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Transcripción:

día internacional de la mujer discriminación de género y políticas públicas

día internacional de la mujer discriminación de género y políticas públicas Las mujeres enfrentan numerosos obstáculos en todos los ámbitos de la vida: alimentación, salud, educación, vivienda, oportunidades laborales, recreación, ingresos, participación política, entre otros. Cualquier forma de discriminación (por raza, origen étnico, clase social, preferencia sexual, ideología, discapacidad) se redefine por género. Para la mitad de la población, la igualdad es una meta por alcanzar. El binomio género-discriminación no es algo nuevo. Las mujeres han sido discriminadas en todos los tiempos y en todas las sociedades conocidas. La lucha por el reconocimiento de sus derechos ha sido larga, denodada e insuficiente. Aunque exista igualdad formal, las condiciones sociales siguen siendo opresivas para las mujeres. La situación que viven las niñas y mujeres en México requiere la necesidad de diseñar políticas públicas de corto, mediano y largo plazo, dirigidas a combatir las causas históricas y estructurales que limitan, segregan, discriminan, excluyen, el desarrollo de más de la mitad de la población, integrada por mujeres. Garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres y las niñas es uno de los compromisos prioritarios del Gobierno de la República, consciente de que sólo con su pleno cumplimiento será posible alcanzar las potencialidades que tenemos y se logrará el crecimiento y el bienestar al que aspiramos. En 1948 fue cuando en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la onu, los Estados acordaron comprometerse a garantizar las condiciones mínimas para que toda persona de cualquier edad pueda desarrollarse en la vida; es decir, en salud, educación, vivienda, empleo, cultura, alimentación, esparcimiento, 2

constitucional, el derecho a la NO Discriminación se ha visto repotenciado. En México hay 57.5 millones de mujeres, de un total de 112.3 millones de personas, revela el inegi. La brecha de equidad entre mujeres y hombres es muy amplia todavía, y la discriminación que padecen por ser mujeres ocasiona múltiples violaciones a sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Datos de la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México (Enadis, 2010) indican que: Una cuarta parte de la población considera que en México no se respetan los derechos de las mujeres. Los datos evidencias que las mujeres tienen una visión más crítica que los hombres sobre el respeto de sus derechos. respeto a su lugar de origen racial, a su lengua, a su color de piel, entre otros. Los Derechos Humanos son la piedra angular bajo la cual puede ser medida la calidad de la democracia de un Estado. Y, entre esos derechos, figura la NO Discriminación. En el artículo 1 de la Constitución, el género figura como un motivo prohibido de discriminación. Con la reforma constitucional de 2011, que elevó los derechos humanos a rango Casi 27% de las mujeres alguna vez ha sentido, totalmente o en parte, que sus derechos no han sido respetados por su condición de mujer. Cuatro de cada 10 personas no estarían dispuestas a permitir que en su casa vivieran personas homosexuales o lesbianas. Y tres de cada diez afirman lo mismo en el caso de personas que viven con vih/sida. Casi 60% de la población en México se manifiesta parcial o totalmente en des- 3

acuerdo que una mujer pueda abortar si lo desea. 8 de cada 10 personas, a nivel nacional, opinan que a la mujer no se le debe pegar, y sin embargo, 95% de la población cree que sucede. Las dobles y triples jornadas que desempeñan las mujeres se encuentran documentadas y evidencian las condiciones de desigualdad más enraizadas entre mujeres y hombres. Si se considera el trabajo remunerado y el no remunerado en su conjunto, las mujeres trabajan más horas a la semana que los hombres; el tiempo de trabajo semanal de las mujeres es de casi 60 horas y el de los hombres es de poco más de 50. De qué manera repercute la discriminación de niñas, adolescentes y mujeres? 1) Vulnera la dignidad y mina el autorrespeto: normaliza las distintas violencias. 2) Viola los derechos humanos y ciudadanos: diferencia e inferioriza a grupos y personas. 3) Mantiene la desigualdad económica: mal distribuye los escasos recursos y genera más brechas e inequidades. Los índices de discriminación salarial por ocupación y sector de actividad muestran que las mujeres ganan un 30.5% menos que los varones en ocupaciones industriales, 16.7% menos como comerciantes y 15.3% menos como profesionales. Por sector de actividad el índice es de casi un 20% en el comercio, de 18.1% en la industria manufacturera, de poco más de 14% en la construcción y de más de 10.8% en los servicios sociales. Casi 15% de los jóvenes justifica la violencia de género, principalmente por infidelidad. El mismo porcentaje considera que el gobierno no debería intervenir cuando un marido maltrata a su mujer porque se trata de un asunto privado. 4

