DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO A NTECEDENTES :

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3. Mediante oficio número /2005, de fecha 26 de mayo de 2006, expedido por la Dirección de Patrimonio Municipal, se señala lo siguiente:

DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIONES DEL AYUNTAMIENTO Exp. 648/05 Resuelve solicitud de la Presidenta del Instituto Gómez Morín, A.C.

PUNTO DE ACUERDO HONORABLE AYUNTAMIENTO:

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SUPLEMENTO. Tomo I. Ejemplar 12. Año de febrero de 2012

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R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. -

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GOBIERNO MUNICIPAL

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1.- DATOS GENERALES PROPIETARIO CONSORCIO INMOBILIARIO DE AGUASCALIENTES S. A. DE C. V.

GOBIERNO MUNICIPAL

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PROYECTO DE DICTAMEN 1.- DATOS GENERALES BARRIO DE SANTIAGO NORTE

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GOBIERNO MUNICIPAL

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GOBIERNO MUNICIPAL

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PROYECTO DE DICTAMEN 1.- DATOS GENERALES CONDOMINIO LA QUERENCIA (MODIFICACIÓN)

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GOBIERNO MUNICIPAL

R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. -

GOBIERNO MUNICIPAL

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1.- DATOS GENERALES REPRESENTANTE LEGAL ING. ALFONSO ARMERÍA BARREDA Y C.P. MARCO ANTONIO MEZA

R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. -

GOBIERNO MUNICIPAL

GOBIERNO MUNICIPAL

SUPLEMENTO. Tomo II. Ejemplar 6 Segunda Sección Año de marzo de 2011

PROYECTO DE DICTAMEN 1.- DATOS GENERALES ALCÁZAR CASTILLA (MODIFICACIÓN)

En consecuencia de lo anteriormente expuesto, nos permitimos formular las siguientes

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R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. -

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GOBIERNO MUNICIPAL

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Comisión de Obras y Servicios Públicos

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LICENCIADA BLANCA MARÍA DEL SOCORRO ALCALÁ RUIZ, Presidenta Municipal Constitucional de Puebla; y C O N S I D E R A N D O

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GOBIERNO MUNICIPAL

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GOBIERNO MUNICIPAL

H. X AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.S.

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COMISION DE PATRIMONIO ESTATAL Y MUNICIPAL HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA:

GOBIERNO MUNICIPAL

SECRETARÍA GENERAL MUNICIPAL 159-XXIV-2012

DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO

PRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO.

COMISION DE PATRIMONIO ESTATAL Y MUNICIPAL. HONORABLE ASAMBLEA:

SUPLEMENTO. Tomo VI. Ejemplar 12. Año de diciembre de 2013

Transcripción:

DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO HONORABLE AYUNTAMIENTO: Los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de EDUCACIÓN PÚBLICA, de HACIENDA y de PATRIMONIO MUNICIPAL, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en pleno, el presente dictamen, el cual tiene por objeto estudiar y, en su caso, autorizar la entrega en comodato al Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Educación, de una fracción de un predio propiedad municipal, ubicado en la Colonia Bosques del Centinela, con objeto de que se destine a la construcción de una primaria, para lo cual hacemos de su conocimiento los siguientes A NTECEDENTES : 1. Mediante documento de fecha 12 de febrero de 2004, los Colonos del Fraccionamiento Bosques del Centinela, solicitaron al Secretario del Ayuntamiento la entrega de un predio en dicha Colonia para la construcción de una primaria. Anexo a su solicitud se encontraba el oficio número D.P.P. 030/2004, de fecha 28 de enero de 2004, por el cual el Lic. Israel Jacobo Bojórquez, Director de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Jalisco, solicita al Director de Educación Municipal, Profr. Manuel Lares del Toro, la entrega en comodato de un predio para la construcción de una primaria en la Colonia antes mencionada. 2. En razón de lo anterior, en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 12 de febrero de 2004, se dio cuenta con la solicitud presentada por los Colonos del Fraccionamiento Bosques del Centinela, a efecto de que se estudie y, en su caso, se autorice, la entrega en comodato de un predio de propiedad municipal, para la construcción de una escuela primaria en esa Colonia. Dicha solicitud fue turnada a las comisiones abajo firmantes para su posterior estudio y dictaminación. 3. Mediante oficio número DEM1240/of.1/2004/0156, de fecha 16 de febrero de 2004, la Dirección de Educación Municipal, solicitó a la Secretaría del Ayuntamiento, la entrega en comodato del predio ubicado en las calles Camino de la Sierra y Av. Paseo de los Bosques, en el Fraccionamiento Bosques del Centinela, para la construcción de una escuela primaria.

