EMPRESAS PÚBLICAS DE CUNDINAMARCA S.A. ESP

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Transcripción:

EMPRESAS PÚBLICAS DE CUNDINAMARCA S.A. ESP REGLAS DE PARTICIPACIÓN INVITACIÓN POR LISTA CORTA No. 001-2009-EPC CONSULTORÍA PARA LA ESTRUCTURACIÓN Y FORMULACIÓN DE LOS PROYECTOS DEL PLAN DE CHOQUE DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS EN LOS MUNICIPIOS VINCULADOS AL PLAN DEPARTAMENTAL AGUA Y SANEAMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA Mayo de 2009 1

REGLAS DE PARTICIPACIÓN CONDICIONES GENERALES, FORMATOS Y ANEXOS Formatos: Formatos de la Oferta, suministran la información requerida en las Condiciones y Términos de la Invitación, tales como: Oferta Económica, Experiencia del Oferente, Facturación Anual de Obras, Capacidad de Contratación Residual Total, entre otros. Formato No. 1 Carta de presentación de la oferta Formato No. 2 Certificación de aportes al SSSI y parafiscales Formato No. 3 Cupo de crédito Formato NO. 4 Experiencia del Oferente. Formato No. 5 Equipo de trabajo principal Formato No. 5A Hoja de vida del equipo de trabajo principal Formato No. 6 Carta de intención de los profesionales Formato Nº 7 Propuesta Económica Formato No. 8 Factor Multiplicador Anexos: Anexo Nº 1 Diagnóstico Preliminar del Plan de Choque, precisa aquellos proyectos definidos como PLAN DE CHOQUE del Departamento de Cundinamarca. Anexo Nº 2 Matriz de riesgos, consigna los potenciales riesgos en desarrollo de la consultoría. Anexo Nº 3 Documentos de la Oferta, define el orden en que deben presentarse los documentos de la oferta. Las disposiciones de los anexos complementan las partes pertinentes de los respectivos capítulos y prevalecen sobre ellas cuando se modifican partes de los mismos. 2

CAPÍTULO PRIMERO INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1.1. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, sociedad por acciones del tipo de las anónimas de servicios públicos oficial, en su calidad de Gestor del Plan Departamental de Aguas del Departamento de Cundinamarca, en cumplimiento de las normas que regulan su actividad y en desarrollo de su objeto social, está interesada en contratar la CONSULTORÍA PARA LA ESTRUCTURACIÓN Y FORMULACIÓN DE LOS PROYECTOS DEL PLAN DE CHOQUE DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS EN LOS MUNICIPIOS VINCULADOS, AL PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA. 1.2. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL OBJETO A CONTRATAR El alcance técnico de la consultoría incluye las siguientes actividades, para los proyectos enlistados en el Anexo 1 Diagnóstico Preliminar del Plan de Choque. Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, priorizará con los municipios que se vinculen al PDA, aquellos proyectos a ejecutar como Plan de Choque, los cuales se estructurarán por el(los) contratista(s) en el marco de la presente consultoría. Elaboración de los estudios y diseños detallados para construcción, requeridos para llevar a cabo los procesos de contratación de las obras del Plan de Choque. Estos estudios y diseños de acueducto y alcantarillado, incluyen entre otros, diseños para sistemas de potabilización de aguas, sistemas de tratamiento de aguas residuales y todas las actividades técnicas de campo y oficina relacionadas. De existir estudios y diseños, de acuerdo con el inventario por municipios de proyectos levantado por el MAVDT PNUD y Convenio CAR-BID, se revisarán previo al inicio de los procesos contractuales. De ser necesario se requerirá a los diseñadores para su actualización, complementación o ajuste; de no ser posible, la consultoría realizará los ajustes a los mismos y los respectivos presupuestos que sean necesarios. Elaboración de las reglas de participación para la ejecución de las obras del Plan de Choque, conforme al Manual de Contratación de EPC SA ESP. Elaboración de las minutas de los contratos de obra, interventoría, suministro, adquisición y demás contratos que sean requeridos para desarrollar el Plan de choque. Realización de los estudios de impacto ambiental necesarios, en los proyectos que se requiera y a solicitud de EPC SA ESP. Elaboración de las especificaciones técnicas generales para la construcción de las obras objeto de los estudios y diseños. Elaboración de los precios unitarios de referencia para cada una de las provincias del Departamento con sus respectivos análisis de precios unitarios APU. Elaboración de los presupuestos de las obras objeto de los estudios y diseños. Elaboración, formulación y presentación de los proyectos seleccionados en el Plan de Choque del sector de agua potable y saneamiento básico en la ventanilla única del Ministerio del Ambiente, Vivienda y 3