4) Desconoce la dignidad y derechos de las personas: construye percepciones de desigualdad. 5) Impide ser una sociedad de derechos plena porque persisten sistemas y subsistemas discriminatorios. 6) Es un cáncer de la democracia porque no todas las personas acceden a sus derechos humanos en condiciones de igualdad. Cabe recordar que las mujeres son víctimas de la llamada discriminación múltiple; es decir, su condición de ser mujeres se cruza con otras variables que son motivo de discriminación. Se produce cuando afecta a personas que, por pertenecer a varios grupos en desventaja, sufren formas agravadas y específicas de rechazo y exclusión. Como señala el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las mujeres 2013-2018, la protección jurídica de los derechos de las mujeres exige la derogación de disposiciones discriminatorias y excluyentes en los tres órdenes de gobierno. La igualdad jurídica o formal significa que las personas tienen los mismos derechos sin importar que sean diferentes entre sí; sin embargo, la inclusión y el reconocimiento de la igualdad entre mujeres y hombres en las leyes no garantiza que las mujeres tengan, en los hechos, asegurada la igualdad sustantiva. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (cedaw) ha subrayado la aplicación inadecuada de marcos jurídicos y normativos, y el hecho de que los esfuerzos que se llevan a cabo no son integrales, ni están supervisados o evaluados adecuadamente. Recomienda revisar el mecanismo nacional para hacer frente a la violencia contra las mujeres y la alerta de violencia de género; activar el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres con la participación de las entidades federativas; y establecer mecanismos para supervisar la aplicación de leyes y 5

sancionar a los funcionarios que discriminan a las mujeres. Asimismo y de manera reiterada ha recomendado al Estado Mexicano: Adoptar todas las medidas necesarias para establecer un sistema estándar para la reunión periódica de datos estadísticos sobre la violencia contra la mujer, desglosados según el tipo de violencia y las circunstancias en que se cometió el acto de violencia, que incluya información sobre los autores y las víctimas de estos actos y la relación entre ellos para diseñar políticas públicas efectivas orientadas a la erradicación de la violencia. Por su parte, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Convención de Belem do Pará, establece el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia en los ámbitos público y privado. En lo que respecta a la la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que fue reformada en 2014, incluye el sexo como motivo prohibido de discriminación, estableciendo medidas positivas y compensatorias a favor de las mujeres. Hoy suman 29 las entidades federativas con leyes para prevenir y eliminar la discriminación. También existe una Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. A nivel estatal, suman 24 las entidades federativas que tienen una ley de esta naturaleza. Figura además una Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 6

Los 32 estados de la República tienen una legislación para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Lo que hace falta es fomentar la denuncia ciudadana, debido a que muchas veces los casos de maltrato no se denuncian. Por una política pública antidiscriminatoria a favor de las mujeres Conapred tiene el mandato de coordinar a la Administración Pública Federal en políticas de igualdad y no discriminación, bajo el entendido de que es responsabilidad de todas las instituciones emprender políticas públicas, programas para la combatir la discriminación. El Programa Nacional Por la Igualdad y No Discriminación (Pronaind) es el primer programa especial en materia de igualdad y no discriminación del gobierno mexicano. Es un programa de la administración pública federal que el Presidente de la República decretó en abril de esta año, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (lfped) con el fin de coordinar y armonizar la manera en la que las políticas públicas federales deben respetar y fortalecer el principio de igualdad de trato y así respetar la dignidad de todas y todos. Busca lograr la transversalidad institucional en materia de lucha contra la discriminación. Esto quiere decir que su objetivo primordial es establecer los mecanismos particulares y los instrumentos de evaluación y medición que sean necesarios para que las instituciones del Estado mexicano articulen una única estructura que busque la erradicación de todas las prácticas discriminatorias. La eliminación de la discriminación hace apenas posible que la administración pública realice eficientemente su función primordial: la administración de distintas formas de justicia política y social; es decir, administrar en sus distintas áreas la distribución de los beneficios y obligaciones de nuestro arreglo social de manera equitativa y con apego a la igualdad de trato. 7

La reforma del 2001 incluyó los principios de igualdad formal y material en nuestra constitución que identificaba la discriminación y exclusión en contra de la población indígena del país, y que requería promover la igualdad de oportunidades y eliminar cualquier práctica discriminatoria. Obedeciendo ese mandato en 2003, se publicó la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED) con el fin de reglamentar el hoy párrafo quinto del artículo 1º constitucional. Al amparo de esta ley es que nació el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred). A este primer esfuerzo se unió la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos de 2011 y la reforma a la LFPED, ocurrida en marzo de 2014, obligan al Estado Mexicano a reconocer los Tratados Internacionales de Derechos Humanos al tiempo que establece claramente las obligaciones de las autoridades públicas con respecto a los principios de respeto, protección, promoción, garantía y progresividad. La estructura de las reformas nacionales en la materia, la densidad de los tratados internacionales el principio pro persona que exige la interpretación de las leyes, los derechos y las políticas en el mayor beneficio de los individuos; establecen en su conjunto obligaciones a los poderes públicos federales para adoptar las medidas positivas necesarias para generar condiciones de igualdad sin discriminación de ninguna índole. 8