5. La Dirección General de Obras Públicas, a través del oficio número 150512/2004/2-047- DICT, de fecha 3 de febrero de 2004, manifiesta que el predio solicitado para la construcción de la primaria, de acuerdo con el Esquema de Zonificación del proyecto del Plan Parcial de desarrollo ZPN-2/04 El Vergel Poniente, en el cual se localiza el terreno en referencia, contempla esa zona como Área de Reserva Urbana a Mediano Plazo para los siguientes usos: Habitacional Unifamiliar, Plurifamiliar Horizontal de Densidad Alta. La construcción del plantel es posible, de acuerdo a los artículos 51, 54, 118 y 119, del Reglamento Estatal de Zonificación, por lo que se emitió dictamen procedente al uso de Equipamiento Vecinal, sobre una superficie de 2,500 m 2 (dos mil quinientos metros cuadrados). Asimismo, en el oficio, la mencionada dependencia dispone una serie de especificaciones que deberá incluir la construcción de la escuela, por lo tanto, dicho oficio se anexa y forma parte integrante del presente dictamen. 6. Para un mejor conocimiento del asunto, el día 18 de junio de 2004, se llevó a cabo una gira de trabajo, a la cual asistieron Regidores, personal de la Secretaría del Ayuntamiento, de la Dirección General de Obras Públicas y de la Dirección de Patrimonio Municipal y en la que se visitó el predio propuesto para la construcción de la escuela primaria, observándose que al otro extremo del terreno se encuentra construido y operando un jardín de niños y que las vialidades son suficientes para dar acceso a los vehículos que, de construirse la primaria, circularían por la zona. Por lo tanto, la opinión de los Regidores asistentes fue que era viable la construcción del plantel en una fracción de 2,500 m 2 (dos mil quinientos metros cuadrados), en la parte Sureste del predio, en su colindancia con la Avenida Paseo de los Bosques. 7. De la misma manera, la Dirección General de Obras Públicas, a través del Departamento de Topografía, remitió a la Dirección de Integración y Dictaminación, mediante oficio número 150231/TOP/2-101/2004, de fecha 15 de julio de 2004, el levantamiento topográfico número 200/00 clave 180/00, de fecha 1º de julio de 2004, correspondiente a una fracción de 2,500.677 m 2 (dos mil quinientos punto seiscientos setenta y siete metros cuadrados), del predio ubicado en la calle Camino de la Sierra, en el Fraccionamiento Bosques del Centinela, el cual cuenta con las siguientes medidas y

Al Sur: En una distancia de 39.605 m. (treinta y nueve punto seiscientos cinco metros), quiebra al Norte con una distancia 5.275 m. (cinco punto doscientos setenta y cinco metros), y continúa al Sur en 16.295 m. (dieciséis punto doscientos noventa y cinco metros), con propiedad privada. Al Este: En una distancia de 42.062 m. (cuarenta y dos punto cero sesenta y dos metros) con la Av. Paseo de los Bosques; y Al Oeste: En una distancia de 36.154 m. (treinta y seis punto ciento cincuenta y cuatro metros), con el resto de la propiedad municipal. En razón de lo anteriormente descrito, exponemos a ustedes las siguientes C ONSIDERACIONES : 1. Que a juicio de los integrantes de las Comisiones que emiten el presente dictamen, se encuentran reunidos los requisitos necesarios para acreditar la procedencia de la solicitud debido a la necesidad manifestada por los colonos del Fraccionamiento Bosques del Centinela y al gran beneficio que traerá consigo el establecimiento de una escuela primaria en esa Colonia. Por eso, se hace obligada la suscripción de un contrato de comodato que permita la construcción, por parte de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Jalisco, de una escuela digna y adecuada a las necesidades de la comunidad. 2. Que el artículo 37, fracción IX, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, señala que son obligaciones de los Ayuntamientos apoyar la educación y la asistencia social en la forma que las leyes de la materia dispongan. Asimismo, la fracción II, del artículo 38 de la misma Ley, faculta a los Ayuntamientos para concertar convenios con instituciones públicas o privadas tendientes a la realización de obras de interés común para los habitantes del Municipio siempre que no corresponda su realización al Estado. En consecuencia de todo lo anteriormente expuesto y fundado, y de conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 73 de la propia del Estado; los artículos 1º, 2º, 36, fracciones I y V, 37 fracción IX, 38 fracción II, 87 y demás relativos de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal

A CUERDO : PRIMERO.- Se autoriza la desincorporación del servicio público de una fracción de 2,500.677 m 2 (dos mil quinientos punto seiscientos setenta y siete metros cuadrados), del predio ubicado en la confluencia de las calles Avenida Paseo de los Bosques y Camino de la Sierra, en el Fraccionamiento Bosques del Centinela, a efecto de catalogarlo como área del dominio privado del Municipio y celebrar respecto de dicho espacio un contrato de comodato a favor de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Jalisco, con el fin de que se construya una escuela primaria. Las medidas y linderos del predio en cuestión son las siguientes: Al Norte: En una distancia de 52.694 m. (cincuenta y dos punto seiscientos noventa y cuatro metros), con el resto de la propiedad municipal; Al Sur: En una distancia de 39.605 m. (treinta y nueve punto seiscientos cinco metros), quiebra al Norte con una distancia 5.275 m. (cinco punto doscientos setenta y cinco metros), y continúa al Sur en 16.295 m. (dieciséis punto doscientos noventa y cinco metros), con propiedad privada. Al Este: En una distancia de 42.062 m. (cuarenta y dos punto cero sesenta y dos metros) con la Av. Paseo de los Bosques; y Al Oeste: En una distancia de 36.154 m. (treinta y seis punto ciento cincuenta y cuatro metros), con el resto de la propiedad municipal. Este Acuerdo para ser válido deberá ser aprobado por mayoría calificada del Ayuntamiento en Pleno, en virtud de lo establecido por la fracción I del artículo 36 del la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco. SEGUNDO.- El contrato de comodato que se celebre derivado del presente Acuerdo, deberá cumplir con las siguientes condiciones: a) El Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Educación, debe de renunciar expresamente a cualquier tipo de indemnización, respecto de la edificación, ampliación