Desarrollo Territorial MAVDT. El consultor realizará la sustentación técnica de los proyectos ante el MAVDT. En caso de devolución por parte del MAVDT debe realizar los ajustes correspondientes y su nueva presentación para la respectiva viabilización. Revisión y concepto de los Planes Maestros de Acueducto y/o Alcantarillado, de los municipios que cuenten con éstos. Elaboración de las reglas de participación para la contratación de la complementación o ajustes a los planes maestros de acueducto y/o alcantarillado que según la revisión lo requieran, conforme al Manual de Contratación de EPC SA ESP. Elaboración de las reglas de participación para la contratación de planes maestros de acueducto y/o alcantarillado de los municipios que así lo requieran, conforme al Manual de Contratación de EPC SA ESP. Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, para efectos del presente proceso contractual, ha divido en cuatro (4) zonas el Departamento de Cundinamarca, así: Zona Provincias / Municipios que la conforman 1 PROVINCIAS: Gualivá, Bajo Magdalena y Sabana Occidente MUNICIPIOS: Albán, La Peña, La Vega, Nimaima, Nocaima, Quebradanegra, San Francisco, Sasaima, Útica, Supatá, Vergara, Villeta, Caparrapí, Guaduas, Puerto Salgar, Bojacá, El Rosal, Facatativá, Funza, Madrid, Mosquera, Subachoque y Zipacón 2 PROVINCIAS: Almeida, Guavio, Oriente, Medina y Ubaté MUNICIPIOS: Chocontá, Machetá, Manta, Sesquilé, Suesca, Tibirita, Villapinzón, Gachalá, Gachetá, Gama, Guasca, Guatavita, Junín, La Calera, Ubalá, Cáqueza, Chipaque, Choachí, Fómeque, Fosca, Guayabetal, Gutiérrez, Quetame, Ubaque, Une, Medina, Paratebueno, Carmen de Carupa, Cucunubá, Fúquene, Guachetá, Lenguazaque, Simijaca, Susa Sutatausa, Tausa y Ubaté 3 PROVINCIAS: Alto Magdalena, Sumapaz, Tequendama y Magdalena Centro MUNICIPIOS: Agua de Dios, Girardot, Guataquí, Jerusalén, Nariño, Nilo, Ricaurte, Tocaima, Arbeláez, Cabrera, Fusagasugá, Granada, Venecia, Pandi, Pasca, San Bernardo, Silvania, Tibacuy, Anapoima, Anolaima, Cachipay, El Colegio, La Mesa, Quipile, Apulo, San Antonio del Tequendama, Tena, Viotá, Beltrán, Bituima, Chaguaní, Guayabal de Síquima, Pulí, San Juan de Río Seco, Vianí, Sibaté y Soacha 4 PROVINCIAS: Rio Negro y Sabana Centro MUNICIPIOS: El Peñón, La Palma, Pacho, Paime, San Cayetano, Topaipí, Villagómez, Yacopí, Cajicá, Chía, Cogua, Cota, Gachancipá, Nemocón, Sopó, Tabio, Tenjo, Tocancipá y Zipaquirá 1.3. PRESUPUESTO El presupuesto oficial del presente proceso estimado para la ejecución del(los) contrato(s) es de dos mil cuatrocientos millones cuatro cientos mil pesos moneda corriente ($2.400.000.000), que incluye el valor del IVA y costos directos, indirectos así como los tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación del contrato. El presupuesto oficial por Zona es el siguiente: Zona PRESUPUESTO OFICIAL. 1 SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($600.000.000.oo) 2 SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($600.000.000.oo) 3 SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($600.000.000.oo) 4

4 SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($600.000.000.oo) 1.4. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA CONSULTORÍA El plazo total previsto para realizar la consultoría es de diez (10) meses, contados a partir de la suscripción de la respectiva acta de inicio. No obstante las entregas de los productos acordados deben hacerse en un término máximo de cuatro (4) meses. Si el objeto contratado se cumpliere antes del plazo establecido, las partes podrán terminarlo y liquidarlo anticipadamente. 1.5. FUENTES DE FINANCIACIÓN Empresas Públicas de Cundinamarca S.A. ESP cuenta con la disponibilidad presupuestal número 20090094 del 20 de mayo de 2009. 1.6. RÉGIMEN JURÍDICO Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, sociedad por acciones, constituida como empresa de servicios públicos, de capital público, fundamenta el presente proceso de selección, así como el contrato a suscribir en razón de dicho proceso, de acuerdo a lo establecido en las siguientes normas: Ley 142 de 1994 Decreto 3200 de 2008 Manual de Contratación de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP En las presentes reglas de participación. 1.7. ETAPA PRELIMINAR DEL PROCESO Los estudios previos y el proyecto de pliego de condiciones fueron analizados en el Comité de Contratos de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP. 1.8. DE LA LISTA CORTA Conforme a la tipología contractual y acorde con el Manual de Contratación de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, la modalidad de contratación es la Invitación por Lista Corta. Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, enviará a los consultores incluidos en la lista corta, una invitación a presentar propuestas 1.9. VALOR DE LAS REGLAS DE PARTICIPACIÓN Conforme al artículo 17 del Manual de Contratación, los oferentes deberán cancelar el valor correspondiente al cero punto uno por ciento (0.1%) del presupuesto estimado por zona, por concepto de pago de las Reglas de Participación. 5

CAPÍTULO SEGUNDO DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Hacen parte del presente proceso de selección: - La invitación por lista corta. - El certificado de disponibilidad presupuestal. - Estas reglas de participación, junto con sus anexos y adendas. - Alcance de la consultoría. - Las respuestas de aclaración emitidas por Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP en los medios dispuestos para ello. - El acta de cierre del término para presentar propuestas. - Las propuestas que sean presentadas junto con sus anexos. - Las actas de audiencia. - Las solicitudes de aclaración a las propuestas y sus respectivas respuestas. - El informe de evaluación de los requisitos habilitantes y factores técnicos de escogencia, y las observaciones presentadas en relación con él. - Las decisiones empresariales que se expidan en desarrollo del proceso de selección y las decisiones de los órganos sociales de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP que tengan que ver con este proceso de contratación, pero sólo en lo concerniente a ello. 2.2. COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y PROPONENTES Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP publicará en su página www.epc.com.co, los documentos básicos del proceso y a tal publicación se encontrará sujeta su obligatoriedad frente a los interesados y proponentes. Por regla general, los interesados y proponentes podrán enviar comunicaciones a la dirección electrónica: contratacion@epc.com.co, vía fax al número 3158934, o radicarlas en las oficinas del Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere. Sin embargo, cuando en estas reglas de participación se imponga la obligación de presentar la documentación mediante otro o un único mecanismo, éste prevalecerá frente a lo regulado en el inciso anterior. Las horas señaladas en estas reglas de participación para la expedición de documentos por parte de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP y/o para la recepción de aquellos que deban ser presentados por los interesados o proponentes, se sujetarán a la hora legal de la República de Colombia señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio. 2.3. PROCESO DE SELECCIÓN 2.3.1.1. Conformación de la lista corta 6

