SERVICIO HOLANDÉS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO (SNV)

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PARTE I INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS PROPONENTES 1 NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación para la adquisición de bienes se rige a las normas del SNV y al presente Documento de Contratación (DC). 2 PROPONENTES ELEGIBLES En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes: a) Personas naturales con capacidad de contratar. b) Personas jurídicas legalmente constituidas, en forma independiente o como asociaciones accidentales. c) Personas jurídicas internacionales con representación nacional. d) Medianas, Micro y Pequeñas Empresas Comerciales. 3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 1.1 Consultas escritas sobre el DC. Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al Sr. Carlos Siles, Responsable de la Adquisición de Bienes, hasta la fecha límite establecida en el presente DC. 1.2 Reunión Informativa de Aclaración 4 GARANTÍAS Se realizará una Reunión de Aclaración, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación. Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión de Aclaración. Al final de la reunión, el convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunión de Aclaración, suscrita por los asistentes. El proponente solicitará presentar la Boleta de Garantía de Seriedad de la Propuesta. 4.1 La garantía requerida es: a) Garantía de Seriedad de Propuesta. La entidad convocante cuando lo requiera podrá solicitar la presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta. 4.2 Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta: 2

La Garantía de Seriedad de Propuesta, será ejecutada cuando: a) El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas. b) El proponente adjudicado no presente, para la suscripción del contrato, la documentación original o fotocopia legalizada de los documentos señalados en el presente DC, salvo impedimento debidamente justificado presentado oportunamente a la entidad. c) El proponente adjudicado desista de suscribir el contrato en los plazos establecidos. d) Se determine que el proponente se encuentra impedido para participar en el proceso de contratación. 4.3 Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta: La Garantía de Seriedad de Propuesta, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días, en los siguientes casos: a) Después de la notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta. b) En caso de existir un Recurso Administrativo de Impugnación, luego de su agotamiento. c) Cuando la entidad convocante solicite la extensión del periodo de validez de propuestas y el proponente rehúse aceptar la solicitud. d) Después de notificada la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación. e) Después de notificada la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria. f) Después de suscrito el contrato con el proponente adjudicado. 5 RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS 5.1 Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DC. 5.2 Las causales de descalificación son: a) Incumplimiento u omisión en la presentación de cualquier documento requerido en el presente DC. La omisión no se limita a la falta de presentación de documentos, refiriéndose también a que cualquier documento presentado que no cumpla con las condiciones de validez requeridas. b) Cuando la propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DC. c) Cuando la propuesta económica (que debe ser en dólares americanos) exceda el Precio Referencial. d) Si se determinase que el proponente se encuentra impedido por el SNV. 3

e) Si para la suscripción del contrato, la documentación original o fotocopia legalizada de los documentos señalados en el presente DC, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente hubiese justificado oportunamente el retraso. f) Cuando el período de validez de la propuesta no se ajuste al plazo mínimo requerido. g) Cuando el proponente presente dos o más alternativas. h) Cuando el proponente presente dos o más propuestas. i) Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta. j) Si para la suscripción del contrato, la documentación original o fotocopia legalizada presentada, no coincide con las fotocopias entregadas en la propuesta. 6 ERRORES NO SUBSANABLES Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes: a) La ausencia de los Formularios de Presentación de Propuestas, requeridos en el presente DC. b) La falta de la propuesta técnica o parte de ella. c) La falta de la propuesta económica o parte de ella. d) La falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta o cuando esta sea girada por monto o plazo de vigencia, menores a los requeridos o la misma fuese emitida en forma errónea. e) La ausencia del Poder del Representante Legal del proponente, cuando corresponda. f) La falta de firma del Representante Legal o Proponente en los Formularios y Documentos solicitados en el presente DC. g) La ausencia de documentación, formularios y aspectos solicitados en el presente DC. h) Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica existiera una diferencia superior al dos por ciento (2%) entre el monto total de la propuesta y el monto revisado por el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación. i) Cuando se presente en fotocopia simple, los documentos solicitados en original o fotocopia legalizada. 7 DECLARATORIA DESIERTA El Sr. Carlos Siles, Responsable de la Adquisición de Bienes, declarará desierta la convocatoria pública, de acuerdo a normas del SNV. 4