b) El inmueble entregado en comodato, deberá ser destinado en su integridad a los servicios educativos de una escuela primaria, cuyo servicio se encuentra a cargo del Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Educación. c) El comodato se concede por un término de 33 treinta y tres años, contados a partir de la aprobación del presente acuerdo por el Ayuntamiento, y deberá establecerse un plazo de dieciocho meses para la construcción de las instalaciones definitivas del plantel, bajo pena de ser rescindido el contrato si no se cumple. d) Los gastos, impuestos y derechos que se deriven de la celebración del contrato, así como las obligaciones laborales, correrán por cuenta del comodatario, quedando exento el Municipio de cualquier obligación por estos conceptos, incluyendo los que genere el suministro a las instalaciones educativas de servicios tales como el de energía eléctrica, agua, servicio telefónico, así como aquellos que requiera contratar el Gobierno del Estado de Jalisco. e) El comodatario no puede conceder a un tercero el uso del inmueble materia de este contrato sin el consentimiento previo, expreso y por escrito, de este Municipio a través del Ayuntamiento. f) El comodatario queda obligado a poner toda diligencia en la conservación de dicho inmueble y responder de todo deterioro del mismo, debiendo reparar los daños. Asimismo, deberá pagar el importe de los gastos ordinarios que se necesiten para el uso y la conservación del bien prestado sin tener, en ninguno de los anteriores casos, el derecho de repetir en contra del Municipio. g) El comodatario deberá colocar al frente del predio materia del contrato y en un lugar visible, una placa suficientemente legible a primera vista, que contenga la leyenda: Este predio es municipal, y fue entregado en comodato a la Secretaría de Educación para fines educativos ; dicha placa le será proporcionada por la Dirección de Patrimonio Municipal. h) El Municipio podrá dar por concluido el contrato de comodato y en consecuencia, exigir la devolución total o parcial del inmueble objeto del mismo, antes de que termine el plazo

TERCERO.- Con testimonio del presente Acuerdo del Ayuntamiento en Pleno, notifíquese esta resolución al Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Educación del Estado, para su conocimiento y efectos legales conducentes, comunicándole que para el efecto de llevar a cabo la construcción de la escuela primaria, por sí o a través del Comité Administrador del Programa Estatal de Construcción de Escuelas, deberá realizar los trámites correspondientes ante la Dirección General de Obras Públicas, atender lo dispuesto por el Reglamento de Zonificación, así como las observaciones realizadas por dicha dependencia municipal en el oficio señalado en el inciso a) del Segundo Punto de Acuerdo del presente Acuerdo. CUARTO.- Igualmente, comuníquese esta resolución a la Sindicatura y a la Dirección Jurídica Consultiva de este Municipio, para que proceda a la elaboración del contrato de comodato conforme a lo señalado en esta resolución y en los términos que lo exija la protección de los intereses municipales; notifíquese también a la Dirección General de Obras Públicas, a la Dirección de Patrimonio Municipal y a la Dirección de Educación Municipal, para su conocimiento. QUINTO.- Se autoriza a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL, al SÍNDICO MUNICIPAL y al SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, para que celebren los actos jurídicos necesarios y convenientes para cumplimentar el presente Acuerdo. A TENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN ZAPOPAN TIERRA DE AMISTAD, TRABAJO Y RESPETO ZAPOPAN, JALISCO, A 29 DE JULIO DE 2004 SALÓN DE SESIONES DE CABILDO LAS COMISIONES COLEGIADAS Y PERMANENTES DE EDUCACIÓN PÚBLICA DIGNA GUZMÁN GONZÁLEZ MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ ROCÍO DEL CARMEN MORGAN FRANCO

HACIENDA ISMAEL OROZCO LORETO MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ ELVIA DORA GARCÍA CARREÓN ALEJANDRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ JOSÉ ENRIQUE LÓPEZ CÓRDOVA JOSÉ MARÍA MURIÁ ROURET JOSÉ MANUEL OCEGUEDA BONILLA JOSÉ GUADALUPE TARCISIO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY PATRIMONIO MUNICIPAL ROBERTO SÁNCHEZ AYALA MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ DIGNA GUZMÁN GONZÁLEZ DIEGO MONRAZ VILLASEÑOR JOSÉ MANUEL OCEGUEDA BONILLA MARÍA DE LA SALUD RAMÍREZ FRUCHIER ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY