FACTURA ELECTRÓNICA. Víctor Almonacid Lamelas Director del observatorio de administración electrónica

Documentos relacionados
Facturación electrónica a entes públicos

Número 49 /Jueves 12 de Marzo de 2015 Página 33. Puerto De Santa Cruz

CAPÍTULO IV REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS

SOROLLA2 GUIA PRÁCTICA SIMPLIFICADA REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS. (Junio 2014)

Comprimido ARCHIformativo. Factura Electrónica

Francisco Jesús García García Departamento de Tecnologías de la Información Responsable técnico de Administración Electrónica

Tesorería 4T2015 ANTECEDENTES

Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado - FACe

SICRES 3.0 Presentación Ejecutiva

SERVICIOS WEB DE INTEGRACIÓN PARA PROVEEDRORES

SERVICIO DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS. 1.- Datos identificativos y fines del Servicio.

INSTRUCCIÓN. contable de facturas en el Sector Público.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

ORDENANZA SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA EN EL AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA (B.O.P. de Guadalajara de 4 de diciembre de 2015).

Memoria descriptiva de la iniciativa convenientemente cumplimentada. Modelo CEDER 2


PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS

Funcionalidad Ten ERP Factura-e v2.46

Factura electrònica característiques del nou projecte

El adjudicatario tendrá a su cargo los trabajos siguientes: 1) Presentación de la planificación de todos los trabajos a realizar.

PROCEDIMIENTO DE: Pagos

Delegación de HACIENDA, GESTIÓN y AD. PÚBLICA

ROSA DÁVILA MAMELY, SECRETARIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, para que conste y surta los efectos procedentes, en Santa Cruz de Tenerife,

FACTURA ELECTRÓNICA Y REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS. 23 de octubre de 2014

AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA MANUAL DE USO DEL REGISTRO ELECTRÓNICO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Defensa

Gata. ANUNCIO. Aprobación definitiva del Reglamento municipal regulador del registro contable de facturas

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMAZAN

Curso Desarrollo de la Ley de transparencia en los gobiernos locales: ordenanza tipo de la FEMP. para Entidades Locales

Valencia de Alcántara. ANUNCIO. Reglamento regulador de registro contable de facturas

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

INSTRUCCIONES PARA EL COTEJO, LA COMPULSA Y EXPEDICIÓN DE COPIAS DE DOCUMENTOS

Manual del Proveedor para el registro telemático de la factura electrónica

ÍNDICE. Código: PC05 Revisión: 00 Fecha: 31/03/10 Página 1 de 5 DEVOLUCIÓN DE TASAS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

Jueves 18 de diciembre de 2014

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Nombre del Procedimiento: General de Operación interna de la Ventanilla Única Delegacional.

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

SOROLLA 2 Sistema de gestión económico presupuestario

Registro para contemplar las garantías en la emisión de certificado de firma

PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PNSP 2016/009 (BIS): Suministro de Medicamentos Exclusivos {Ce/genes) Página 1 de 45

Gestión de compras y expedientes de contratación AA.PP. Perspectivas de la Generalitat de la Comunitat Valenciana

La factura electrónica en la legislación española y europea.

TESORERÍA PAGO A PROVEEDORES POR DISPERSIÓN DE FONDOS TES-PR-004-UDES. Sistema de Gestión de la Calidad VAF Vicerrectoría Administrativa y Financiera

NORMATIVA y jurisprudencia

REGISTRO BOMEH: 52/2015 PUBLICADO EN: BOE n.º 304, de 21 de diciembre de 2015 LEYES TRIBUTARIAS.-Normas generales y procedimiento

PROCEDIMIENTO DE PAGO A PROVEEDORES

LA GESTION DE LAFACTURACIÓN ELECTRÓNICA EN LAS ENTIDADES LOCALES

PA02. GESTIÓN DE EXPEDIENTES Y TRAMITACIÓN DE TÍTULOS

INDICE CAP II: NORMAS INTERNAS PARA PRÉSTAMO DE DOCUMENTOS. 2.1 Del préstamo de documentos a una Unidad Productora

ENTRADA DE DOCUMENTOS A TRAVES DEL CORREO CERTIFICADO

ANUNCIO REGLAMENTO DEL REGISTRO DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALANGE

Número 35 / Viernes 20 de Febrero de 2015 Página 136. Toril

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL

CERTIFICACIÓN. "INFORME SOBRE MOROSIDADE E PERÍODO MEDIO DE PAGAMENTO Período: 2 Trimestre Exercicio 2015

Proyecto de Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público

Ayuntamiento de Toledo ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE REGULAR DE USO ESPECIAL Procedimiento 585