Del Registro de Proveedores de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, se escogerán siete (7) consultores, con los cuales se conformará la lista corta para el presente proceso. 2.3.1.2. Invitaciones Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, cursará invitación a los consultores seleccionados en la lista corta, la cual contendrá: 1. La fecha, hora y lugar de presentación de las propuestas 2. El lugar donde se podrán consultar las reglas de participación 2.3.1.3. Observaciones a las reglas de participación Los invitados podrán presentar observaciones a las reglas de participación, hasta el miércoles 3 de junio de 2009, a las 4:00 pm. Estas consultas deberán formularse a través de la cuenta contracion@epc.com.co 2.3.1.4. Respuesta a las observaciones Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, producirá la respuesta a las observaciones o la adenda respectiva, las cuales se comunicarán a los invitados y se publicará en la página www.epc.com.co 2.3.1.5. Término para presentar propuestas Los proponentes podrán presentar sus propuestas de acuerdo con las siguientes reglas: a. Las propuestas deberán ser entregadas hasta el 9 de junio de 2009, antes de las 4:00 pm, en la Oficina Asesora Jurídica de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, Calle 26 No. 51 53 Torre Educación, Piso 6, Bogotá DC. b. Si el día y hora exactos previstos para presentar propuestas, la oferta no se encuentra en el lugar, fecha y hora indicados, la misma se entenderá NO recibida en tiempo. c. Vencido el término para presentar propuestas, se levantará un acta en la que se relacionará la totalidad de propuestas presentadas en el proceso de selección y se dejará constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación. Igualmente, se verificará la información que el comité asesor considere pertinente. 2.3.1.6. Solicitudes de aclaración u observaciones a las reglas de participación Los proponentes podrán formular solicitudes de aclaración u observaciones al contenido y alcance de las reglas de participación que estimen pertinentes, de acuerdo con la regla general establecida en el numeral 2.2 (Comunicación con los interesados y proponentes). Tales solicitudes serán publicadas en la página de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP: www.epc.com.co. 7

Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, absolverá oportunamente la totalidad de solicitudes formuladas. 2.3.2. Evaluación El comité asesor designado por Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP para el presente proceso de selección será el órgano responsable de la evaluación de la totalidad de las propuestas presentadas y de la determinación del orden de elegibilidad de las mismas, con sujeción a lo establecido en las presentes reglas de participación. El comité asesor presentará ante el Gerente, para realizar la adjudicación del contrato objeto del presente proceso de selección, la recomendación que corresponda, la cual se ajustará a los resultados contenidos en el informe final de la evaluación de los requisitos habilitantes, de los factores técnicos de escogencia y de la propuesta económica. 2.3.2.1. Verificación de los requisitos habilitantes El comité asesor verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes establecidos en el numeral 3.2 de las presentes reglas de participación, de conformidad con las exigencias allí establecidas. Producto de la verificación realizada el comité asesor determinara cuáles proponentes no se encuentran habilitados y así lo señalará en el informe correspondiente. La calificación otorgada será de habilitado o no habilitado. El cumplimiento de los requisitos habilitantes podrá ser acreditado en los términos señalados en el requerimiento que en ese sentido formule el comité asesor. En ejercicio de este derecho los proponentes no podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, tampoco podrá acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad a la fecha establecida para la presentación de la propuesta. 2.3.2.2. Evaluación de los factores técnicos de escogencia El comité asesor evaluará los factores técnicos exigidos en el numeral 3.3, de las presentes reglas de participación, para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de los mismos, sin que con ello se pueda completar, adicionar, modificar o mejorar la oferta. Producto de la evaluación realizada por el comité asesor se determinará el orden de calificación de los proponentes de acuerdo con el puntaje definitivo obtenido. La mejor propuesta será la que obtenga el puntaje más alto y, por tanto, será ella quien ocupe el primer lugar en el orden de calificación. Para los factores señalados en el numeral 3.3 se asignarán los puntajes, mínimos y máximos señalados a continuación: I. Cuadro general CRITERIO DE ASIGNACIÓN PUNTAJE Formación y experiencia del equipo de trabajo principal 300 500 Experiencia especifica del proponente 300-400 8

