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Transcripción:

Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía, Empleo y Hacienda 2 ORDEN de 23 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se modifican diversas bases reguladoras de subvenciones de fomento de la inserción laboral y la recualificación profesional de desempleados, de la integración laboral de personas con discapacidad y de la renovación de maquinaria, así como de premios sobre derechos de consumidores, para su adaptación a la nueva regulación introducida por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y Otras Medidas de Reforma Administrativa. El artículo 30 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y Otras Medidas de Reforma Administrativa, modificó diferentes preceptos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estableció que, a partir del 1 de enero de 2016, la Base de Datos Nacional de Subvenciones operará como Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, dando cumplimiento así a los requerimientos derivados de la normativa de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y a los derivados de la aplicación de la normativa europea. A tales efectos, las Administraciones concedentes deberán remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión aprobadas, en los términos previstos por el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. El registro de las convocatorias de subvenciones en la Base de Datos Nacional de Subvenciones deberá ser anterior a su publicación en forma de extracto en el diario oficial correspondiente, siendo anulables las convocatorias que no se ajusten a este procedimiento. Entre los preceptos modificados por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, está el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de carácter básico, que ahora exige incluir en las bases reguladoras la referencia al diario oficial en el que se publicará el extracto de la convocatoria, que deberá realizarse por conducto de la Base de Datos Nacional de Por su parte, la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, precisa en el apartado 2.4 que es la publicación del extracto en el diario oficial la que dota de eficacia a la convocatoria. Por ello, resulta necesario adaptar a estas modificaciones diversas bases reguladoras vigentes, en concreto relativas a subvenciones para la integración laboral y la recualificación profesional de desempleados, de integración laboral de personas con discapacidad y para la renovación de maquinaria, así como de premios sobre derechos de los consumidores, y clarificar el cómputo de plazos de presentación de solicitudes, referidos siempre a la publicación, para garantizar la seguridad jurídica. Al amparo de lo dispuesto con el artículo 3 del Decreto 25/2015, de 26 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda corresponden a esta las competencias en materia de empleo y de consumo. En su virtud, de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

Pág. 12 MARTES 31 DE MAYO DE 2016 B.O.C.M. Núm. 128 DISPONE Artículo 1 Modificación de la Orden 7210/2013, de 3 de octubre, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se regulan las subvenciones del Programa de Inserción Laboral para personas desempleadas de larga duración que hayan agotado las prestaciones por desempleo Se añade un nuevo artículo 5 bis al capítulo I de la Orden 7210/2013, de 3 de octubre, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se regulan las subvenciones del Programa de Inserción Laboral para personas desempleadas de larga duración que hayan agotado las prestaciones por desempleo, con el siguiente tenor literal: LA Artículo 2 Modificación de la Orden 2445/2013, de 16 de mayo, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se regulan las subvenciones para la colaboración con los Ayuntamientos en la realización del Programa de Recualificación Profesional de Desempleados Participantes en Trabajos Temporales de Colaboración Social y se convocan subvenciones para el año 2013 Se añade un nuevo artículo 5 bis al capítulo I de la Orden 2445/2013, de 16 de mayo, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se regulan las subvenciones para la colaboración con los Ayuntamientos en la realización del Programa de Recualificación Profesional de Desempleados Participantes en Trabajos Temporales de Colaboración Social y se convocan subvenciones para el año 2013, con el siguiente tenor literal: LA

Pág. 13 Artículo 3 Modificación de la Orden 4598/2010, de 23 de diciembre, de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y se realiza la convocatoria para el año 2011 Se añade un nuevo artículo 8 bis al capítulo I de la Orden 4598/2010, de 23 de diciembre, de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y se realiza la convocatoria para el año 2011, con el siguiente tenor literal: Artículo 8 bis LA Artículo 4 Modificación de la Orden 16714/2014, de 11 de septiembre, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se regula el procedimiento de concesión de las subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y se establece la convocatoria para el año 2014 Se añade un nuevo artículo 6 bis al capítulo I de la Orden 16714/2014, de 11 de septiembre, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se regula el procedimiento de concesión de las subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y se establece la convocatoria para el año 2014: Artículo 6 bis. que publicará el texto íntegro de aquella en el Sistema Nacional de Publicidad de convocante estime convenientes para facilitar el conocimiento de aquella. En este caso, incluirá las previsiones necesarias para que los interesados conozcan de forma inequívoca

Pág. 14 MARTES 31 DE MAYO DE 2016 B.O.C.M. Núm. 128 Artículo 5 Modificación de la Orden 14167/2014, de 19 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la selección de una entidad colaboradora y la concesión de ayudas para la adquisición de maquinaria nueva que cumpla con la normativa vigente y el achatarramiento de la maquinaria sustituida durante la vigencia del IV Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid Se añade un nuevo artículo 7 bis al capítulo I de la Orden 14167/2014, de 19 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la selección de una entidad colaboradora y la concesión de ayudas para la adquisición de maquinaria nueva que cumpla con la normativa vigente y el achatarramiento de la maquinaria sustituida durante la vigencia del IV Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, con el siguiente tenor literal: Artículo 7 bis que publicará el texto íntegro de aquella en el Sistema Nacional de Publicidad de convocante estime convenientes para facilitar el conocimiento de aquella. En este caso, incluirá las previsiones necesarias para que los interesados conozcan de forma inequívoca Artículo 6 Modificación de la Orden de 14 de agosto de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los premios de videos sobre derechos de los consumidores Se añade un nuevo artículo 5 bis al capítulo I de la Orden de 14 de agosto de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los premios sobre derechos de los consumidores, con el siguiente tenor literal: 1. La convocatoria se publicara en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE que publicara el texto íntegro de aquella en el Sistema Nacional de Publicidad de convocante estime convenientes para facilitar el contenido de aquella. En este caso, incluirá las previsiones necesarias para que los interesados conozcan de forma inequívoca DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA Convocatorias aprobadas con anterioridad al 1 de enero de 2016 Las subvenciones cuyas convocatorias hubieran sido aprobadas con anterioridad al 1 de enero de 2016 se regirán por la normativa anterior, en los términos en que resultaran aplicables en el momento de dicha aprobación, y sin perjuicio de las obligaciones de registro y

Pág. 15 publicidad de las concesiones, pagos, devoluciones, reintegros, sanciones e inhabilitaciones en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, cuando sea procedente. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA Derogación normativa Quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan o contradigan a lo dispuesto en esta Orden. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Entrada en vigor Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFI- CIAL DE LA Madrid, a 23 de mayo de 2016. La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA (03/19.328/16) http://www.bocm.es D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791