Taller de Facturación Electrónica

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

REAL DECRETO-LEY 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

SOLICITUD DE TELEASISTENCIA

c) Poner de manifiesto los movimientos y situación del Tesoro Público.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

4.. ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA A LA

NORMAS Y BASES PARA CANCELAR ADEUDOS A CARGO DE TERCEROS Y A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUCLEARES

ARTÍCULO 1.º. Fundamento y Naturaleza

ANEXO V. Guía para confeccionar la RENDICIÓN de SUBSIDIOS ESPECIALES

ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

MEMORIA DEL ANALISIS DE IMPACTO NORMATIVO

FACe. FACe en la Nube. Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado

REGLAMENTO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY CAPITULO I

Solicitud de ayudas para la compensación de cuotas a la Seguridad Social a emprendedores que contraten a trabajadores

NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL

III. Otras Resoluciones

INDICE C/ NUÑEZ DE BALBOA, MADRID TEL: FAX: MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Módulo Finanzas. Funcionalidades. elastic BUSINESS V.15.0

AUDITORIA FINANCIERA. Dirección de Control. VHEG/SFB/mhl. Puente Alto, Octubre de Auditoría Financiera

DISPOSICIONES GENERALES

Lunes, 25 de Mayo de 2015 Número 98

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA

DISTAFARMA: APLICACIÓN PARA LA VENTA A DISTANCIA DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO NO SUJETOS A PRESCRIPCIÓN MÉDICA MANUAL PARA LA OFICINA DE FARMACIA

Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria

Registro de Importaciones y adquisiciones intracomunitarias con EUROWIN y su resultado en el modelo 340 y 303

Presenta usted esta solicitud como...(alcalde / presidente / representante)... de entidad Jurídica. NIF (*): Razón social: Siglas / Acrónimo:

INDICE C/ NUÑEZ DE BALBOA, MADRID TEL: FAX: MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

ANEXO I FICHA DEL RESUMEN EJECUTIVO

Guía general para la tramitación de facturaselectrónicas. interventora que disponen del sistema deinformación. Diciembre 2014

Formación del censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España

SUPUESTO EXCEPCIONAL DE LIQUIDEZ DEL PLAN DE PENSIONES POR DESEMPLEO DE LARGA DURACIÓN. DEUTSCHE ZURICH PENSIONES

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN E INFORME TÉCNICO EN LOCALES COMERCIALES

GUIA PRÁCTICA DE CONTRATACIÓN. Servicio de Contratación. Gerencia Universidad de Málaga

Plataforma de Rendición de Cuentas. Juego de reglas de validación de cuentas (2015)

CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Transcripción:

FACTURA ELECTRÓNICA Víctor Almonacid Lamelas Director del observatorio de administración electrónica Laura Almonacid Lamelas Interventora General del Ayuntamiento de Viladecans

ÍNDICE 1. DEFINICIONES 2. Ley de Impulso de la Factura Electrónica y creación del Registro Contable de Facturas en el 2.1. Aspectos generales 2.2. Formato 2.3. Registro Contable y Punto General de Entrada 2.4. Obligaciones de los órganos de control interno 3. FACE 3.1.Qué es? 3.2.Utilidades para proveedores y administración 4. El DIR 3 4.1.Qué es 4.2.Cómo funciona 4.3.Definiciones de Oficina Contable, Órgano Gestor y Unidad Tramitadora

1. DEFINICIONES DEFINICIÓN DE FRA ELECTRÓNICA: DIRECTIVA 2014/55/UE : factura emitida, transmitida y recibida en un formato electrónico estructurado que permita su tratamiento automatizado y electrónico PLATAFORMA DE FACTURA ELECTRÓNICA: sirve para generar y leer ficheros de intercambio seguros garantizando la autenticidad e integridad del contenido de los mismos, a los que aplicándole una firma digital avanzada darán lugar a una factura electrónica con plena validez jurídica. FACE O efact

2.1 Aspectos generales Impulsa el uso de la factura electrónica estableciéndola como obligatoria con carácter general a partir del 15/01/2015. Establece las obligaciones de los órganos de control interno (Cap V) Establece la obligación de todos los proveedores de presentación de las facturas en el Registro (art.3). En el Capítulo III establece las bases del formato de la factura electrónica, si bien queda pendiente de desarrollo normativo. Crea el registro contable, regulado en el Capítulo IV y desarrollado por Orden HAP/492/2014 de 27 de marzo, por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el

2.2. Formato Art 5: pendiente de desarrollo normativo a través Orden de la Vicepresidenta del Gobierno i Ministra de Presidencia a propuesta del Ministro de Hacienda y AAPP y del Ministro de Industria. DA 2ª: en tanto no se apruebe la Orden ministerial prevista, las facturas electrónicas que se remitan a las Administraciones Públicas se ajustarán al formato estructurado de la factura electrónica Facturae, actualmente se admite la versión 3.2 y la versión 3.2.1., y de firma electrónica conforme a la especificación XMLAdvanced Electronic Signatures (XAdES).