PUNTAJE MÍNIMO REQUERIDO 600 Calificación propuesta económica 100 PUNTAJE MÁXIMO POSIBLE 1000 II. Formación y experiencia del equipo de trabajo principal CONCEPTO REQUISITO PUNTAJE MÍNIMO Equipo de trabajo principal CONCEPTO Equipo de trabajo principal Puntaje que se asignará a quien cumpla con la totalidad de lo establecido en el numeral 3.3.2.1 III. Experiencia específica del proponente CONCEPTO REQUISITO PUNTAJE MÍNIMO Experiencia del Puntaje que se asignará a quien cumpla con la 300 proponente totalidad de lo establecido en el numeral 3.3.1.1 CONCEPTO Experiencia del proponente REQUISITO Por cada proyecto de experiencia específica adicional a los mínimos solicitados para el Director del Proyecto en el numeral 3.3.2.1, se asignarán 20 puntos. Por cada proyecto de experiencia específica adicional a los mínimos solicitados para cada uno de los Especialistas en Acueductos en el numeral 3.3.2.1, se asignarán 5 puntos Por cada proyecto de experiencia específica adicional a los mínimos solicitados para el Especialista en Alcantarillados en el numeral 3.3.2.1, se asignarán 10 puntos. REQUISITO Por cada 1.500 SMMLV en máximo cuatro proyectos, adicionales a lo mínimo solicitado en el numeral 3.3.1.1, se asignarán 25 puntos. PUNTAJE MAXIMO POR PROYECTOS O AÑOS ADICIONALES 100 PUNTAJE MÍNIMO POSIBLE 300 PUNTAJE MÁXIMO POSIBLE 400 Sólo ocuparán un lugar en el orden de calificación aquellas propuestas que hayan obtenido un puntaje igual o superior al mínimo exigido en cada uno de los criterios utilizados. Aquellas que hayan obtenido un puntaje menor no se tendrán en cuenta en la determinación del orden de calificación y serán rechazadas. La mejor propuesta en la calificación de los factores técnicos será la que obtenga el puntaje más alto. 2.3.2.3. Calificación de la propuesta económica: El factor precio tendrá una asignación de cien (100) puntos como máximo. La asignación del puntaje se hará de la siguiente manera, teniendo en cuenta los valores de cada actividad ofrecida, incluido IVA, 300 PUNTAJE MÁXIMO POR PROYECTOS O AÑOS ADICIONALES PUNTAJE MÍNIMO POSIBLE 300 PUNTAJE MÁXIMO POSIBLE 500 120 40 40 9

El valor de la propuesta no debe sobrepasar el presupuesto estimado, teniendo en cuenta los valores ofrecidos para las actividades representativas. Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, evaluará los valores ofertados para las siguientes actividades representativas: ACTIVIDAD Diseño de viaducto y/o paso especial Diseño de planta de tratamiento de agua potable Diseño de aducción y/o conducción TOTAL PUNTAJE MÁXIMO 20 puntos 40 puntos 40 puntos 100 puntos Se estimará la Media Geométrica de las Propuestas hábiles, para cada actividad, incluyendo el presupuesto oficial estimado. Media Geométrica = (Po x P1 x P2 x...pn) ^ [ 1/ (n+1) ] Donde: Po = Presupuesto estimado P1, P2,... Pn = Valor de las ofertas 1,2,...n. ^ : Exponencial n: Numero de propuestas El puntaje se asignará de la siguiente manera: A las propuestas con valor menor o igual al noventa por ciento (90%) de la Media Geométrica, no se les asignará puntaje. A las propuestas con valor comprendido entre el noventa y cinco por ciento (95%) y el cien por ciento (100%) de la Media Geométrica, se les asignará un puntaje comprendido entre cero (0) y cien (100) puntos, utilizando una relación lineal. A las propuestas con valor mayor al cien por ciento (100%) e inferior al ciento cinco por ciento (105%) de la Media Geométrica, se les asignará un puntaje entre cien (100) y cero (0) puntos, utilizando una relación lineal. A las propuestas con valor igual o superior al ciento cinco por ciento (105%) de la Media Geométrica no se les asignará puntaje. Si alguna de las propuestas excede el valor del presupuesto oficial estimado, será causal de rechazo de la propuesta. Se verificarán aritméticamente las propuestas, se corregirán los errores aritméticos que se presenten en el presupuesto general, el valor verificado de la propuesta será el utilizado en la evaluación económica y será el que se tendrá en cuenta en la adjudicación y suscripción del contrato. En todo caso se entiende que la propuesta económica incluye todos los costos, gastos, directos o indirectos, imprevistos, utilidad y obligaciones tributarias a cargo del proponente, que se generen con ocasión de la adjudicación, celebración y ejecución del contrato. Por tal motivo, cualquier incremento en cualquiera de estas variables no le dará derecho al consultor seleccionado, a compensación alguna por parte de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP. 2.3.2.4. Solicitud para complementar, subsanar o aclarar la información presentada 10

Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP se reserva el derecho de verificar, solicitar, complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el proponente para la acreditación de las exigencias establecidas en estas reglas de participación, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección. 2.3.2.5. Observaciones al informe de evaluación El informe de evaluación será publicado, de acuerdo con lo señalado en el numeral 2.2, por el término de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación. Dentro del término señalado en el párrafo anterior y hasta las 5:00:p.m. del último día establecido, podrán presentarse las observaciones correspondientes por los proponentes e interesados. Vencido el término señalado, las observaciones presentadas al informe de evaluación serán publicadas por un término de dos (2) días hábiles, dentro del cual el comité asesor podrá solicitar las aclaraciones que estime pertinentes. 2.3.2.6. Criterios de desempate: En caso de empate en la calificación, Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP aplicará los siguientes criterios de desempate: a. Propuestas de nacionales: Si la propuesta de bienes o servicios extranjeros se encuentra en igualdad de condiciones con la de bienes o servicios nacionales, se considerará como primera en el orden de calificación la propuesta nacional. b. Formación y experiencia de los profesionales: Si persistiera el empate, entre dos (2) o más propuestas se considerará como primera en el orden de calificación aquella que haya obtenido el mayor puntaje en el aspecto técnico de formación y experiencia de los profesionales propuestos. c. Experiencia especifica del proponente: Si persistiera el empate, entre dos (2) o más propuestas se considerará como primera en el orden de calificación aquella que haya obtenido el mayor puntaje en el aspecto técnico de experiencia específica del proponente. d. Número aleatorio: Si persistiera el empate después de la verificación de los criterios anteriores, Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP realizará un sorteo entre los proponentes empatados, utilizando como instrumento la función random de una página Excel, o la función de número aleatorio en una calculadora y se considerará como primera en el orden de calificación la que obtenga el número mayor. La verificación de la propuesta económica finalizará con la revisión del Formato Nº 7 presentado por el proponente, de conformidad con las siguientes reglas: - En caso de no expresar un valor para el IVA, Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP dará por entendido que el valor correspondiente, de acuerdo con las normas tributarias pertinentes, se encuentra incluido en el valor de total de la propuesta. - En caso de que la propuesta haya omitido la cotización de alguna de las personas requeridas en el numeral 4.4.3, se rechazará. 11

