TIPO DE SERVICIO O COMPRA: Cesión del Derecho a Comercializar Licores extranjeros durante los eventos del Carnaval 2014 Invitación No. 2014-020 1. GENERALIDADES 1.1. OBJETO Dar a conocer las condiciones para acceder a los derechos de comercialización de licor extranjero, en los palcos administrados por Carnaval de Barranquilla SA y en los eventos relacionados a continuación: Eventos Cerrados: Lectura del Bando en la Zona VIP a ubicar en la Plaza de la Paz Coronación de la Reina del Carnaval Carnaval su música y sus raíces Desfiles: zona de Palcos en la Via 40 Batalla de Flores Desfile Rey Momo Gran Parada de Tradición Gran Parada de Fantasía 1.2. LEGISLACIÓN APLICABLE Carnaval de Barranquilla SA se rige por el derecho privado, por tanto esta invitación a participar no tiene el carácter de licitación ni aplican condiciones de contratación pública. 1.3. PARTICIPANTES
En este procedimiento podrán participar personas naturales o jurídicas consideradas legalmente capaces. En este sentido: Las personas naturales deben demostrar experiencia relacionada con el objeto de la presente contratación. El Representante Legal de la Persona Jurídica, debe estar facultado cualitativa y cuantitativamente para presentar la propuesta y firmar el contrato, bien por los respectivos estatutos o por manifestación expresa y escrita del órgano societario competente, antes de la presentación de la oferta. 2. ALCANCE DE LA CESIÓN. Las siguientes condiciones definen el alcance de la cesión de derecho a comercializar licor extranjero para el Carnaval 2014: a) La cesión autoriza al cesionario para comercializar licor extranjero en los palcos ubicados en la Vía 40 y en los escenarios donde se realicen los eventos relacionados en el objeto de este documento. b) La cesión es personal e intransferible; por tanto, el cesionario no podría ceder total o parcialmente el mismo derecho, c) Cada una de las categorías tendrá un precio. d) El proponente podrá participar en las categorías que elija previo pago de los derechos y de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos por Carnaval de Barranquilla SA e) las empresas que adquieran los derechos a comercialización de gaseosas, agua, bebidas hidratantes y energizantes y jugos tendrán derecho a pasar los logotipos de su marca en las pantallas laterales en los eventos donde estas estén instaladas. f) En el evento de Coronación de los niños no se permite publicidad y tampoco comercialización de bebidas alcohólicas y energizantes; solamente publicidad y comercialización de agua, gaseosas y jugos. g) No garantizamos que otras marcas comercialicen en eventos abiertos y desfiles ya que no tenemos el control de esta situación. VALOR DE LA CESIÓN. Se relaciona a continuación: Producto Licores Extranjeros Sin Exclusividad Representación del $70 000.000 Participación con venta de en 8 palcos dobles, 2 Con Exclusividad Representación del Producto $120 000.000 Participación con venta de en 16 palcos dobles, 2
palco sencillos, 1 palco triple y eventos cerrados de la temporada Precarnaval. Entrega de termos equivalentes al vendido. Entrega de 150 camisetas con lista de precios oficiales. Entrega de 180 botellas de 750 cc de whisky a Carnaval de Barranquilla SA DERECHOS Y OBLIGACIONES A CARGO DEL CESIONARIO. palcos sencillos, 1 palco triple y eventos cerrados de la temporada de Precarnaval. Entrega de termos equivalentes al vendido. Entrega de 300 camisetas con lista de precios oficiales. Entrega de 340 botellas de 750 cc de whisky o su equivalente en la presentación de 500 cc a Carnaval de Barranquilla SA a) Tener el disponible en los sitios de acuerdo con el contrato suscrito con Carnaval de Barranquilla SA b) Designar a una persona o supervisor en espacio convenido, debidamente identificado con escarapela y camiseta con logo del patrocinador. c) Derecho a instalar por su cuenta y riesgo tres (3) puntos de acopio en sitio aledaño a la vía 40 durante los días 1, 2 y 3 de marzo de 2014. Reglamentación: 1. Por normatividad de las autoridades competentes, no se permitirá envases de vidrio para los eventos. La marca debe llevar s en empaque plástico o lata. En caso que el no tenga la presentación solicitada, debe comprometerse a entregar ENVASES PLASTICOS. De lo contrario las autoridades competentes suspenderán la venta del de los eventos.
2. En caso de exclusividad de marca, cada palco y evento tendrá un supervisor general para revisar que se cumpla con esta. Esta persona debe acogerse a las normas de comportamiento permitidas para este tipo de proveedores y acatar cualquier indicación del Administrador del Palco o del Coordinador del Evento. La marca debe uniformar, carnetizar y enviar listado de personal a Carnaval de Barranquilla SA, antes del 17 de febrero de 2014. 3. Carnaval de Barranquilla SA prohíbe la venta de espuma, harina, confeti, serpentinas, y en general cualquier elemento o que atente contra la organización y seguridad de los palcos y los eventos; en este sentido para EL CONCESIONARIO queda prohibida la venta de estos s o el estímulo al uso de cualquiera de ellos. 4. La venta de alimentos y bebidas en los palcos y eventos del Carnaval corresponde a una lista de precios oficial establecida previamente y avalada por la oficina de precios, pesos y medidas, de la secretaría de Gobierno. Una vez se entreguen estas resoluciones se les informara y se publicaran los precios en un sitio visible del palco. En caso de ofrecer paquetes o combos, estos deben ser aprobados por Carnaval de Barranquilla SA, para evitar especulaciones. 5. El entregado como parte de pago de la cesión se entregara con suficiente anticipación antes de cada evento en los sitios determinados por Carnaval de Barranquilla SA. 6. Manejo de Vendedores: Los puntos de venta de alimentos y bebidas serán determinados por Carnaval de Barranquilla SA al igual que el número de vendedores. Cada empresa debe entenderse con el operador de ventas que indique Carnaval de Barranquilla SA para que comercialice sus s. Este operador tiene un número fijo de vendedores para todos los s y los precios de venta deben ser concertados con Carnaval de Barranquilla SA para evitar especulación. 3. PROCEDIMIENTO El interesado debe aportar la siguiente información para participar en el proceso de adjudicación: 1. Carta de intención indicando nombre, identificación y aceptación de los términos de referencia 2. Certificado de representación legal 3. Copias de cédula o NIT y RUT 4. Dos referencias comerciales 4. TERMINO DE LA NEGOCIACIÓN
Carnaval de Barranquilla SA recibirá propuestas hasta el 15 de octubre de 2013 antes de las 16:00 horas. 5. FORMA DE PAGO Una vez aceptada la propuesta, Carnaval de Barranquilla SA generara una factura el día 6 de enero de 2014, la cual tendrá fecha limite de pago el 20 de enero de 2014 El pago se puede realizar en efectivo o cheque en la cuenta que se relacione en la Factura y se debe enviar soporte de esta consignación al correo contador@carnavaldebarranquilla.org con copia a comercial@carnavaldebarranquilla.org. Una vez verificada la información, el Dpto de Contabilidad emitirá el respectivo recibo de caja.