8 CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del contrato, mediante resolución expresa, técnica y legalmente motivada por el Sr. Carlos Siles, Responsable de la Adquisición de Bienes. 9 RESOLUCIONES RECURRIBLES Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses. 10 DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE 10.1 Los documentos que deben presentar las personas naturales son: a) Formularios de Presentación de la Propuesta. b) Cedula de Identidad (fotocopia simple). c) Propuesta en base las Especificaciones Técnicas señaladas en el presente DC. d) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) de la propuesta económica, emitida a nombre de la entidad convocante, cuando esta sea requerida; 10.2 Los documentos que deben presentar las personas jurídicas son: a) Formularios de Presentación de la Propuesta para Empresas o Asociaciones Accidentales. b) Poder del Representante Legal del proponente, en fotocopia simple, con atribuciones para presentar propuestas y suscribir contratos, incluidas las empresas unipersonales cuando el Representante Legal sea diferente al propietario. c) Propuesta en base a las Especificaciones Técnicas señaladas en el presente DC. D) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) de la propuesta económica, emitida a nombre de la entidad convocante, si esta hubiese sido requerida. 10.3 Los documentos que deben presentar las personas jurídicas internacionales con representación nacional son: a) Formularios de Presentación de la Propuesta para Empresas Internacionales con Representación Nacional o Asociaciones Accidentales. b) Poder del Representante Legal del proponente nacional, en fotocopia simple, con atribuciones para presentar propuestas y suscribir contratos a nombre de la empresa internacional. c) Propuesta en base a las Especificaciones Técnicas señaladas en el presente DC. 5

D) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) de la propuesta económica, emitida a nombre de la entidad convocante, si esta hubiese sido requerida. 10.4 En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la asociación y los que corresponden a cada asociado. 10.4.1 La documentación conjunta a presentar, que debe ser firmada por el Representante Legal de la Asociación Accidental, es la siguiente: a) Formularios de Presentación de la Propuesta para Empresas o Asociaciones Accidentales. b) Testimonio del Contrato de Asociación Accidental, en fotocopia simple, que indique el porcentaje de participación de los asociados, la designación de la empresa líder, la nominación del Representante Legal de la asociación y el domicilio legal de la misma. c) Poder del Representante Legal de la Asociación Accidental, en fotocopia simple, con facultades expresas para presentar propuestas, negociar y suscribir contratos. d) Propuesta en base a los Términos de Referencia señalados en el presente DC. e) Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) de la propuesta económica, emitida a nombre de la entidad convocante, cuando esta sea requerida. 10.4.2 Cada socio en forma independiente deberá presentar la siguiente documentación, firmada por el Representante Legal de cada asociado y no por el Representante Legal de la Asociación: a) Formulario de Identificación. b) Poder del Representante Legal, en fotocopia simple. 10.5 Los formularios de la propuesta son declaraciones juradas de los proponentes, que deben ser presentados en original con la firma del Representante Legal. a) Para las empresas unipersonales, estos formularios serán firmados directamente por su propietario, cuando no acrediten a un Representante Legal. b) Para personas naturales estos formularios serán firmados directamente por el proponente o su Representante Legal. c) Para otros proponentes, como las Medianas, Micro y Pequeñas Empresas Comerciales, los formularios deberán ser firmados según establezca la normativa legal inherente. 10.6 El Poder del Representante Legal deberá tener la constancia de inscripción en el Registro de Comercio, ésta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuando la normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. 6

11 RECEPCIÓN DE PROPUESTA 11.1 La recepción de propuestas se efectuará, en el lugar señalado en el presente DC hasta la fecha y hora limite fijados en el mismo. 11.2 Los proponentes podrán presentar sus propuestas según su criterio: de manera abierta o en sobre cerrado, situación que deberá consignarse en el registro o libro de actas. 11.3 Cuando el proponente decida presentar su propuesta en sobre cerrado, éste no deberá ser abierto hasta antes de la fecha y hora límite de plazo establecida para su presentación. 12 APERTURA DE PROPUESTAS La apertura pública de propuestas se realizará en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DC, donde se dará lectura de los precios ofertados. El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al Sr. Carlos Siles, Responsable de la Adquisición de Bienes, que la convocatoria sea declarada desierta. 13 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La entidad convocante, para la evaluación de propuestas aplicará el Método de Selección y Adjudicación por combinación de mayor Calidad y Precio más bajo. 14 EVALUACIÓN PRELIMINAR El Responsable de la Evaluación o la Comisión de Calificación en sesión reservada y según la verificación de presentación de documentos del Acto de Apertura, determinará si las propuestas continúan o se descalifican, aplicando la metodología Cumple/No cumple, en la presentación de documentos y las especificaciones técnicas. 15 CORRECCIÓN DE LOS ERRORES ARITMÉTICOS 15.1 Errores aritméticos a) Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal. b) Cuando exista diferencia entre el precio unitario y el total de un ítem que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado. c) Si la diferencia entre el monto leído de la propuesta y el monto ajustado de la revisión aritmética, es menor al 2%, se ajustará la propuesta; en otro caso la propuesta será descalificada. 16 APLICACIÓN DEL MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN 16.1 Evaluación con el Método de Selección y Adjudicación por Combinación de Mayor Calidad y Precio más Bajo Con este método, el procedimiento de evaluación será el siguiente: 7

