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Actualizado: 14/enero/2013 Vigencia: 2013

Objetivo General Otorgar el reconocimiento oficial a los estudios realizados por los educandos, conforme a los Planes y Programas de Estudio vigentes de la Educación Básica en el INEA.

Políticas Generales: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios En caso de que el educando desee continuar con nivel secundaria en la misma Coordinación de Zona, ésta deberá fotocopiar y archivar los documentos contenidos en el expediente del educando que concluyó nivel primaria, para integrar su expediente de secundaria. Para que el ICHEA realice los trámites de certificación, la Coordinación de Zona deberá enviar el expediente completo del Educando que concluyó nivel, con las fotocopias cotejadas, el cual deberá contener: Informe de Calificaciones, Acta de Nacimiento o Documento Alterno y una fotografía tamaño infantil, de frente con el rostro descubierto, en blanco y negro o color y fondo claro, así como el certificado de primaria en caso de que se vaya a emitir certificado de secundaria.

Políticas Generales: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios El Certificado de Terminación de Estudios, se expedirá en original una sola vez, a los educandos que hayan acreditado y concluido los estudios correspondientes a su nivel educativo (1). El ICHEA deberá apegarse a los instructivos de llenado para la emisión de certificados de terminación de estudios de primaria o secundaria según corresponda. El ICHEA sólo podrá expedir certificados de terminación de estudios de acuerdo con las fechas establecidas en el calendario determinado por la SEP. La vigencia de los formatos de certificados de terminación de estudios es de un año, de acuerdo con lo que establece la SEP.

Políticas Generales: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios El ICHEA debe imprimir con tinta negra los formatos de certificados de terminación de estudios; el promedio de aprovechamiento (formato de primaria) y el promedio general de aprovechamiento (formato de secundaria) se deben registrar con un número entero y una cifra decimal, sin redondear, tomando como base para su cálculo únicamente las calificaciones generadas en su estancia en el Instituto, en los diferentes módulos. Además de pegar la fotografía del educando, cancelarla con el sello oficial Sistema Educativo Nacional, así como recabar el nombre firma autógrafa del Director General. La firma del Director General debe ser autógrafa, con tinta negra, y al escribir el nombre se debe omitir su profesión. En caso de error en el llenado del Certificado de Terminación deestudios, el ICHEA deberá cancelarlo y resguardarlo con el fin de comprobar su destino final. En ningún caso se deben destruir los formatos de certificado, debiendo elaborar un nuevo Certificado de Terminación de Estudios.

Políticas Generales: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios Los formatos oficiales de certificados de terminación de estudios no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros diez días del mes de octubre de cada año. El ICHEA deberá llevar un control de los folios de certificados de terminación de estudios de educación primaria y secundaria. El nombre del educando que se anote en el Certificado de Terminación de Estudios, debe corresponder textualmente con el registrado en el Acta de Nacimiento, Documento Legal Equivalente o Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP)

Políticas para el MEV: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios Para obtener el Certificado de Pimaria del Modelo Educación para la Vida y el Trabajo, la persona joven o adulta deberá acreditar 10 módulos básicos y 2 módulos diversificados. Para obtener el Certificado de Secundaria del Modelo Educación para la Vida y el Trabajo la persona joven o adulta deberá acreditar 8 módulos básicos y 4 módulos diversificados. Los motivos autorizados para emisión manual son: El educando no aparece en SASA Existe un error de captura en los datos del educando El educando no aparece como UCN (aún cuando tiene todos los módulos acreditados) Se asignó a un educando un folio por error En caso de asignar a un educando un folio por error, deberá solicitar por oficio a la Dirección de Acreditación y Sistemas la corrección en el Sistema.

Políticas: III.2 Emisión de Certificación de Estudios El ICHEA deberá expedir en forma correcta y oportuna las certificaciones de estudios de primaria o secundaria a los educandos que la soliciten. El ICHEA deberá apegarse a los instructivos de llenado para la emisión de las certificaciones de estudios de primaria o secundaria según corresponda. El ICHEA debe imprimir con tinta negra los formatos de certificados de terminación de estudios; el promedio de aprovechamiento (formato de primaria) yel promedio general de aprovechamiento (formato de secundaria) se deben registrar con un número entero y una cifra decimal, sin redondear, tomando como base para su cálculo únicamente las calificaciones generadas en su estancia en el Instituto, en los diferentes módulos. Además de pegar la fotografía del educando, cancelarla con el sello oficial Sistema Educativo Nacional, así como recabar el nombre firma autógrafa del Director General.

