LA REVOLUCIÓN Y LA CONSTITUCIÓN DE 1917 1
La Revolución y la Constitución de 1917 Con la derrota militar del ejército federal, Porfirio Díaz se vio obligado a abandonar el territorio nacional, con lo que se puso fin a cerca de 34 años de un gobierno que modernizó al país a costa del empobrecimiento económico y social de la mayoría del pueblo mexicano. La victoria del movimiento encabezado por Francisco I. Madero abrió una nueva etapa de la historia mexicana, también llena de incertidumbre como la propia revolución. El mismo Madero, una vez electo presidente de la República, no fue capaz de dar satisfacción a todas las necesidades de la sociedad mexicana, particularmente a la urgencia de mejorar las condiciones de vida de la población rural, sin duda el sector social más afectado por el régimen porfirista. 2
Francisco I. Madero se encontró en medio de diferentes anhelos e intereses no satisfechos. Por un lado, se encontraban las demandas de sus propios simpatizantes; por otro, las de los otros grupos revolucionarios, así como las de aquellos sectores privilegiados durante el régimen porfirista. Todos estos grupos hicieron una fuerte presión sobre el gobierno de Madero, hasta colocarlo finalmente en manos de sus enemigos, lo que le costó la vida a manos del general Victoriano Huerta. La derrota del régimen del general Porfirio Díaz se logró con un costo relativamente bajo en vidas, medios materiales y tiempo. Por el contrario, el asesinato del presidente Madero conformó una fuerte alianza de los grupos revolucionarios en contra del gobierno de facto de Huerta, hasta derrotarlo. Esta alianza estuvo encabezada por el entonces gobernador de Coahuila, Venustiano Carranza, Posteriormente se dio paso a una confusa etapa en la que los mismos grupos revolucionarios se enfrentaron unos con otros, hasta prácticamente eliminarse entre ellos. De esta lucha de facciones, los vencedores fueron aquellos que lograron sobrevivir a la matanza. Pero más allá de la violencia armada de un grupo revolucionario contra otro, la lucha se llevó también al terreno político, a fin de que los argumentos no fueran únicamente los de las armas, sino aquellos que contribuyeran al desarrollo del pueblo mexicano, mediante la creación de instituciones y de nuevas formas jurídicas de convivencia social. 3
Para lograr lo anterior, fue necesario convocar a las fuerzas revolucionarias a conformar un Congreso Constituyente que redactara una nueva Carta Magna y cuyas labores se llevaron a cabo entre los años de 1916 y 1917. De tiempo atrás, en 1914, el entonces presidente Venustiano Carranza había impulsado una intensa labor legislativa, en la que se abordaron varios temas, como una Ley Agraria, la restauración de la libertad municipal o el establecimiento de una jornada máxima laboral. Esa labor legislativa no bastó, porque era indispensable que las fuerzas revolucionarias aceptaran participar en la elaboración de una nueva Constitución Política; lo cual a su vez exigió alcanzar primero la supremacía en el ámbito militar y convalidarla en los terrenos político y legislativo. En el mismo año de 1914, durante la Convención de Aguascalientes, Venustiano Carranza ofreció renunciar a la presidencia, a fin de avanzar en la organización de un nuevo gobierno que realizara en definitiva las reformas económicas y políticas que demandaba la sociedad. Pero Carranza puso como condición que tanto Francisco Villa como Emiliano Zapata renunciaran también a sus mandos militares y a ocupar cualquier puesto público, por lo cual no fue posible ningún acuerdo. 4
Por lo anterior, los delegados de la Convención, en su mayoría contrarios a Carranza, nombraron como presidente provisional a Eulalio Gutiérrez, con lo que se abrió otra etapa de sangrientos enfrentamientos. Finalmente triunfó la facción carrancista y se convocó a la conformación del Congreso Constituyente, que inicio sus trabajos el 1 de diciembre de 1916, en la ciudad de Querétaro. Como resultado de los trabajos, cuya base fue una guerra civil, y muchas veces también producto de encendidos debates, se dio a la nación mexicana una serie de leyes, sobre las cuales se ha fundamentado el desarrollo del país. Los congresistas promulgaron, entre otros, los artículos: tercero, sobre la educación; 27, que intentó zanjar las necesidades del agrarismo; 123, que abordó la problemática laboral, y el 130, que establece la separación entre la Iglesia y el Estado. La nueva Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue promulgada el 5 de febrero de 1917 y desde entonces rige la vida institucional de todos los mexicanos. Autor: Leticia Barragán López Este contenido es propiedad del Sistema Nacional e-méxico 5