16.1.1 Determinación de la Propuesta por combinación de Mayor Calidad y Precio más Bajo El Responsable de Evaluación o La Comisión de Calificación, procederá a la evaluación de todas las propuestas económicas presentadas, que no excedieran el precio referencial, corrigiendo los errores aritméticos, aplicando los márgenes de preferencia y el ajuste por plazo de entrega determinados en el punto 14. La combinación de Mayor Calidad y Precio más Bajo corresponde al menor valor propuesto por el proponente y a las tres especificaciones técnicas más relevantes de cada ítem. Las tres especificaciones técnicas más relevantes de cada ítem serán definidas por el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación. 16.1.2 Evaluación de la Propuesta por combinación de Mayor Calidad y Precio más Bajo El Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación verificará en forma minuciosa si la propuesta con Mayor Calidad y Precio más Bajo cumple con los requisitos de presentación de los documentos legales administrativos y las especificaciones técnicas establecidos en el presente DC, con la metodología CUMPLE/NO CUMPLE. Para este efecto deberá verificar que la documentación requerida y que los formularios presentados estén debidamente llenados y firmados. La propuesta será descalificada si no cumple con cualquiera de los requisitos establecidos. En caso de descalificación de la propuesta con Mayor Calidad y Precio más Bajo, se procederá a la calificación de la segunda mejor propuesta incluida en el Formulario de Propuesta Económica y así sucesivamente. 17 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: a) Nómina de los proponentes. b) Cuadros comparativos. c) Cuadros de evaluación legal, administrativa y técnica. d) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. e) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. f) Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considere pertinentes. g) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. 18 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 8

18.1 El Sr. Carlos Siles, Responsable de la Adquisición de Bienes, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta. 18.2 En caso de que el Sr. Carlos Siles, Responsable de la Adquisición de Bienes, solicite al Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. Si el Sr. Carlos Siles, Responsable de la Adquisición de Bienes, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido al Director del SNV Bolivia. 18.3 El Sr. Carlos Siles, Responsable de la Adquisición de Bienes, deberá emitir Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta. 18.4 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá, en la parte resolutiva, mínimamente la siguiente información: a) Nómina de los participantes y precios ofertados. b) Los resultados de la calificación. c) Causales de descalificación, cuando corresponda. d) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda. e) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda. 18.5 La Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes. La notificación deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. 19 SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Y PAGO 19.1 Para la suscripción de contrato el proponente adjudicado deberá presentar la siguiente documentación en original o fotocopia legalizada, siendo causal de descalificación de la propuesta el incumplimiento en su presentación: a) Cedula de Identidad (Personas Naturales) b) Poder del Representante Legal (Personas Jurídicas) c) Número de Identificación Tributaria (NIT), salvo lo previsto en el numeral 19.4. d) Documento que acredite los márgenes de preferencia, cuando el proponente hubiese solicitado su aplicación. e) Documentación que acredite la condición de Mediana, Micro y Pequeña Empresa Comercial, cuando corresponda. 19.2 La entidad convocante deberá otorgar al proponente adjudicado un plazo no inferior a tres (3) días calendario para la presentación de los documentos requeridos en el presente DC; si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del tiempo otorgado, el proceso podrá continuar. 9