Políticas: III.2 Emisión de Certificación de Estudios La firma del Director General debe ser autógrafa con tinta negra, al escribir el nombre se debe omitir su profesión. En caso de error en el llenado de la Certificación de Estudios, el ICHEA deberá cancelarlo y resguardarlo con el fin de comprobar su destino final. En ningún caso se deben destruir los formatos de certificación, debiendo elaborar una nueva Certificación de Estudios. Los formatos oficiales de certificaciones de estudios no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros diez días del mes de octubre de cada año.

Políticas: III.2 Emisión de Certificación de Estudios El ICHEA deberá llevar un control de los folios de certificaciones de terminación de estudios de educación primaria y secundaria. Los formatos de certificaciones de estudios, tienen vigencia de un año, de acuerdo con lo que establece la SEP. Los formatos oficiales de certificación de estudios no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros diez días del mes de octubre de cada año. Se expedirá una Certificación de Estudios: a) Con carácter de nivel: Para aquellos educandos que tienen más de seis meses de haber concluido nivel y no se ha emitido su Certificado con oportunidad. b) Con carácter de duplicado: Para aquellos educandos que lo soliciten por robo o extravío y que con anterioridad se les haya emitido su Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios.

Políticas: III.2 Emisión de Certificación de Estudios El educando que solicite una Certificación de Estudios, deberá presentar: a) Con carácter de nivel: *Acta de Nacimiento o Documento Alterno *Certificado de Terminación de Estudios (para el caso de secundaria) *Identificación Oficial con fotografía *Fotografía tamaño infantil b) Con carácter de duplicado: *Acta de Nacimiento o Documento Alterno *Identificación Oficial con fotografía *Fotografía tamaño infantil El nombre del educando que se anote en la Certificación de Estudios debe corresponder textualmente con el registrado en el Acta de Nacimiento, Documento Legal Equivalente o Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

Políticas: III.3 Entrega de Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios Se procederá a la cancelación de los certificados de terminación de estudios de primaria o secundaria que no sean recogidos por los educandos, después de un periodo de seis meses y las certificaciones de estudios de primaria o secundaria después de tres meses, ambos a partir de la fecha de expedición. Las campañas o eventos de entrega de certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios de primaria o secundaria deberán ajustarse a la fecha límite de entrega. El ICHEA será responsable de la entrega correcta y oportuna de los certificados de terminación de estudios o certificaciones de estudios a los educandos. Asimismo, deberá recabar la firma y asentar la fecha de recepción en la copia fotostática de dicho documento. En caso de que sea entregado a algún familiar, el ICHEA deberá solicitarle una identificación, registrando los datos en la fotocopia del certificado o certificación y recabando la firma de recibido.

Políticas: III.4 Corrección de Datos de un Certificado de terminación de Estudios o Certificación de Estudios Para poder efectuar la corrección en el Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios, el Educando deberá presentar la copia certificada de su Acta de Nacimiento. El Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios erróneo deberá ser entregado por el educando para su cancelación y resguardo en la Delegación o IEEA para efectos de análisis y evaluación, entregándole al educando una Certificación de Estudios con carácter de duplicado. (la no entrega del documento, de ninguna manera será motivo para no emitir la nueva Certificación de Estudios).

Políticas: III.4 Corrección de Datos de un Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios Una vez efectuada la corrección, la Delegación o IEEA debe resguardar en el expediente (SAC-05) del educando, la copia del Acta de Nacimiento debidamente cotejada. Nota: El error detectado en un Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios puede derivarse de alguno de los siguientes casos: a) Se asentaron mal sus datos en el certificado o certificación; b) El educando presentó su Acta de Nacimiento o Documento Alterno y se le emitió el certificado con los datos de éste; presentando posteriormente Acta de Nacimiento con datos corregidos

Políticas: III.5 Concentración de Certificados y Certificaciones Cancelados y no Utilizados en Oficinas Centrales El ICHEA deberá registrar las fechas de entrega y/o cancelación de los certificados en el Libro Electrónico de Control para comprobar el uso o destino final de cada uno de los formatos enviados por el INEA. Los formatos de certificados y certificaciones que hayan sido robados, extraviados, destruidos, o que no se pueda demostrar su uso o destino final; se deben comprobar con Acta Administrativa. Todos los formatos de certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios de primaria y secundaria cancelados deberán estar registrados en el SASA. Los formatos oficiales de certificados no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros 10 días del mes de octubre de cada año.