Estructura territorial de Podemos CM

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Transcripción:

2 Rita Maestre Tomás Abad Tania Sánchez Gustavo Díaz García Adelina Rico Benavides DOCUMENTO ORGANIZATIVO Estructura territorial de Podemos CM adelantepodemos @ adelantepodemos @adelantepodemos adelantepodemos.info

ESTRUCTURA TERRITORIAL El cambio de ciclo exige que la herramienta que es Podemos tenga como objetivo generar movimiento popular, esto es, ganar Madrid para su gente antes de ganar las próximas elecciones. Este punto de partida supone apostar por que la herramienta vaya un paso más allá de la máquina de guerra electoral y consiga generar estructuras intermedias que tengan como objetivo garantizar una mayor descentralización y participación. La estructura territorial de Podemos debe garantizar que su actividad política esté enraizada en los territorios para responder a diversos objetivos: garantizar mecanismos de mapeo de los problemas y demandas ciudadanas en el territorio, identificar las propuestas de la ciudadanía y garantizar así la cercanía haciendo de Podemos una organización capaz de hacer política en el territorio. Nuestra organización debe ser una organización que mire hacia fuera, que beba de las victorias municipales, de la mezcla, de la suma y de la multiplicación que supone juntarnos, pensar y actuar diferente. Para comenzar esta tarea debemos solucionar la inoperatividad de algunos Consejos Ciudadanos municipales. Por ello fomentaremos la elección de cargos internos a través de votaciones de inscrit&s en los municipios en los cuales las circunstancias sean extraordinarias. 2

1. ESTRUCTURA TERRITORIAL: DESCENTRALIZACIÓN. Queremos una herramienta que refuerce los territorios para que la gente pueda ocuparse de sus realidades concretas y, a la vez, de las políticas autonómicas y estatales. Para ello se crean la Junta Autonómica y las Juntas de Zona como espacios de deliberación, toma de decisiones y coordinación con el espacio autonómico. 1.1 Juntas de Zona. Las Juntas de Zona son estructuras intermedias de coordinación del trabajo en la Comunidad de Madrid, toma de decisiones y rendición de cuentas. Inicialmente se propone una división en siete zonas, que entendemos viables para la acción política: norte, sureste, suroeste, oeste, este, metropolitana sur y ciudad de Madrid. Cada municipio de la Comunidad de Madrid quedará adscrito a una de estas zonas. Los criterios para realizar el reparto de zonas serán los siguientes: Deben agruparse en una misma zona los municipios relativamente próximos y municipios que, por sus condiciones materiales, (población, estructura productiva, estructura socio-económica ) tengan características similares. Esto así, sin perjuicio de que algún municipio en concreto pueda considerar que (en función de los criterios anteriores) estaría mejor situado en una zona. La pertenencia a una zona no es una cuestión optativa por lo que se harán consultas para consolidar el modelo de zonificación y se permitirá que los municipios limítrofes puedan proponer su cambio de ubicación. 3

Las Juntas de Zona (a excepción de la Junta de Madrid Ciudad) estarán compuestas por: Las Secretarías Generales de los municipios adscritos a la zona en cuestión o persona en la que el Consejo Ciudadano Municipal delegue esta responsabilidad. L&s Consejer&s Territoriales de la zona en cuestión en caso de existir elección directa de l&s mism&s. De lo contrario, consejeros designados por el CCA para tal fin. L&s tres Diputad&s de Zona. Los Diputad&s de la Asamblea de Madrid (a excepción de portavoz) se dividirán por las 7 zonas teniendo tod&s que vincularse a una zona. La Junta de Madrid Ciudad estará compuesta de la siguiente manera: Consejo Ciudadano Municipal. Una persona en representación de cada distrito elegida entre el censo de inscrit&s. Este elemento sería válido hasta el establecimiento de Consejos Municipales Distritales, a partir de ese momento será un& miembro del Consejo Distrital el que asista a la Junta de Zona de Madrid Ciudad. Miembros del Consejo de Coordinación. Diputad&s de zona asignad&s a Madrid Ciudad. Las Juntas de Zona tendrán las siguientes competencias:: Declinar a su territorio la estrategia política regional. Elegir una persona delegada para el Consejo Ciudadano Autonómico con voz pero sin voto. Llevará la voz de su Junta de Zona previamente reunida. Es revocable en cualquier momento por parte de su Junta de Zona. Para garantizar la paridad, si el primer representante fuese hombre la siguiente debe ser mujer (no aplicable de manera inversa). La duración máxima del mandato será de año y medio. Esta competencia estará condicionada a que no exista parte territorial del Consejo Ciudadano Autonómico de elección directa. Funcionará como espacio de coordinación institucional: planificación y aterrizaje de iniciativas políticas en los territorios, así como la evaluación permanente. Solicitar la comparecencia de cualquier miembro del Consejo Ciudadano o cargo público de la Comunidad para la resolución de cualquier asunto concreto que lo requiera. Coordinar las actuaciones políticas que sean comunes a los municipios de la zona, para lo que podrán mancomunar recursos que permitan un mejor desempeño de su actividad política. Las Juntas de Zona se reunirán de manera ordinaria, al menos, una vez cada dos meses; además de poder fijar en, cualquier momento, una reunión extraordinaria cuyo procedimiento se regulará en un reglamento aprobado por el Consejo Ciudadano Autonómico. Estas reuniones deberán estar precedidas por reuniones de los Consejos Ciudadanos Municipales y los Círculos para discutir los asuntos a tratar en estas reuniones de Juntas de zona. 4