Cuando el proponente adjudicado no cumpla con la presentación de estos documentos en el plazo establecido o desista de la suscripción del contrato, la propuesta será descalificada y se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta, si ésta hubiese sido requerida, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En este caso el Sr. Carlos Siles, Responsable de la Adquisición de Bienes, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión de la Resolución de Adjudicación. 19.3 Los pagos se realizarán contra entrega de los bienes (pago total contra entrega total) previa conformidad de la entidad convocante y entrega de factura por el proponente. 19.4 En las contrataciones de personas naturales, en ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deberá retener los montos de obligaciones tributarias, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales. 20 MODIFICACIONES AL CONTRATO Las modificaciones al contrato podrán efectuarse mediante Contrato Modificatorio cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato sin dar lugar al incremento de los precios unitarios. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. El modelo de contrato es: CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA Conste por el presente documento privado, un contrato de compraventa de. que podrá ser elevado a la categoría de instrumento público mediante reconocimiento de firmas y rúbricas a simple requerimiento de cualquiera de cualquiera de las partes, con sujeción a las siguientes cláusulas: PRIMERA: (Partes).- Son partes del presente Contrato: 1.1. Organización No Gubernamental denominada Servicio Holandés de Cooperación al Desarrollo SNV Bolivia, con Registro Único Nacional de ONG s Nº 2073, representada por [.], en virtud al poder otorgado en su favor mediante escritura pública Nº [.], por ante Notario de Fe Pública del Distrito Judicial de La Paz, Dra. [.], de fecha [.], con domicilio en la ciudad de La Paz, Bolivia; en adelante denominada SNV ; y, 1.2. [ ], con matrícula de comercio Nº [ ] otorgada por el Registro de Comercio a cargo de Fundempresa, con Número de Identificación Tributaria [..] representada por [.] de conformidad con el poder otorgado en su favor mediante escritura pública Nº [.] por ante Notario de Fe Pública del Distrito Judicial de La Paz, Dra. [ ], de fecha [ ], con domicilio en [ ], en adelante denominado el VENDEDOR. Para efectos del presente Contrato serán denominadas en forma conjunta como Partes e individualmente como Parte. SEGUNDA: (Antecedentes).- 2.1. El VENDEDOR es una empresa especializada en la provisión de [.], que cuenta con todos los registros y autorizaciones necesarios para llevar acabo sus operaciones en Bolivia. 10

2.2. Mediante orden de servicio Nº[..], SNV acordó la contratación del VENDEDOR para la provisión de [..], de acuerdo a la propuesta del VENDEDOR de fecha [..] y a los términos del presente Contrato. TERCERA: (Objeto).- SNV acuerda en comprar y el VENDEDOR acuerda en vender y entregar a satisfacción de SNV, especificado en el Anexo 1, el mismo que suscrito por las Partes formará parte indisoluble del presente Contrato (en adelante, los Equipos ). CUARTA: (Precio y forma de pago).- El precio total acordado por las partes para la provisión de los Equipos es de [.] (..00/100.). El precio acordado incluye todos y cualesquier impuesto, tasa, contribución y/o tributo aplicable. El precio acordado será pagado por SNV de acuerdo al siguiente cronograma: (i) (ii) [..] por ciento equivalente a [..] (.00/100..), a la firma del presente Contrato y contra entrega de la correspondiente factura. El VENDEDOR declara y reconoce recibir el pago a su entera satisfacción. [..] por ciento equivalente a [..] (.00/100..), a la feche de entrega de los Equipos en el lugar designado por SNV para el efecto, y a su entera y completa conformidad. QUINTA: (Términos de Entrega y Multas).- 5.1. Los Equipos serán entregados a SNV en el lugar que éste determine para el efecto, dentro de los [..] días calendario a partir de la firma del presente Contrato y de la recepción del anticipo, de manera improrrogable. En cualquier caso, excepto por causales de fuerza mayor o caso fortuito, por retraso en la entrega de los Equipos a SNV, éste queda autorizado a aplicar en contra del VENDEDOR una multa equivalente al [..] del precio total establecido en el presente Contrato por cada día de retraso, hasta un límite equivalente a [..%] por ciento del total del precio estipulado en el presente Contrato. 5.2. El VENDEDOR se compromete en proveer el empaquetado apropiado de los Equipos y a manejarlos de acuerdo con las necesidades de transporte requeridas, para su entrega al SNV a su entera satisfacción. SEXTA: (Documentación y especificaciones técnicas).- El VENDEDOR se compromete en proveer a SNV, sin ningún costo adicional, las instrucciones, catálogos y/o manuales de operación y mantenimiento de los Equipos que sean necesarios. SÉPTIMA: (Aceptación, Supervisión y Acreditación).- Después de la acreditación del pago del precio total de los Equipos, un acta deberá ser preparada, la misma que será firmada por los representantes legales de las Partes. El acta representará el documento final en la transmisión y transferencia de los Equipos. No obstante, la aceptación final de los Equipos entregados y de su funcionamiento tendrá lugar a más tardar a los diez (10) días de su entrega a SNV. En caso de fallas de origen en los Equipos o vicios ocultos, el VENDEDOR se compromete a sustituirlos, a su costo, y a entera satisfacción de SNV. OCTAVA.- De la Garantía.- En caso de objeciones con relación a la funcionalidad técnica de los Equipos, se aplicará lo dispuesto por el Código de Comercio de Bolivia, estableciendo como periodo de garantía un año a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega entre Partes. Tanto SNV como el VENDEDOR aceptan expresamente estos términos al momento de suscribir el presente Contrato. 11