Más sobre la constitución de 1917 Carranza comprendió en 1917, que era preciso organizar en un cuerpo de normas jurídicas los idearios de la Revolución. Ya antes, siguiendo el ejemplo de Juárez, había dado en Veracruz leyes reformistas, entre las cuales destacaron: La del Municipio Libre el 25 de diciembre de 1914, la ley del 6 de enero de 1915 en la cual cristalizaron las tendencias zapatistas de la reforma agraria, la ley obrera del 29 de enero de 1916, un nuevo código civil el 29 de enero, y las Prescripciones relativas a Tiendas de Raya el 22 de junio. El 5 de febrero de 1917 quedó aprobada en definitiva una nueva constitución política de la República. En conjunto, la doctrina de esta nueva constitución tuvo ya una orientación socialista. En ella se trató de mejorar considerablemente las condiciones de la clase trabajadora (Art. 123) El régimen económico del liberalismo sostenía la libre concurrencia comercial e industrial. En la Constitución de 17 se admite la intervención del Estado en la producción económica como factor de vigilancia y equilibrio (art.28) esto se llama, como es sabido, economía dirigida. La nueva constitución reconoce la propiedad privada, pero con limitaciones determinadas por el interés público; fomenta la pequeña propiedad, las pequeñas industrias, la propiedad de comunidades agrarias indígenas y las formas cooperativas de producción y consumo, así como el aprovechamiento del crédito y de la técnica para el trabajo de la tierra (art. 27) 6
En el artículo 139 se acentúa la separación de la Iglesia y el estado ; se da mayor intervención a éste en la beneficencia, la instrucción y la salubridad del pueblo. Todo ello dentro de una tendencia nacionalista. Puesta en vigor la constitución, se postuló Carranza para la presidencia de la república, y fe electo el 26 de abril de 1917. Nuevamente Villa y Zapata mostraron su público descontento. Con todo, pudo mantenerse en el poder hasta mayo de 1920. durante su gestión tuvo lugar el Primer congreso Obrero Nacional, en marzo de 1918, reunidos en la ciudad de Saltillo, y del que surgió la confederación Nacional Obrera Mexicana. Al acercarse el término del período presidencial, trató de imponer como sucesor al ingeniero don Ignacio Bonillas, en contra de Álvaro Obregón, quien había sido su leal defensor en los más difíciles trances de su vida política. Obregón, además, era el candidato popular. Como el viejo carranza intentara inutilizar legalmente a Obregón en la campaña presidencial, se levantó este en armas proclamando el Plan de Agua prieta el 23 de abril de 1920. En poco tiempo triunfó el nuevo movimiento. Venustiano Carranza perdió la vida en Tlascalantongo el 21 de mayo. El congreso nombró entonces Presidente interino a don Adolfo de la Huerta, quien desempeñó tan importante cargo hasta el 30 de noviembre del mismo año. El primero de diciembre de 1920 tomó posesión el general Álvaro Obregón como Presidente Constitucional de la República. Historia Comparada de la Educación en México de francisco Larrollo. Edit. Porrúa. P.327, 328 La Política educativa Revolucionaria La constitución de 1917.- derrotado el gobierno del presidente Díaz, ocupo la Cartera de Instrucción Pública y Bellas Artes el Dr. Francisco Vázquez Gómez hasta octubre de 1911. tras él, ya en el gabinete presidencial de Francisco I. Madero, fueron Secretarios del propio ramo el licenciado Miguel Díaz Lombardo hasta 1912 y el Lic. José María Pino Suárez hasta 1913. Durante el gobierno ilegal de Victoriano Huerta 1913-1914 se encargaron del despacho de la secretaría de instrucción las siguientes personas: Lic. Jorge Vera Estañol, Ing. Manuel Garza Aldape, Lic. José María Lozano, Lic. Eduardo Tamariz y Lic. Nemesio García Naranjo. 7
Después de la caída de victoriano Huerta tuvieron a su cargo el Despacho de la Secretaría de Educación Pública en calida de ministros de Estado, el profesor y general Otilio E. Montaño y el Lic. José Vasconcelos. Madero y Pino Suárez pugnaron de preferencia por una transformación de los medios de la política electoral, con la mira de asegurar en México el régimen institucional de la democracia. La política que inaugura don Venustiano Carranza va más adelante. Toma muy en cuenta las reivindicaciones de carácter social y, de manea resulta, se preocupa por los problemas y necesidades de las clases populares. Entre tales reivindicaciones, pronto ocupó merecido sitio el tema de la educación. La Revolución, en efecto, había traído consigo nuevos ideales educativos, precisaba ya codificarlo en la Carta Magna. Ello sucedió en la Constitución de 17, que, además de reafirmar los postulados de la enseñanza gratuita, laica y obligatoria, y de la intervención del Estado en la enseñanza privada, recogió la idea contenida en la constitución del 24, de respetar la autonomía de los estado de la federación en el arreglo interno de la educación pública. El texto del antícualo 3ª de la Constitución de 17 fue redactado en los siguientes términos: La enseñanza es libre; ero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñaza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares 8
Ninguna corporación religiosa ni ministro de ningún culto podrá establecer, o dirigir escuelas de instrucción primaria Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial en los establecimientos oficiales e impartirá gratuitamente la enseñanza primaria Otras muy importantes disposiciones legislativas en materia de educación que contiene la constitución de 17 son la obligatoriedad de la enseñanza, las escuelas de Artículo 123 en las cuales hay obligatoriedad para los patrones establecer escuelas, enfermerías y demás servicios necesarios a la comunidad. Historia Comparada de la Educación en México de francisco Larrollo. Edit. Porrúa. P.399 a 403 9