2.2. Formato En todo caso: Deberá tratarse de un formato estructurado Las facturas deben estar firmadas con firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1 a) del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. También se admitirá el sello electrónico avanzado basado en un certificado reconocido

2.3. REGISTRO CONTABLE REGULACIÓN: Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo, por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. Y Orden HAP 1074/2014, de 24 de junio por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas.

2.3. REGISTRO CONTABLE CÓMO FUNCIONA? En el caso de facturas en papel deberán ser emitidas desde el correspondiente registro administrativo para su anotación, la oficina contable generará un apunte por cada factura con la siguiente información: Fecha de expedición de la factura. Fecha de presentación de la factura en el registro administrativo. Número de Identificación Fiscal o número de identificación equivalente del expedidor de la factura. Nombre y apellidos, razón o denominación social completa del obligado a expedir factura. Número de factura y, en su caso, serie. Importe de la operación, incluido IVA (o impuesto equivalente). Unidad monetaria en la que está expresado el importe, de acuerdo con la codificación ISO 4217 Alpha-3. Código de los órganos competentes en la tramitación de la factura, unidad tramitadora y oficina contable de acuerdo con el DIR 3

2.3. REGISTRO CONTABLE CÓMO FUNCIONA? En el caso de facturas electrónicas la información objeto de registro debe ser puesta a disposición por el punto general de entrada produciendo un asiento único común. La información objeto de registro será la propia de la factura electrónica, el número de asiento registral asignado en el registro asociado dicho punto y la fecha y hora de dicho asiento registral. ÓRGANO COMPETENTE PARA SU GESTIÓN El órgano o unidad administrativa que tenga atribuida la función de contabilidad.

2.3. REGISTRO CONTABLE PROCEDIMIENTO: 1. Las facturas anotadas serán distribuidas o puestas a disposición de los correspondientes órganos competentes para su tramitación, de acuerdo con la identificación de esos órganos o unidades que figure en la propia factura, a efectos de tramitar, si procede, el procedimiento de conformidad con la entrega del bien o la prestación del servicio realizada por quien expidió la factura y proceder al resto de actuaciones relativas al expediente de reconocimiento de la obligación, incluida, en su caso, la remisión al órgano de control competente a efectos de la preceptiva intervención previa. 2. En el caso de las facturas electrónicas, serán remitidas o puestas a disposición de los correspondientes órganos competentes para su tramitación, por los medios electrónicos que se habiliten, aquellas facturas anotadas en el registro contable de facturas que les correspondan. 3. Anotación en el registro contable de facturas de la aceptación o rechazo y devolución rechazo y devolución de las mismas por el órgano competente

2.3. REGISTRO CONTABLE PROCEDIMIENTO: 4. Por cada factura se dejará constancia en el sistema de información contable de la fecha en la que se inicia el cómputo del plazo de pago según establece el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del. 5. Anotación en el registro contable de facturas de la propuesta de anulación de la factura por el presentador de la misma y, en su caso, de su devolución por el órgano competente. El proveedor tendrá derecho a conocer los siguientes estados de la factura: si ha sido registrada en el registro contable de facturas; si ha sido contabilizada la obligación reconocida; si ha sido pagada; anulada; y rechazada

2.3. PUNTO GENERAL DE ENTRADA REGULACIÓN: Orden HAP 1074/2014, de 24 de junio por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas Resolución de 10 de octubre de 2014, de la Secretaria de Estado de las Administraciones Públicas y de la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, establece las condiciones técnicas normalizadas del punto general de entrada de las facturas electrónicas. FACE es el punto general de entrada de la Administración General del Estado, ya que permite la remisión de facturas en formato electrónico a aquellos organismos de las administraciones que acepten la recepción de facturas en formato electrónico y que estén previamente dados de alta en el sistema.

2.3. PUNTO GENERAL DE ENTRADA CARACTERÍSTICAS: Proporcionará una solución de intermediación entre quien presenta la factura y la oficina contable competente para su registro. Permitirá el envío de facturas electrónicas en el formato que se determina en la Ley. El proveedor o quien haya presentado la factura podrá consultar el estado de la tramitación de la factura. Producirán una entrada automática en un registro electrónico de la Administración Pública gestora de dicho punto general de entrada, proporcionando un acuse de recibo electrónico con acreditación de la fecha y hora de presentación. Proporcionará un servicio automático de puesta a disposición o de remisión electrónica de las mismas a las oficinas contables competentes para su registro.