Cuáles son los objetivos que persigue el pronaind? El pronaind es también una disposición planteada en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 para contribuir a las Metas Nacionales en él establecidas y contribuir a los programas sectoriales derivados del mismo. El pronaind es el primer programa especial en materia de igualdad y lucha contra la discriminación que considera la metodología y recomendaciones de la Guía Práctica para Desarrollar Planes Nacionales de Acción contra la Discriminación Racial de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Siguiendo esta estructura el pronaind incluye 24 líneas de acción transversales para toda la Administración Pública Federal (apf) y más de 200 específicas para 52 entidades y dependencias de la apf (bancomext, canal once, capufe, cdi, cij, cjef, conacyt, conade, conadis, conafe, de las condiciones de posibilidad para que la administración pública se acomode al orden normativo que busca eliminar la discriminación y favorecer la igualdad. A este respecto, la esfera del ámbito administrativa y normativa es crucial. Ninguna otra parte de la administración pública federal está más cerca de incidir en el bienestar de los ciudadanos que las reglas operativas de las distintas ramas del gobierno. El cambio normativo, institucional y epistémico que busca el pronaind tiene por objetivo también el fortalecer el cambio cultural en favor de las nociones y conceptos relacionados con la igualdad, diversidad, inclusión y no discriminación; así como el papel que juega la participación ciudadana en la protección de nuestros derechos. conapred, conasami, conavi, condusef, financiera rural, fovissste, imer, imjuve, imss, inali, inapam, inca rural, inea, infonacot, infonavit, inifed, inmujeres, issfam, issste, notimex, opma, pemex, pgr, presidencia de la república, radio educación, sre, sagarpa, salud, sct, se, sectur, sedatu, sedena, sedesol, segob, semar, semarnat, sep, sfp, shcp, sndif, stps) El pronaind identifica ventanas de oportunidad para orientar la política pública federal, de manera tal que favorezca el establecimiento 9

Algunas líneas de acción del pronaind en favor de los derechos de las mujeres son: Establecer la prohibición expresa de la prueba del vih/sida y de no gravidez en los reglamentos interinos de las instituciones. Establecer criterios normativos que incrementen la contratación y permanencia de mujeres en puestos directivos y de toma de decisión. Impulsar la sensibilización y capacitación en materia de igualdad y no discriminación para personas en el servicio público. Implementar medidas especiales para que todas las niñas, niños y adolescentes accedan a la educación obligatoria sin discriminación. Promover programas de educación superior que incentiven la continuidad y conclusión de los estudios para madres adolescentes y jóvenes. Garantizar la cobertura universal en servicios de salud a mujeres indígenas y/o con discapacidad, respetando su condición y necesidades terapéuticas. Otorgar atención médica sin discriminación a personas privadas de libertad, respetando su orientación e identidad sexogenérica, garantizando su integridad. Asegurar la atención ginecológica integral sin discriminación en todos los centros de reclusión con población femenil. Avanzar en la incorporación de las trabajadoras del hogar remuneradas al régimen obligatorio de seguridad social. Ampliar y mejorar el modelo y la oferta de servicios de cuidados públicos para la infancia con perspectiva de género. Priorizar acciones que garanticen la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en la tenencia de la tierra y vivienda. 10

Incrementar la participación de las mujeres afrodescendientes e indígenas en los órganos de consulta e instancia de participación ciudadana. Fomentar iniciativas para prevenir la discriminación a madres adolescentes y garantizarles acceso a servicios públicos de cuidado. Generar proyectos que promuevan el respeto y protección de hijas e hijos de personas trabajadoras sexuales. Generar proyectos que promuevan el respeto y la dignidad de las personas trabajadoras sexuales nacionales o extranjeras. Trabajar a favor de la igualdad y la no discriminación requiere de todas las capacidades, de todos los recursos, y de la voluntad y compromiso de quienes tienen la responsabilidad de diseñar y operar las políticas y programas públicos. Lograr un México incluyente, comprendido como una sociedad de derechos, implica necesariamente mayor inclusión de las mujeres, para que puedan acceder a todos los derechos en igualdad de condiciones, garantizando con ello lo que está realmente en juego: la dignidad humana. Impulsar la creación de un registro nacional de delitos motivados por orientación sexual, identidad de género u origen étinico-nacional. 11