS PERITOS: COLABORACIÓN IMPRESCINDIBLE Introducción En julio de 2008, se publicó una entrevista realizada al director de una agencia de detectives, de la provincia de Huelva. En aquella época me encontraba asesorando a una compañía de seguros y mi área de actuación era España-Sur. Exactamente asesoraba sobre incapacidades laborales, en base a pólizas privadas de renta/subsidio. La agencia, en cuestión, declaraba que había hecho unos 500 seguimientos, en relación a incapacidades laborales en 2007. Y que el 10% fueron positivas, se había encontrado al investigado trabajando. Al revisar mis actuaciones durante ese año, pude constatar que había solicitado un 10% de las realizadas (sobre unas 50), pero de ellas 40 eran positivas. De las positivas, en 25 de los casos el investigado estaba realizando su actividad profesional y, en los 15 restantes, se encontró que la actividad era compatible con la profesión. Comenté el tema, con los otros dos asesores de subsidio y con los de accidentes, y todos teníamos unas estadísticas semejantes. Aprovechando un viaje a Huelva, me entrevisté con el director de la agencia de detectives. La diferencia radicaba que éramos los únicos médicos que solicitábamos los seguimientos y analizábamos los informes. Paralelamente, comenté la noticia en un foro de profesionales de la salud (médicos y psicólogos), en el cual estaba como co-moderador. La reacción fue inesperada. Recibí un ataque frontal por parte de un sector de los miembros. Mientras el resto se mantuvo en silencio. Sólo un moderador entendió y defendió la necesidad de realizar los seguimientos ante la sospecha de una actividad presuntamente fraudulenta. El foro se cerró en agosto de 2008, ante el clima que se produjo. Objeto del informe Tal y como ya se ha apuntado, el seguimiento se realiza para comprobar una sospecha, basada en datos clínicos. En general, lo que se pretende determinar es si existe una actividad laboral o una actividad compatible. Los que mayoritariamente solicitan este tipo de son Compañías de Seguros, Mutuas Laborales, Empresas. Y principalmente lo hacen ante la sospecha de bajas fraudulentas (el trabajador/cliente no presenta ninguna patología compatible con la incapacidad temporal), solicitudes de incapacidades permanentes, bajas que se prolongan de forma excesiva (sin que existan complicaciones). También puede ser que los que se investigue sea la existencia, o no, de lesiones derivadas de accidentes (incluso declaraciones de accidentes inexistentes). Y con menor frecuencia, seguimientos para determinar si existen actitudes que puedan ser causa de incapacitación (prodigalidad, actos antisociales,...). En la actualidad, se están viendo solicitudes en casos de divorcio. Lo que se solicita es si existe o no capacidad laboral, para establecer la base la posible pensión. Incluso en temas de tutelas, adopciones, regímenes de visitas,...
Elementos del informe y trabajo en equipo El informe tiene una serie de elementos formales, que podríamos agrupar en tres categorías: texto, imágenes dinámicas e imágenes estáticas. El texto, como es natural, debe describir el seguimiento realizado. Sin juicio de valores. Esto es muy importante, pues hay determinadas afirmaciones que el detective no pude hacer, ni se le debe solicitar que haga. En general ninguna sobre la patología del investigado, aunque sea conocida. Lo que sí es útil, en muchas ocasiones, es que se describa el tipo de calzado, el estado del terreno por donde camina, la inclinación, si el paso es rápido,... pues son elementos que, desde la perspectiva médico-pericial tienen importancia. Y, naturalmente, el texto debe estar orientado al objeto del informe. Se deben describir los hechos trascendentes. Por dos razones. La primera es para evitar realizar un informe excesivamente extenso, pues será difícil que se lea completo o con la suficiente atención. Y en segundo lugar, para evitar que el informe desvíe la atención de lo que