NOVENA: (Arbitraje).- 9.1. Toda controversia en relación con el presente Contrato, cuando fuera posible, será resuelta amigablemente entre las Partes. 9.2. Si un acuerdo amigable no es alcanzado, las Partes acuerdan que toda discrepancia o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación del presente Contrato o relacionado con él, directa o indirectamente, se resolverá definitivamente mediante conciliación y/o arbitraje en el marco del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio de Bolivia y de acuerdo a su Reglamento; a la que se encomienda la administración de la conciliación y/o arbitraje, sujetándose las Partes al cumplimiento del laudo arbitral que se dicte, renunciando expresamente a cualquier tipo de recurso judicial o extrajudicial. El arbitraje tendrá lugar en La Paz, Bolivia, y será conducido en español. DÉCIMA: (Imposibilidad Sobreviniente).- Para fines del presente Contrato, imposibilidad sobreviniente significa cualquier caso de fuerza mayor o caso fortuito, conceptos que comprenden cualquier acto, evento o circunstancia imprevisible, o la combinación de éstos, que ocurriese luego de la suscripción del Contrato y que causara atraso o incumplimiento de cualquier obligación prevista en este instrumento, siempre y cuando tal acto, evento o condición: a) Esté fuera del control de la Parte que lo alegue; b) No sea resultado de cualquier acto, omisión o atraso de la Parte que lo alegue (o de tercero sobre el cual esta Parte tenga control); c) No sea acto, evento o condición, cuyos riesgos o consecuencias hayan sido asumidos en el Contrato por la Parte que los alegue; Para efectos del presente Contrato, los casos de fuerza mayor o caso fortuito que cumplan con las condiciones señaladas en esta cláusula, serán las únicas causales de fuerza mayor o caso fortuito admisible entre las Partes. Si cualquiera de la Partes quedase temporalmente impedida de cumplir sus obligaciones, en su totalidad o en parte, como consecuencia de fuerza mayor o caso fortuito, deberá comunicar el hecho y describirlo de inmediato a la otra Parte y ratificar por escrito la comunicación en un plazo de siete (7) días, informando los efectos nocivos del evento. En caso de que la Parte afectada por la incidencia de fuerza mayor o caso fortuito no lo comunique a la otra Parte dentro del plazo estipulado en esta Cláusula, no podrá excusarse de sus obligaciones alegando tales hechos. UNDÉCIMA: (Cesión).- Los derechos y obligaciones de ninguna de las Partes bajo este Contrato podrán ser cedidos, transferidos o subrogados sin el previo consentimiento escrito y firmado de la otra Parte. DUODÉCIMA: (Legislación aplicable).- El Contrato será regido e interpretado de acuerdo con las leyes del Estado Plurinacional de Bolivia. DÉCIMA TERCERA: (Aceptación).- El Señor [..] en representación de Organización No Gubernamental denominada Servicio Holandés de Cooperación al Desarrollo SNV Bolivia, por una parte, y el Señor [..] en representación de [..], como VENDEDOR, por la otra, aceptan todas las cláusulas precedentes, obligándose a su fiel y estricto cumplimiento. La Paz, [ ] de [.] de 2010.... Organización No Gubernamental Servicio Holandés de Cooperación al Desarrollo SNV Bolivia. [.] VENDEDOR 12

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