- En el evento en que la sumatoria de los valores de personal profesional, personal técnico y auxiliar, otros e IVA, no corresponda al valor consignado en la casilla valor total, se procederá a su corrección a través de una hoja electrónica de cálculo excel y se redondeará el valor total ajustado de conformidad con la metodología de redondeo presentada en el numeral de Propuesta Económica. En caso de que el valor resultante supere el valor del presupuesto oficial, la propuesta será rechazada. El comité asesor recomendará la adjudicación del contrato al proponente que hayan superado las anteriores verificaciones y, por tanto, hayan ocupado el primer lugar en el orden de elegibilidad. 2.3.2.7. Causales de rechazo Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP rechazará las propuestas, en los siguientes casos: a. Cuando Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesarios para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, o para la aclaración de los referidos a los factores técnicos y el proponente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones determinados en las reglas de participación o en el respectivo requerimiento. b. Cuando la propuesta técnica en su conjunto o en alguno de los factores objeto de evaluación no obtenga el puntaje mínimo establecido en las reglas de participación. c. Cuando Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la propuesta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al proponente cumplir con uno o varios de los requisitos habilitantes o técnicos. d. Cuando la propuesta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para el cierre del término para presentar propuestas. e. Cuando el proponente no cuente con la capacidad jurídica requerida para la presentación de la oferta y para la ejecución del contrato que llegue a celebrar. f. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad prevista en las normas constitucionales y legales, así como en conflicto de intereses. g. Cuando una persona jurídica participe directamente en más de una propuesta, bien sea como proponente individual o accionista en cualquier persona jurídica que intervenga en el proceso de selección. En este caso, se rechazarán todas las propuestas que incurran en la situación descrita. h. Cuando el proponente, o sus representantes legales, se encuentre relacionado en la lista de la Oficina del Control de los Activos Extranjeros OFAC (The Office of Foreign Assets Control), o esté incurso en procesos de extinción de dominio. i. Cuando no se presente la propuesta económica impresa. j. Cuando, en la propuesta económica impresa, se presente algún valor en moneda extranjera. k. Cuando el valor total de la propuesta económica impresa o en la resultante de la verificación aritmética, el proponente presente un valor superior al presupuesto estimado. l. Cuando en la propuesta económica se omita algún dato en pesos o en porcentaje (%). m. Cuando no se presente impreso el Formato No. 8 Factor multiplicador. n. Cuando en la propuesta económica presentada se hayan afectado con el factor multiplicador costos diferentes a los de personal. o. Cuando la propuesta económica no sea consistente respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica o no se logra un acuerdo final sobre los aspectos técnicos o económicos objeto de discusión. 12

p. Cuando en la propuesta económica se omita la cotización de los servicios de alguna(s) de la(s) persona(s) que conforma(n) el personal requerido en el numeral 4.4.3 para la ejecución del contrato. q. Cuando se presente propuesta parcial. r. Cuando la propuesta económica no obtenga puntaje en la evaluación. Nota: Se considerará como conflicto de intereses, cuando la persona jurídica preste u opere los servicios públicos de acueducto y/o alcantarillado en alguno de los municipios a los cuales se realizarán los proyectos. 2.3.3. Definición del proceso de selección 2.3.3.1. Declaratoria de desierto Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP declarará desierto el proceso de selección, únicamente, cuando: a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta. b. No se presente ninguna propuesta. c. Habiéndose presentado únicamente una propuesta, ésta incurra en alguna causal de rechazo. d. Habiéndose presentado más de una propuesta, ninguna de ellas se ajuste a los requerimientos y condiciones consignados en estas reglas de participación. 2.3.3.2. Adjudicación Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP adjudicará por cada zona un contrato a proponente distinto. Para el efecto Empresa Públicas de Cundinamarca SA ESP adjudicará a los cuatro (4) mejores puntajes obtenidos cada una de las zonas, de acuerdo con la numeración de zonas establecidas para el presente proceso, así por ejemplo: el que obtenga el primer orden de la lista de elegibilidad, se le asignará la zona No. 1 y así sucesivamente hasta adjudicar las cuatro zonas. De acuerdo con la recomendación del comité asesor, el representante legal de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, o su delegado, adjudicará los contratos objeto del presente proceso de selección, mediante decisión empresarial, a los proponentes que, de conformidad con las reglas de participación, ocupen los cuatro (4) primeros lugares en el orden de elegibilidad. 2.4. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El proponente deberá presentarse ante Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, con el fin de firmar el respectivo contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al aviso que, para el efecto, le dé la Entidad, y presentar, en el mismo plazo, las respectivas garantías, efectuando su radicación en Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, y acreditando, en todo caso, el pago del impuesto de timbre (cuando aplique). En los eventos en que el proponente no proceda a la suscripción del contrato, le sobrevenga una inhabilidad o incompatibilidad o se demuestre que el acto administrativo de adjudicación se obtuvo por medios ilegales, Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP podrá revocarlo y, en el mismo acto de revocatoria, podrá adjudicar el respectivo contrato al proponente que haya ocupado el siguiente lugar. Si procede, Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP hará efectiva la póliza de seriedad del ofrecimiento. 13