2.3. PUNTO GENERAL DE ENTRADA ESTADOS DE TRAMITACIÓN: Nombre público de estado Código público de estado Registrada......................... 1200 Registrada en RCF................... 1300 Contabilizada la obligación reconocida... 2400 Pagada............................ 2500 Rechazada......................... 2600 Anulada........................... 3100

2.3. PUNTO GENERAL DE ENTRADA ESTADOS DE TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE ANULACIÓN: Nombre estado No solicitada anulación...... 4100 Código de estado Solicitada anulación......... 4200 Aceptada anulación......... 4300 Rechazada anulación........ 4400

2. Respecto al órgano de control interno: Facultad de acceso a la documentación justificativa, a la información que conste en el registro contable de facturas, y a la contabilidad en cualquier momento. Elaboración anual, de un informe en el que evaluará el cumplimiento de la normativa en materia de morosidad. En el caso de las Entidades Locales, este informe será elevado al Pleno. 2.4. OBLIGACIONES DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INTERNO 1. Respecto de los órganos que tengan atribuida la función de contabilidad: Efectuarán requerimientos periódicos de actuación respecto a las facturas pendientes de reconocimiento de la obligación. Elaborarán un informe trimestral con la relación de las facturas con respecto a los cuales hayan transcurrido más de tres meses desde que fueron anotadas y no se haya efectuado el reconocimiento de la obligación por los órganos competentes. Este informe será remitido dentro de los quince días siguientes a cada trimestre natural del año al órgano de control interno.

3. FACE QUÉ ES? Es el Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado. Permite la remisión de facturas en formato electrónico a aquellos organismos de las administraciones que acepten la recepción de facturas en formato electrónico y que estén previamente dados de alta en el sistema. Además la plataforma FACE permite a proveedores la remisión de las facturas a aquellos órganos de la Administración que tienen la posibilidad de recibir facturas electrónicas y que están adheridos. El sistema remite la factura electrónica al órgano destinatario, simplificando a los proveedores el envío de las mismas, al centralizar en un único punto todos los organismos y al unificar el formato de factura electrónica

3. FACE PARA QUÉ SIRVE? Proporciona a los proveedores: un portal web donde pueden presentar sus facturas electrónicas en formato facturae 3.2. una interfaz de web services para el envío automático de las facturas desde sus sistemas de gestión económica. Y a las administraciones públicas: un portal de gestión accesible, donde los destinatarios pueden gestionar las facturas recibidas, descargarlas y notificar el estado de tramitación de las mismas al proveedor. interfaces de web services que permiten la recepción automática de las facturas en sus sistemas de gestión económica.

4. DIR 3 QUÉ ES? Se trata del Directorio de Unidades Orgánicas y Oficinas de Registro de las Administraciones Públicas, incluyendo sus codificaciones y datos de uso común para que FACe pueda redirigir adecuadamente las facturas al organismo correspondiente es necesario que los organismos tengan sus unidades dadas de alta en DIR3, como primer paso. CÓMO FUNCIONA? El Directorio tiene un modelo corresponsable de actualización de su información. Es decir, cada Entidad es responsable de mantener actualizados sus propios datos, que a su vez ofrece al resto de usuarios.

4. DIR 3 CÓMO FUNCIONA? Hay dos tipos de perfil de usuario: El perfil Consumidor es un usuario de consulta. Este usuario tendrá acceso al módulo de Gestión pero sólo podrá acceder al detalle de las unidades y oficinas que consulte, no tendrá permiso de edición de ninguna de éstas. El perfil de usuario Proveedor permite llevar a cabo la edición (alta, baja y modificación) de unidades y oficinas que dependan de la unidad asociada al usuario, y la consulta de todas las unidades y oficinas del Directorio Común.

4. DIR 3 DEFINICIÓN DE OFICINA CONTABLE Unidad o unidades que tienen atribuida la función de contabilidad en el organismo y que también son competentes para la gestión del registro contable de facturas. DEFINICIÓN DE ÓRGANO GESTOR Centro directivo, delegación, subdelegación territorial u organismo de la Administración General del Estado, Comunidad Autónoma o Entidad Local a que corresponda la competencia sobre la aprobación del expediente de gasto. DEFINICIÓN DE UNIDAD TRAMITADORA Órgano administrativo al que corresponda la tramitación de los expedientes, sin perjuicio de a quien competa su aprobación

GRACIAS Víctor Almonacid Lamelas @nuevadmon