se pretende poner de manifiesto. Las imágenes dinámicas tienen una gran importancia. Nos aportan datos de interés sobre la biomecánica corporal. Pueden ser vistas tantas veces como se desee, peo para ello deben haber sido editadas. Se han de seleccionar los fragmentos importantes, ya que una hora de grabación no es posible visionarla en el acto de un juicio, por ejemplo. Si se desea se puede aportar el DVD completo y otro editado con los fragmentos representativos. Las imágenes estáticas (fotografías) suelen acompañar al texto, para darle un mayor énfasis. Estas imágenes pueden haber sido tomadas como fotografías y son las que denomino directas. Pueden ser muy ilustrativas, pero siempre puede ser que no demuestren una realidad. Si vemos a una persona moviendo una voluminosa caja, una fotografía no nos permite ver si se trata de una caja pesada o, por lo contrario, si es muy ligera. Tampoco nos permite discernir si la actividad es continuada o puntual. Por ello son preferibles las imágenes extraídas de la grabación. Pues siempre permite ver la escena al completo, dándole su verdadero valor. Como es lógico, el texto, para que cumpla con sus requisitos (adecuado contenido y ajustado al objeto del informe) debe ser valorado por el abogado y el médico. La redacción inicial del detective, en la mayoría de los casos, cumple fielmente el propósito encomendado. Pero en ocasiones, por la dificultad del proceso, la escas información, etc., se ha de modificar, para que resulte realmente útil. Lo mismo sucede con las imágenes. La selección de los fragmentos de grabación o de las imágenes estáticas, debe consensuarse. De esta forma todos los que van a trabajar con ellas (detective, abogado y médico) las conocen y se sienten cómodos trabajando con ellas. Pero del trabajo en equipo también se pueden obtener otros beneficios. Como puede ser el establecer la duración del seguimiento. Ya sea cuántas horas al día o durante cuántos días. Pues no sirve de nada realizar un seguimiento corto, que no demuestre si se ha cumplido el horario de trabajo normal, ni uno excesivamente prolongado que nos muestre a una persona realizando su actividad normal en su lugar de trabajo. Además, se ha de demostrar que la actividad laboral, o la compatible, es continuada. No sirve el hecho de ver a una persona realizando una actividad si no podemos demostrar
que es una actividad continuada y que se repite. Y de la colaboración conjunta también sale el determinar el mejor momento para iniciar el seguimiento. Si conocemos la patología podemos establecer el momento idóneo. Esto evita, por ejemplo, realizar un seguimiento a una persona que se encuentra realizando rehabilitación. Marco legal No se trata de explicar en qué ley o normativa, se desarrolla la actividad profesional del detective. Sino el comentar qué se alega en los informes de los detectives. En muchos de ellos se hace referencia al artículo 335.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este artículo hace referencia al juramento pericial. Esto es curioso, pues, salvo que el perito sea requerido a informar sobre aspectos de su profesión, se trata de un profesional contratado para actuar como testigo. Lo cual lo convierte en un testigo singular, pues no sólo informa de lo que ve, sino que pone los medios necesarios para ello. Y, además, recoge material (pruebas) para apoyar su testifical. También hay quien cita el artículo 20.1 d) de la Constitución. El cual hace referencia a la libertad de expresión. Y a la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, en relación a la protección del honor. Pero lo que llama la atención es la ausencia de referencias a la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Lo cual resulta curioso, pues sis se realiza el seguimiento de una persona, en relación a una incapacidad laboral, sería lógico esperar que se dejara claro que no se han vulnerado los derechos de la persona, en relación a sus datos médicos.