CAPÍTULO TERCERO DEL PROPONENTE Y SU OFERTA 3.1. CONDICIONES GENERALES 3.1.1. Modalidades de participación En la presente invitación por lista corta solo podrán presentar propuesta las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, invitadas individualmente, que a la fecha de presentación de la propuesta se encuentren debidamente inscritas, calificadas y clasificadas en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio respectiva y en el Registro de Proveedores de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, en aquellas Actividades, Especialidades y Grupos que se establecen en las presentes reglas de participación y que además cumplan con la capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y capacidad organizacional, establecidas en el numeral 3.2 del presente documento, como condiciones habilitantes. Los proponentes, las sociedades comerciales o sus asimiladas participantes deberán reunir los siguientes requisitos: Estar al día en los pagos por concepto de seguridad social integral y parafiscales, para lo cual allegarán certificación del Revisor Fiscal en dicho sentido. Si por razones legales no existe revisor fiscal, la certificación la expedirá el representante legal con el contador de la persona jurídica respectiva. No estar incursa en procesos concursales de carácter liquidatorio. No estar sometida a control por parte de la Superintendencia de Sociedades al tenor del artículo 85 de la Ley 222 de 1995. No estar en causal de disolución. La inexistencia de cualquiera de los supuestos de hecho que configuran causal de disolución al tenor del artículo 218 del Código de Comercio o de las normas especiales aplicables a los tipos societarios de la limitada y de la sociedad anónima, incluida la simplificada. Respecto de las sociedades de responsabilidad limitada la acreditación de estar al día por concepto de obligaciones laborales y tributarias, para lo cual se acompañará la correspondiente certificación del revisor fiscal y, si no lo hubiere por razones legales, la certificación conjunta del representante legal y del contador de la sociedad. Si el proponente es persona natural, los requisitos se ajustarán a su condición, según las disposiciones vigentes. 3.1.2. Responsabilidad por la elaboración y presentación de la propuesta Los proponentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la propuesta, de acuerdo con lo solicitado en estas reglas de participación, las cuales harán parte integral del contrato. La presentación de la oferta lleva implícitos el conocimiento y la aceptación, por parte de proponente, de todas las condiciones conforme a las cuales se ejecutará el contrato, incluyendo las propias de los sitios de trabajo, tales como la información social, cultural, técnica, hidrológica, geológica, geomorfológico y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, las leyes y normas que rigen para el Departamento de 14

Cundinamarca, entre otras, de tal manera que la propuesta presentada deberá reflejar la totalidad de los costos en que se incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado de este proceso de selección. Así mismo, deberá tener en cuenta la movilización y permanencia en los sitios de los trabajos, tanto del personal como de los insumos, la situación de orden público, el factor climático y ambiental, así como los demás aspectos que puedan incidir en la ejecución del contrato. 3.1.3. Vigencia de la propuesta La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para el cierre del término para presentar propuestas. Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la propuesta por el término que se requiera. Durante el período de su vigencia, la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de indemnizar los perjuicios causados a Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP por el hecho de su revocación. En el evento en que el proceso de selección supere el período mínimo de vigencia de las propuestas exigido en este numeral y alguna(s) propuesta(s) venza(n) sin que el(los) proponente(s) la(s) haya(n) ampliado, se entenderá que desiste(n) de participar en el proceso de selección. 3.1.4. Idioma y moneda de la propuesta Toda la información y datos que tenga que presentar el proponente en su oferta deberán estar en idioma castellano. En los casos en que deba aportar información que se encuentre en un idioma diferente, deberá presentar su correspondiente traducción al castellano. Todos los valores que se estimen en la propuesta económica deberán presentarse en pesos colombianos. 3.1.5. Propuestas alternativas o parciales Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP no aceptará la presentación de propuestas alternativas ni parciales, dentro del presente proceso de selección. 3.1.6. Forma, identificación y estructura de la propuesta La propuesta deberá presentarse en forma escrita, en medio impreso, debidamente foliada y en dos (2) sobres separados, con el siguiente contenido: Sobre No. 1: Original Sobre No. 2: Copia Estos sobres se deberán identificar, cada uno, de la siguiente manera: EMPRESAS PÚBLICAS DE CUNDINAMARCA S.A. E.S.P. Invitación por Lista Corta N 001-2009-EPC CONSULTORÍA PARA LA ESTRUCTURACIÓN Y FORMULACIÓN DE LOS PROYECTOS DEL PLAN DE CHOQUE DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS EN 15

