Comité Técnico Científico de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en materia de Organismos Genéticamente
La Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente tiene como objeto regular las actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial, comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados, con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola. El artículo 24 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente establece que las Secretarías involucradas en la aplicación de esta ley, podrán establecer comités técnicos científicos que les proporcionen apoyo en la resolución de expedientes de soluciones de permisos y autorizaciones, así como en materia de avisos. Las disposiciones reglamentarias de esa ley determinarán las bases de organización y funcionamiento de dichos comités. Como parte de las funciones que tiene encomendadas la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), se encuentra la organización y fomento de las actividades agrícolas, ganaderas, avícolas, acuícolas y silvícolas, fijando las políticas y medidas en materia de bioseguridad e inocuidad, permisos, autorizaciones, avisos y, en general, requisitos, trámites y restricciones relacionadas con las actividades ya descritas. Con fecha 22 de junio del 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se crea el Comité Técnico Científico de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en materia de organismos genéticamente modificados.
El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en el artículo 5 del Acuerdo por el que se crea el Comité Técnico Científico de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en materia de organismos genéticamente modificados, designó al Subsecretario de Agricultura como Presidente del Comité. Con fecha 22 de junio del 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se crea el Comité Técnico Científico de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en materia de organismos genéticamente modificados. El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en el artículo 5 del Acuerdo por el que se crea el Comité Técnico Científico de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en materia de organismos genéticamente modificados, designó al Subsecretario de Agricultura como Presidente del Comité. El día 24 de marzo del año 2010 se instaló formalmente dicho Comité, conformado de la siguiente manera:
Presidente Consejero Ejecutivo Subsecretario de Agricultura Director General de Vinculación y Desarrollo Tecnológico Vocales CONAPESCA Director General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola Coordinación de Asuntos Internacionales Coordinador de Asuntos Internacionales INIFAP INAPESCA SNICS SENASICA Subsecretaría de de Agricultura Coordinador de Investigación, Innovación y Vinculación Director en Jefe Directora General Director en Jefe Director de Insumos para la Producción
El Comité Técnico Científico es la instancia colegiada consultivo en materia de Organismos Genéticamente en la SAGARPA. Para conocer más sobre las acciones que la SAGARPA lleva a cabo en materia de Organismos Genéticamente, consulte la siguiente liga: http://www.senasica.gob.mx/?id=2403