1.2 Junta Autonómica La Junta Autonómica es un órgano compuesto por la suma de las Secretarías Generales Municipales (SGM), l&s Consejer&s Territoriales, de elección directa en caso de existir, y el Consejo de Coordinación del Consejo Ciudadano Autonómico. Atiende a la necesidad de coordinar el trabajo de todos los municipios a nivel autonómico y hacer partícipes a las SGM de la toma de decisiones a nivel autonómico. Este órgano tendrá las siguientes competencias: Declinación territorializada de la estrategia política autonómica. Solicitar la comparecencia de cualquier miembro del Consejo Ciudadano o cargo público de la Comunidad para la resolución de cualquier asunto concreto que lo requiera. Vetar los presupuestos del Consejo Ciudadano Autonómico por mayoría. Esta Junta Territorial se reunirá, al menos, dos veces al año. 1.3 Consejos Distritales Debido a las características especiales de la ciudad de Madrid y al espíritu de descentralización que proponemos, a lo largo de este documento, consideramos que deben generarse nuevas estructuras que permitan centrarse en la realidad distrital mejorando la cooperación y la coordinación entre distritos. Serán 21 Consejos Distritales (mismo número que distritos). Tendrán autonomía para llevar a cabo la representación política de Podemos en sus distritos ya que, en media de habitantes, muchos distritos de Madrid tienen una población más elevada que muchos municipios de la Comunidad. Estas estructuras deberán contar con l&s Vocales Vecin&s de su distrito para coordinar el trabajo de distrito con el trabajo del Ayuntamiento de Madrid. 1.4 Círculos Los Círculos constituyen uno de los espacios vertebradores de Podemos, son el motor clave para este nuevo ciclo en el que se trata de poner en marcha la estrategia del Movimiento Popular. Se podrán establecer Círculos Barriales en los municipios de la Comunidad de Madrid en los términos que señalan los Estatutos de Podemos. Además, en aquellos municipios donde no haya Círculos Municipales por número de inscrit&s o por militantes activ&s, se podrán generar Círculos Mancomunales. La iniciativa para su formación podrá partir del Responsable de Organización Autonómic& o de l&s inscrit&s de alguno de los municipios que pudieran estar afectados por la situación que permite su 5

creación. Estos círculos desaparecerán en el momento en el que sea posible la constitución de círculos municipales. En este último caso, l&s interesad&s se pondrán en contacto con la Responsable de Organización Autonómic&, que velará por el cumplimiento de los requisitos exigibles para su constitución. Para el mejor funcionamiento político de los círculos, éstos podrán constituir Coordinadoras Intercírculos de ámbito territorial con las mismas distribuciones establecidas para las Juntas Territoriales de Zona, pudiendo reunirse los círculos del territorio en la forma que establezcan para coordinar su trabajo e iniciativa. Se tratará de conectar esta tarea con el trabajo político de las Juntas Territoriales de Zona. 1.5 Censo Para mejorar los mecanismos de comunicación y convocatoria, investigaciones electorales estrategias de campaña etc., se facilitará el acceso al censo a los Consejos Ciudadanos Municipales (CCM), desarrollando un protocolo para la utilización del mismo, en el marco de la Ley Orgánica de Protección de Datos, que incluya, entre otras cuestiones, la necesaria y pública autorización del Consejo Ciudadano Municipal para el envío de convocatorias. También se habilitarán mecanismos para que los Círculos puedan convocar actos y campañas. 6