LOS MUNICIPIOS VINCULADOS, AL PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA. Proponente: Dirección, Ciudad, Teléfono, Fax Sobre No: Contenido: Si se presenta alguna discrepancia entre el contenido del sobre No. 1 y el contenido del sobre No. 2, prevalecerá el correspondiente al sobre No. 1. Si se presentan discrepancias entre cantidades expresadas en letras y en números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras. Las anteriores reglas serán aplicables siempre que de las discrepancias no se advierta la existencia de inexactitudes en la propuesta que den lugar a causal de rechazo. 3.2. REQUISITOS HABILITANTES 3.2.1. Aspectos jurídicos del proponente 3.2.1.1. Carta de presentación de la propuesta De acuerdo con el contenido del Formato No.1 suministrado, la carta de presentación de la propuesta debe estar suscrita por el proponente o el representante legal de la persona jurídica. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta. Quien suscriba la carta de presentación de la oferta deberá: Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatario) y liquidarlo. Si la presentación de la propuesta implica la trasgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la Ley 222 de 1995, el proponente individual deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda. En cumplimiento de lo ordenando en el artículo 20 de la ley 842 de 2003, el proponente, persona jurídica, deberá adicionalmente avalar su propuesta por un ingeniero civil, debidamente matriculado e inscrito, quién deberá suscribir la carta de presentación. En tratándose de personas naturales que no sea ingeniero civil, deberán obtener el aval de un arquitecto o ingeniero civil, debidamente matriculado e inscrito. El ingeniero civil deberá adjuntar con la carta de presentación fotocopia de su tarjeta o matrícula profesional y el certificado vigente de antecedentes profesionales. 3.2.1.2. Acreditación de la existencia y representación legal Los proponentes personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal, expedido dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para presentar propuestas, donde conste que el objeto social permite presentar la propuesta respectiva y celebrar y ejecutar el contrato 16

objeto del presente proceso de selección. Así mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica. Si del certificado de Existencia y representación Legal surgieren dudas acerca de la capacidad de la persona jurídica para participar en el presente proceso de selección, o para la celebración, ejecución y liquidación del contrato que se llegue a celebrar, Empresas Públicas de Cundinamarca S.A. E.S.P. podrá solicitar la copia auténtica de los estatutos de la respectiva persona jurídica, con la salvedad de que no se admiten reformas estatutarias con fecha posterior a la presentación del inicial Certificado de Existencia y Representación Legal. Respecto de las facultades de las personas que en dicho certificado figuran como representantes de la correspondiente persona jurídica, se exigirá que las mismas sean claras y precisas para efectos de imputar la relación jurídica correspondiente a su representada. 3.2.1.3. Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único de Proponentes Los proponentes deberán estar inscritos, calificados y clasificados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, en las siguientes actividades, especialidades y grupos de conformidad con el decreto 92 de 1998: Actividad: Consultor Especialidad 05: Ambiental. Grupo: 01: Planeación y legislación. Grupo: 02: Medidas de Protección Ambiental Especialidad 08: Desarrollo Urbano Grupo 03: Servicios Urbanos Especialidad 09: Suministro de agua y saneamiento. Grupo 01: Suministro de agua. Grupo 02: Saneamiento. Grupo 03: Desechos de Sólidos. Especialidad 10: Otros Grupo 04: Gestión de Proyectos Grupo 05: Servicios Básicos de Ingeniería La expedición de este certificado no deberá ser superior a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del proceso y presentación de las propuestas. 3.2.1.4. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales De acuerdo con el contenido del Formato No.2 suministrado, el proponente deberá acreditar que se encuentra al día al momento de la presentación de la propuesta y cierre del proceso de selección, en el pago de los aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social integral, así como los propios del Sena, ICBF y cajas de compensación familiar, cuando corresponda. Dicha acreditación se hará mediante certificación expresa suscrita por el revisor fiscal y por el representante legal, de la persona jurídica. 3.2.1.5. Copia de la cédula del oferente o del representante legal 17

El oferente o su representante legal, deberá anexar copia de la cédula perfectamente legible. 3.2.1.6. Garantía de Seriedad del Ofrecimiento Los oferentes se obligan a constituir a favor de Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP, una garantía de seriedad del ofrecimiento, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en el país, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto estimado, y con una vigencia de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de presentación de la propuesta. La oferta que no incluya la Garantía de Seriedad del Ofrecimiento será rechazada. Si antes de resolver la adjudicación la oferta es retirada o cancelada, o el oferente favorecido no suscribe el contrato en el término fijado para ello, se hará efectiva la garantía de seriedad del ofrecimiento. Cuando el proceso se declare desierto o sea adjudicado, la garantía de seriedad será devuelta a todos los oferentes a excepción del ganador. 3.2.1.7. Certificaciones de antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales El Proponente deberá aportar las certificaciones vigentes y legibles de antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales, expedidos por la contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y el DAS, respectivamente. Si el proponente es persona jurídica, deberá aportar las certificaciones de antecedentes fiscales y disciplinarios tanto del representante legal como de la persona jurídica. 3.2.1.8. Constancia del pago del valor de las reglas de participación Se debe adjuntar el documento en que conste el pago del valor de las reglas de participación conforme al numeral 1.9 de estas reglas. 3.2.2. Capacidad financiera Para verificar la capacidad financiera del proponente deberá aportar, con la propuesta, certificación original de entidad bancaria, legalmente constituida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera, en la que conste un cupo de crédito equivalente al veinte por ciento (20%) del presupuesto estimado. La certificación emitida por la entidad competente de acuerdo con los términos de referencia deberá ceñirse estrictamente con lo exigido en el Formato No. 3, no se aceptaran cupos de crédito sujetos a aprobaciones posteriores o que se encuentren en estudio o que cambien el formato establecido para tal fin. 3.3. FACTORES TÉCNICOS DE ESCOGENCIA 3.3.1. Experiencia del proponente 3.3.1.1. Condiciones generales El proponente deberá certificar la realización de proyectos de consultoría en estudios y/o diseños de proyectos de acueductos y/o alcantarillados, en los últimos quince (15) años contados a partir de la fecha de 18