Ejemplos Se muestran cuatro ejemplos de lo que se puede esperar en un seguimiento y su valoración. Las imágenes se describen de izquierda a derecha y de arriba a abajo. Baja por cervicalgia Este caso es el de una trabajadora que, en el intento de demostrar su incapacidad laboral, aportó, voluntariamente, un informe médico en el que se indicaba la existencia de una contractura del músculo trapecio y de los músculos paravertebrales. Visitamos su puesto de trabajo, el cual no presentaba cargas físicas, ni psíquicas. Las piezas que debía mover no superaban los 200 gr., no tenía ninguna presión horaria (no debía hacer un trabajo determinado en un tiempo determinado) y podía descansar cuando lo consideraba oportuno. En el informe se incluyó una descripción del trapecio y su acción. El trapecio, cuando toma punto fijo en el eje del tronco, eleva el hombro y acerca la escápula a la columna vertebral. Fijado en la cintura escapular, extiende la cabeza haciéndola girar. La porción descendente es rotadora superior de la escápula y la porción ascendente es rotadora inferior. También de los músculos paravertebrales. Que son los músculos que van al lado, y más o menos en paralelo a la columna vertebral. Son pequeños músculos que se unen a las vértebras y controlan el movimiento vertebral individual, así como ayudan en los movimientos mayores el tronco. Junto con otros músculos, ayudan a sostener la columna y mantener en la alineación adecuada. También limitan movimiento de la columna vertebral, lo que ayuda a prevenir lesiones en los discos y la médula espinal. En la primera imagen se ve cómo la investigada eleva el hombro para que el bolso no caiga, mientras sujeta con la mano, del mismo lado, una bolsa. En la siguiente, eleva ambos hombros mientras flexiona la columna cervical. Lateralización cervical. Rotación cervical. Elevación de ambos hombros con una carga de unos 5 kg. Extensión cervical. Con lo cual se puede concluir que no existía ninguna limitación de la movilidad cervical. Ni por limitación anatómica, ni por dolor. Baja por lesión en un dedo de la mano izquierda En este caso se trata de un cliente de una compañía de seguros, que presentó un informe en relación a una incapacidad laboral por lesión en un dedo, que le impedía trabajar. Así mismo debía ser intervenido de la lesión, que le limitaba la habilidad manual y el realizar esfuerzos. Antes de la intervención, trabajaba instalando aparatos de aire acondicionado. Los
cuales descargaba sin aparente dificultad. Mientras realizaba la instalación con la mano derecha, se sujetaba con la izquierda, pues no utilizaba ningún tipo de arnés. Después de la intervención, volvió a trabajar, pero como camarero. Sin que se apreciara limitación alguna. Incluso mueve la cubeta del lavavajillas, cargada de platos, tazas, vasos,... Como anécdota, la taza que está en primer término es la del detective. Ya que el investigado cambió de posición y el detective sólo pudo girar la cámara oculta, sin percatarse de que la taza quedaba en medio. En este caso, en el periodo antes de la intervención no existía limitación laboral. Y después d la intervención, tras un periodo prudencial de incapacidad, tampoco existía incapacidad, aunque el médico de cabecera seguía extendiendo los partes semanales de confirmación. Baja por patología del hombro Se trata de un gerente de una empresa de mantenimiento, que alegó una lesión en el hombro que le impedía realizar su trabajo. Ya de entrada es muy relativo que un trabajo, que consiste en toma de decisiones, no se pueda realizar por patología del hombro. Para hablar por teléfono eleva ambos hombros, lo cual, ante un cuadro patológico incapacitante, debería provocar un dolor intenso. En esta imagen deja en la parte posterior su chaquetón. Chaquetón que tenía en el asiento delantero y que eleva por encima del respaldo del asiento para se pueda sentar un acompañante. Realizando un arco de movimiento, con carga en la mano. Durante el seguimiento se pone y quita diversas veces el chaquetón, sin evidenciarse ninguna dificultad. Con el brazo en extensión, coloca el chaquetón en el asiento del acompañante, desde la puerta del conductor. No es posible que exista dolor en el hombro, pues de lo contrario no podría realizar los movimientos que se observaron. Gran invalidez Se trata de un anciano que reclamaba una ayuda económica, por precisar de una persona para realizar las actividades de la vida diaria. Es decir, era dependiente. Durante todo el seguimiento, se le ve desplazarse con la dificultad normal de una persona de edad. Incluso prescindiendo del bastón. Realizando la compra, y llevando las bolsas. Bajando las basuras al contenedor. Sacando a pasear al perro. Deambulando en diferentes condiciones de luz. Se pudo comprobar que era una persona con las dificultades propias de su edad, pero totalmente independiente.