cierre del proceso, y que en máximo cinco (5) contratos ejecutados sumen diez mil salarios mínimos mensuales legales vigentes (10.000) SMMLV. Para la experiencia del proponente sólo será tenida en cuenta la relacionada en proyectos cuya ejecución se haya realizado (iniciado y terminado) en los últimos quince (15) años, contados a partir de la fecha de cierre del proceso. La relación de la experiencia que pretenda ser acreditada deberá ser presentada utilizando el modelo del Formato No. 4, en el cual deberá relacionar toda la información solicitada. 3.3.1.2. Forma de acreditación Para acreditar la experiencia específica requerida y las condiciones mínimas señaladas en el numeral 3.3.1.1 el proponente deberá presentar certificaciones expedidas por el contratante, o cualquier otro documento que en conjunto permitan tener certeza sobre la existencia de la experiencia. No se aceptarán documentos emitidos por el mismo proponente. La documentación presentada en conjunto deberá permitir acreditar la siguiente información: a. Nombre del contratante, NIT, dirección, teléfono, fax y correo electrónico. b. Nombre del contratista. c. Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá indicar el porcentaje de participación. d. Objeto del contrato. e. Fecha de inicio del contrato. f. Fecha de terminación del contrato. g. Monto del contrato. Sólo serán aceptables las experiencias que sean verificables documentalmente, ya sea a través de certificaciones del contratante, copias de los documentos contractuales de los contratos ejecutados o terminados o el que haga sus veces, y/o actas de liquidación, y/o actas de terminación o documentos de entrega de los contratos y/o actas o documentos donde se verifique la realización del contrato. En el caso de subcontratos, deberán anexarse además las copias de las Actas y del Contrato original. 3.3.1.3. Verificación de la experiencia del proponente La valoración de la experiencia del proponente se sujetará a las siguientes reglas especiales: a. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de ésta cuando no cuente con más de cinco (5) años de constituida y se hará en proporción a su participación en el capital social de la persona jurídica. b. Se aceptarán certificaciones de experiencia expedidas por la empresa titular del contrato que desarrolló directamente la consultoría para la entidad contratante, pero se deben anexar las copias de las actas y del contrato original. c. Para calcular el valor del contrato en SMMLV, se debe realizar con respecto al valor del SMMLV del año de terminación del contrato. d. En caso que el proyecto o contrato a certificar se haya realizado en consorcio o unión temporal, solo se tendrá en cuenta el valor del contrato según el porcentaje de participación en el mismo. e. En caso que el interesado haya realizado actividades que demuestren la experiencia solicitada para contratantes ya terminados, o que su vida jurídica haya terminado, éste puede presentar las 19

acreditaciones expedidas por cualquiera de los componentes todavía existentes de la entidad extinta, para lo cual deberá acreditar esa composición. f. En caso que las experiencias acreditadas correspondan a contratos en monedas diferentes al dólar americano, el interesado deberá indicar el valor del contrato y la tasa de cambio al dólar americano vigente a la fecha de terminación de la experiencia o del contrato mediante el cual realizó la consultoría. La verificación de la tasa de cambio se realizará con la reportada en la fecha por el Banco de la República. g. El interesado debe tener en cuenta que para la presente convocatoria deberá entregar el formato solicitado debidamente diligenciado con las experiencias exigidas, junto con los documentos soporte que permitan verificar su experiencia. h. Empresas Públicas de Cundinamarca SA ESP se reserva el derecho de verificar y solicitar ampliación de la información suministrada por el interesado. 3.3.2. Equipo de trabajo principal 3.3.2.1. Relación del equipo de trabajo principal El equipo de trabajo principal deberá ser presentado por el proponente utilizando el modelo del Formato No. 5, incluyendo la información allí requerida, el cual deberá ir acompañado del formato No. 5A, y los cuales deberán ser soportados de conformidad con los criterios y condiciones establecidas en el siguiente numeral. El equipo de trabajo principal, con su perfil mínimo, es el relacionado a continuación. A. Un (1) Director General del Proyecto: Debe ser un profesional en Ingeniería civil o sanitaria o ambiental, con 15 años o más de experiencia profesional, contada a partir de la obtención de la matrícula o tarjeta profesional. Deberá certificar experiencia específica como Director, Coordinador o Asesor de por lo menos diez (10) proyectos de consultoría de estudios y/o diseños para el sector de acueducto y/o saneamiento básico. Su dedicación a la ejecución de este proyecto será como mínimo del cincuenta (50%) por ciento. B. Dos (2) Coordinadores de Proyecto: Debe ser un profesional en Ingeniería civil o sanitaria o ambiental, con 12 años o más de experiencia profesional, contada a partir de la obtención de la matrícula o tarjeta profesional. Deberá certificar experiencia específica como Director o Coordinador de por lo menos tres (3) proyectos de consultoría de estudios y/o diseños para el sector de acueducto y/o saneamiento básico. Su dedicación a la ejecución de este proyecto será del cien (100%) por ciento. C. Un (1) Especialista en Acueductos: Debe ser un Profesional en Ingeniería Civil, sanitaria o ambiental, con 12 años o más de experiencia profesional, contada a partir de la obtención de la matrícula o tarjeta profesional con especialización o maestría en el área hidráulica o sanitaria o ambiental. (El postgrado se puede homologar por tres (3) proyectos adicionales a la experiencia específica mínima exigida). Deberá certificar Experiencia Específica: Cargo de Especialista Hidráulico o Especialista en Alcantarillados de mínimo cinco (5) proyectos de consultoría de estudios y/o diseños básico o detallados en sistemas o componentes del sistema de alcantarillados. Su dedicación a la ejecución de este proyecto será como mínimo del cincuenta (50%) por ciento. 20